POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato, cuando el proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales por causas a él imputables, teniendo la CONAVI facultad potestativa para rescindir el contrato en los términos previstos por el artículo 54 de la Ley. La aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
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Samples: Lease Agreement, Licitación Pública, Licitación Pública Nacional Electrónica
POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato, cuando el proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales por causas a él imputables, teniendo la CONAVI El FOCIR facultad potestativa para rescindir el contrato en los términos previstos por el artículo 54 de la Ley. La aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública