PÓLIZAS. En el caso de muerte o incapacidad total y permanente de EL CLIENTE y siempre que exista alguna póliza que EL BANCO contrate para que cubra estos riesgos a favor de EL BANCO, se procederá por parte de los herederos o de EL CLIENTE, según el caso, a entregar los documentos necesarios a EL BANCO para hacer la respectiva reclamación ante la compañía de seguros y dicha entidad pagará la indemnización de acuerdo con los términos y condiciones del contrato de seguro y de la ley que en su momento sea aplicable.
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Samples: Cup (Contrato Unificado De Productos), Cup (Contrato Unificado De Productos), Tarjeta De Crédito