Rescisión anticipada. La Compañía se reserva el derecho a resolver el presente Contrato de Seguro en cualquier momento mediante correo certificado en caso de que el Asegurado se encuentre en estado de Insolvencia o cese su actividad comercial, con un preaviso no menor de treinta (30) días y con el correspondiente reembolso de la prima proporcional por el plazo no corrido.
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