RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] convocada por el Órgano de Contratación: DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) Barcelona, 16 de diciembre de 2022 El órgano de contratación Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Aspas Xx. Xxxx Xxxxx Martín Almansa Director Director Ejecutivo • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas ofertas. El modelo/ estructura a seguir para la realización de la propuesta para criterios evaluables mediante juicio de valor se adjunta como Anexo 1 en el Pliego de prescripciones técnicas. • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña , con DNI número… en nombre y representación la Sociedad …………………………………………………………, con N.I.F al objeto de participar en la contratación DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 19.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 19.2.-Jurisdicción competente.
19.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
19.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
19.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
19.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de reposición contra Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras DNI 00000000X Página 22 de 28 XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE, ou=CERTIFICADO ELECTRONICO DE EMPLEADO PUBLICO, serialNumber=IDCES-13297636W, sn=XXXXXXX XXXXX, givenName=XXXX XXXXXXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X Fecha: 2019.02.19 13:46:40 +01'00' DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL OFERTANTE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. D/Xx………………………………………………………………………………………… DNI nº ………………………………………………… En nombre y representación de la persona física / jurídica: ...................................... .................................................................................................................................. Domicilio:(calle/plaza):……………….……………………………………………………. nº……………………….. Población: ………………..…..Provincia…………………… Código Postal ………….. NIF ………………………………………………… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que en la persona física/jurídica a la que represento no concurre ninguna de las circunstancias a que se refiere el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes artículo 71 de la Ley 39/2015 9/2017, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente de 1 sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos y artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, del Procedimiento administrativo común por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1Administraciones Públicas, respectivamente. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través Autorizo al órgano encargado de la plataforma tramitación del expediente de Contratación del Sector Públicocontratación a que proceda a realizar las comprobaciones que resulten oportunas sobre las circunstancias arriba declaradas y especialmente a la comprobación de los datos relativos a la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación a los efectos exclusivos de la Plataforma contratación con la Fábrica Nacional de Contratación Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Y para que así conste, expido y firmo la presente declaración en …………. (ciudad), a de ……………… de 201_).1 1 La fecha deberá estar comprendida entre la de publicación de la convocatoria y la del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar límite de presentación de la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:proposición.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Fabricación De Piezas
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) ). CONFORME: POR LA FUNDACIÓN EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA FECHA Y FIRMA • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES 0 • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 0 (este Este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE42073855R XXXX XXXXX XXXXXX (R: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector PúblicoG84912708) Digitally signed by 42073855R XXXX XXXXX XXXXXX (R: G84912708) DN: 2.5.4.13=Ref:AEAT/ AEAT0030/PUESTO 1/71463/01072021103836, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación serialNumber=IDCES-42073855 R, givenName=XXXX XXXXX, sn=XXXXXX XXXXXXX, cn=42073855R XXXX XXXXX XXXXXX (DEUC) Para ello debenR: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente linkG84912708), 2.5.4.97=VATES-G84912708, o=FUNDACION IMDEA NETWORKS, c=ES Date: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. 2023.03.31 07:37:33 +02'00' [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………., con DNI número en nombrey representaciónde DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 20.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 20.2.-Jurisdicción competente.
20.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
20.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
20.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
20.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de reposición contra el acto originario impugnado Madrid (Artcapital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. 123 y siguientes En Madrid El Director de Compras XXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, serialNumber=IDCES-13297636 W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Fecha: 2018.07.10 21:20:41 +02'00' El candidato deberá aportar para su valoración: • Certificados de volumen anual medio de facturación, correspondiente a los dos últimos ejercicios, de importe superior a 30.000 € • Documentación acreditativa de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común solvencia económica y financiera El cumplimiento de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉScondiciones exigidas en la cláusula VII de este pliego, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en relación al volumen anual de negocios del licitador, se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible depositadas en el anuncio registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de licitación negocios mediante sus libros de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir inventarios y cuentas anuales legalizados por el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:Registro Mercantil.
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Samples: Acuerdo Marco Para El Suministro De Equipos De Protección Individual (Epi’s)
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] convocada por el Órgano de Contratación: DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 20.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 20.2.-Jurisdicción competente.
20.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
20.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
20.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
20.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, serialNumber=IDCES-13297636W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Fecha: 2018.07.10 21:23:35 +02'00' D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación de 1 la licitación número AM/MNT63/7004/2018, para la realización de octubreacuerdo marco para la contratación de FABRICACIÓN DE PIEZAS, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si acuerdo con lo establecido en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria Pliego de Prescripciones Técnicas y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento el Pliego de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector PúblicoCondiciones Particulares, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar cuyo contenido declara conocer y aceptar en su equipo el fichero DEUC.xml totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que se encuentra disponible constan en el anuncio cuadro adjunto sobre una muestra representativa de licitación productos cuyas referencias constan en el pliego de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir prescripciones técnicas, con el siguiente linkdetalle: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico"51706511 SOP. Seleccionar la opción "importar un DEUC"BANDEJA SAFE HTGC DERECHA FNMT /P 10 51706512 SOPORTE BANDEJA SAFE HTGC IZQ. Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1)FNMT/P 10 51706513 SOPORTE XXXXXX.XXXX SAL/HTG DEREC.FNMT/P 10 51706514 SOPORTE BANDEJA SAFE SAL/HTG IZQ. Seleccione el país y pinche “siguiente”FNMT/P 10 51711011 BISAGRA TAPA SCANNER HP 3800 FNMT /P 50 51712056 ENGRANAJE REF. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente60835693 FNMT /P 15 51712081 PLACA ASCENSOR ENT. Descargar y firmar electrónicamente el documentoREF.60840555 FNMT /P 20 51712086 ENGRANAJE REF. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:22090259 FNMT/P 10 51713063 ESCUADRA NUEVO PC EMBALADO DLC60 /P 20 51716069 CUCHILLA SEPARADORA LAMINA 6000019657 10 51717070 LlMIT.ESCUADRA TOPE MUELLES 0000000000 3
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Fabricación De Piezas
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 20.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 20.2.-Jurisdicción competente.
20.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
20.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
20.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
20.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras CASAS XXXX XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, XXXXXXXXX - serialNumber=IDCES-132976 36W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W +02'00' D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación de 1 la licitación número AM/MNT52/7004/2018, para la realización de octubreacuerdo marco para el suministro de HERRAMIENTA Y MATERIALES ESPECÍFICOS PARA MECANIZADO, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si acuerdo con lo establecido en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria Pliego de Prescripciones Técnicas y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento el Pliego de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector PúblicoCondiciones Particulares, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar cuyo contenido declara conocer y aceptar en su equipo el fichero DEUC.xml totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que se encuentra disponible constan en el anuncio cuadro adjunto sobre una muestra representativa de licitación productos cuyas referencias constan en el pliego de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir prescripciones técnicas, con el siguiente linkdetalle: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado Xxxxx MD s/Iarga TIALN Ø 14 MM 10 Fresa MD s/Iarga TIALN Ø 28 MM 10 Xxxxx MD s/Iarga desbaste TIALN Ø 14 MM 10 Xxxxx MD s/Iarga desbaste TIALN Ø 28 MM 10 Xxxxx MD s/Xxxxx acabado TIALN Ø 14 MM 10 Xxxxx MD s/Xxxxx acabado TIALN Ø 28 MM 10 Xxxxx MD s/Iarga súper acabado TIALN Ø 14 MM 10 Xxxxx MD s/Iarga súper acabado TIALN Ø 28 MM 10 FRESA PUNTEAR 90º Ø 10MM 10 FRESA PUNTEAR 90º Ø 16MM 10 FRESA ESFERICA METAL DURO Ø 8MM 10 FRESA ESFERICA METAL DURO Ø 12MM 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 2,75 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 3,25 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 3,50 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 3,75 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 3 10 BROCAS XX XXXXX HSS 8% Co Ø 4,00 10 Plaquita CCMT 09T304 10 Plaquita CCMT 121408 10 Plaquita WNMG 080408 10 Plaquita WNMG 060404 10 Plaquita VCMT 160404 10 Plaquita VCMT 160408 10 Pletina acero rectificado AISI 01 de 100x5x500 10 Pletina acero rectificado AISI 01 de 100x10x500 10 Plancha acero Thyrodur 1.2550 de 200x80 10 Plancha acero Thyrodur 1.2550 de 200x40 10 Xxxxx xx xxxxx 70 x 1000mm 10 Xxxxx xx xxxxx 110x1000mm 10 Barra de bronce X0-0000 XXXXXXXXX 1000x7mm 10 Varilla xxxxxxxxx x-0 de Ø 5x3000mm 10 Plancha acero 210x205x35 ST-52 10 Tocho xx xxxxx 1.2379 Ø 170X197 10 En (ciudad), a su equipo (paso 1de de 2018). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:.
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Samples: Acuerdo Marco Para El Suministro De Herramienta Y Materiales
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles Este pliego, el de prescripciones técnicas particulares y demás documentos contractuales podrán ser impugnados mediante el recurso que se indica en el apartado 30 del Anexo I, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. Si el contrato tiene un valor estimado superior a tres millones de euros, las personas y entidades legitimadas podrán interponer recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en contratación ante el apartado 2 del artículo 44 Tribunal Administrativo Central de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especialRecursos Contractuales, en el plazo especial establecido de 15 días hábiles, a partir de día siguiente a aquel en que se publique en el perfil del contratante el anuncio de licitación. El escrito de interposición del recurso podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Asimismo, podrá presentarse en el Registro del órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la LCSP. Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible. Alternativamente, los interesados pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto impugnado, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El resto de los contratos de concesión de servicios podrá ser objeto de los recursos previstos en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común Administrativo Común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1Administraciones Públicas. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉSSerán competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo las cuestiones relativas a la preparación, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria adjudicación, efectos, modificación y solo si en la ejecución extinción del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:proyectado.
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Samples: Concession Agreement
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 19.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 19.2.-Jurisdicción competente.
19.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
19.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
19.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
19.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de reposición contra Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras Firmado XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X Fecha: 2021.05.05 10:49:57 +02'00' DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL OFERTANTE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. D/Xx………………………………………………………………………………………… DNI nº ………………………………………………… En nombre y representación de la persona física / jurídica:...................................... .................................................................................................................................. Domicilio:(calle/plaza):……………….……………………………………………………. nº……………………….. Población: ………………..…..Provincia…………………… Código Postal ………….. NIF ………………………………………………… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que en la persona física/jurídica a la que represento no concurre ninguna de las circunstancias a que se refiere el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes artículo 71 de la Ley 39/2015 9/2017, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente de 1 sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos y artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, del Procedimiento administrativo común por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1Administraciones Públicas, respectivamente. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través Autorizo al órgano encargado de la plataforma tramitación del expediente de Contratación del Sector Públicocontratación a que proceda a realizar las comprobaciones que resulten oportunas sobre las circunstancias arriba declaradas y especialmente a la comprobación de los datos relativos a la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación a los efectos exclusivos de la Plataforma contratación con la Fábrica Nacional de Contratación del Sector PúblicoMoneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar Y para que así conste, expido y firmo la opción "soy un operador económico"presente declaración en …………. Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado (ciudad), a su equipo (paso 1de ……………… de 2021). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:.
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Samples: Acuerdo Marco Para El Suministro De Material De Droguería Y Limpieza
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1). DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2Barcelona, 5 xx xxxxxx de 2022 El órgano de contratación Xx. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓNXxxxx Xxxxxxxxx Aspas Xx. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Xxxx Xxxxx Martín Almansa Director Director Ejecutivo Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña , con DNI número… en nombre y la Sociedad …………………………………………………………, con N.I.F al objeto de participar en la DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. El citado recurso especial será interpuesto ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, de acuerdo con el artículo 41.3 de la LCSP, que determina que, en el ámbito de las comunidades autónomas, la competencia para resolver los recursos será establecida por sus normas específicas y podrán crear un órgano independiente, unipersonal o colegiado, de acuerdo con las previsiones contenidas en el referido texto legislativo. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN ). Castelldefels, 20 julio de 2022 Xxx Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Directora Administradora general DOCUMENTACIO' N DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO U' NICO DE CONTRATACIÓNCONTRATACIO' N) ANEXO 2. DECLARACIÓN XXXXXXXXXX' N RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN PARTICIPACIO' N EN LA LICITACIÓNLICITACIO' N. DOCUMENTACIO' N DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.1 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIO' N DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMA'TICAMENTE MODELO DE PROPOSICIO' N ECONO' MICA. OTROS CRITERIOS AUTOMA' TICOS. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉSINTERE' S, CESIÓN CESIO' N Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN PREVENCIO' N DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN COORDINACIO' N DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN DECLARACIO' N TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución ejecucio´n del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través trave´s de la plataforma de Contratación Contratacio´n del Sector PúblicoPu´blico, se puede cumplimentar el Documento Único U' nico Europeo de Contratación Contratacio´n (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación licitacio´n de la Plataforma de Contratación Contratacio´n del Sector PúblicoPu´blico. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción opcio´n "soy un operador económicoecono´mico". Seleccionar la opción opcio´n "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente electro´nicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………, con DNI número en nombre y representación la Sociedad …………………………………………………………, con N.I. F al objeto de participar en la contratación DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME2 3 El licitador debera´ declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurí´dico al respecto, tiene o no la condicio´n de PYME. Para ello sen˜alara´ lo que proceda. Sí No Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligacio´n de dedicar y/o adscribir a la ejecucio´n del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artí´culo 76 de la ley de Contratos del Sector Pu´blico. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligacio´n ante el o´rgano de contratacio´n en caso de resultar propuesta como adjudicataria cuando sea requerido para ello y en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolucio´n de la garantía´ definitiva.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 20.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 20.2.-Jurisdicción competente.
20.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
20.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
20.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
20.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras XXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXX XXXX Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, serialNumber=IDCES-13297636W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Fecha: 2018.07.10 21:22:23 +02'00' D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación de 1 la licitación número AM/MNT62/7004/2018, para la realización de octubreacuerdo marco para el suministro de MATERIAL DE TRANSMISIONES DE POTENCIA, del Procedimiento administrativo común RODAMIENTOS, ESTANQUEIDAD E HIDRÁULICA, de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si acuerdo con lo establecido en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria Pliego de Prescripciones Técnicas y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento el Pliego de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector PúblicoCondiciones Particulares, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar cuyo contenido declara conocer y aceptar en su equipo el fichero DEUC.xml totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que se encuentra disponible constan en el anuncio cuadro adjunto sobre una muestra representativa de licitación productos cuyas referencias constan en el pliego de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir prescripciones técnicas, con el siguiente linkdetalle: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico"XXXXXX TRANSPORTE AT 816 DIENTES ANCHO 15 370 Rodamiento de bolas 1F 9x17x5 689 ZZ 200 ARO GOMA PERFIl RECT.NBR11.3X16,1X2,3MM 175 Rodamiento de bolas 1F 8x16x5 688 2RS 000 XXX XXXXXX X0, LONGITUD 223mm, CON CHAFLAN ESTANDAR 120 EJE MACIZO W4, LONGITUD 220mm, CON CHAFLAN ESTANDAR 120 Tornillo cabeza cilindrica moleteada con cuello corto, DIN 653, M4x8 100 XXXXX XXXXXX 00*0 00 Xxxxxx Trapecial SPZ 1362 80 XXXXXX DENTADA 130XL 9,5 ANCHO XXXXXX TRANS.XXxXXX.TARJETAS PRE-IXLA006 60 Casquillo de 6mm de Diametro 45 ANILLOS ELASTICOS DE SEGURIDAD PARA EJES 4MM 25 RODAM 1F BOLA 10X35X11MM 6300 ZZ 20 RODAM 1F BOLA 12X28X8MM 6001 2RS1 20 XXXXXX DENTADA 720MXL 6,3 ANCHO XXXXXX TIMING DE GOMA POLY720MXL025 15 XXXXXX SPA 1857 00 XXXXXX XX XXXXX XXXXXX 3MM DIAM. Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado 10 XXXXXX TRAPEZOIDAL SPZ-1437 5 Reten de aceite BA 000-000-00 5 ACOPLAMIENTO ELASTICO DE LAMINAS AC-RLG-160 5 En (ciudad), a su equipo (paso 1de de 2018). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:.
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Samples: Acuerdo Marco Para El Suministro De Material De Transmisiones De Potencia
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 10 - XXXXX 0. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) - ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. - ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES - (COMENTARIO: Este anexo lo habían puesto más abajo, a incluir en el sobre nº 3; pero de la redacción del punto 7.1 de este pliego se deduce que es un error. Además por lógica tiene que ir en este sobre porque es documentación administrativa) • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 30 - XXXXX 0. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. - ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES - ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: • Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx • Seleccionar la opción "soy un operador económico". • Seleccionar la opción "importar un DEUC". • Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). • Seleccione el país y pinche “siguiente”. • Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. • Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:
1. DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda. Sí No
2. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE DEDICAR Y/O ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO LOS MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES SUFICIENTES PARA ELLO, Y DE SOLVENCIA ADICIONAL
1 La definición de PYME está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 6 51/2014 de la Comisión, de 17 xx xxxxx de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos107y108del Tratado, cuyo artículo 2 regula los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas:
1. La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.
2. En la categoría de las PYME, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones EUR.
3. En la categoría de las PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR.
2 Esta información se recaba únicamente con fines estadísticos. Marcar si corresponde: Declaro no tener todavía contratadas a dichas personas trabajadores que se ocuparán en la ejecución del contrato, y de las que he aportado sus datos. Declaro que acreditaré la afiliación y alta de todo el personal que se destinará a la ejecución del contrato siempre con carácter previo al inicio de la actividad contratada, dentro del plazo en que le sea requerida su acreditación por el órgano de contratación. Estos medios especificados forman parte de la propuesta presentada, y por este motivo se deberán mantener. En caso de sustitución, lo serán por otros medios equivalente previa comunicación y autorización de la Universidad.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 22.1 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo sólo por la adjudicataria y solo sólo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL DEL SIGUIENTE ENLACEMODO: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: • Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. siguiente enlace: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/XXX/xxxx/000000xxxxxxx.xxxx • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. : xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………., con DNI número en nombrey representaciónde DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda. Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de dedicar y/o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artículo 76 de la ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación en caso de resultar propuesta como adjudicataria cuando sea requerido para ello y en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 19.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 19.2.-Jurisdicción competente.
