Common use of RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO Clause in Contracts

RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO. La Empresa adjudicataria deberá cumplir con lo estipulado en la Ley 15.965 y Decreto 127/2014, sus modificativas y concordantes. En caso de corresponder la presentación del “Procedimiento de Trabajo” el BPS se reserva el derecho de solicitarlo cuando considere, siempre previo al inicio de los trabajos. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria, el buen cumplimiento del servicio que se le asigne. El o los funcionarios que el Banco de Previsión Social designe estarán facultados para controlar, trasmitir las instrucciones y/o pautas que estime indispensable a efectos de una eficiente y regular efectivización de los cometidos, así como analizar y evaluar la marcha y resultados de los productos adquiridos y/o servicios contratados. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n la/s única/s y absoluta/s responsable/s de la supervisión, conducta, labor y actuación de su propio personal o del contratado. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha empresa, tanto resultare de la conducta personal o funcional, faltas, accidentes, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidia, falta de cuidado en su caso, daño intencional del citado personal, quedando el Organismo totalmente desvinculado y exento de todo tipo de responsabilidad con respecto a los mismos o frente a terceros. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n responsables de adoptar los medios de resguardo, seguridad laboral e higiene previstos en la ley y su reglamentación. Será responsable asimismo de garantizar el cumplimiento de los requisitos en materia de seguridad laboral e higiene de sus subcontratos. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n asimismo la/s única/s responsable/s, liberando de toda responsabilidad al Banco de Previsión Social por cualquier accidente de su personal. Los gastos que se ocasionen por los actos imputables a la empresa serán de cargo de la misma pudiendo BPS debitarlo de las facturas o del depósito de garantía. En caso de que la/s empresa/s contratada/s interrumpiera/n momentáneamente el servicio licitado durante el período de su ejecución el B.P.S. queda facultado a contratar otras empresas en forma directa, para suplir dicho incumplimiento y hasta que se subsane el mismo y/o su finalización, siendo la totalidad de los gastos extraordinarios que se ocasionen de cuenta del adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder. El Banco de Previsión Social, siempre que la conducta personal o funcional, sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará a la empresa, a fin de que se tomen las medidas del caso si correspondiere.-

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RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO. La Empresa adjudicataria deberá cumplir con lo estipulado El contratista, además de las obligaciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas esta obligado a: - Designar una persona responsable de la Ley 15.965 y Decreto 127/2014, sus modificativas y concordantes. En caso de corresponder la presentación del “Procedimiento de Trabajo” el BPS se reserva el derecho de solicitarlo cuando considere, siempre previo al inicio buena marcha de los trabajos. Será responsabilidad trabajos y de la empresa adjudicataria, el buen cumplimiento del servicio que se le asigne. El o hacer de enlace con los funcionarios que el Banco de Previsión Social designe estarán facultados para controlar, trasmitir las instrucciones y/o pautas que estime indispensable a efectos de una eficiente y regular efectivización responsables de los cometidos, así como analizar y evaluar la marcha y resultados de los productos adquiridos y/o servicios contratadosServicios Municipales correspondientes. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n la/s única/s y absoluta/s responsable/s de la supervisión, conducta, labor y actuación de su propio personal o del contratado. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha empresa, tanto resultare de la conducta personal o funcional, faltas, accidentes, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidia, falta de cuidado en su caso, daño intencional del citado personal, quedando el Organismo totalmente desvinculado y exento de todo tipo de responsabilidad con - Guardar reserva respecto a los mismos datos y antecedentes que no sean públicos o frente a tercerosnotorios y que estén relacionados con el objeto del contrato. