PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. Página 644 17 de noviembre de 2015 Núm. 39 El presupuesto máximo de licitación para las dos anualidades será de 99.000 euros, IVA excluido. La partida correspondiente al impuesto del valor añadido es de 20.790 euros, para dos anualidades. La distribución por anualidades del presupuesto máximo de licitación y del IVA será la siguiente: EJERCICIO PRESUPUESTO IVA TOTAL 2016 49.500 10.395 59.895 2017 49.500 10.395 59.895 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 del real decreto legislativo 3/2011, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado de este contrato es de 99.000 euros. Dicho tipo o el menor que oferte el adjudicatario, comprenderá la totalidad de los gastos que tenga que hacer frente el contratista para la prestación del servicio objeto de este contrato, incluyendo la parte correspondiente a sus gastos generales y beneficio industrial. A todos los efectos se entenderá que en el precio ofertado no está incluido el IVA. El presupuesto se ha calculado a tanto alzado, de acuerdo con las previsiones del art. 87.2 del TRLCSP teniendo en cuenta los precios xx xxxxxxx actuales y el previsible descuento motivado por la competencia derivada de la concurrencia de varios licitadores. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto base de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. El precio de adjudicación del contrato será el que resulte de la oferta efectuada por el licitador adjudicatario, incluido el importe del IVA que en cualquier caso pueda corresponder, de conformidad con la Ley reguladora de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente, incluyendo además toda clase de tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes y los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. En los documentos que se presenten al cobro el IVA deberá ser repercutido como partida independiente, sin que el importe global del contrato experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido. Forma de pago: Se hará por mensualidades vencidas, con una sola factura mensual que incluya todos los servicios facturados, pero facilitará en su facturación la información diferenciada relativa al tipo de tráfico facturado para que se pueda comprobar que cumplen los términos de la adjudicación, y previa conformidad del órgano competente del Parlamento de Cantabria, para cada abono parcial. En ningún caso podrán incluirse en esta factura otros conceptos o servicios prestados por la misma empresa que no estén incluidos en este pliego de condiciones, siendo causa de resolución del contrato conforme establece la cláusula 22 de este pliego de condiciones.
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PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. Página 644 17 de noviembre de 2015 Núm. 39 5.1.- El presupuesto máximo base de licitación para las dos anualidades será al que asciende la totalidad de 99.000 euroslos lotes que integran el objeto de la presente contratación, IVA excluido. La partida se corresponde con la cantidad global establecida en el Apartado 6.1 del Cuadro de Características, en el que también se detalla la parte correspondiente al precio de ejecución por contrata y al importe del impuesto del valor añadido es indirecto. Dicho presupuesto ha sido elaborado de 20.790 euros, para dos anualidades. La distribución por anualidades del conformidad con los presupuestos de ejecución de contrata incluidos en los proyectos de ejecución de los cinco proyectos.
5.2.- El presupuesto máximo base de licitación de cada uno de los lotes en que se divide le objeto de la contratación, y su distribución en fases y anualidades, es especifica en los Apartados 6.1 y 6.2 del IVA será la siguiente: EJERCICIO PRESUPUESTO IVA TOTAL 2016 49.500 10.395 59.895 2017 49.500 10.395 59.895 De acuerdo con lo dispuesto Cuadro de Características.
