Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Panacorp y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y Panacorp). Esta disposición sin embargo, no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, del Cliente y Panacorp bajo una misma o varias operaciones; ni (ii) el derecho de retención que pueda ser invocado por Panacorp sobre cosas o valores en posesión de ésta, en garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más operaciones. Todas las operaciones entre Panacorp y el Cliente estarán sujetas a lo dispuesto en el presente Capítulo, así como a los términos y condiciones contenidas en los demás Capítulos de este documento, de acuerdo a la naturaleza de la operación. En caso de conflicto, lo dispuesto en el Contrato correspondiente a la operación, cuyas cláusulas están contenidas en este documento, será de aplicación preferente.
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Winexco y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y Winexco). Esta disposición sin embargo no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, del Cliente y Winexco bajo una misma o varias operaciones; ni (ii) el derecho de retención que pueda ser invocado por Winexco sobre cosas o valores en posesión de ésta, en garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más operaciones. Todas las operaciones entre Winexco y el Cliente estarán sujetas a lo dispuesto en el presente Capítulo, así como a los términos y condiciones contenidas en los demás Capítulos de este documento,
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Primma Valores y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y Primma Valores). Esta disposición, sin embargo, no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, del Cliente y Primma Valores bajo una misma o varias operaciones; ni (ii) el derecho de retención que pueda ser invocado por Primma Valores sobre cosas o valores en posesión de esta, en garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más operaciones; ni (iii) la opción del Cliente de solicitar a Primma Valores la combinación de varias operaciones conforme se contemplan en los siguientes Capítulos de este documento.
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre LAS PARTES de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento o cualquier otro que suscriban, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (anteriormente y en lo adelante referidas cada una, indistintamente, como un“pac- to”,“operación”,“transacción” o“negocio” entre LAS PARTES). Esta disposición sin embargo no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, entre LAS PARTES, bajo una misma o varias opera- ciones; ni (íi) el derecho de retención que pueda ejercer MÁSVALOR sobre cosas o valores en posesión de ésta, en garantía de obligaciones vencidas del CLIENTE, en virtud de una o más operaciones.
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre BFC CASA DE BOLSA, C.A. y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y BFC CASA DE BOLSA, C.A.). Esta disposición, sin embargo, no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, del Cliente y BFC CASA DE BOLSA, C.A. bajo una misma o varias operaciones, ni (ii) el derecho de retención que pueda ser invocado por BFC CASA DE BOLSA, C.A. sobre cosas o valores en posesión de ésta, en garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más operaciones y todo ello de conformidad con las previsiones establecidas en el Código de Comercio vigente. Todas las operaciones entre BFC CASA DE BOLSA, C.A. y el Cliente estarán sujetas a lo dispuesto en el presente Capítulo, así como a los términos y condiciones contenidas en los demás Capítulos de este documento, de acuerdo a la naturaleza de la operación. En caso de conflicto, lo dispuesto en el contrato correspondiente a la operación, cuyas cláusulas están contenidas en los demás Capítulos de este documento, será de aplicación preferente.
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Primma Valores y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Panacorp y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los demás (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y Panacorp). Esta disposición sin embargo, no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles, del Cliente y
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre MSI y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y MSI). Esta disposición sin embargo no afectará (i) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigibles del Cliente y MSI bajo una misma o varias operaciones; ni (ii) el derecho de retención que pueda ser invocado por MSI sobre cosas o valores en su poder como garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más operaciones.
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre AVS y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los
Operaciones Individuales. Cada operación celebrada entre Kairos Valores y el Cliente de conformidad con los términos de alguno de los contratos contenidos en el presente documento, será considerada como una operación o contrato independiente de los, (en adelante referidas cada una, indistintamente, como un “pacto”, “operación” o “negocio” entre el Cliente y Kairos Valores). Esta disposición sin embargo no afectará (I) la compensación que pueda verificarse respecto de deudas recíprocas, líquidas y exigi- bles, del Cliente y Kairos Valores bajo una misma o varias operaciones, (II) el derecho de retención que pueda ser invocado por Kairos Valores sobre cosas o valores en posesión de ésta, en garantía de obligaciones vencidas del Cliente en virtud de una o más opera- ciones.