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n responsables de adoptar los medios de resguardo, seguridad laboral e higiene previstos en la ley El adjudicatario y su reglamentaciónpersonal habrán de respetar en todo caso las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Será responsable asimismo de garantizar el cumplimiento - Garantizar la calidad de los requisitos servicios durante la vigencia del contrato de acuerdo con los criterios de prestación, rendimiento y control establecidos en materia este pliego de seguridad laboral e higiene de sus subcontratoscondiciones técnicas. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n asimismo la/s única/s responsable/s, liberando de toda responsabilidad al Banco de Previsión Social - Efectuar la formación continuada que sea necesaria durante la vigencia del contrato para garantizar la plena utilización del equipamiento y servicios por cualquier accidente de su personal. Los gastos que se ocasionen por los actos imputables a la empresa serán de cargo de la misma pudiendo BPS debitarlo de las facturas o del depósito de garantía. En caso de que la/s empresa/s contratada/s interrumpiera/n momentáneamente el servicio licitado durante el período de su ejecución el B.P.S. queda facultado a contratar otras empresas en forma directa, para suplir dicho incumplimiento y hasta que se subsane el mismo y/o su finalización, siendo la totalidad parte de los gastos extraordinarios que se ocasionen usuarios y de cuenta del adjudicatariolos técnicos municipales, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponderlos niveles mínimos establecidos en este pliego y en el plan de formación validado. El Banco de Previsión Social- Adoptar una actitud proactiva en la prestación del servicio en los términos establecidos en el pliego técnico. - En caso necesario, siempre que la conducta personal o funcional, sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará proceder a la empresa, portabilidad de la numeración conforme a fin la normativa aplicable y a los requisitos fijados en el pliego de que se tomen condiciones técnicas y en el plan de numeración aprobado. - Adecuar con carácter permanente las prestaciones del servicio a las necesidades del Ayuntamiento. - Efectuar todas las medidas de comprobación requeridas por el Ayuntamiento para verificar los niveles de calidad del caso si correspondiere.-servicio. C.I.F: P-3301600-G - Facilitar toda la información necesaria para la prestación del servicio de telecomunicaciones objeto de este contrato con los equipos suministrados de tal forma que permita su posterior suministro y prestación del servicio por otros operadores (software y hardware de los equipos). C.I.F: P-3301600-G • Trimestralmente, la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx analizarán conjuntamente las estadísticas sobre consumos e incidencias, planeando e implantando propuestas de mejora tanto en el tiempo de resolución de incidencias como en ahorros por consumo.

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RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO. La Empresa adjudicataria El adjudicatario será responsable de mantener el carácter de reservado, confidencial o secreto la información y datos de propiedad de la EANA S.E. No se permitirá visitar o trabajar en las estaciones a personas que no cuentan con la autorización emitida por la autoridad competente de la EANA S.E. y/o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). El personal aceptado destacado para las tareas, deberá cumplir con las directivas de disciplina que imparta la EANA S.E. Cualquier infracción a lo estipulado establecido en la Ley 15.965 y Decreto 127/2014, sus modificativas y concordanteslos apartados precedentes podrá ser motivo de sanciones. En caso tal sentido, estas podrán comprender, entre otras, la rescisión del Contrato, la inhabilitación para contratar con EANA S.E., etc. Todo lo antedicho será aplicable sin perjuicio de corresponder las acciones legales, relevo de personas y otras penalidades a las que pudiera haber lugar. En correspondencia con el inicio y la presentación finalización del “Procedimiento Contrato de Trabajo” el BPS Mantenimiento, se reserva el derecho labrarán sendas actas, cuyo modelo se adjunta en sección ANEXOS, a fin de solicitarlo cuando consideredejar constancia del estado del equipamiento, siempre previo al inicio instalaciones conexas, instrumental y manuales técnicos, de los trabajos. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria, el buen cumplimiento del servicio que se le asignesistemas en cada Aeródromo. El o los funcionarios que el Banco Adjudicatario dispondrá de Previsión Social designe estarán facultados TREINTA (30) días para controlar, trasmitir las instrucciones recibir y/o pautas que estime indispensable a efectos entregar la totalidad de una eficiente las estaciones objeto del Contrato de Mantenimiento (al inicio y regular efectivización de los cometidos, así como analizar y evaluar la marcha y resultados de los productos adquiridos y/o servicios contratados. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n la/s única/s y absoluta/s responsable/s finalización de la supervisiónOrden de Compra respectivamente). Para el caso de entrega, conductatodo el sistema o estación, labor definido en sección 4, deberá ser devuelto completo, puesto en valor y actuación funcionando correctamente. Las actas modelo se adjuntan en sección ANEXOS. El adjudicatario será responsable en todos los casos, de su propio personal o del contratado. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha empresa, tanto resultare todo tipo de deterioros que se ocasionen a los bienes de propiedad de la conducta personal o funcionalEANA S.E., faltas, accidentes, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidiaconsecuencia xx xxxxx, falta de cuidado o negligencia en su caso, daño intencional del citado personalla ejecución de los trabajos contratados, quedando el Organismo totalmente desvinculado obligado a hacer efectivo de inmediato los cargos que se le formulen por tal motivo. Asimismo será responsable de los daños y exento de todo tipo de responsabilidad con respecto a los mismos o frente perjuicios que pueda ocasionar a terceros. LaLas instalaciones y equipamiento, como así también las herramientas y/s empresa/s adjudicataria/s será/n responsables de adoptar los medios de resguardoo instrumental facilitados por la EANA S.E., seguridad laboral e higiene previstos en la ley y su reglamentación. Será responsable asimismo de garantizar el cumplimiento de los requisitos en materia de seguridad laboral e higiene de sus subcontratos. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n asimismo la/s única/s responsable/s, liberando de toda responsabilidad al Banco de Previsión Social por cualquier accidente de su personal. Los gastos que se ocasionen por los actos imputables deberán ser devueltos a la empresa serán de cargo conclusión de la misma pudiendo BPS debitarlo de relación contractual, en las facturas o del depósito de garantíamismas condiciones en que fueron entregados. En caso de que la/s empresa/s contratada/s interrumpiera/n momentáneamente esta cláusula no se cumpliera será obligación del Adjudicatario reintegrar el servicio licitado durante correspondiente importe de reposición a nuevo. Si los Bienes facilitados por la EANA S.E. han desaparecido xxx xxxxxxx se exigirá el período importe o el reintegro de su ejecución un Bien nuevo, de idénticas o mejores características, existente en el B.P.S. queda facultado mercado o que cumpla con iguales o mejores prestaciones operativas y logísticas, a contratar otras empresas juicio de la EANA S.E.En caso de que los bienes de cualquier tipo puestos a disposición del Adjudicatario o aquellos que estén relacionados con las tareas que realiza el mismo, sean afectados por cualquier siniestro debido a culpa o negligencia del Adjudicatario, será pagado directamente por el Adjudicatario en la forma directa, para suplir dicho incumplimiento y hasta oportunidad que se subsane establezca en ese momento EANA S.E. Dichos cargos podrán ser deducidos de cualquier crédito o garantía que el mismo y/o su finalización, siendo Adjudicatario tenga con la totalidad de los gastos extraordinarios que se ocasionen de cuenta del adjudicatario, sin perjuicio EANA S.E. No obstante dichos pagos no liberan al Adjudicatario de las penalidades, multas o sanciones que pudieren corresponder. El Banco de Previsión Socialprevistas en las Bases del Llamado, siempre que la conducta personal o funcional, sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará ni los daños y perjuicios ocasionados a la empresa, EANA S.E. o a fin de que se tomen las medidas del caso si correspondiere.-Terceros.