5.3.- En las cantidades señaladas, así como en las que se fijen en las proposiciones económicas a presentar por los licitadores y en el artículo 88 del real decreto legislativo 3/2011, del Texto Refundido importe de la Ley de Contratos del Sector Públicoadjudicación, el valor estimado de este contrato es de 99.000 euros. Dicho tipo o el menor que oferte el adjudicatario, comprenderá se entenderán incluidos la totalidad de los gastos e impuestos, directos o indirectos, que tenga que hacer frente el contratista para pueda producir la prestación del servicio objeto de este contrato, incluyendo la parte correspondiente a sus gastos generales y beneficio industrial. A todos los efectos se entenderá que en el precio ofertado no está incluido el IVA. El presupuesto se ha calculado a tanto alzado, de acuerdo con las previsiones del art. 87.2 del TRLCSP teniendo en cuenta los precios xx xxxxxxx actuales y el previsible descuento motivado por la competencia derivada de la concurrencia de varios licitadores. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto base de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, detallándose en el mismo la cantidad que corresponda al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que será repercutido, el cual deberá haber sido indicado en las proposiciones de los licitadores como son los generalespartida independiente, financierossean o no sujetos pasivos. En consecuencia, beneficioaunque el licitador que resulte adjudicatario del contrato no sea sujeto pasivo del IGIC conforme a la normativa aplicable, seguros, transporte y desplazamientos y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. El el importe correspondiente a este impuesto se entenderá incluido en el precio de adjudicación del contrato contrato, y será abonado directamente por el que resulte PCTT, SA al órgano recaudatorio, a través de la oferta efectuada figura de la “inversión del sujeto pasivo”, al tratarse de una obra que tiene por el licitador adjudicatarioobjeto la construcción de un edificio, incluido el importe al amparo del IVA que en cualquier caso pueda corresponderartículo 19.1 2º h) de la Ley 20/1991, de conformidad con la Ley reguladora 7 xx xxxxx, de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente, incluyendo además toda clase modificación de tributos que le sean los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de aplicación según las disposiciones vigentes y los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. En los documentos que se presenten al cobro el IVA deberá ser repercutido como partida independiente, Canarias sin que el adjudicatario perciba dicha cantidad, y debiendo éste hacer referencia en las facturas correspondientes a esta circunstancia, en la forma indicada en la cláusula 30.2 del presente pliego.
5.4.- El importe global del presupuesto del contrato experimente incremento como consecuencia y los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los derivados de la consignación proposición que resulte adjudicataria del tributo repercutido. Forma de pago: Se hará por mensualidades vencidas, con una sola factura mensual que incluya todos los servicios facturados, pero facilitará en su facturación la información diferenciada relativa al tipo de tráfico facturado para que se pueda comprobar que cumplen los términos contrato.
5.5.- El valor estimado de la adjudicacióncontratación a realizar, referida a la totalidad de lotes que integran su objeto, incluidas la posible prórroga y previa conformidad las posibles modificaciones previstas respectivamente en las cláusulas 8 y 31 del órgano competente presente pliego, se indica en el Apartado 8.1 del Parlamento Cuadro de CantabriaCaracterísticas.
5.6.- El valor estimado de la contratación a realizar, para referida a cada abono parcial. En ningún caso podrán incluirse uno de los que integran su objeto, incluidas las posibles modificaciones previstas en esta factura otros conceptos o servicios prestados por la misma empresa que no estén incluidos en este pliego de condiciones, siendo causa de resolución del contrato conforme establece la cláusula 22 33 del presente pliego, se indican en el Apartado 8.2 del Cuadro de este pliego de condicionesCaracterísticas.
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Samples: Contract for Urbanization Works
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. Página 644 17 de noviembre de 2015 Núm. 39 a) El presupuesto máximo de licitación para las dos anualidades será tiene un importe de 99.000 euros, 121.621,01 euros (IVA excluido. La partida correspondiente al impuesto del valor añadido es ).
b) Sobre la cantidad anterior, corresponde en concepto de 20.790 euros, para dos anualidades. La distribución por anualidades del presupuesto máximo de licitación y del IVA será la siguiente: EJERCICIO PRESUPUESTO IVA TOTAL 2016 49.500 10.395 59.895 2017 49.500 10.395 59.895 De acuerdo con lo dispuesto Impuesto sobre el Valor Añadido vigente (21%) 25.540,41 EUROS.
c) Los licitadores deberán igualar o disminuir en el artículo 88 del real decreto legislativo 3/2011, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado de este contrato es de 99.000 euros. Dicho tipo o el menor que oferte el adjudicatario, comprenderá la totalidad de los gastos que tenga que hacer frente el contratista para la prestación del servicio objeto de este contrato, incluyendo la parte correspondiente a sus gastos generales y beneficio industrial. A todos los efectos se entenderá que en el precio ofertado no está incluido el IVA. El presupuesto se ha calculado a tanto alzado, de acuerdo con las previsiones del art. 87.2 del TRLCSP teniendo en cuenta los precios xx xxxxxxx actuales y el previsible descuento motivado por la competencia derivada de la concurrencia de varios licitadores. A todos los efectos, se entenderá que su oferta el presupuesto base de licitación.
