REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: El Contratista deberá contar con un profesional permanente en obra, cuya presentación se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra obliga al Contratista ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado contratista designará en calidad de Representante Técnico, con lo siguiente: El Contratista deberá contar con un profesional permanente permanencia en obra, cuya presentación a un profesional con aptitud, experiencia e idoneidad, y habilitado para ejercer profesionalmente la especialidad que se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto indique en el Consejo Profesional correspondienteP.C.P., y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública el que deberá ser previamente aceptado por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesel comitente. El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista contratista para recibir órdenes de la InspecciónInspección de Obra, notificarse de las órdenes Órdenes de servicio Servicio y PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 44 de 69 darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra Técnico obliga al contratista ante el comitente. El remplazo del representante Técnico solo podrá proceder bajo razones fundadas debidamente acreditas por el Contratista ante el Gobierno Comitente. En caso de infracción a las obligaciones emergentes de este Artículo, en que incurriere el contratista, la Inspección de Obra lo hará pasible de la Ciudad multa que prevea el P.C.P. En caso de Buenos Airesreiteración de esta infracción, y si el comitente lo juzga conveniente, el contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su representante, y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado. El Comitente podrá solicitar la remoción y remplazo del representante Técnico en cualquier etapa del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Public Works Contract
REPRESENTANTE TÉCNICO. 14 El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: El Contratista deberá contar con un profesional permanente en obra, cuya presentación se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como PLIEG-2018-09114134- -UPEMS para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra obliga al Contratista ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones Particulares
REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 Para los fines de la Dirección de Obra y la Representación Técnica del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: El Contratista deberá contar con CONTRATISTA, éste propondrá al COMITENTE un profesional permanente en obra, cuya presentación se hará con la documentación título de la propuesta, deberá contar Ingeniero Electromecánico o Técnico Electromecánico (con título habilitante y con incumbencias comprobables) con una antigüedad de TRES años como mínimo en el ejercicio de su profesión e inscripto en el Consejo Colegio Profesional correspondientede Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de la Provincia del Chubut.- Si el Profesional es aceptado, el CONTRATISTA deberá presentar copia del contrato celebrado con dicho profesional, visado por el Colegio Profesional de la Matrícula Provincia dentro de Constructor los QUINCE (15) DÍAS de 1ra.categoríacomunicada la aceptación por parte del COMITENTE.- Todas las instrucciones que dicho REPRESENTANTE TÉCNICO reciba del Inspector de Xxxx, serán consideradas como impartidas al CONTRATISTA.- En la faz constructiva el REPRESENTANTE TÉCNICO se hará directa y solidariamente responsable con suficientes antecedentes como para asegurar aquél de la correcta y normal marcha ejecución de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose sus resultados.- Se deja expresamente establecido que la aceptación previa del profesional responsable de ausencia en la obra pública del REPRESENTANTE TÉCNICO no podrá superar períodos mayores de SIETE (7) DÍAS, debiendo hacerse presente toda vez que sea requerido expresamente por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresINSPECCIÓN. El mencionado Profesional será el responsable incumplimiento de lo precedentemente establecido hará pasible al de una multa consecuente de aplicar las fórmulas establecidas en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra obliga al Contratista ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.presentes Cláusulas particulares.-
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado contratista designará en calidad de Representante Técnico, con lo siguiente: El Contratista deberá contar con un profesional permanente permanencia en obra, cuya presentación a un profesional con aptitud, experiencia e idoneidad, y habilitado para ejercer profesionalmente la especialidad que se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto indique en el Consejo Profesional correspondienteP.C.P., y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública el que deberá ser previamente aceptado por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesel comitente. El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista contratista para recibir órdenes de la InspecciónInspección de Obra, notificarse de las órdenes Órdenes de servicio Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra Técnico obliga al contratista ante el comitente. El remplazo del representante Técnico solo podrá proceder bajo razones fundadas debidamente acreditas por el Contratista ante el Gobierno Comitente. En caso de infracción a las obligaciones emergentes de este Artículo, en que incurriere el contratista, la Inspección de Obra lo hará pasible de la Ciudad multa que prevea el P.C.P. En caso de Buenos Airesreiteración de esta infracción, y si el comitente lo juzga conveniente, el contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su representante, y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado. El Comitente podrá solicitar la remoción y remplazo del representante Técnico en cualquier etapa del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Public Works Contract
REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: El La Empresa Contratista deberá contar presentar en forma inmediata tres (3) profesionales con un profesional permanente en obralos antecedentes completos, cuya presentación se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha uno de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable cuales actuará como Especialista en Restauración de la obra pública por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesreferencia. El mismo será un Arquitecto, restaurador o Ingeniero Civil, especialista en restauracionescon conocimiento de técnicas tradicionales en barro, con absoluta experiencia en este tema mencionado Profesional será el responsable y amplio manejo de obra, CON ASISTENCIA PERMANENTE EN OBRA. Se exige como condición para calificar al profesional referido, experiencia en los términos que establece la documentación contractual, obras de la perfecta ejecución de los trabajossimilar complejidad y escala. Será además el encargado de suministrar la supervisión y el control en la ejecución de todos los datos que estén establecidos trabajos de restauración, así también de los análisis y ensayos indicados en el P.C.P, y todos la presente documentación o de aquellos que le sean requeridos para fueran solicitados oportunamente por la mejor marcha Inspección / Dirección de Obra, incluso en el manejo del personal de obra. La Repartición estudiará los antecedentes propuestos y decidirá por el que cumpla con los mejores y mayores antecedentes en el tema solicitado. En caso que los tres propuestos por La Empresa Contratista no satisfagan y/o no cumplan con los requerimientos solicitados, la misma deberá presentar nuevamente otros antecedentes cumplimentando correctamente lo solicitado por la Repartición.- El Especialista requerido es totalmente independiente de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia presentación del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra tendrá a su cargo la conducción resto de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de las órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra obliga al Contratista ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesprofesionales y/u operarios especializados solicitados.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego General De Condiciones Para La Contratación De Obras Públicas
REPRESENTANTE TÉCNICO. El art. 1.6.22 del P.C.G. queda complementado contratista designará en calidad de Representante Técnico, con lo siguiente: El Contratista deberá contar con un profesional permanente permanencia en obra, cuya presentación a un profesional con aptitud, experiencia e idoneidad, y habilitado para ejercer profesionalmente la especialidad que se hará con la documentación de la propuesta, deberá contar con título habilitante inscripto indique en el Consejo Profesional correspondienteP.C.P., y con la Matrícula de Constructor de 1ra.categoría, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos y facultado para representarlo, requiriéndose la aceptación previa del profesional responsable de la obra pública el que deberá ser previamente aceptado por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesel comitente. El mencionado Profesional será el responsable en los términos que establece la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el P.C.P, y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de la tarea. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen los trabajos, así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Representante no concurriese. En ausencia del Contratista o del Representante técnico, el Representante en Obra Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista contratista para recibir órdenes de la InspecciónInspección de Obra, notificarse de las órdenes Órdenes de servicio Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante en Obra Técnico obliga al contratista ante el comitente. El remplazo del representante Técnico solo podrá proceder bajo razones fundadas debidamente acreditas por el Contratista ante el Gobierno Comitente. En caso de infracción a las obligaciones emergentes de este Artículo, en que incurriere el contratista, la Inspección de Obra lo hará pasible de la Ciudad multa que prevea el P.C.P. En caso de Buenos Airesreiteración de esta infracción, y si el comitente lo juzga conveniente, el contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su representante, y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado. PLIEG-2018-58462635-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES El Comitente podrá solicitar la remoción y remplazo del representante Técnico en cualquier etapa del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Public Works Contract