Common use of PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN Clause in Contracts

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOS. 13.6. CUANDO EL ASEGURADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORES, ACCIÓN DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXX. 13.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLE, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL ASEGURADO. 13.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO.

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Samples: Póliza De Cumplimiento Del Contrato De Arrendamiento, Póliza De Cumplimiento Del Contrato De Arrendamiento

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.121.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.221.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.321.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.421.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIOCONCESIONARIO, EN EL PAGO DE LA REMUNERACIÓN MENSUAL, CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS PÚBLICOS O FONDO DE GASTOS COMUNES, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.521.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO CONCESIONARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO REMUNERACIONES MENSUALES, ADMINISTRACIÓNCUOTAS DE ADMINISTRACION., I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOSPUBLICOS O FONDO DE GASTOS COMUNES. 13.621.6. CUANDO EL ASEGURADO, O CONCEDENTE DEL LOCAL, ÁREA O ESPACIO OTORGADO EN CONCESIÓN, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO CONCESIONARIO Y LOS CODEUDORES, ACCIÓN DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, REMUNERACIONES MENSUALES, ADMINISTRACIÓNCUOTAS DE ADMINISTRACION., I.V.A. Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXPUBLICOS O FONDO DE GASTOS COMUNES. 13.721.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO CONCESIONARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLELOCAL, ESPACIO O ÁREA DADA EN CONCESIÓN, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA CONCEDENTE LE CORRESPONDEN A EL ASEGURADO. 13.821.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO CONCESIONARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO LOCAL, ÁREA O ESPACIO OTORGADO EN ARRENDAMIENTO.CONCESIÓN PARAGRAFO 1: PARAGRAFO 2:

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Samples: Póliza De Cumplimiento Del Contrato De Concesión De Espacios O Inmuebles

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.110.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.210.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.310.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.410.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, EN EL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, LA CLÁUSULA PENAL, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.510.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO A ÉSTA CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOS.ARRENDAMIENTO. 17/06/2022-1502-P-05-PATRI-CL-SUSP-13-DR0I 17/06/2022-1502-NT-P-05-P170622MPP7P7002 13.610.6. CUANDO EL ASEGURADO, O EL PROPIETARIO DEL INMUEBLE ARRENDADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORESDEUDORES SOLIDARIOS, ACCIÓN DE RESTITUCIÓN POR XXXX O DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXPÚBLICOS. 13.710.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLEINMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL AL ASEGURADO. 13.810.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO ARRENDADO. 10.9. CUANDO LA RECLAMACIÓN SEA EXTEMPORÁNEA, PERO ÚNICAMENTE EN ARRENDAMIENTOLA PARTE CORRESPONDIENTE A LOS MESES ANTERIORES A LA FECHA EN QUE SE FORMALIZÓ EL RECLAMO.

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Samples: Insurance Policy

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL PERDERÁ SU DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN UNO O VARIOS DE EN LOS SIGUIENTES CASOS: 13.119.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN SEA PRESENTADA EXTEMPORÁNEAMENTE, DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTEMPLADOS EN LA CLÁSULA DÉCIMA PRIMERA DEL PRESENTE CLÁUSULADO. 19.2. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.219.3. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.319.4. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.419.5. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, EN EL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, EL I.V.A., LOS SERVICIOS PÚBLICOS, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.519.6. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA CONDONADA, NOVADA O COMPENSADA AL SEGUNDO A ESTOS CUALQUIER SUMA RELATIVA A CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, IVA, CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN O SERVICIOS PÚBLICOS, EN LOS CANONES TÉRMINOS DE ARRENDAMIENTO MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOSLOS AMPAROS OTORGADOS POR ESTA ASEGURADORA. 13.619.7. CUANDO EL ASEGURADO, O EL PROPIETARIO DEL INMUEBLE ARRENDADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORESARRENDATARIO, ACCIÓN JUDICIAL DE RESTITUCIÓN O DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXARRENDAMIENTO SIN INFORMAR PREVIAMENTE A LA ASEGURADORA. 13.719.8. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLEINMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL AL ASEGURADO. 13.819.9. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO ARRENDADO 19.10. CUANDO EL ASEGURADO INCUMPLA CON LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN ARRENDAMIENTOLA CLAÚSULA DE GARANTÍA. DEL PRESENTE CLAUSULADO.

