Percepciones no salariales. No tendrán la consideración xx xxxxxxx las cantidades que se abonen a los trabajadores por los conceptos siguientes: a) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que deban ser realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral. b) Las indemnizaciones o compensaciones por traslados, desplazamientos, suspensiones o despidos. c) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social. d) Cualquier otra cantidad que se abone al trabajador por conceptos compensatorios similares a los anteriormente relacionados.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Percepciones no salariales. No tendrán la consideración xx xxxxxxx las cantidades que se abonen a los trabajadores trabajadores/as por los conceptos siguientes:
a) Las indemnizaciones o compensaciones por traslados, desplazamientos, suspensiones o despidos, salvo cambio nor- mativo al respecto.
b) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que deban ser realizados por el trabajador trabajador/a como consecuencia de su actividad acti- vidad laboral.
b) Las indemnizaciones o compensaciones por traslados, desplazamientos, suspensiones o despidossalvo cambio normativo al respecto.
c) Las prestaciones e indemnizaciones de a la Seguridad Social.
d) Cualquier otra cantidad que se abone al trabajador por conceptos compensatorios similares a los anteriormente relacionadosno tenga tal condición en la normativa laboral y social vigente.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Transportes De Mercancías Por Carretera
Percepciones no salariales. No tendrán la consideración xx xxxxxxx las cantidades que se abonen a los trabajadores por los conceptos siguientes:
a) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que deban ser realizados por el trabajador los trabajadores como consecuencia de su actividad laboral.
b) Las indemnizaciones o compensaciones por traslados, desplazamientos, suspensiones o despidos.
c) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
d) Cualquier otra cantidad que se abone al trabajador por conceptos compensatorios similares a los anteriormente relacionados.
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Samples: Collective Bargaining Agreement
Percepciones no salariales. No tendrán la consideración xx xxxxxxx las cantidades que se abonen a los trabajadores por los conceptos siguientes:
a) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que deban ser realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral.
b) Las indemnizaciones o compensaciones por correspondientes a traslados, desplazamientos, suspensiones o despidos.
c) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
d) Cualquier Xxxxxxxxx otra cantidad que se abone al trabajador por conceptos compensatorios similares a los anteriormente relacionados.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo