Principios Generales de Calidad y Puntualidad Cláusulas de Ejemplo

Principios Generales de Calidad y Puntualidad. El contrato debe incluir estipulaciones relativas al Aseguramiento de la Calidad (AC) para ayudar a garantizar que se adquieran productos para la SR de calidad. • El contrato debe incluir requerimientos de entrega para apoyar la implementación del programa de SR. Si las dos partes no han firmado el contrato, la producción y suministro de productos para la SR no ocurrirá. En América Latina, un factor adicional que condiciona la firma de los contratos de provisión radica en las demoras en el proceso de adjudicación, ya que el tiempo que transcurre entre la fecha de presentación de documentos y la fecha de firma de contrato puede ser mayor al plazo de mantenimiento de oferta (por retrasos burocráticos o protestas). Por Ejemplo, el estándar fija 90 días calendario, pero en países como Bolivia y Paraguay no es raro que se exceda ese plazo. Cuando sucede, puede solucionarse solicitando al proveedor una ampliación del plazo de mantenimiento de oferta. • Especificaciones del producto, conforme se determinó en el Elemento 2. • Requerimientos y términos de entrega, además de condiciones de los documentos de licitación desarrolladas en el Elemento 6. • Selección del proveedor, conforme se determinó en el Elemento 7. • El tipo de contrato que se utilizará. • Estipulaciones de AC para añadirlas al contrato, además de las que se incluyeron en la licitación a la que se convocó. • Definición de los organismos competentes para ejercer arbitraje. Este suele constituir uno de los puntos más importantes en los contratos, ya que muchas de las organizaciones de arbitraje internacional (que son de cumplimiento obligatorio en las adquisiciones financiadas por bancos internacionales) pueden ser resistidas por los gobiernos nacionales. Por este motivo, en los contratos esta cláusula resulta objeto de discusión. Sin embargo, cuando se trata de adquisiciones internacionales las instancias de arbitraje externo son impresindibles. • Contrato firmado. • Garantía de pago establecida.
Principios Generales de Calidad y Puntualidad. Los criterios relativos a la seguridad, a los requerimientos de efectividad y al AC deben indicarse claramente en las especificaciones. • Las especificaciones deben definirse desde la etapa inicial del proceso de adquisición. Se requiere la divulgación oportuna de las especificaciones para evitar retrasos en la adquisición. • Si no se cuenta con especificaciones completas y aprobadas, no se puede proseguir con la adquisición. • Artículos, cantidades y fechas de entrega deseados, tal y como se determinaron en los Elementos 1 y 4. • Métodos para desarrollar las especificaciones de producto. • Formato y contenido: información del producto, requerimientos de AC y requerimientos de empaque y envío. • Especificaciones completas y aprobadas, listas para ser incluidas dentro de los documentos de licitación.
Principios Generales de Calidad y Puntualidad. Las prácticas de aseguramiento de la calidad (AC) pueden variar, dependiendo de la práctica del contrato y la opción de adquisición. La calidad está sujeta a variación con base en la fuente de la provisión. La puntualidad puede variar con base en el proceso y el desempeño del comprador, así como también con base en el desempeño en la fuente de abastecimiento. Vea los Temas Complementarios, Sección H: Aseguramiento de la Calidad del Producto, en donde encontrará más información. No existe un componente crítico en el Elemento 3, lo que significa que nada está completamente fuera de control del comprador de productos para la SR y que nada podría detener por completo el abastecimiento de productos para la SR. • Artículos y cantidades, tal y como se determina en el Elemento 1. • Especificaciones, tal y como se determina en el Elemento 2. • Decidir si se debe aplicar un mecanismo directo o indirecto para la adquisición. • Consenso en las opciones de adquisición que son adecuadas para cada producto. • Memorándum de recomendación para el comité encargado del presupuesto.
Principios Generales de Calidad y Puntualidad. Especificaciones técnicas claras y completas; estipulaciones de aseguramiento de la calidad (AC) que deben aplicarse. • Un cronograma realista que no cree falsas expectativas. El Elemento 5 no cuenta con un componente crítico. Entendiendo por tal un factor determinante capaz de impedir totalmente el abastecimiento de los insumos de SR. Sin embargo, si hay un conjunto de factores condicionantes del éxito de la provisión. Por un lado, la falta de disponibilidad de fondos en un momento indebido o contar con cantidades insuficientes pueden ser factores que perjudiquen seriamente los planes de abastecimiento. Por otro lado, también lo sería un proceso que no logre una convocatoria suficiente porque aumenta la probabilidad de no conseguir adjudicar un determinado producto a ningún oferente. En los países de América Latina, en particular, en ocasiones un factor que ha amenazado la convocatoria ha sido la mala reputación del Estado como pagador. Requerimiento oficial de compra del Elemento 4: • Artículos, cantidades y fechas de entrega deseadas, conforme a lo que se determinó en los Elementos 1 y 4. • Especificaciones, conforme a lo que se determinó en el Elemento 2. • Posibles opciones de adquisición, conforme a lo que se determinó en el Elemento 3. • Presupuesto, conforme a lo que se determinó en el Elemento 4. • Reglamentos gubernamentales, acuerdos con financiadores externos y política organizacional. • Verificar si se puede cumplir con el requerimiento oficial de compra sin modificación. • El método a utilizar para la compra de cada artículo, incluyendo si se deben realizar ejercicios de precalificación. • La forma en la que se deben organizar requerimientos de artículos múltiples en la agrupación de contratos para la adquisición. • El momento en el que se debe iniciar la adquisición de cada grupo de contratos. • Cronograma preliminar para la provisión de cada producto. • Plan y programación detallada para la compra de productos múltiples o agrupaciones de contratos. • Herramienta básica para el manejo y monitoreo de la adquisición de productos múltiples o agrupaciones de contratos.

Related to Principios Generales de Calidad y Puntualidad

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.