Observación General. Al personal que ingrese en el centro de trabajo de A Coruña a partir del 21/11/e4, le será de aplicación el contenido íntegro de este convenio colectivo, incluido el título VI sobre régimen económico. A las personas que, a la fecha de 21/11/e4, se regían por las condiciones Ex- Petrolíber, se les aplicará igualmente este, en lo que respecta al título VI sobre régimen económico, se les aplicará todo lo que no se oponga al contenido de esta Disposición Transitoria.
Observación General. N° 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración xxxxxxxxxx (xxxxxxxx 0, xxxxxxx 1) del Comité de los Derechos del Niño (Organización de las Naciones Unidas), en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Observación General. En esta sección se presentan procedimientos y formularios tipo para efectuar modificaciones en las obras durante la ejecución del Contrato de conformidad con la Cláusula 48.1 (Modificación de las obras) de las Condiciones Contractuales Generales como modificada en las Condiciones Especiales del Contrato.
Observación General. EL CONTRATISTA debe asignar una persona encargada de supervisar el cumplimiento del contrato, quien tendrá comunicación constante con el personal que LA FUNDACIÓN encomiende para las labores de interventoría del mismo. También debe proporcionar uniformes debidamente identificados y carnetización para el personal seleccionado para realizar las funciones descritas en este documento. El personal debe de recibir capacitación constante según lo establece la normal para tal fin se deberá anexar un cronograma donde se establezcan temas y fechas de cada capacitación.
Observación General. “Si bien es cierto para los procesos que anteceden al presente se generaron unas EXPECTATIVAS de negocios para las categorias de ejecución de 2.500 y 5.000 millones toda vez que las exigencias en la experiencia era altas, deseo preguntar:
1) Si para el proceso del asunto los valores de categorias de ejecución son los valores con los que se va a contratar las interventorías del proceso antes referido”
Observación General. “2) Si los valores de categorias de ejecucion son los valores que contemplan la etapa de ejecucion de obra y la interventoria.”
Observación General. “3) En caso que la respuesta del numeral 2 sea afirmativa, sugiero respetuosamente que las exigencias del presente proceso sean acordes con las exigencias del valor aprocimado de interventoria y NO del valor conjunto de ejecucion de obra e interventoria puesto que NO existe razon alguna para exigir mas de lo que en realidad se ejecutara en valor de interventoria.”
Observación General. “2. Respecto a los criterios de desempate la Entidad establece: Solicito a la Entidad aplicar los criterios de desempate contenidos en el Artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015. El Decreto 1082 de 2015 es bien claro en lo siguiente:
Observación General. “Buenas tardes, Señores FFIE, de acuerdo con el numeral 3.6. Categoría de Ejecución, solicitamos a la entidad muy formalmente, que nos confirme si estos valores corresponden a los de la interventoria o corresponden a los valores de obra.”
Observación General. “Cordial saludo Por medio de la presente de manera muy respetuosa nos dirigimos al FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA-FFIE con el fin de solicitar el horario en el cual se va a realizar la audiencia de aclaración de tcc definitivos y asignación de riesgos, ya que en el cronograma de los tcc definitivos se relaciona la fecha mas no hora en la cual se debe ingresar al link para asistir a dicha audiencia. Muchas Gracias por el tiempo prestado”.