Common use of RIESGOS EXCLUÍDOS Clause in Contracts

RIESGOS EXCLUÍDOS. El Instituto no amparará bajo esta póliza las pérdidas o gastos que el Asegurado se vea obligado a pagar por daños a la propiedad, muerte o lesión de personas (inclusive el daño consecuencial); y que se produzcan o sean agravados por los eventos o condiciones que se detallan a continuación. 1. Guerras, invasión, actos de enemigos extranjeros, actividades u operaciones militares, poder militar usurpado, conmoción civil, motín, huelga, guerra civil, rebelión, insurrección, revolución. Tampoco por xxx xxxxxxx, confiscación, requisa, nacionalización o destrucción ordenadas por el gobierno o, actos terroristas o actos de vandalismo. 2. Reacción nuclear, irradiación nuclear o contaminación radioactiva por combustibles nucleares o desechos radioactivos. Irradiación xx xxxxxxx de calor o de energía, así como las propiedades radioactivas, tóxicas, o explosivas. 3. Actos cometidos con dolo por parte del Asegurado. 4. Contaminación gradual. 5. Los daños y perjuicios a personas que por su vínculo con el Asegurado, deben estar protegidos por la legislación de Riesgos del Trabajo. 6. La existencia, explotación, manejo, procesamiento, fabricación, venta, distribución, almacenaje o uso de asbestos, fibras de amianto, tabaco, dioxinas, dimetil isocianato, bifeniles policlorados, clorofluorocarbonos y / o clorofenoles. 7. La responsabilidad civil que surja por la pérdida o daños resultantes de la explosión de una caldera de vapor, u otra clase de recipientes a presión concebidos para operar este sistema, que pertenezca al Asegurado, o sea utilizado por él. 8. La propiedad, posesión, uso, mantenimiento o reparación de embarcaciones, aeronaves, ferrocarriles, automóviles u otro artefacto de propulsión mecánica o equipo especial que requiera licencia habilitante para su conducción por las vías públicas, privadas y playas.

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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement, Insurance Agreement

RIESGOS EXCLUÍDOS. El Instituto a) Los que no amparará bajo esta póliza las pérdidas o gastos que el Asegurado se vea obligado den lugar a pagar por daños a indemniza- ción según la propiedad, muerte o lesión Ley de personas (inclusive el daño consecuencial); y que se produzcan o sean agravados por los eventos o condiciones que se detallan a continuaciónContrato de Xxxxxx. 1. Guerras, invasión, actos b) Los ocasionados en personas aseguradas por contrato de enemigos extranjeros, actividades u operaciones militares, poder militar usurpado, conmoción civil, motín, huelga, guerra civil, rebelión, insurrección, revolución. Tampoco por xxx xxxxxxx, confiscación, requisa, nacionalización o destrucción ordenadas por seguro distinto a aquéllos en que es obligatorio el gobierno o, actos terroristas o actos recargo a favor del Consorcio de vandalismoCompensación de Seguros. 2. Reacción c) Los producidos por conflictos armados, aunque no haya prece- dido declaración oficial xx xxxxxx. d) Los derivados de la energía nuclear, irradiación nuclear sin perjuicio de lo estable- cido en la Ley 25/1964, de 29 xx xxxxx, sobre energía nuclear. e) Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los seña- lados en el artículo 1 del Regla- mento del seguro de riesgos extraordinarios, y en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o contaminación radioactiva asenta- miento de terrenos, desprendi- miento de rocas y fenómenos similares, salvo que éstos fueran ocasionados manifiestamente por combustibles nucleares o desechos radioactivos. Irradiación xx xxxxxxx la acción del agua de calor o lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de energíainundación extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inun- dación. f) Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifesta- ciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las propiedades radioactivascitadas actuaciones pudieran ser califi- cadas como acontecimientos extraordinarios, tóxicas, o explosivasconforme al artí- culo 1 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios. 3. Actos cometidos con dolo g) Los causados por parte mala fe del Aseguradoasegurado. 4. Contaminación gradualh) Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas. 5. i) Los daños y perjuicios a personas siniestros que por su vínculo con magnitud y gravedad sean califi- cados por el Asegurado, deben estar protegidos por la legislación de Riesgos del Trabajo. 6. La existencia, explotación, manejo, procesamiento, fabricación, venta, distribución, almacenaje o uso de asbestos, fibras de amianto, tabaco, dioxinas, dimetil isocianato, bifeniles policlorados, clorofluorocarbonos y / o clorofenoles. 7. La responsabilidad civil que surja por la pérdida o daños resultantes Gobierno de la explosión Nación como de una caldera de vapor, u otra clase de recipientes a presión concebidos para operar este sistema, que pertenezca al Asegurado, “catástrofe o sea utilizado por élcalamidad nacional”. 8. La propiedad, posesión, uso, mantenimiento o reparación de embarcaciones, aeronaves, ferrocarriles, automóviles u otro artefacto de propulsión mecánica o equipo especial que requiera licencia habilitante para su conducción por las vías públicas, privadas y playas.

