Common use of Riesgo Clause in Contracts

Riesgo. 24.1 El Cliente entiende que el mandato de administración de cartera conferido al Asesor no asegura rendimientos de ningún tipo ni cuantía y que las inversiones están sujetas a las fluctuaciones de precios xxx xxxxxxx. En tal sentido Cliente reconoce que las operaciones a ejecutarse, siempre dentro del margen del perfil de riesgo previamente asignado al Cliente, pueden ser riesgosas y están sometidas a los mencionados riesgos xx xxxxxxx y que, en consecuencia, pueden producir pérdidas. Por ello, manifiesta ser plenamente consciente de los riesgos que se pudieran asumir y, en virtud de ello, acepta que el Asesor sólo podrá ser responsabilizado cuando demuestre inequívocamente la existencia de dolo o culpa grave en el ejercicio de su encargo, apartamiento del perfil de riesgo previamente asignado al Cliente, o violación a las órdenes que hubiera oportuna y fehacientemente comunicado. El Asesor no será responsable ni deberá resarcir cualquier daño que pudiera sufrir el Cliente como consecuencia de los riesgos propios e inherentes al mercado en el que opere. El Cliente es responsable por todas las pérdidas atribuibles a vicios de su propia capacidad, la de sus mandatarios o terceros.

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Riesgo. 24.1 El Cliente entiende que el mandato de administración de cartera conferido al Asesor no asegura rendimientos de ningún tipo ni cuantía y que las inversiones están sujetas a las fluctuaciones de precios xxx xxxxxxx. En tal sentido Cliente reconoce que las operaciones a ejecutarse, siempre dentro del margen del perfil de riesgo previamente asignado al Cliente, pueden ser riesgosas y están sometidas a los mencionados riesgos xx xxxxxxx y que, en consecuencia, pueden producir pérdidas. Por ello, manifiesta ser plenamente consciente de los riesgos que se pudieran asumir y, en virtud de ello, acepta que el Asesor sólo podrá ser responsabilizado cuando demuestre inequívocamente la existencia de dolo o culpa grave en el ejercicio de su encargo, apartamiento del perfil de riesgo previamente asignado al Cliente, o violación a las órdenes que hubiera oportuna y fehacientemente comunicado. El Asesor no será responsable ni deberá resarcir cualquier daño que pudiera sufrir el Cliente como consecuencia de los riesgos propios e inherentes al mercado en el que opere. El Cliente es responsable por todas las pérdidas atribuibles a vicios de su propia capacidad, la de sus mandatarios o terceros.

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