d) El importe del presupuesto de licitación comprende todos tiene carácter de máximo y los gastos directos e indirectos licitadores no podrán superarlo en ningún caso. Las ofertas que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contratosuperen dicho importe, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. serán desestimadas automáticamente.
e) El precio del contrato es el de adjudicación del contrato será el que resulte de la oferta efectuada por el licitador adjudicatarioy debe incluir, incluido el importe del IVA que en cualquier caso pueda corresponder, de conformidad con la Ley reguladora de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente, incluyendo además toda clase el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En los precios se considerarán excluidos los tributos, las tasas, los cánones de tributos cualquier tipo que le sean de aplicación según aplicación, así como todos los gastos que se desarrollen como consecuencia de las disposiciones vigentes y los obligaciones establecidas en este Pliego, que pudieran establecerse se han de cumplir durante toda la vigencia ejecución del contrato. En los documentos que se presenten al cobro el IVA caso de existir imprevistos de obra, el contratista deberá ser repercutido como partida independienteacordar con el Ayuntamiento la mejor fórmula para asumir dichos imprevistos, sin que pueda ser modificado en ningún caso el importe global precio total de los trabajos.
f) En el establecimiento del presupuesto base de licitación se tienen en cuenta tanto los costes directos como los indirectos para la ejecución de la obra. Como contraprestación del precio del contrato, el contratista adjudicatario, de obligado cumplimiento, asumirá los gastos necesarios para ejecutar la obra proyectada, tanto si se mencionan en el presente pliego, como si no. De carácter enunciativo, no limitativo, debe tenerse en cuenta que se han considerado en el precio, conceptos como los siguientes: - Gastos derivados de las vallas de obra y protección en relación a la peligrosidad y molestias producidas por las obras. - Gastos de montaje, desmontaje y alquiler de toda clase de construcciones y elementos auxiliares que sean necesarios, como oficinas, vestidores, baños, herramientas, etc. - Gastos de montaje, conservación y retirada de instalaciones provisionales para el suministro de agua y energía eléctrica (incluso la instalación de grupos electrógenos, así como los mitigadores de ruido necesarios), necesarios para la ejecución de la obra, así como derechos, tasas o importes de toma de corriente, contadores y otros elementos. - Gastos de legalización, formación de la fundamentación, montaje, desmontaje y alquiler xx xxxx torre, en caso de ser necesarios. - Conservación y vigilancia de la obra durante toda su ejecución. - Elementos auxiliares, pequeños materiales, aparatos de transporte, de elevación, menguas y pérdidas, etc. - Gastos derivados de la adopción de medidas adecuadas para la protegerse de las avenidas que se puedan producir al cauce xxx xxxxxxxx. - Suministro, colocación y retirada de letreros informativos de la obra. - Gastos derivados de señalización y de seguridad vial. - Gastos derivados de la ejecución del programa de Control de Calidad. - Limpieza de las obras. Además de los conceptos previamente presentados, los gastos incluidos en el precio, que serán a cargo del contratista, corresponderán a tres conceptos: - Gastos derivados de la coordinación, inspección y supervisión de las obras. - Gastos derivados de las actuaciones de información y comunicación a la ciudadanía de las afectaciones de las obras en la movilidad y el uso de los elementos de dominio público.