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Samples: Zurich Garantía Préstamos

RIESGOS EXCLUÍDOS. El Instituto no amparará al Asegurado bajo esta póliza las por pérdidas (inclusive los daños consecuenciales) o gastos que el Asegurado se vea obligado a pagar por daños a la propiedad, muerte o lesión de personas (inclusive el daño consecuencial); y que se produzcan o que sean agravados por los eventos o condiciones que se detallan a continuación.por: 1. Guerras, invasióninvasiones, actos de enemigos extranjeros, actividades u operaciones militareshostilidades (ya sea antes o después de una declaración xx xxxxxx), guerras civiles, rebeliones, insurrecciones, revoluciones, xxx xxxxxxx, poder militar usurpado, conmoción civil, motín, huelga, guerra civil, rebelión, insurrección, revolución. Tampoco por xxx xxxxxxx, confiscación, requisa, nacionalización o destrucción ordenadas por el gobierno o, actos terroristas o actos de vandalismopor la autoridad. 2. Reacción nuclear, irradiación nuclear o contaminación radioactiva radiactiva por combustibles nucleares o desechos radioactivosradiactivos, debidos a su propia combustión. 3. Irradiación xx xxxxxxx de calor o de energía, así como las Las propiedades radioactivasradiactivas, tóxicas, explosivas o explosivasde otra naturaleza peligrosa, de unidad nuclear explosiva o de un componente nuclear de ella. 34. Actos cometidos con dolo por parte del Asegurado. 4. Contaminación gradualAsegurado y/o Tomador. 5. Los daños y perjuicios a personas que por su vínculo con el AseguradoEmpleo de armas atómicas, deben estar protegidos por la legislación ya sea en tiempo de Riesgos del Trabajoxxx x xx xxxxxx. 6. La existenciaFalla o defecto existente al inicio de este seguro, explotaciónque sea conocido por el Asegurado o sus representantes responsables de los bienes asegurados, manejo, procesamiento, fabricación, venta, distribución, almacenaje sin tomar en cuenta que dichos fallos o uso de asbestos, fibras de amianto, tabaco, dioxinas, dimetil isocianato, bifeniles policlorados, clorofluorocarbonos y / defectos fueran o clorofenolesno del conocimiento del Instituto. 7. La responsabilidad civil que surja por Pérdidas, daños o responsabilidades causados en cosechas, bosques y/o cultivos durante la pérdida o daños resultantes ejecución de la explosión los trabajos de una caldera de vapor, u otra clase de recipientes a presión concebidos para operar este sistema, que pertenezca al Asegurado, o sea utilizado por élconstrucción. 8. Los gastos por concepto de prevención o aminoración de daños que haya que invertir en el transcurso del período del seguro. 9. La propiedadinobservancia xx xxxxx, posesiónreglamentos, usoresoluciones y decretos de las autoridades competentes. 10. Acciones u omisiones del Asegurado y/o Tomador, mantenimiento sus empleados o reparación personas actuando en su representación o a quienes se les haya encargado la custodia de embarcacioneslos bienes asegurados, aeronavesque a criterio del instituto produzcan o agraven las pérdidas. 11. Pérdidas o responsabilidades consecuenciales, ferrocarrilesincluidas: la pérdida de beneficios, automóviles u otro artefacto lucro cesante, demora, paralización del trabajo sea parcial o totalmente. 12. Vientos huracanados de propulsión mecánica la intensidad 8 o equipo especial más en la xxxxxx xx Xxxxxxxx (velocidad media del viento superior a 62 Km/h), ni tampoco los causados por agua en relación con vientos huracanados o como consecuencia de éstos, salvo que requiera licencia habilitante para su conducción por las vías públicasse contrate la cobertura respectiva. 13. Conmociones civiles, privadas y playasmotines, huelgas.

