PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - leves: a las 12 meses - graves: a los 24 meses - muy graves: a los 36 meses
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Un Único Criterio De Adjudicación Y Tramitación Ordinaria Del "Proyecto De Reposición De Pavimento Bituminoso en Diferentes Zonas De La Ciudad De Zamora, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Por El Ayuntamiento De Karrantza De La Obra De Puesta en Seguridad Y Acondicionamiento De Las Labores De Interior De La Mina Ángela, en El, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Suministro De Energía Eléctrica, Combustibles Y Otros Productos
PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - levesLeves: a las los 12 meses - gravesGraves: a los 24 meses - muy Muy graves: a los 36 meses
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PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - leves: a las los 12 meses meses. - graves: a los 24 meses meses. - muy graves: a los 36 meses.
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PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - levesLeves: a las los 12 meses - gravesXxxxxx: a los 24 meses - muy Muy graves: a los 36 meses
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PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - leves: a las 12 meses - gravesLeves: a los 24 3 meses - muy Graves: a los 6 meses - Muy graves: a los 36 meses
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PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones de las obligaciones contractuales cometidas por al adjudicatario prescribirán en los plazos siguientes, contados a partir de la fecha en la que el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción cometida: - levesLeves: a las los 12 meses - gravesGraves: a los 24 meses - muy Muy graves: a los 36 meses
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