ESPACIO PÚBLICO Cláusulas de Ejemplo

ESPACIO PÚBLICO. Las zonas de espacio público conformadas deben ponerse al servicio de la infraestructura existente (colegios, centro de desarrollo infantil, bibliotecas, etc; en caso de existir) aledaña bajo alguna condición o mejora del contexto de la misma: calidad visual, accesibilidad, calidad paisajística. En lo posible se propende por que la infraestructura conforme zonas públicas que se relacionen con el contexto. En caso de existir edificaciones públicas vecinas (xxxxxxxx, colegios, etc.) se debe propender por relacionarse. Los materiales utilizados en estas zonas deben adaptarse a la norma general aplicada por el municipio. Se debe evitar materiales que deriven en costosos mantenimientos tales como el adoquín ecológico, madera, entre otros.
ESPACIO PÚBLICO. El espacio público se encuentra integrado según el Decreto 1504 de 1998, por la suma de elementos constitutivos naturales, artificiales o construidos y complementarios, que cumplen diferentes funciones, todas ellas vitales para su conservación y aprovechamiento. En esta medida el municipio de Arauca, realizó la siguiente clasificación de dichos elementos para la zona urbana:
ESPACIO PÚBLICO. 2.2. DEFINICION COMPONENTES Y NORMATIVIDAD DEL ESPACIO PUBLICO. Parágrafo 4. Toda ocupación del espacio público con actividades o usos permitidos por las normas vigentes, derivará la cancelación de las tarifas por uso a favor del Municipio de San Xxxx xx Xxxxxx, de acuerdo a la reglamentación que determinen el Departamento Administrativo de Planeación Municipal y la Secretaria de Gobierno, Conviviencia y Seguridad Ciudadana. Autorícese al Señor Alcalde para que en el término de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, reglamente lo correspondiente a la ocupación del espacio público con uso permitido.
ESPACIO PÚBLICO. El concepto de espacio público es bastante amplio, pero en lo concerniente al ámbito del ordenamiento territorial cabe decir que el espacio público es un elemento que teje, estructura y modela una ciudad, por lo que determina la forma como se relacionan sus habitantes, contribuye a la conservación de recursos naturales y ecosistemas, lo cual reduce los niveles de contaminación de las ciudades y crea un medio ambiente adecuado, genera seguridad a los ciudadanos y brinda oportunidades de valoración a las propiedades, además ello; • Genera equidad en el desarrollo de los habitantes. • Genera identidad en las comunidades y las ciudades. • Contribuye a regular y equilibrar el transporte público. • Contribuye a la preservación de la memoria histórica, a través de la conservación del patrimonio cultural. Contar con espacios públicos amplios, bien iluminados, de fácil acceso, señalizados, arborizados, con un mobiliario adecuado y libre de cualquier tipo de invasión, es un factor importante para mejorar la calidad de vida de las ciudades. Es una lucha constante en la que se ven envueltos tanto los gobernantes como estudiantes, propietarios de vehículos, comerciantes y demás ciudadanos. El espacio público es un sistema estructurante municipal de gran importancia ya que sus propietarios son todos aquellos que habitan sobre el territorio y, por lo tanto, prima sobre los intereses privados.. Para lograr el bienestar, conservación, uso y disfrute adecuado del espacio público, entendido como un espacio colectivo. La administración municipal del municipio de El Paujil, por medio de el Esquema de Ordenamiento Territorial debe de establecer políticas y propuestas encaminadas a tal fin, una iniciativa valiosa es empezar por Identificar los componentes o elementos del espacio público teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 1504 de 1998. Entre otros, los elementos básicos a identificar son: NATURALES: Cerros y montañas, Xxxx y sus rondas, quebradas, humedales y playas, Parques Naturales en los límites de la ciudad y áreas de control ambiental. CONSTRUIDOS: Puentes peatonales, andenes, ciclorutas, Puentes vehiculares, calzadas e intersecciones, Plazas, plazoletas, parques, escenarios deportivos y culturales, Antejardines y fachadas.