19.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
19.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
19.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
19.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de reposición contra Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras XXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXX XXXX Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, serialNumber=IDCES-13297636W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Fecha: 2019.07.10 10:50:25 +02'00' DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL OFERTANTE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. D/Xx………………………………………………………………………………………… DNI nº ………………………………………………… En nombre y representación de la persona física / jurídica: ................................................... .................................................................................................................................................. Domicilio:(calle/plaza):……………….……………………………………………………. nº……………………….. Población: ………………..…..Provincia…………………… Código Postal ………….. NIF ………………………………………………… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que en la persona física/jurídica a la que represento no concurre ninguna de las circunstancias a que se refiere el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes artículo 71 de la Ley 39/2015 9/2017, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente de 1 sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos y artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, respectivamente. Autorizo al órgano encargado de la tramitación del expediente de contratación a que proceda a realizar las comprobaciones que resulten oportunas sobre las circunstancias arriba declaradas y especialmente a la comprobación de los datos relativos a la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a los efectos exclusivos de la contratación con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Y para que así conste, expido y firmo la presente declaración en …………. (ciudad), a …….. de de
201_).1 1 La fecha deberá estar comprendida entre la de publicación de la convocatoria y la del límite de presentación de la proposición. D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o de la empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación del LOTE 1 de la licitación número PA/AM/CO/MU/01/2019, para la SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO MARCO PARA EL SERVICIO DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN DEL MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INSTITUCIONAL Y CULTURAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA (FNMT-RCM), de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido declara conocer y aceptar en su totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que constan en el cuadro adjunto sobre una muestra representativa de productos cuyas referencias constan en el pliego de prescripciones técnicas, con el siguiente detalle: Descripción Euros/trabajo IVA no incluido Nº DE TRABAJOS ESTIMADOS Importe total IVA no incluido - Diseño y maquetación de Dípticos o Dimensiones cerrado: 210 x 126 mm. o Realización de varios diseños o Presentar en AAFF o Disponible para continuas correcciones/cambios. 4 - Diseño y maquetación de Trípticos o Dimensiones cerrado: 210 x 210 mm. o Realización de varios diseños o Presentar en AAFF o Disponible para continuas correcciones/cambios. 6 - Diseño y maquetación de Polípticos o Dimensiones cerrado: 140 x 180 mm. o Realización de varios diseños o Presentar en AAFF o Disponible para continuas correcciones/cambios. 6 - Memoria Anual (libro) o Dimensiones cerrado: 170 x 240 mm. o Realización de varios diseños (del interior y de la cubierta) o Presentar en AAFF 1 - Diseño Invitación o Dimensiones: 210 x 140 mm. o Realización de varios diseños. o Presentar en AAFF 10 - Diseño y Gráfica para Stand o Dimensiones: 3000 x 2290 mm. o Realización de varios diseños o Realizar mockups o Presentar en AAFF o Disponible para continuas correcciones/cambios. 7 - Adaptación de material para prensa (periódicos/revistas/etc) o Dimensiones: 254 x 310 mm. o Presentar en AAFF 15 - Adaptación para web (banner/gif/etc) o Dimensiones: 120 X 600 px. o Presentar en archivo final o Disponible para continuas correcciones/cambios. 15 - Diseño de Iconos para APPs o Dimensiones: formato vectorial o Realizar varios diseños o Presentar en archivo final. 3 - Roll-up o Dimensiones. 850 X 2000 mm. o Presentar en AAFF. o Disponible para continuas correcciones/cambios. 6 - Packaging o Dimensiones: formato vectorial o Realización de varios diseños o Realizar mockups o Presentar en AAFF 15 En (ciudad), a de de 2019). D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o de la empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación del LOTE 2 de la licitación número PA/AM/CO/MU/01/2019, para la SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO MARCO PARA EL SERVICIO DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN DEL MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, INSTITUCIONAL Y CULTURAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA (FNMT-RCM), de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido declara conocer y aceptar en su totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que constan en el cuadro adjunto sobre una muestra representativa de productos cuyas referencias constan en el pliego de prescripciones técnicas, con el siguiente detalle: Descripción Tirada aproximada por diseño Euros /unidad IVA no incluido Total euros x tirada IVA no incluido Catálogo. 16x16 700 Catálogo. 30x25 1.000 Carteles de 48 x 68 cm. cuatricromía, una cara. 50 Carteles sobre foam, cuatricromía, una cara. Tamaño aproximado 100 x140 cm. 2 Impresiones digitales en papel fotográfico brillo alta calidad. Tamaño A3. 15 Cartelas de 5,5 x 10,5 cm y grosor de 3 mm aprox. Sobre fórex 50 Vinilos xx xxxxx de 2 m x 2 m. varios colores. 2 Invitaciones. Papel estucado mate satinado 300 gr.4/4 tintas. Tamaño sobre americano, aproximadamente 10 cm x 20 cm. 400 Tarjetones: Papel estucado mate satinado 350 gr. de 10 x 15 cm 4/4 tintas. 1.000 Folleto. Formato: 17 x 25 cm Páginas: 15 + cubierta Interior: papel estucado semi-mate 110 gr. 4/4 tintas mate aún por confirmar Cubierta: quizás stamping UVI en brillo Preimpresión: filmación directa a plancha con prueba de color, a partir de PDF facilitado en alta resolución. 3.000 Polípticos: Papel estucado mate satinado 350 gr. de 10 x 15 cm 4/4 tintas. Plegado y hendido. 3.000 Material para kits del juego de pistas. 2.000 Incluye: carpetas xxxxx impresa ambas caras 300 gramos, plegada en díptico, sobre xxxxx c4 impreso ambas caras, lápices serigrafiados con logo, 4 fichas a5 + 1 a 4 plegada al medio impresas por una cara, 1 tarjetón y 1 pegatina por una cara. Folleto guía circular Museo: Papel estucado mate 150 gr. Por ambas caras. Troquelado circular 16 x 16 cm 4/4 tintas. 32 pag. Encuadernación a caballete con dos grapas 40.000 TOTAL: En (ciudad), a de de 2019). Criterio económico 50% Criterio Técnico 50% • Se tendrán en cuenta los precios unitarios y total ofertado para la relación de productos indicados. teniendo en cuenta además que, para la valoración económica de la oferta en cada uno de los lotes, los artículos no ofertados se considerarán al precio mayor de los registrados en las ofertas recibidas para ese lote. • En la valoración económica (hasta 50 puntos) se obtendrá la puntación correspondiente al importe de la proposición económica por los puntos asignados según la siguiente fórmula: Donde: Se valorará: • Experiencia previa con la FNMT-RCM justificada con certificado (20 puntos) • Calidad de trabajo similares realizados para Organismos Públicos y otras empresas (30 puntos) justificada mediante la presentación de: Pieza digital (para valorar los diseños): banners, páginas de publicidad, folletos… Imprescindible presentar al menos 2 muestras de las anteriores para las empresas que opten al Lote 1 Pieza impresa (para valorar materiales y ejecución): dípticos, catálogos, páginas de publicidad… Imprescindible presentar al menos 2 muestras de las anteriores para empresas que opten al Lote 2 Para la realización del correspondiente acuerdo marco se seleccionará a las empresas que obtengan la mayor puntuación, para cada lote, con el siguiente número máximo de empresas por lote: LOTE 1 --3 empresas LOTE 2 – 3 empresas Las empresas adjudicatarias de una obra o servicio, deberán ser objeto de validación en relación con el Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales por parte de la FNMT, así como, podrán ser requeridas de cierta documentación preceptiva para poder formalizar la contratación. Para ello, deberán darse de alta en una aplicación informática, a través de una página web creada específicamente para esta función. Para darse de alta en dicha aplicación, deberán ponerse en contacto con la empresa Novotec Consultores S.A., mediante cualquiera de las siguientes formas: Contacto telefónico a los Teléfonos 000 000 000 o 00 000 00 00. Por correo electrónico a la dirección: xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xx o xxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx Fruto de esta comunicación, recibirán un correo de validación en el que se proporcionarán un nombre de usuario, la clave de acceso a la aplicación y los correspondientes pasos a seguir. El uso de esta herramienta es OBLIGATORIO. El incumplimiento, en todo o en parte, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1Coordinación de Actividades Empresariales anteriormente indicado impedirá la generación del pedido correspondiente y facultará a la FNMT-RCM para proceder a la anulación de la adjudicación, o para resolver el contrato. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2En la aplicación se cargarán todos aquellos documentos solicitados, tanto de la empresa como de sus trabajadores. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓNEstos documentos tendrán que someterse a un proceso de validación y, una vez estén todos correctos, la empresa y los trabajadores serán marcados por un punto verde, que les dará vía libre para empezar la ejecución de la contratación. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en Para poder iniciar la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Públicocontrato, se puede cumplimentar tendrán que estar validados, previamente, tanto el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar contratista principal como, en su equipo caso, todos los subcontratistas. Para cualquier duda o aclaración, deberán ponerse en contacto con el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:teléfono arriba indicado.
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Samples: Acuerdo Marco Para El Servicio De Diseño Y Producción De Material Gráfico
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) ). Barcelona, 11 xx xxxxx de 2023 El órgano de contratación Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Aspas Xx. Xxxx Xxxxx Martín Almansa Director Director Ejecutivo • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas ofertas. El modelo/ estructura a seguir para la realización de la propuesta para criterios evaluables mediante juicio de valor se adjunta como Anexo 1 en el Pliego de prescripciones técnicas. • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña , con DNI número… en nombre y representación la Sociedad …………………………………………………………, con N.I.F al objeto de participar en la contratación DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda. Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de dedicar y/o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artículo 76 de la ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación en caso de resultar propuesta como adjudicataria cuando sea requerido para ello y en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 20.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 20.2.-Jurisdicción competente.
