Common use of REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO Clause in Contracts

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Se trata de una concesión administrativa de uso privativo de bienes de dominio público, conforme a lo dispuesto en el art. 78.1 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales. Independientemente de los derechos y obligaciones comprendidos en el presente pliego, el adjudicatario queda sometido a cualquier norma jurídica de ámbito municipal, autonómico o estatal en vigor o que pueda dictarse, que afecte al objeto y contenido de la concesión y, específicamente a las siguientes: Ley 7/1985 de 2 xx Xxxxx, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 1372/1986 de 13 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre, Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 y Ley 33/2003 de 3 de Noviembre que se aplica en aquellos preceptos declarados básicos por la Disposición Final Segunda, R.D 1373/2009, de 28 xx Xxxxxx por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y en su defecto, por las demás disposiciones vigentes aplicables a la materia que nos ocupa.

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Samples: sede.segovia.es

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Se trata Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de una concesión administrativa de uso privativo de bienes de dominio público, conforme a lo dispuesto en el art. 78.1 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales. Independientemente de los derechos y obligaciones comprendidos en el presente pliego, el adjudicatario queda sometido a cualquier norma jurídica de ámbito municipal, autonómico o estatal en vigor o que pueda dictarse, que afecte al objeto y contenido de la concesión y, específicamente a las siguientesaplicación: Ley 7/1985 de 2 xx Xxxxx, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 1372/1986 de 13 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Público, aprobado por el Real Decreto 1098/2001 Legislativo 3/2011, de 12 14 de Octubrenoviembre, la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx, el Real Decreto 817/2009 817/2009, de 8 xx Xxxx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 y Ley 33/2003 de 3 de Noviembre que se aplica en aquellos preceptos declarados básicos por la Disposición Final Segunda, R.D 1373/200930/2007, de 28 xx Xxxxxx 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Patrimonio Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por las demás disposiciones vigentes aplicables a la materia que nos ocupael Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Qye Rige El Procedimiento Para Contrato Menor Del Servicio Por Lotes

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Se trata Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de una concesión administrativa de uso privativo de bienes de dominio público, conforme a lo dispuesto en el art. 78.1 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales. Independientemente de los derechos y obligaciones comprendidos en el presente pliego, el adjudicatario queda sometido a cualquier norma jurídica de ámbito municipal, autonómico o estatal en vigor o que pueda dictarse, que afecte al objeto y contenido de la concesión y, específicamente a las siguientes: Ley 7/1985 de 2 xx Xxxxx, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx, por el que se aprueba aplicación el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia la Ley de Régimen Local; Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto 1372/1986 Legislativo 3/2011, de 13 xx Xxxxx14 de noviembre, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Bienes la Ley de Contratos de las Entidades Locales; Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre, por el Administraciones Públicas en todo lo que no se aprueba el oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Real Decreto 1098/2001 esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de 12 derecho administrativo y, en su defecto, las normas de Octubre, Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx por derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para conocer en relación a las cuestiones que se desarrolla parcialmente susciten en la Ley 30/2007 preparación y Ley 33/2003 adjudicación de 3 este contrato de Noviembre que se aplica conformidad con lo dispuesto en aquellos preceptos declarados básicos por la Disposición Final Segunda, R.D 1373/2009, de 28 xx Xxxxxx por el que se aprueba el Reglamento artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de las Administraciones Públicas y 14 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso especial de revisión regulado en su defectoel artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por las demás disposiciones vigentes aplicables a la materia que nos ocupael Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Que Han De Regir

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Se trata de una concesión administrativa de uso privativo de bienes de dominio públicoEl contrato tendrá carácter privado y se regirá, conforme en cuanto a lo dispuesto en su preparación y adjudicación, por el art. 78.1 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales. Independientemente de los derechos y obligaciones comprendidos en el presente pliego, el adjudicatario queda sometido a cualquier norma jurídica de ámbito municipal, autonómico o estatal en vigor o que pueda dictarse, que afecte al objeto y contenido de la concesión y, específicamente a las siguientes: Ley 7/1985 de 2 xx Xxxxx, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 18 xx Xxxxx14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido texto refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia la Ley de Régimen Local; Contratos del Sector Público y el RD 817/2009, Real Decreto 1372/1986 817/2009, de 13 8 xx Xxxxxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Bienes 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Para resolver las Entidades Locales; dudas y lagunas que pudieran presentarse sobre la interpretación del presente pliego se aplicarán los principios del Real Decreto Legislativo 3/2011 3/2011, de 14 de Noviembrenoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Público; el Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre817/2009, Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 y Ley 33/2003 de 3 de Noviembre que se aplica en aquellos preceptos declarados básicos por la Disposición Final Segunda, R.D 1373/200930/2007; el Real Decreto 1098/2001, de 28 xx Xxxxxx 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Patrimonio Contratos de las Administraciones Públicas y (en adelante RGLCAP). Con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado que resulte de aplicación. En cuanto a sus efectos y extinción, por las demás disposiciones vigentes aplicables a el Código Civil, publicado por Real Decreto de 24 de julio de 1889 y por la materia Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y cualesquiera otras Normas de Derecho privado que nos ocupapudieran resultar aplicables.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Por Las Que Se Regirá La Licitación Para La Adjudicación Del Contrato Privado De Arrendamiento Del Bien Denominado