ESPACIO PÚBLICO o Integración peatonal con el Centro Cívico. o Articular espacios públicos dentro del predio y que conecten con su entorno urbano inmediato (9ª. y 10ª. av.) o Propiciar que todo el nivel de plaza sea abierto y semi transparente para una eficiente movilidad. o Promover un sistema de espacios públicos con accesibilidad universal. o Abrir a la Ciudad un predio que actualmente no es accesible, y en xxxxxx deterioro. o Crear condiciones climáticas adecuadas para las actividades del espacio de uso público interior a lo largo de todo el año para garantizar el confort del usuario. o Implementar índices de eficiencia y confort climático en la reducción de huella de calor, niveles y porcentajes de permeabilidad y eficiencia en el consumo energético e hídrico. o Proveer áreas permeables mínimas de acuerdo a lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala. o Desarrollar una estrategia de sostenibilidad, complementada con una certificación LEED obligatoria o Evitar desplazamientos para desarrollar otras funciones complementarias. o Promover una mezcla de usos, laborales, comerciales, culturales, de movilidad, para hacer una ciudad más integral. o Hacer del CAE, una integración de actividades necesarias, para una mayor calidad de vida de sus usuarios.
ESPACIO PÚBLICO. Con el fin de generar espacio público y de protección ambiental se establézcase: 🟁 Eje ambiental sobre la quebrada El Pueblo 🟁 Eje ambiental sobre el camino real (zona suburbana) 🟁 Área generada por cesiones obligatorias de espacio público por los desarrollos urbanísticos en áreas de expansión urbana 🟁 Área generada por cesiones obligatorias de espacio público por los desarrollos urbanísticos en áreas para vivienda campestre y áreas recreativas COMPONENTE URBANO ZONIFICACIÓN PARA EL ORDENAMIENTO URBANO
ESPACIO PÚBLICO. El sector donde se establecerá la Estación de Cabecera Portal Norte, es un predio baldío, sin edificar y cultivar, que presenta árboles aislados en el terreno y una franja arbórea perimetral. A nivel de infraestructura y conexión urbana este predio es la puerta de entrada al sector Norte de Bucaramanga, en este se observa la falta de equipamientos en el trazado actual del sistema de movilidad, los cuales se ven aislados y desarticulados, hecho que en últimas se traduce en deficiencias en accesibilidad y subutilización de los mismos. Este es un sector característico por presentar mínimos espacios públicos y recreativos; en consecuencia, el diseño urbanístico del Portal dispuso de un área considerable de andenes, que a su vez sirven de acceso al Portal y de espacio público complementario a los habitantes del sector; de igual forma el Portal Norte tendrá un acceso peatonal y contará con áreas verdes las cuales cumplen fines estéticos y ambientales. Las vías adyacentes al lote y que conducen al centro de la ciudad, no sufrirán ningún tipo de afectación.
ESPACIO PÚBLICO. Mejoramiento de la seguridad pública Un aspecto positivo para la habitabilidad de la zona, la tranquilidad de las personas y la consolidación de las inversiones, es el incremento de los niveles de seguridad pública y vigilancia en la zona. La instalación de un sistema de monitoreo permanente del sitio mediante cámaras de vigilancia conectadas en tiempo real al puesto de mando central de la Autoridad, reforzará la coordinación entre las Unidades de Protección Ciudadana y demás agrupamientos de policía. Rehabilitación de plazas y jardines públicos Los espacios públicos de las ciudades son los lugares de encuentro y de creación de ciudadanía por sus actividades de convivencia; es componente fundamental de cualquier ciudad en la medida en que posibilita relaciones, usos y actividades sociales. Se buscan recuperar el sentido social del espacio público y asegurar el derecho de los ciudadanos a una ciudad segura y con calidad. Estas acciones comienzan a producir efectos positivos en el entorno urbano, detonando procesos de regeneración en sectores específicos; deben sin embargo, conducirse todavía más hacia un desarrollo integral e incluyente que mejore sustancialmente las condiciones de vida.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.