RECOLECCIÓN DE BASURA Cláusulas de Ejemplo

RECOLECCIÓN DE BASURA. El licitante se responsabiliza de recolectar, trasladar y tirar la basura fuera del ININ como mínimo cada tercer día (incluye material producto de las labores de jardinería), manteniendo las instalaciones limpias y ordenadas. El licitante deberá contar con la autorización que tiene su empresa para llevar a cabo el depósito de desechos y/o basura por parte del Gobierno del Estado de México y/o Secretaria del Medio Ambiente para utilizar un lugar autorizado como deposito final de desechos y/o basura. Los licitantes deberán contar con la propiedad de al menos un vehiculo con capacidad de 3.5 toneladas para el retiro de basura de las instalaciones del Instituto. Para la concentración de la basura los licitantes deberán instalar al menos 6 contenedores metálicos de por lo menos 6 m3 de capacidad, cerrados, con puertas superiores y una lateral abatibles, los cuales se deberán colocar dentro de las instalaciones del ININ a mas tardar cinco días hábiles posteriores al inicio de la vigencia del contrato de no ser así el licitante acepta la aplicación de las penas convencionales indicadas para el caso en el punto 14.3 PENAS CONVENCIONALES, de las presentes bases.
RECOLECCIÓN DE BASURA. La basura procedente de las diferentes áreas del inmueble se recogerá diariamente y las veces que sea necesario, depositándola en el lugar destinado por la UNOPS para tal fin, guardando las precauciones necesarias para evitar la contaminación y el esparcimiento de residuos en el trayecto. El espacio asignado para depositar la basura debe lavarse diariamente de forma adecuada y mantenerlos libres de malos olores. Todos los muebles fijos, semi-fijos, móviles y sus accesorios, por ejemplo, estantes, mesas, computadoras, impresoras, teléfonos, llavines, basureros, microondas, escritorios, bibliotecas, archivos, sillones y sillas de vinil, cuero o tela, lockers, teléfonos, ventiladores de cielo, ventiladores de pared y xx xxxx, relojes, cuadros y/o pinturas que tengan vidrio, rótulos, pizarras y mostradores de uso general y específico y cualquier otro objeto, se les deberá eliminar todo el polvo y se realizará la limpieza de cualquier materia adherida y aplicarse posteriormente las sustancias habituales de protección y/x xxxxxx, de modo que se mantengan en óptimas condiciones de limpieza y libres de contaminación y suciedad. Los daños a las instalaciones físicas en los que incurra el personal destacado en las labores de limpieza, ya sea por acción, omisión o procedimientos mal empleados, deberán ser corregidos y/o pagados por cuenta del Contratista, sin cargos adicionales para la UNOPS. El adjudicatario debe garantizar el uso de equipo, productos y materiales que no causen daño en el acabado, apariencia y durabilidad de los equipos y muebles. Los dispensadores deben mantenerse permanentemente con jabón, papel higiénico, servilletas y/o toallas para secado de manos en todas las áreas, según su utilización. La limpieza general diaria superficial del equipo de oficina, tal como máquinas de escribir, sumadoras, calculadoras, computadoras, dispositivos para almacenamiento de información (llaves mayas) y basureros entre otros, deberá realizarse con cuidado y diligencia, a fin de no provocar daños a los activos institucionales. La limpieza de gradas, pasamanos y áreas de tránsito de usuarios, deberá realizarse con productos antideslizantes que no sean nocivos para la salud. La limpieza de los parqueos, zonas verdes y aceras externas: incluye los portones, verjas y parrillas de desagüe, según corresponda. Asimismo, se deberá mantener permanentemente libre de basura, botellas, hojas y cualquier tipo de objetos no deseados. El personal de la empresa adjudicataria, brinda...
RECOLECCIÓN DE BASURA. La Adjudicataria procederá a la recolección de los residuos de forma diferencial, la fracción húmeda de los residuos (yerba, resto de comida, etc) se dispondrá en bolsas de polietileno color negro para ser retirada por el servicio de recolección de la ciudad. Las bolsas serán ubicadas en el lugar designado por el Departamento de Servicios Generales del SENASA. La fracción de los residuos llamados reciclables (vidrios, tetra-pack, bolsas y film plásticos, telas, latas, botellas, envases, plásticos, metales, poliestireno expandido y cartones) se los dispondrá en bolsas de polietileno verdes. Para ser retirado por el servicio de retiro de materiales reciclables. La recolección de papel que se coloca en las cajas específicas de la Fundación Garrahan, será acondicionada para su retiro atento a que el SENASA posee un acuerdo con la misma.* * Los edificios públicos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son considerados generador de residuos especiales de Residuos Sólidos Urbanos por la ley 4859 y su normativa complementaria, por lo que se cuenta con un marco regulatorio que obliga a estos edificios a integrarse al sistema de recolección diferenciada de residuos (secos , húmedos y orgánicos).
RECOLECCIÓN DE BASURA. La Adjudicataria procederá a la recolección de la basura, colocándola en bolsas de polietileno color negro. Las bolsas serán ubicadas en el lugar designado por el Departamento de Servicios Generales del SENASA.
RECOLECCIÓN DE BASURA. 4.1.- Será responsabilidad de “El Licitante” concentrar la basura en los lugares que tienen establecidos para tal efecto, así como, clasificar y separar la basura conforme al apartado correspondiente a manejo de basura. 4.2.- Limpieza y desinfección de los contenedores y/o depósitos de concentración de basura.
RECOLECCIÓN DE BASURA. N.1 Esta se deberá recolectar tres veces durante cada turno para evitar el acumulamiento de la misma en el interior de las Unidades Administrativas, Operativas y de Atención Médica y se tendrá especial cuidado en Anexo 1.