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Samples: Póliza De Cumplimiento De Contratos De Arrendamiento

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, EN EL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, LA CLÁUSULA PENAL, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO A ESTA CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOSARRENDAMIENTO. 13.6. CUANDO EL ASEGURADO, O EL PROPIETARIO DEL INMUEBLE ARRENDADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORESDEUDORES SOLIDARIOS, ACCIÓN DE RESTITUCIÓN POR XXXX O DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXPÚBLICOS. 13.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLEINMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL AL ASEGURADO. 13.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO ARRENDADO. 13.9. CUANDO LA RECLAMACIÓN SEA EXTEMPORÁNEA, PERO ÚNICAMENTE EN ARRENDAMIENTO.LA PARTE CORRESPONDIENTE A LOS MESES ANTERIORES A AQUEL EN QUE SE FORMALIZÓ EL RECLAMO

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Samples: Insurance Policy

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.110.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.210.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.310.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.410.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, EN EL PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, LA CLÁUSULA PENAL, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.510.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO A ÉSTA CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOSARRENDAMIENTO. 13.610.6. CUANDO EL ASEGURADO, O EL PROPIETARIO DEL INMUEBLE ARRENDADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORESDEUDORES SOLIDARIOS, ACCIÓN DE RESTITUCIÓN POR XXXX O DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXPÚBLICOS. 13.710.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLEINMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL AL ASEGURADO. 13.810.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO ARRENDADO. 10.9. CUANDO LA RECLAMACIÓN SEA EXTEMPORÁNEA, PERO ÚNICAMENTE EN ARRENDAMIENTOLA PARTE CORRESPONDIENTE A LOS MESES ANTERIORES A LA FECHA EN QUE SE FORMALIZÓ EL RECLAMO.

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Samples: Insurance Policy

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.121.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.221.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS SEGU- ROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.321.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.421.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIOCONCESIONARIO, EN EL PAGO DE LA REMUNERA- CIÓN MENSUAL, CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, IVA, SERVICIOS PÚBLICOS O FONDO DE GAS- TOS COMUNES, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.521.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO CONCESIO- NARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO REMU- NERACIONES MENSUALES, CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y IVA, SERVICIOS PÚ- BLICOS DOMICILIARIOSPÚBLICOS O FONDO DE GASTOS COMUNES. 13.621.6. CUANDO EL ASEGURADO, O CONCEDENTE DEL LOCAL, ÁREA O ESPACIO OTORGADO EN CONCESIÓN, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO CONCESIONARIO Y LOS CODEUDORES, ACCIÓN AC- CIÓN DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, REMUNERACIONES MENSUALES, CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y IVA, SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXO FONDO DE GASTOS COMUNES. 13.721.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO CONCESIONARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOME- TIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLELOCAL, ESPACIO O ÁREA DADA EN CONCESIÓN, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA CONCEDENTE LE CORRESPONDEN CO- RRESPONDEN A EL ASEGURADO. 13.821.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN DEL ARRENDATARIO CONCESIONARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO LOCAL, ÁREA O ESPACIO OTORGADO EN ARRENDAMIENTOCONCESIÓN. 21.9. CUANDO EL CONCESIONARIO HAYA DE PAGAR O CONSIGNAR EL PRECIO DE LA REMU- NERACIÓN MENSUAL A PERSONA O ENTIDAD DIFERENTE DEL CONCEDENTE POR ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE. PARÁGRAFO 1: EN CASO QUE EL CONTRATO DE CONCESIÓN SEA TACHADO DE FALSEDAD O DENUNCIADO PENALMENTE POR CUALQUIER OTRO MOTIVO, LA COMPAÑÍA PODRÁ SUS- PENDER EL PAGO PERIÓDICO DE LA INDEMNIZACIÓN HASTA QUE LA CONTROVERSIA SEA DECIDIDA POR AUTORIDAD COMPETENTE, CASO EN EL CUAL SI LA TACHA O DENUNCIA ES DESESTIMADA SE PAGARA LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS MESES EN QUE LA COBERTURA FUE SUSPENDIDA SI EXCEDER EL LÍMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN CONTEM- PLADO EN LA CLÁUSULA (CLAUSULA ASEGURADA MÁXIMA). SI LA TACHA O DENUNCIA FUERE ACEPTADA Y FALLADO POR EL JUEZ COMPETENTE EN CONTRA DE LOS CONCESIONARIOS, EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN SE PIERDE A PARTIR DE LA FECHA DE OCURRENCIA DE LA TACHA O DEL DELITO. PARÁGRAFO 2: EN CASO QUE EL CONTRATO DE CONCESIÓN SEA SOMETIDO A UN TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO, LA COMPAÑÍA PODRÁ SUSPENDER EL PAGO PERIÓDICO DE LA INDEMNI- ZACIÓN HASTA QUE LA CONTROVERSIA SEA DECIDIDA POR AUTORIDAD COMPETENTE, CASO EN EL CUAL SI EL LAUDO ARBITRAL SALE A FAVOR DEL CONCEDENTE SE PAGARA LA INDEMNI- ZACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS MESES EN QUE LA COBERTURA FUE SUSPENDIDA SIN EX- CEDER EL LÍMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN CONTEMPLADO EN LA CLÁUSULA (CLAUSULA

