Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud Cláusulas de Ejemplo

Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. Con este programa, se busca contribuir a la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles y mentales, así como aportar a la formación y el desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, persona mayor, personas con discapacidad y adultos de la localidad mediante el deporte, la recreación y la actividad física, haciendo uso adecuado y generando la apropiación de los espacios recreodeportivos con los que cuenta la localidad en las 5 UPZ, esto enmarcado en un enfoque de participación y de cultura ciudadana. Para lo cual se pretende ofertar las disciplinas deportivas que sean priorizadas con la comunidad y el sector, procurando que los formadores deportivos habiten en la localidad y cuenten con estudios técnicos y/o profesionales en el área deportiva. Por otra parte, las acciones desarrolladas en el marco de este Programa contribuirán al cumplimiento del Acuerdo Local 074 de 20161.
Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. La realización de actividades recreodeportivas y físicas desarrollan, por una parte, disciplina y aprovechamiento del tiempo libre, y por otra, espacios comunitarios bajo ejercicios competitivos que crean lazos intergeneracionales de respeto y apoyo mutuo y que incentivan la solidaridad y seguridad a nivel local. La formación y vinculación en este tipo de actividades coadyuvan a incrementar la seguridad a través de la disminución de violencias, la prevención del consumo de sustancias psicoactivas, el aprovechamiento del tiempo libre y la generación de competidores locales, distritales, nacionales e internacionales. De allí que, como parte de la inversión local, se plantee la capacitación en campos deportivos que incluyen nuevas tendencias deportivas, el estímulo a deportistas locales y la vinculación en actividades recreo deportivas comunitarias con nuevas tendencias deportivas para mejorar las capacidades locales, el estímulo del aprovechamiento del tiempo libre y la convivencia comunitaria con un enfoque diferencial y de género. La realización de eventos recreo deportivos tendrá en cuenta el cumplimiento de los acuerdos locales ratificados por la Junta Administradora Local xx Xxxxxxxxxx.
Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. Suba tiene una amplia oferta de equipamientos y actividades recreo-deportivas, que la constituyen como una de las localidades de la ciudad con mayor actividad física. Esto le da a la localidad un gran potencial para, entre otros aspectos, aportar grandes deportistas a la ciudad y el país. Frente a esto, la pandemia ha repercutido negativamente en la capacidad económica de los deportistas y con ello, su posibilidad de disponer de los medios para sus entrenamientos y competencias. En este marco, el programa busca aumentar la calidad y la práctica de la actividad física y el deporte, con el fin de contribuir a prevenir enfermedades crónicas no transmisibles y mentales, utilizando el deporte y la recreación para incrementar los comportamientos relacionados con confianza, trabajo en equipo, solidaridad y apropiación del espacio público. Para esto, el programa tiene tres ejes. El primero, se enfoca a la realización de actividades recreodeportivas que vinculen a las comunidades a la práctica deportiva y recreacional. El segundo contempla la formación de personas en distintas disciplinas deportivas, incluyendo actividades tradicionales comunitarias y nuevas tendencias deportivas, con énfasis especial en niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad. El tercer componente busca beneficiar a personas con artículos deportivos, para que puedan desarrollar sus sesiones de entrenamientos y competición con los elementos necesarios. Este programa contribuye al cumplimiento del ODS 3 “Salud y bienestar”. LÍNEA CONCEPTO DE GASTO META Indicador Desarrollo social y cultural. Eventos recreo-deportivos. Vincular 20000 personas en actividades recreo-deportivas comunitarias. Personas vinculadas en actividades recreo- deportivas comunitarias. Procesos de formación y dotación de insumos para los Formar 7000 personas en los campos deportivos. Personas formadas en los campos deportivos. LÍNEA CONCEPTO DE GASTO META Indicador campos artísticos, interculturales, culturales, patrimoniales y deportivos. Beneficiar 6000 Personas con artículos deportivos entregados. Personas beneficiadas con artículos entregados.
Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. Los Eventos recreo-deportivos son de especial interés de los ciudadanos. Tendrán especial consideración las escuelas de formación deportiva en todas las disciplinas y la organización de eventos que coadyuven al bienestar físico y mental de niñas, niños y jóvenes.
Programa Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. La actividad física y el deporte aportan en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles y de salud mental. Por esa razón, a través de la vinculación de la ciudadanía a actividades recreodeportivas, la formación en espacios y la dotación de artículos deportivos, se espera que la ciudadanía adopte estilos de vida saludable. Así mismo, se impulsará la generación de herramientas destinadas al fortalecimiento de los campos artísticos y culturales, proyectos que permitan la visibilización y apropiación de productos culturales y artísticos en la localidad.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.