Common use of PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCTIVAS Clause in Contracts

PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCTIVAS. En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a las obligaciones derivadas del presente contrato, “LA PROCURADURÍA”, aplicará las penas convencionales y/o deductivas a “EL PROVEEDOR” según sea el caso, señaladas en el ANEXO 1 del presente. En estos casos, “LA PROCURADURÍA”, comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”, para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación efectúe el pago correspondiente en moneda nacional y redondeada a pesos mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, De Arrendamiento De Vehículos Terrestres, Contrato De Prestación De Servicios, De Arrendamiento De Vehículos Terrestres

PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCTIVAS. En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a las obligaciones derivadas del presente contrato, “LA PROCURADURÍA”, aplicará las penas convencionales y/o deductivas a “EL PROVEEDOR” según sea el caso, señaladas en el ANEXO 1 los numerales 14 y 00 xxx XXXXX 0 del presente. En estos casos, “LA PROCURADURÍA”, comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”, para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación efectúe el pago correspondiente en moneda nacional y redondeada a pesos mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, De Arrendamiento De Vehículos Terrestres, Contrato De Prestación De Servicios, De Arrendamiento De Vehículos Terrestres

PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCTIVAS. En caso La “SECRETARÍA” y la “PROFEDET” aplicará al “PRESTADOR DEL SERVICIO” las penas convencionales y deductivas señaladas en el Anexo Técnico, sin que estas penas excedan xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato, en cuyo caso, procederá su rescisión. El procedimiento para la aplicación de incumplimiento de la pena será el siguiente: la EL PROVEEDORSECRETARÍAy/o la “PROFEDET” procederán a las obligaciones derivadas notificar al “PRESTADOR DEL SERVICIO” por escrito, en el domicilio señalado para los efectos del presente contrato, “LA PROCURADURÍA”, aplicará las penas convencionales y/o deductivas a “EL PROVEEDOR” según sea el caso, señaladas que incurrió en el ANEXO 1 atraso en la prestación del presente. En estos casos, “LA PROCURADURÍA”, comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”servicio materia del presente contrato, para que éste en un término máximo plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del siguiente escrito, manifieste lo que a su notificación efectúe derecho convenga y ofrezca las pruebas que considere procedentes. La “SECRETARÍA”, valorando, en su caso, el pago escrito presentado por el “PRESTADOR DEL SERVICIO”, determinará la aplicación o no de la pena convencional. En caso de determinar la aplicación de dicha pena se lo notificará al “PRESTADOR DEL SERVICIO”, quien en consecuencia deberá efectuar el entero correspondiente en moneda nacional y redondeada a pesos mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, alguna sucursal bancaria a través de ventanilla bancaria o pago electrónicodel esquema e5cinco del SAT, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancariadebiendo acompañar copia del mismo, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad previo al trámite de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.

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Samples: Contrato No. Ce 035 2015