20.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
20.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
20.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
20.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras XXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXX XXXX Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, serialNumber=IDCES-13297636W, givenName=XXXX XXXXXXXXX, sn=XXXXXXX XXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - 13297636W Fecha: 2018.06.07 23:18:59 +02'00' D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 empresa que representa) , con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación de 1 la licitación número AM/MNT60/7004/2018, para la realización de octubreacuerdo marco para el suministro de MATERIAL DE FONTANERÍA Y AIRE ACONDICIONADO, del Procedimiento administrativo común de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido declara conocer y aceptar en su totalidad. La oferta económica se realizará sobre las cantidades que constan en el cuadro adjunto sobre una muestra representativa de productos cuyas referencias constan en el pliego de prescripciones técnicas, con el siguiente detalle: GRAPA PARA TUBO COBRE 15MM.COMPLETA CON TIRAFONDOS 140 MANGUITO SEPARADOR DE 50MM 120 CURVA DE COBRE DE 15MM A 90 GRADOS. FIG.5002A (HEMBRA) 100 Cinta aislamiento térmico tipo armaflex autoadhesiva aislante 15mtx50mmx3mm 75 TUBERIA RIGIDA DE COBRE DE 15 mm 75 XXXXXX METAL 1/2" 60 VALVULA XX XXXXXXXX DE 1/2" A 3/8" .FIG .X-00 00 XXXXXXXXXX 1/2 M/H DE 30 cm 50 MANGUITO COBRE 15 MM 50 ENTROQUE LATON DE 15 MM A 1/2" MACHO 50 VALVULA DE ESFERA 1/2" PALANCA 50 ROLLO DE CINTA DE TEFLON 50 TE DE COBRE DE 22mm.FIG.5130 35 Flexo de Ducha con rociador 1/2" COMPLETO con anclaje para la pared 35 LATIGUILLO FLEXIBLE H-H DE 3/8"L. 25CM 30 CODO DE PVC DE 90. DE 40mm.FIG.1090 DESAGUE 30 TAPON MACHO LATON 1/2 PULGADA ROSCAR 30 SILICONA EN CARTUCHO TRANSPARENTE. S-15 25 RACOR LOCO PLANO DE 15 MM A 1/2" 20 RACOR CODO SOLDAR-ROSCAR 22MM A 3/4" .(HEMBRA) 20 MASILLA PARA REPARAR AGUJEROS Y FISURAS EN TUBERIA TIPO "PLUMBER" 20 Espejo 600X450 T.V.C. blanco sin repisa .(marco de pvc blanco) 20 XXXXXXX XXXXXX-XXXXX XX 0xx.XXXX 000 X. - 0.0% XX XXXXX 15 LAMINA PLASTICO TRANSPARENTE EN XXXXXX.XX 4000MM DE ANCHO Y 0.1 MM DE GRUESO,PLEGADA A 2000MM 15 En (ciudad), a de de 2018). El candidato deberá aportar para su valoración: Certificados de volumen anual medio de facturación, correspondiente a los dos últimos ejercicios, de importe superior a 30.000 € Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera El cumplimiento de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉScondiciones exigidas en la cláusula VII de este pliego, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en relación al volumen anual de negocios del licitador, se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible depositadas en el anuncio registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de licitación negocios mediante sus libros de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir inventarios y cuentas anuales legalizados por el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:Registro Mercantil.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) ). Barcelona, 5 de enero de 2023 El órgano de contratación Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Aspas Xx. Xxxx Xxxxx Martín Almansa Director Director Ejecutivo • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas ofertas. El modelo/ estructura a seguir para la realización de la propuesta para criterios evaluables mediante juicio de valor se adjunta como Anexo 1 en el Pliego de prescripciones técnicas. • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña , con DNI número… en nombre y representación la Sociedad …………………………………………………………, con N.I.F al objeto de participar en la contratación DECLARA bajo su responsabilidad:
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) ). CONFORME: POR LA FUNDACIÓN EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA FECHA Y FIRMA • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES 0 • DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 0 (este Este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE42073855 Digitally signed by X XXXX XXXXX XXXXXX (R: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector PúblicoG8491270 8) 42073855R XXXX XXXXX XXXXXX (R: G84912708) DN: 2.5.4.13=Ref:AEAT/ AEAT0030/PUESTO 1/71463/01072021103836, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación serialNumber=IDCES-42073 855R, givenName=XXXX XXXXX, sn=GIRONA XXXXXXX, cn=42073855R XXXX XXXXX XXXXXX (DEUC) Para ello debenR: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente linkG84912708), 2.5.4.97=VATES-G84912708, o=FUNDACION IMDEA NETWORKS, c=ES Date: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. 2023.03.31 07:40:14 +02'00' [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………., con DNI número en nombrey representaciónde DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 22.1 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo sólo por la adjudicataria y solo sólo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL DEL SIGUIENTE ENLACEMODO: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: • Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. siguiente enlace: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/XXX/xxxx/000000xxxxxxx.xxxx • Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………., con DNI número en nombrey representaciónde DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME1 2 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda. Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de dedicar y/o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artículo 76 de la ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación en caso de resultar propuesta como adjudicataria cuando sea requerido para ello y en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles Este pliego, el de prescripciones técnicas particulares y demás documentos contractuales podrán ser impugnados mediante los recursos previstos en el apartado 35 del Anexo I, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.6 de la LCSP, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. En atención a la cuantía del contrato, NO cabe la interposición de recurso especial en materia de contratacióncontratación del art. 44 LCSP. El presente contrato, potestativo y previo a al ser el IFCLM un poder adjudicador que no reúnen la interposición del recurso contencioso administrativocondición de Administración Pública, las actuaciones relacionadas se rige por lo dispuesto en el apartado 2 Título I del artículo 44 Libro Tercero de la LCSP, artículos 316 a 320. De conformidad Para cuantas cuestiones se susciten entre las partes con el citado apartadomotivo de la interpretación, serán susceptibles aplicación o ejecución de recurso especialeste Pliego de Condiciones, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020con expresa renuncia a su fuero propio si lo tuvieren, los anuncios licitadores, de licitaciónnacionalidad española o extranjera, se someten a la jurisdicción de los pliegos Juzgados y los documentos contractuales que establezcan Tribunales xx Xxxxxx capital. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer las condiciones que deban regir cuestiones relativas a la contrataciónpreparación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento delo de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que afecten a actos distintos se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos contratos, con excepción de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato modificaciones contractuales a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:párrafo anterior.
