OPCIÓN DE ADQUISICIÓN Cláusulas de Ejemplo

OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. LA COMPAÑÍA le ofrece irrevocablemente a EL LOCATARIO la opción de adquisición de el (los) bien(es) objeto de este contrato y este a su vez le comunicará a LA COMPAÑÍA si desea hacer uso de dicha opción en la fecha, por el porcentaje y por el valor consagrado en la SECCIÓN SEGUNDA de este Contrato. EL LOCATARIO deberá pagar de contado la suma definida como opción de adquisición, consagrada en la SECCIÓN SEGUNDA de este contrato. Para el ejercicio de esta facultad, será condición indispensable que EL LOCATARIO se encuentre x xxx y salvo en el pago de todas las obligaciones que le incumben en razón de este contrato. EL LOCATARIO se obliga una vez ejercida la opción de adquisición, a suscribir con LA COMPAÑÍA los respectivos documentos contentivos de la transferencia de el (los) bien (s) mueble (s) a su favor (de EL LOCATARIO); así mismo, EL LOCATARIO se obliga registrar la transferencia de el (los) bien (es) mueble (s), para aquellos bienes que así lo exija la ley, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la firma de los citados documentos. Una vez inscrita la transferencia del (los) bien (es) a favor de EL LOCATARIO, este se obliga a presentarle a LA COMPAÑÍA copia del documento donde consta la inscripción. Todos los gastos, impuestos, derechos de registro y demás erogaciones que se causen con ocasión de la inscripción de el (los) bien (es) dados en leasing a favor de EL LOCATARIO, correrán por cuenta de EL LOCATARIO. 21.2 RESTITUCIÓN DE EL(LOS) BIEN (ES) DADO (S) EN LEASING. Terminado, resuelto, rescindido o resiliado el contrato por cualquier motivo, excepto en el evento en que EL LOCATARIO ejerza la opción de adquisición, este restituirá a LA COMPAÑÍA el (los) bien(es) dado(s) en leasing, en iguales condiciones en las cuales lo(s) recibió, salvo el desgaste natural por el uso y goce legítimos. Esta obligación no se entenderá cumplida mientras no se hayan pagado los impuestos, tasas o contribuciones, sanciones y demás gastos que de acuerdo con lo aquí establecido son de su cargo, y/o existan pendientes medidas cautelares, ordenes judiciales, etc., imputables a EL LOCATARIO que le impidan a LA COMPAÑÍA enajenar libremente el (los) bien (es). La restitución se hará dentro de los ocho (8) días siguientes, contados desde la fecha de terminación del contrato, y en el lugar que designe LA COMPAÑÍA para tal fin. Son de cargo de EL LOCATARIO todos los gastos de desmonte en el sitio de operación, captura, aprehensión y traslado de el (los) bie...
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. Si al final del plazo y previo cumplimiento de las condiciones pactadas EL LOCATARIO ejerciere la opción de adquisición de los inmuebles, deberá pagar la suma acordada en el numeral 11 de las condiciones generales del presente contrato, junto con las demás sumas necesarias para la transferencia del inmueble. Si EL LOCATARIO ejerciere la opción de adquisición antes del vencimiento del plazo acordado, deberá pagar previamente al Banco el saldo total adeudado, por concepto de cancelación anticipada de la operación de Leasing.
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. 6.1. Fecha de pago de la Opción: Día   Mes   Año  . Valor de la Opción:   ($ ) MONEDA CORRIENTE, corresponde a   UVR al momento de iniciación del contrato.
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. Es la facultad que tiene EL LOCATARIO de adquirir el(los) inmueble(s) recibido(s) en Leasing Habitacional, anticipadamente o a la finalización del contrato, mediante el pago del valor pactado para hacer uso de dicha opción. (viii) ANTICIPOS.- Corresponde a las sumas que en virtud del presente contrato, el BBVA COLOMBIA entrega al(a los) Constructor(es) y/o Vendedor(es), para colocar el(los) inmueble(s) en las condiciones requeridas por EL LOCATARIO, sumas que quedan involucradas en el valor del(de los) inmueble(s) objeto de Leasing Habitacional y sobre los cuales el BBVA COLOMBIA cobrará intereses calculados en la forma indicada, de acuerdo con las condiciones financieras expresadas en el cuadro de declaraciones del presente contrato. SEGUN DA : Antecedentes y Declaraciones . EL LOCATARIO manifestó y declaró que: (i) Es su voluntad celebrar un contrato de Leasing Habitacional para Adquisición de Vivienda No Familiar sobre el(los) inmueble(s) identificado(s) en las condiciones generales del presente contrato. (ii) conoce, ha reunido y revisado información suficiente sobre los inmuebles objeto del presente contrato; incluidas sus condiciones legales, materiales, realizó las visitas necesarias que le permitieron verificar, comprobar y analizar las características y calidad de la construcción y sus acabados, por lo cual los acepta en el estado
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. Una vez EL LOCATARIO ha efectuado el pago de la totalidad de los cánones pactados en el presente contrato, habiendo cumplido con todas las obligaciones contempladas en el mismo, y con el fin de no dar aplicación a la cláusula VIGÉSIMA QUINTA, la persona que se indica en la sección primera de éste documento, tendrá la opción de adquisición irrevocable de EL BIEN. Dicha opción se ejercerá depositando en la cuenta señalada por EL ARRENDADOR FINANCIERO y en la fecha indicada, el valor pactado como opción señalado en la sección primera. PARÁGRAFO PRIMERO: Ejercida la OPCIÓN DE ADQUISICIÓN, EL LOCATARIO se obliga irrevocablemente con EL ARRENDADOR FINANCIERO a realizar todas las acciones tendientes, en un lapso no mayor a TREINTA DÍAS (30) calendario, para conseguir la transferencia efectiva de EL BIEN. Los gastos, impuestos y demás erogaciones ocasionadas por ejercer la presente opción de adquisición serán a cargo de EL LOCATARIO. En caso de incumplimiento de éstas condiciones por parte de EL LOCATARIO, la presente opción queda nula.
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. 6.1. Fecha de pago de la Opción: Día   Mes   Año  . 6.2. Valor de la Opción:   ($ ) MONEDA CORRIENTE
OPCIÓN DE ADQUISICIÓN. Es la facultad que tiene EL LOCATARIO de adquirir el(los) inmueble(s) recibido(s) en Leasing Habitacional, anticipadamente o a la finalización del contrato, mediante el pago del valor pactado para hacer uso de dicha opción. (viii) ANTICIPOS.- Corresponde a las sumas que en virtud del presente contrato, el BBVA XXXXX BIA entrega al(a los) Constructor(es) y/o Vendedor(es), para colocar el(los) inmueble(s) en las condiciones requeridas por EL LOCATARIO, sumas que quedan involucradas en el valor del(de los) inmueble(s) objeto de Leasing Habitacional y sobre los cuales el BBVA XXXXX BIA cobrará intereses calculados en la forma indicada, de acuerdo con las condiciones financieras expresadas en el cuadro de declaraciones del presente contrato.

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