PIGNORACIÓN DE CUENTAS. 5.1 En el caso de cuentas solidarias, los Depositantes consienten en que cualquiera de ellos, sin el consentimiento, conocimiento o concurso de los otros Depositantes, puede ceder en garantía, dar en prenda, o pignorar todos o parte de los fondos depositados y que se depositen en el futuro en la cuenta conjunta, para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera de los Depositantes y exoneran de toda responsabilidad al Banco por las extracciones de fondos que se hagan en esta forma de la Cuenta. 5.2 En el caso de cuentas mancomunadas, el consentimiento de todos los Depositantes será necesario para ceder en garantía, dar en prenda o pignorar todos o en parte de los fondos depositados o que se depositen en el futuro en la Cuenta para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera de los Depositantes.
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Samples: Convenio De Cuentas De Depósito Y Otros Servicios Bancarios, Convenio De Cuentas De Depósito Y Otros Servicios Bancarios
PIGNORACIÓN DE CUENTAS. 5.1 2.1. En el caso de cuentas solidarias, los Depositantes consienten en que cualquiera de ellos, sin el consentimiento, conocimiento o concurso de los otros Depositantes, puede ceder en garantía, dar en prenda, o pignorar todos o parte de los fondos depositados y que se depositen en el futuro en la cuenta conjunta, para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes y exoneran de toda responsabilidad al Banco por las extracciones de fondos que se hagan en esta forma de la Cuenta.
5.2 2.2. En el caso de cuentas mancomunadasconjuntas, el consentimiento de todos los Depositantes será necesario para ceder en garantía, dar en prenda o pignorar todos o en parte de los fondos depositados o que se depositen en el futuro en la Cuenta para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes.
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Samples: Contrato De Cuentas De Depósito
PIGNORACIÓN DE CUENTAS. 5.1 5.1. En el caso de cuentas solidariascon firmas indistintas , los Depositantes consienten en que cualquiera de ellos, sin el consentimiento, conocimiento o concurso de los otros Depositantes, puede ceder en garantía, dar en prenda, o pignorar todos o parte de los fondos depositados y que se depositen en el futuro en la cuenta conjunta, para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes y exoneran de toda responsabilidad al Banco por las extracciones de fondos que se hagan en esta forma de la Cuenta.
5.2 5.2. En el caso de cuentas mancomunadascon firmas conjuntas, el consentimiento de todos los Depositantes será necesario para ceder en garantía, dar en prenda o pignorar todos o en parte de los fondos depositados o que se depositen en el futuro en la Cuenta para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes.
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Samples: Contrato De Cuentas De Depósito Y Otros Servicios Bancarios
PIGNORACIÓN DE CUENTAS. 5.1 En el caso de cuentas solidarias, los Depositantes consienten en que cualquiera de ellos, sin el consentimiento, conocimiento o concurso de los otros Depositantes, puede ceder en garantía, dar en prenda, o pignorar todos o parte de los fondos depositados y que se depositen en el futuro en la cuenta conjuntaCuenta Comercial Conjunta, para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes y exoneran de toda responsabilidad al Banco por las extracciones de fondos que se hagan en esta forma de la Cuenta.
5.2 En el caso de cuentas mancomunadas, el consentimiento de todos los Depositantes será necesario para ceder en garantía, dar en prenda o pignorar todos o en parte de los fondos depositados o que se depositen en el futuro en la Cuenta para garantizar al Banco préstamos concedidos a cualesquiera cualquiera de los Depositantes.
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Samples: Convenio De Cuentas De Depósito Y Otros Servicios Bancarios