g) El valor estimado del contrato experimente incremento como consecuencia es de 121.621,01 euros (IVA excluido). Los efectos de lo que se prevé en el Artículo 101.5 de la consignación LCSP, el cálculo del tributo repercutido. Forma valor estimado del contrato se debe efectuar teniendo en cuenta el presupuesto que figura al proyecto técnico aprobado de pago: Se hará por mensualidades vencidas, con una sola factura mensual que incluya todos los servicios facturados, pero facilitará en su facturación la información diferenciada relativa al tipo de tráfico facturado para que se pueda comprobar que cumplen los términos acuerdo de la adjudicación, y previa conformidad del órgano competente del Parlamento Junta de Cantabria, para cada abono parcial. En ningún caso podrán incluirse en esta factura otros conceptos o servicios prestados por la misma empresa que no estén incluidos en este pliego de condiciones, siendo causa de resolución del contrato conforme establece la cláusula 22 de este pliego de condicionesGobierno Local.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. Página 644 17 de noviembre de 2015 Núm. 39 El presupuesto máximo de licitación para las dos anualidades será de 99.000 130.000 euros, IVA excluido. La partida correspondiente al impuesto del valor añadido es de 20.790 27.300 euros, para dos anualidades. La distribución por anualidades del presupuesto máximo de licitación y del IVA será la siguiente: EJERCICIO PRESUPUESTO IVA TOTAL 2016 49.500 10.395 59.895 2017 49.500 10.395 59.895 65.000 13.650 78.650 2018 65.000 13.650 78.650 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 del real decreto legislativo 3/2011, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado de este contrato es de 99.000 130.000 euros. Dicho tipo o el menor que oferte el adjudicatario, comprenderá la totalidad de los gastos que tenga que hacer frente el contratista para la prestación del servicio objeto de este contrato, incluyendo la parte correspondiente a sus gastos generales y beneficio industrial. A todos los efectos se entenderá que en el precio ofertado no está incluido el IVA. El presupuesto se ha calculado a tanto alzado, de acuerdo con las previsiones del art. 87.2 del TRLCSP teniendo en cuenta los precios xx xxxxxxx actuales y el previsible descuento motivado por la competencia derivada de la concurrencia de varios licitadores. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto base de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. El precio de adjudicación del contrato será el que resulte de la oferta efectuada por el licitador adjudicatario, incluido el importe del IVA que en cualquier caso pueda corresponder, de conformidad con la Ley reguladora de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente, incluyendo además toda clase de tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes y los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. En los documentos que se presenten al cobro el IVA deberá ser repercutido como partida independiente, sin que el importe global del contrato experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido. La propuesta deberá establecer el precio/hora del servicio, sin IVA, y tiene que justificarse la relación entre el precio hora y el importe mensual del contrato, si bien, el importe que se tendrá en cuenta a la hora de valorar el servicio es el importe anual del contrato que tendrá que ser el resultado de multiplicar el precio hora por las horas efectivas anuales, que para los años que se licitan se calculan en unas 4.752, admitiéndose una oscilación al alza o la baja de no más de 40 horas, sí se justifica con el calendario laboral xx Xxxxxxxxx. Forma de pago: Se se hará por mensualidades vencidas, con una sola factura mensual que incluya todos los servicios facturados, pero facilitará en su facturación la información diferenciada relativa al tipo de tráfico facturado para que se pueda comprobar que cumplen los términos de la adjudicación, vencidas y previa conformidad del órgano competente del Parlamento de Cantabria, para cada abono parcial. En ningún caso podrán incluirse El pago quedará condicionado a la entrega de una copia de las cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social del personal de la empresa adjudicataria que preste sus servicios en esta factura otros conceptos o servicios prestados por la misma empresa que no estén incluidos en este pliego el Parlamento de condicionesCantabria. Datos a efectos de facturación electrónica: DENOMINACIÓN SECRETARIA GENERAL DEL PARLAMENTO DE CANTABRIA. CÓDIGO DIR3 X00000000 Dirección X/ xxxx 00‐00. 00000. Xxxxxxxxx DENOMINACIÓN SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, siendo causa de resolución del contrato conforme establece la cláusula 22 de este pliego de condiciones.PERSONAL Y ASUNTOS GENERALES CÓDIGO DIR3 X00000000 DENOMINACIÓN SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, PERSONAL Y ASUNTOS GENERALES CÓDIGO DIR3 X00000000
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Samples: Service Contract