PROGRAMAS DE LEALTAD Cláusulas de Ejemplo

PROGRAMAS DE LEALTAD. Esta cláusula sólo será aplicable a los tarjetahabientes que contraten el programa de lealtad o, que en atención al tipo de Tarjeta emitida por INVEX, tengan derecho a participar de los beneficios del programa de lealtad. Tomando en consideración lo anterior, INVEX podrá ofrecer al CLIENTE, uno o más programas de lealtad que fomenten el uso de la Tarjeta de crédito y que permitan al CLIENTE obtener beneficios de diversa índole, siempre y cuando el CLIENTE cumpla con todos los requisitos establecidos por INVEX y/o por los establecimientos o prestadores de servicios que correspondan. El CLIENTE podrá gozar de dichos beneficios en los términos que INVEX dé a conocer al CLIENTE por cualquiera de los medios y formas detalladas en la cláusula de “Comunicaciones” del presente Contrato, en el entendido de que los programas de lealtad pueden variar, suspenderse o cancelarse en cualquier momento, sin responsabilidad alguna para INVEX. Los beneficios de todo programa de lealtad se conceden exclusivamente al CLIENTE, de modo que los cargos realizados con Tarjetas adicionales generarán beneficios únicamente para el programa de lealtad asociado a la Tarjeta del CLIENTE, salvo que en su momento INVEX disponga lo contrario. Los beneficios obtenidos en los programas de lealtad serán reconocidos exclusivamente si el CLIENTE se encuentra al corriente, en el pago de sus amortizaciones mensuales. La generación de cualquier beneficio quedará suspendida cuando exista algún atraso en los pagos que el CLIENTE se obliga a hacer en los términos del presente Contrato. Los beneficios suspendidos podrán reintegrarse al CLIENTE una vez que esté al corriente en sus pagos, incluyendo intereses ordinarios y moratorios, impuestos, gastos, comisiones y demás accesorios siempre y cuando no se haya llegado a la cancelación de la Tarjeta o se haya dado por terminado el Contrato de crédito materia de este clausulado, en estos últimos casos, los beneficios que hubieran sido registrados en la cuenta del CLIENTE le serán cancelados automáticamente, por lo que si el CLIENTE liquida la totalidad de su adeudo con INVEX, éste último, a su elección, podrá nuevamente iniciar la acumulación de beneficios a favor del CLIENTE, pero en ningún caso les serán tomados en cuenta los beneficios que se le hubieran cancelado. INVEX no asumirá responsabilidad alguna en el evento de que el establecimiento o prestador de servicios de algún programa de lealtad, no reconozca los beneficios a que se hace mención en esta ...
PROGRAMAS DE LEALTAD. A través del presente contrato y dependiendo del tipo de Tarjeta de Crédito solicitada según la HOJA RESUMEN, EL CLIENTE acepta la afiliación e inclusión al o a los Programas de Lealtad, los mismos que se rigen de acuerdo a lo establecido en los Reglamentos respectivos comunicados a EL CLIENTE a través de la página web de EL BANCO, en la página del Programa de Scotia Puntos xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx; en páginas de otros programas de lealtad y/o en comunicaciones directas remitidas al EL CLIENTE. Los programas de lealtad detallados en la Hoja Resumen cuentan con determinadas características, requisitos, restricciones que dependen exclusivamente de sus proveedores o de sus establecimientos afiliados u otras compañías participantes. Por lo tanto EL BANCO no es responsable de los productos o servicios que cada programa ofrece. EL CLIENTE declara aceptar la totalidad de los términos y condiciones del presente contrato y de haber leído, suscrito y recibido el presente documento y la HOJA RESUMEN al momento de la suscripción de los mismos. Firmado en señal de conformidad , el de del año .
PROGRAMAS DE LEALTAD. Como un beneficio al Tarjetahabiente, las tarjetas de crédito de Credomatic están suscritas a diversos programas de lealtad. En este sentido, el Tarjetahabiente puede elegir cualquiera de los programas de lealtad que se encuentren vigentes al momento de la suscripción del presente contrato, en el entendido que la responsabilidad del Emisor queda limitada a la relación contractual que nace de la emisión de la tarjeta de crédito y por lo tanto, cualquier cargo derivado de dichos programas y/o reclamación respecto a los programas de lealtad, deberá ser dirigida por el Tarjetahabiente directamente a la empresa que le brinda los servicios, productos o beneficios de su programa de lealtad. Los beneficios generados por compras reversadas también serán reversados en su estado de cuenta. Únicamente se acreditarán beneficios por consumos de bienes y servicios; no se acreditarán por adelantos en
PROGRAMAS DE LEALTAD. EL BANCO podrá ofrecer a EL CLIENTE la
PROGRAMAS DE LEALTAD. Usted puede inscribirse en el Programa Membership Rewards with Payback ("Programa MR”) a menos que La Empresa haya decidido no participar y/o que La Tarjeta no cuente con dicho programa. Si se inscribe, acepta cumplir con los términos y condiciones del Programa MR, incluido el pago de la cuota anual de participación en el Programa MR que se especifica en la cláusula décima tercera y que en su caso, deberá cubrir la Empresa; lo anterior no será aplicable en aquéllas Tarjetas que American Express le notifique que cuentan con el Programa MR incorporado como lo es la American Express® Corporate Platinum Card y/o cualquier otro producto que en un futuro le notifiquemos, por lo que para esos casos, no se requerirá ningún accionamiento de parte de Usted y/o de la Empresa y Usted acepta que en éstos casos, Nosotros lo inscribamos al Programa MR operado con la participación de la empresa Payback México, S. de R.L. de C.V., cuyos términos y condiciones están a su disposición en www. xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Asimismo, Nosotros podremos proporcionarle a través de nuestra página de internet, aplicación American Express o medios electrónicos, los servicios que de forma enunciativa más no limitativa se mencionan a continuación o cualquier otro servicio que lleguemos a implementar en un futuro:

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  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de mes y año República del Paraguay al día . Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor.

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Inspección Previa Consultas Escritas sobre el DBC

  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, por lo que la Institución de fianzas y el proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR [BANCO EMISOR MEXICANO] Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. Estimados Señores: [Insertar el número de contrato]□ El suscrito banco emisor (el “Banco Emisor”) establece por medio de la presente esta carta de crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$ ) (la “Suma Garantizada”) a favor de CFE Distribución (la “CFE Distribución”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No. (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de , el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el , mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación . Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando:

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO VI.1 Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan a continuación:

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA El Contratista es una entidad independiente de [nombre de la Entidad Estatal contratante], y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. [Nombre del Contratista] no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la [nombre de la Entidad Estatal contratante], ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.