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RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO. La Empresa adjudicataria El adjudicatario del Acuerdo Marco, además de cualquier otra obligación o responsabilidad legalmente establecida, o prevista en el presente Xxxxxx, será responsable: – Del cuidado y seguridad personal del usuario destinatario del servicio. – De garantizar del derecho a la intimidad de los usuarios, la disponibilidad de espacio y uso de pertenencias personales. – Del traslado y acompañamiento de los usuarios a centros sanitarios en caso de urgencia, utilizando los medios y recursos del Sistema de Salud que corresponda y recabando la colaboración de los familiares o responsables, en su caso. Los gastos derivados del traslado y acompañamiento serán por cuenta del usuario o sus representantes. – De garantizar que el usuario reciba la atención médica necesaria, para lo que deberá cumplir con lo estipulado informar a la familia y recabar su intervención para la realización de las actuaciones necesarias. En este sentido, la petición de hora, acompañamiento y traslado en caso de consulta o atención médica corresponderá a los familiares o representante. En los casos de imposibilidad de éstos por motivos ineludibles y acreditados, corresponderá al adjudicatario la Ley 15.965 ejecución de manera subsidiaria. Para ello, se utilizarán los medios y Decreto 127/2014, sus modificativas recursos del Sistema de Salud que corresponda. Los gastos que pudieran ocasionarse derivados del traslado y concordantes. acompañamiento serán por cuenta del usuario o su representante – En caso de corresponder la presentación del “Procedimiento fallecimiento de Trabajo” el BPS se reserva el derecho un residente, correrá a cargo de solicitarlo cuando consideresus familiares o representante los trámites y gastos de traslado y enterramiento. En los casos de residentes sin familia o en situación de abandono de hecho y sin recursos propios para sufragar los gastos de enterramiento o, siempre previo al inicio de los trabajos. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria, el buen cumplimiento del servicio que se le asigne. El o los funcionarios que el Banco de Previsión Social designe estarán facultados para controlar, trasmitir las instrucciones y/o pautas que estime indispensable a efectos de una eficiente y regular efectivización de los cometidos, así como analizar y evaluar la marcha y resultados de los productos adquiridos y/o servicios contratados. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n la/s única/s y absoluta/s responsable/s de la supervisión, conducta, labor y actuación de su propio personal o del contratado. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha empresa, tanto resultare de la conducta personal o funcional, faltas, accidentes, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidia, falta de cuidado en su caso, daño intencional de incineración, el centro realizará los trámites correspondientes y asumirá los gastos originados. – De adoptar las medidas oportunas para controlar las salidas de los usuarios del citado personalcentro, quedando evitando que puedan abandonarlo inadvertidamente aquellos que no deban hacerlo sin el Organismo totalmente desvinculado debido acompañamiento. – De anotar las entradas y exento salidas de todo tipo de responsabilidad con respecto los usuarios del centro en el registro correspondiente. – De anotar las visitas a los mismos o frente residentes en el registro correspondiente. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222183281510900451173 – De registrar la asistencia de las personas usuarias al centro. Para ello, el adjudicatario deberá contar con un sistema diseñado a terceros. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n responsables de adoptar los medios de resguardoeste efecto, seguridad laboral e higiene previstos en la ley donde queden reflejadas, con datos acumulados anuales, las ausencias y su reglamentaciónjustificación. Será responsable asimismo En el caso de garantizar usuarios que dejen de hacer uso del servicio sin previa comunicación o justificación, o de superarse los plazos máximos de ausencia contemplados en este pliego (apartado “Ocupación de plazas”), el cumplimiento de los requisitos adjudicatario estará obligado a comunicarlo a la Consejería. – De remitir a la Consejería, con la periodicidad y en materia de seguridad laboral e higiene de sus subcontratos. La/s empresa/s adjudicataria/s será/n asimismo la/s única/s responsable/s, liberando de toda responsabilidad al Banco de Previsión Social por cualquier accidente de su personal. Los gastos el plazo que se ocasionen determine, el Plan de Centro , las Programaciones por Áreas o Servicios y todos los actos imputables demás documentos a la empresa serán de cargo de la misma pudiendo BPS debitarlo de las facturas o del depósito de garantía. En caso de que la/s empresa/s contratada/s interrumpiera/n momentáneamente el servicio licitado durante el período de su ejecución el B.P.S. queda facultado a contratar otras empresas en forma directa, para suplir dicho incumplimiento y hasta que se subsane el mismo y/o su finalización, siendo la totalidad de los gastos extraordinarios que se ocasionen de cuenta del adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder. El Banco de Previsión Social, siempre que la conducta personal o funcional, sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará a la empresa, a fin de que se tomen las medidas del caso si correspondiere.-hace referencia en este Pliego.

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