PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO I - MODELO DE PROPOSICIÓN ANEXO II - DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LAS EMPRESAS EXTRANJERAS OBJETO Será objeto de este contrato la prestación a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de los servicios de Mediación y Asesoramiento preparatorios de la formalización de contratos de Seguros Privados, así como la posterior asistencia al tomador y al asegurado o al beneficiario, en los términos y condiciones recogidos en la Ley 26/2006 de 17 de julio de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados. Los servicios descritos en el punto anterior se referirán a los siguientes grupos de riesgos: Lote I: Riesgos derivados de la Responsabilidad Patrimonial Profesional Sanitaria del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza. Lote II: Riesgos derivados de la Responsabilidad Patrimonial en que pueda incurrir la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sus Organismos Autónomos y el Ente Público Osakidetza ya sea en razón de sus bienes, por su actividad o por cualquier otra circunstancia relevante, exceptuando la descrita en el apartado anterior. Lote IV: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de vehículos de motor (Automóviles-motocicletas-vehículos especiales). Lote V: Riesgos Patrimoniales (continente y contenido) de todos los bienes inmuebles que integran el Patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Lote VI: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de helicópteros. Lote VII: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de embarcaciones.
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Samples: Mediación De Seguros Privados, Contrato De Mediación De Seguros Privados, Mediación De Seguros Privados
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO I - MODELO DE PROPOSICIÓN ANEXO II - DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LAS EMPRESAS EXTRANJERAS OBJETO Será El Ayuntamiento de Albacete tiene, respecto a la porción del dominio público objeto de este contrato la prestación a concesión, la Administración prerrogativa para la defensa de sus bienes que le otorga la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas ( LPAP), el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx (RB) y las demás disposiciones que resulten aplicables por razón de la Comunidad Autónoma materia. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de Euskadi esta concesión, serán resueltas por el órgano de contratación competente, y contra los servicios mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley 29/1998, de Mediación y Asesoramiento preparatorios 13 de julio, Reguladora de la formalización Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de contratos que los interesados puedan interponer recurso potestativo de Seguros Privadosreposición, así como previsto en los artículos 116 y 117 de la posterior asistencia al tomador Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y al asegurado o al beneficiariodel Procedimiento Administrativo Común. D. provisto con D.N.I. nº , en los términos y condiciones recogidos en la Ley 26/2006 de 17 de julio de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados. Los servicios descritos en el punto anterior se referirán a los siguientes grupos de riesgos: Lote I: Riesgos derivados representación de la Responsabilidad Patrimonial Profesional Sanitaria empresa (en su caso) , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax , C.I.F. , cuya representación acredita (en su caso) con la escritura de poder que acompaña ante la Ilma. Sra. Alcaldesa del Servicio Vasco Ayuntamiento de Salud-Osakidetza. Lote II: Riesgos derivados de la Responsabilidad Patrimonial en que pueda incurrir la Administración General de la Comunidad Autónoma de EuskadiAlbacete, sus Organismos Autónomos comparece y el Ente Público Osakidetza ya sea en razón de sus bienes, por su actividad o por cualquier otra circunstancia relevante, exceptuando la descrita en el apartado anterior. Lote IV: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de vehículos de motor (Automóviles-motocicletas-vehículos especiales). Lote V: Riesgos Patrimoniales (continente y contenido) de todos los bienes inmuebles que integran el Patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Lote VI: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de helicópteros. Lote VII: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de embarcaciones.DICE:
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. ANEXO I - MODELO DE PROPOSICIÓN ANEXO II - DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LAS EMPRESAS EXTRANJERAS OBJETO Será objeto 24.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210 del TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
24.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de de este contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la prestación a la Administración interposición de la Comunidad Autónoma de Euskadi cualquiera de los servicios de Mediación y Asesoramiento preparatorios de la formalización de contratos de Seguros Privados, así como la posterior asistencia al tomador y al asegurado o al beneficiario, en los términos y condiciones recogidos regulados en la Ley 26/2006 30/1992, de 17 26 de julio noviembre, de Mediación Régimen Jurídico de Seguros las Administraciones Públicas y Reaseguros Privadosdel Procedimiento Administrativo Común.
24.3. Los servicios descritos El recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámites adoptados en el punto anterior se referirán procedimiento de adjudicación cuando decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, y los siguientes grupos acuerdos de riesgosadjudicación. NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA: Lote IN.I.F. / C.I.F.: Riesgos derivados de la Responsabilidad Patrimonial Profesional Sanitaria del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza. Lote IIDIRECCION: Riesgos derivados de la Responsabilidad Patrimonial en que pueda incurrir la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sus Organismos Autónomos y el Ente Público Osakidetza ya sea en razón de sus bienes, por su actividad o por cualquier otra circunstancia relevante, exceptuando la descrita TELÉFONO: FAX E.MAIL: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR NOMBRE Y APELLIDOS: N.I.F. / C.I.F.: DIRECCION: TELÉFONO: FAX E.MAIL: SOLICITA: Ser admitido en el apartado anteriorprocedimiento abierto nº 5/2012 para la contratación del SERVICIO DE TELEOPERADORES PARA EL CENTRO COORDINADOR DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS SANITARIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA DE MELILLA. Lote IV: Riesgos PatrimonialesGERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Remonta, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de vehículos de motor (Automóviles-motocicletas-vehículos especiales). Lote V: Riesgos Patrimoniales (continente y contenido) de todos los bienes inmuebles que integran el Patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Lote VI: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de helicópteros. Lote VII: Riesgos Patrimoniales, Personales y de Responsabilidad Civil derivados del uso de embarcaciones.2 52005 MELILLA
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