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  • REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.

  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: las oficinas del Fondo Vial: Colonia Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A. Fecha: día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m. IAO 24.3 Metodologia de orden de apertura: Primeramente se abrirá el Sobre A que contiene el DOCUMENTO DE LICITACION", Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3), Garantia o Fianza de Mantenimiento de Oferta y Documentos legales y financieros. Anunciando el nombre de oferente, monto de la garantía o fianza, aseguradora o banco, Número de garantía o fianza, y periodo de vigencia. Seguidamente se abrirán los Sobres B que contienen las Ofertas Económicas para los proyectos de Categoría “A” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación, y finalizando con la apertura de las ofertas de los proyectos de categoría “B” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación. a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el formulario o la carta de presentación de la oferta y cualquier documento, referente a precios unitarios o precios por partidas específicas; b) Estar escritas en lápiz “grafito”. c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisibles. d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15, 16 y 18 de la Ley de Contratación del Estado. e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento; f) Haberse presentado por oferentes no precalificados. g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos; h) Establecer cláusulas diferentes a las previstas en la Ley, en el Reglamento o en el pliego de condiciones; i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos y otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados para influir en la adjudicación del contrato;

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 1. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el precio, la fórmula utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilización de la obra o a la prestación del servicio, el plazo de ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales o vinculadas con la satisfacción de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato, propias de las categorías de población especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o beneficiarios de las prestaciones a contratar, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales, la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia técnica, el servicio postventa u otros semejantes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo. 2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas o en el documento descriptivo. En la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquéllos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. 3. La valoración de más de un criterio procederá, en particular, en la adjudicación de los siguientes contratos: a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente y deban ser presentados por los licitadores.

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • Aclaración de las Ofertas 26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO.

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 29.1 El PNUD examinará la Propuesta a fin de confirmar que el Proponente ha aceptado todos los términos y condiciones ajustados a los Términos y Condiciones Generales del PNUD y las Condiciones Especiales, sin ninguna desviación o reserva. 29.2 El equipo de evaluación revisará y evaluará las Propuestas Técnicas sobre la base de su capacidad de respuesta a los Términos de Referencia y la restante documentación proporcionada, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos especificado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32). A cada Propuesta aceptable se le asignará una puntuación técnica. Una Propuesta se considerará no aceptable en esta etapa si no responde sustancialmente a la SdP, en particular a las exigencias de los Términos de Referencia, lo que también significa que no logra alcanzar la puntuación técnica mínima indicada en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). En ningún caso podrá el PNUD introducir cambios en los criterios, subcriterios y sistema de puntuación indicado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32), una vez recibidas todas las Propuestas. 29.3 En la segunda etapa, sólo se abrirán con fines de revisión, comparación y evaluación las Propuestas Financieras de los Proponentes que hayan alcanzado la puntuación técnica mínima. Los sobres de Propuestas Financieras correspondientes a las Propuestas que no cumplieron con la puntuación mínima de aprobación técnica deberán ser devueltos a los respectivos Proponentes sin abrir. La puntuación general se basará o bien en una combinación de la puntuación técnica y la oferta económica, o bien en la Propuesta Financiera más baja evaluada de entre los Proponentes técnicamente calificados. El método de evaluación que se aplicará para esta SdP será el que se indique en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). Cuando la Hoja de Datos especifique un método de puntuación combinada, la fórmula para la calificación de las Propuestas será la siguiente: Puntuación PT = (Puntuación total obtenida por la oferta/Punt. máxima obtenible por la PT) x 100 Puntuación de la Propuesta Financiera (PF) Puntuación PF = (Precio más bajo ofertado/Precio de la oferta analizada) x 100 Puntuación total combinada:

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.