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Samples: Póliza De Cumplimiento Colectiva

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. EL ASEGURADO y/o BENEFICIARIO PIERDE EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN CUANDO SE PRE- SENTEN PRESENTEN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES CASOS: 13.1. CUANDO LA RECLAMACIÓN FUERE DE CUALQUIER MANERA FRAUDULENTA; SI EN SU APOYO SE HICIEREN O UTILIZAREN DECLARACIONES FALSAS, O SI SE EMPLEAREN OTROS ME- DIOS MEDIOS O DOCUMENTOS ENGAÑOSOS O DOLOSOS. 13.2. SI AL DAR NOTICIA DEL SINIESTRO OMITE MALICIOSAMENTE INFORMAR DE LOS SEGUROS COEXISTENTES SOBRE LOS MISMOS INTERESES ASEGURADOS. 13.3. CUANDO RENUNCIE A SUS DERECHOS CONTRA LOS RESPONSABLES DEL SINIESTRO. 13.4. CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL ARRENDATARIO, PROVENGA DE ACCIÓN U OMISIÓN DEL ARRENDADOR ASEGURADO. 13.5. CUANDO POR ACUERDO O POR CONVENCIÓN ENTRE EL ARRENDADOR ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO SEA CONDONADA O COMPENSADA AL SEGUNDO CUALQUIER SUMA RELATIVA A LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO MENSUALESARRENDAMIENTO, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚ- BLICOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. 13.6. CUANDO EL ASEGURADO, INICIE POR SU CUENTA CONTRA EL ARRENDATARIO Y LOS CODEUDORES, ACCIÓN DE COBRO DE SUMAS DE DINERO POR CONCEPTO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, MENSUALES, ADMINISTRACIÓN, I.V.A. Y SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIA- XXXXDOMICILIARIOS. 13.7. CUANDO ENTRE EL ASEGURADO Y EL ARRENDATARIO EXISTAN DIFERENCIAS SOMETI- DAS SOMETIDAS AL CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA COEXISTENCIA DE VICIOS GRAVES EN EL INMUEBLE, O ATINENTES AL INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE COMO PARTE ARRENDADORA LE CORRESPONDEN A EL ASEGURADO. 13.8. CUANDO EL ASEGURADO DE ALGUNA MANERA HAYA ADMITIDO O PERMITIDO LA SUS- TITUCIÓN SUSTITUCIÓN DEL ARRENDATARIO LEGÍTIMO RESPECTO DE LA TENENCIA DEL INMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO.

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Samples: Póliza De Cumplimiento Del Contrato De Arrendamiento