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Samples: Insurance Agreement

RIESGOS EXCLUÍDOS. El Instituto A. Para las garantías de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente total, Gran invalidez o incapacidad permanente parcial derivados de un accidente las exclusiones de la póliza únicamente serán las siguientes y con esta misma redacción: a) Los siniestros provocados intencionadamente por el/a Asegurado/a. b) Las indemnizaciones a beneficiarios/as que hayan provocado intencionadamente la muerte accidental del/a Asegurado/a. c) Suicidio o cualquier lesión autoinflingida. d) La participación del/a Asegurado/a en actos delictivos, duelos o riñas siempre que, en este último caso, no amparará bajo esta póliza las pérdidas hubiere actuado en legítima defensa o gastos que el Asegurado se vea obligado a pagar por daños en tentativa de salvamento de personas o bienes. e) La práctica como profesional de cualquier deporte. f) Respecto a la propiedadpráctica de deportes como aficionado/a, muerte únicamente podrán ser excluidos de cobertura los deportes notoriamente peligrosos. Los licitadores deberán relacionar expresamente qué deportes entienden que son notoriamente peligrosos y, en consecuencia, quedando excluidos de cobertura. No se admitirán referencias genéricas. Los deportes con carácter aficionado no expresamente excluidos por ser relacionados se considerarán garantizados. g) Los ocurridos como consecuencia xx xxxxxx civil o lesión internacional, motines o tumultos populares, rebeliones, xxx xxxxxxx o cuarentena y su proclamación. h) Radiaciones o efectos de la energía nuclear. i) Los accidentes sufridos en estado de embriaguez habitual o drogadicción (en este caso, cuando no esté prescrita médicamente) y siempre que el/a juez dictamine la existencia de alcoholismo y/o toxicomanía. j) Los ocurridos como consecuencia de terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas o huracanes y otros fenómenos sísmicos o metereológicos de carácter extraordinario o catastrófico, sin perjuicio de la cobertura otorgada por el Consorcio de Compensación de Seguros. B. Para la garantía de gastos de asistencia sanitaria derivados de un accidente las exclusiones de la póliza únicamente serán las siguientes y con esta misma redacción: a) Los siniestros provocados intencionadamente por el/a asegurado/a. b) El tratamiento de lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionadamente por el/a asegurado/a a sí mismo/a. c) La participación del/a Asegurado/a en actos delictivos, duelos o riñas siempre que, en este último caso, no hubiere actuado en legítima defensa o en tentativa de salvamento de personas (inclusive el daño consecuencial); y que se produzcan o sean agravados por los eventos o condiciones que se detallan a continuaciónbienes. 1. Guerrasd) Los siniestros ocurridos en caso xx xxxxxx declarada, invasiónmanifestaciones y movimientos populares, actos de enemigos extranjerosterrorismo y sabotaje, actividades u operaciones militareshuelgas, poder militar usurpadodetenciones por parte de cualquier autoridad por delito no derivado de accidente de circulación, conmoción civilrestricciones a la libre circulación o cualquier otro caso de fuerza mayor, motín, huelga, guerra civil, rebelión, insurrección, revolución. Tampoco por xxx xxxxxxx, confiscación, requisa, nacionalización o destrucción ordenadas por a menos que el gobierno o, actos terroristas o actos de vandalismoasegurado pruebe que el siniestro no tiene relación con tales acontecimientos. 2. Reacción nuclear, irradiación e) Los accidentes que sobrevengan por la práctica como profesional de cualquier deporte. f) Los siniestros que tengan por causa las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear o contaminación radioactiva por combustibles nucleares o desechos radioactivos. Irradiación xx xxxxxxx de calor o de energía, así como las propiedades radioactivas, tóxicas, o explosivasla radioactividad. 3. Actos cometidos con dolo g) El tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por parte del Aseguradoingestión o administración, no accidental ni prescrita médicamente, de tóxicos, drogas, alcohol o narcóticos. 4. Contaminación gradual. 5. Los daños y perjuicios a personas que por su vínculo con el Asegurado, deben estar protegidos por la legislación de Riesgos del Trabajo. 6. La existencia, explotación, manejo, procesamiento, fabricación, venta, distribución, almacenaje o uso de asbestos, fibras de amianto, tabaco, dioxinas, dimetil isocianato, bifeniles policlorados, clorofluorocarbonos y / o clorofenoles. 7. La responsabilidad civil que surja por la pérdida o daños resultantes de la explosión de una caldera de vapor, u otra clase de recipientes a presión concebidos para operar este sistema, que pertenezca al Asegurado, o sea utilizado por él. 8. La propiedad, posesión, uso, mantenimiento o reparación de embarcaciones, aeronaves, ferrocarriles, automóviles u otro artefacto de propulsión mecánica o equipo especial que requiera licencia habilitante para su conducción por las vías públicas, privadas y playas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Técnicas Particulares