Prohibición de discriminación Cláusulas de Ejemplo

Prohibición de discriminación. De conformidad con las leyes, los Decretos Ejecutivos y reglamentos aplicables sobre igualdad de oportunidades, el propietario no debe discriminar a ninguna persona por razones de raza, color, credo, sexo, origen nacional, edad, situación familiar o discapacidad en lo referente al contrato de arrendamiento.
Prohibición de discriminación. 23.1. No se discriminará a ningún empleado por motivos de raza, credo, color, edad, discapacidad, origen nacional, sexo, orientación sexual, afiliación a una unión o cualquier otra característica protegida por la ley.
Prohibición de discriminación. De conformidad con las leyes, los Decretos Ejecutivos y reglamentos sobre igualdad de oportunidades:
Prohibición de discriminación. Las partes están de acuerdo en no discriminar contra los empleados de la unidad de negociación en violación de las leyes del Estado de Maryland o del Gobierno de los Estados Unidos.
Prohibición de discriminación. Se prohibe toda discriminación por razón de sexo, origen, estado civil, raza, condición social, ideas religiosas o políticas, adhesión o no a Sindicatos y sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado Español. Las relaciones de la empresa y sus trabajadores han de estar siempre presididas por la recíproca lealtad y buena fe.
Prohibición de discriminación. SECCIÓN 6.1 El Empleador se compromete a no discriminar a ningún empleado por estar afiliado o realizar actividades en nombre de la Unión.
Prohibición de discriminación. El Arrendador acepta no discriminar debido a raza, color, religión, creencia religiosa, nacionalidad, sexo, edad, estado familiar y discapacidad.
Prohibición de discriminación. La empresa realizará esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular, la igualdad de género, adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. Los planes de igualdad, podrán contemplar, entre otras, materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo, favorecer en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Se tendrá como objetivo la elaboración y difusión de recomendaciones sobre las mejores prácticas para la elaboración de los planes de igualdad. La composición, el régimen de funcionamiento y periodicidad de las reuniones será establecido por la empresa y trabajadores/as.
Prohibición de discriminación. El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente Xxxxxxxx ha de ser asegurado sin distinción alguna, especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión, opiniones políticas u otras, origen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación.
Prohibición de discriminación. 26.1 No habrá discriminación contra un empleado por motivos de raza, credo, color, edad, discapacidad, condición de veterano, origen, sexo, orientación sexual, afiliación sindical, o cualquier otra característica protegida por la ley.