Pago fraccionado. Queda convenido que el importe de la prima anual del seguro será pagadero en fracciones, según la forma de pago que figura en las Condiciones Parti- culares. El Tomador del Seguro se obliga a no rescindir la presente póliza/certifi- cado hasta no haber transcurrido la anualidad completa del seguro o perío- do del seguro o período por el cual se contrató la póliza. En caso de llegar a producirse la anulación de la póliza/certificado, el Tomador del Seguro estará obligado al pago de las fracciones pendientes de la anualidad del seguro.
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