Common use of Quejas y reclamaciones Clause in Contracts

Quejas y reclamaciones. La Mutua, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas de la Mutua. • Por correo postal remitido a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 Xxxxxx. • Por correo electrónico a la dirección: xxx@xxxxxx.xx El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo máximo legal de dos meses, contados desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx 00, 1º Dcha, 28001 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de dos meses, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.

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Quejas y reclamaciones. La Mutua, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas rela- cionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas de la Mutua. • Por correo postal remitido a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 Xxxxxx. • Por correo electrónico a la dirección: xxx@xxxxxx.xx xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo pla- zo máximo legal de dos mesesun mes, contados contado desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx Xx- xxxxxxx 00, 1º Dcha0x Xxxx., 28001 Madrid00000 Xxxxxx, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxxreclama- xxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de dos mesesun mes, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para lo que tiene a su disposición el correspondiente formulario en la web (xxxx://xxx.xxxxx.xx- xxxx.xx/). Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses un mes desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando que haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.

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Quejas y reclamaciones. La Mutua, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas de la Mutua. Mutua • Por correo postal remitido a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 Xxxxxx. • Por correo electrónico a la dirección: xxx@xxxxxx.xx El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo máximo legal de dos meses, contados desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx 00, 1º Dcha., 28001 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de dos meses, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.

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Quejas y reclamaciones. La MutuaXXXX, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua XXXX pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas de la Mutuaxx XXXX. • Por correo postal remitido a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 Xxxxxx. • Por correo electrónico a la dirección: xxx@xxxxxx.xx El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo máximo legal de dos meses, contados desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx 00Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 1º Dcha, 28001 28004 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de dos meses, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.. PCG-MUSASM-V2/ENERO 2016

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Samples: Condiciones Generales Musa Inicia

Quejas y reclamaciones. La MutuaSi dichos objetos fueran recuperados antes del pago de la indemnización, el Asegurado deberá tomar posesión de conformidad con lo dispuesto ellos y, el Asegurador deberá abonar las pérdidas definitivas y el deterioro que se pudiera haber producido. Si se recuperaran una vez pagada la indemnización, el Asegurado tendrá la facultad de volver a tomar posesión de ellos, restituyendo el Asegurador la indemnización a que por los mismos tuvo derecho, deducidos los deterioros que pudieran haberse producido. No obstante, si transcurrido un mes desde la fecha de la recuperación, el Asegurado no ha comunicado al Asegurador su intención de readquirir dichos objetos, el Asegurador se convertirá en su propietario de pleno derecho. En ambos casos, el Asegurador indemnizará los gastos en que razonablemente se haya incurrido para la legislación vigenterecuperación de los objetos. Para el planteamiento de quejas y reclamaciones, dispone al objeto de un Servicio que la Compañía modifique alguna de sus decisiones relativas a esta póliza o a sus siniestros, el Tomador del Seguro, el Asegurado o el Beneficiario deberán dirigirse, por orden riguroso y sucesivo, nunca simultáneo o alternativo, a: El Departamento de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadoresa tal efecto, aseguradosha constituido Nacional Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. en las Oficinas Centrales de la Compañía, beneficiariosX/Xxxxxx, 390-394, de Barcelona DP 08013 Teléfono: 000 000 000, o causahabientes a su fax número 00 000 00 00 o a su dirección de cualquiera correo electrónico xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx, pudiéndose usar también, al mismo fin, cualquier oficina de los anteriores para presentar cualesquiera quejas la Compañía abierta al público. La documentación y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que alegaciones deberán formalizarse aportarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera en papel o formato electrónico duradero. El escrito, debidamente fechado y firmado, contendrá como mínimo la identificación completa del reclamante y una precisa descripción de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas motivos de queja o reclamación, la especificación del departamento de la Mutua. • Por correo postal remitido Compañía cuya actuación es objeto de la queja o reclamación y la clara determinación de lo que se pide a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 XxxxxxCompañía que resuelva. • Por correo electrónico a El reclamante podrá adjuntar la dirección: xxx@xxxxxx.xx documentación escrita que estime conveniente. El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y expediente finalizará en el plazo máximo legal de dos mesesmeses a partir de la fecha en que la queja o reclamación fuera presentada en el Departamento de Atención al Cliente y se notificará a los interesados en el plazo de 10 días naturales a contar desde su fecha por escrito que se remitirá por correo certificado con acuse de recibo. escrito y sólo cuando el reclamante no esté de acuerdo con la decisión que haya tomado previamente el Departamento de Atención al Cliente de la Compañía, contados en relación a su queja o reclamación o hayan transcurrido dos meses desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx 00, 1º Dcha, 28001 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxxmisma sin respuesta de la Compañía. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en que fuera necesario plantear judicialmente un litigio sobre el plazo de dos meses, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar contrato las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinariase deriven del seguro prescribirán en el término de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas. Será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del contrato de seguro el del domicilio del asegurado, siendo nulo cualquier pacto en contrario.

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Quejas y reclamaciones. La Mutua, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual la Mutua pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios: • Personalmente mediante su entrega en las oficinas de la Mutua. • Por correo postal remitido a la calle Xxxxxxxxxx, nº 14, xxxxxx xxxxxx, 00000 Xxxxxx. • Por correo electrónico a la dirección: xxx@xxxxxx.xx xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo máximo legal de dos mesesun mes, contados contado desde la fecha de presentación de la queja o reclamación. Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, xxxxx Xxxxxxxxx 00, 1º Dcha., 28001 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, e-mail xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de dos mesesun mes, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para lo que tiene a su disposición el correspondiente formulario en la web (xxxx://xxx. xxxxx.xxxxxx.xx/). Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses un mes desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición. Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.

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