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Samples: Contrato De Servicios
RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, potestativo y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial establecido en el artículo 58 del RDL 36/202036/20, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. El citado recurso especial será interpuesto ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, de acuerdo con el artículo 41.3 de la LCSP, que determina que, en el ámbito de las comunidades autónomas, la competencia para resolver los recursos será establecida por sus normas específicas y podrán crear un órgano independiente, unipersonal o colegiado, de acuerdo con las previsiones contenidas en el referido texto legislativo. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la LCSP, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente inme- diatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del artículo 191 del citado ci- tado texto, pondrán fin a la vía administrativa. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente di- rectamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP y Ley reguladora de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso de reposición contra el acto originario origina- rio impugnado (Art. 123 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) Castelldefels, 25 julio de 2022 Xxx Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Directora Administradora general DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si en el apartado 22.2 22.1 del CR se han establecido estos criterios para valorar las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por la adjudicataria y solo si en la ejecución del contrato hay tratamiento de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través de la plataforma de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] D./Dña. …………………………………………………………………………, con DNI número en nombre y representación de la Sociedad …………………………………………………………, con N.I. F al objeto de participar en la contratación DECLARA bajo su responsabilidad:
1.-- DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONDICIÓN DE PYME2 3 El licitador deberá declarar si, de acuerdo con el ordenamiento jurídico al respecto, tiene o no la condición de PYME. Para ello señalará lo que proceda. Sí No Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de dedicar y/o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artículo 76 de la ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación en caso de resultar propuesta como adjudicataria cuando sea requerido para ello y en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
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RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Serán susceptibles 19.1.- Régimen de recurso especial en materia de contratación, potestativo recursos y previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, las actuaciones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 jurisdicción competente. 19.2.-Jurisdicción competente.
19.2.1.- La preparación y adjudicación de la LCSP. De conformidad con el citado apartado, serán susceptibles de recurso especial, en el plazo especial presente licitación se regirán por lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, el acuerdo de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento delo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSPLey 9/2017, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el párrafo anterior podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efecto de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. Cuando no proceda recurso especial en materia de contratación, las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares serán resueltos y por el órgano de contrataciónPrescripciones Técnicas y anexos correspondientes, así como por el Estatuto de la FNMT-RCM; y por la oferta y documentación presentadas por el licitador. Supletoriamente, y de conformidad con el artículo 26.3 de la ley 9/2017, se aplicarán este texto refundido y el resto de normas de derecho administrativo; en su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado para cubrir las lagunas que pudieran existir.
19.2.2.- En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, se regirán, además de por el correspondiente contrato, por el presente Pliego de Condiciones Particulares y por el de Prescripciones Técnicas (y, anexos, en su caso), por la oferta y la documentación presentadas, y por el Derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 9/2017. En caso de duda o controversia, prevalecerá el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares sobre el de Prescripciones Técnicas, y ambos sobre la oferta.
19.2.3.- La jurisdicción competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación y adjudicación de esta licitación, de conformidad con el artículo 190 27.2 de la LCSPLey 9/2017, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento será la civil. Los acuerdos del artículo 191 del citado texto, Órgano de Contratación pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos e impugnables ante la jurisdicción referida. Contra dicha resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo (artículo 27 En cuanto a las controversias que se susciten respecto de los efectos, cumplimiento y extinción del contrato correspondiente, será competente el orden jurisdiccional civil.
19.2.4.- Por el mero hecho de la LCSP presentación de oferta, el adjudicatario y Ley reguladora el resto de dicha jurisdicción) o presentarse previamente un recurso los licitantes, quedarán sometidos a los Juzgados y Tribunales de reposición contra Madrid (capital), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles. En Madrid El Director de Compras Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X XXXXX XXXX Nombre de reconocimiento (DN): XXXXXXXXX 00000000X - DNI c=ES, o=FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE, ou=CERTIFICADO ELECTRONICO DE EMPLEADO PUBLICO, serialNumber=IDCES-13297636W, sn=XXXXXXX XXXXX, givenName=XXXX XXXXXXXXX, cn=XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX - DNI 00000000X Fecha: 2019.02.13 18:54:45 +01'00' DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL OFERTANTE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. D/Xx………………………………………………………………………………………… DNI nº ………………………………………………… En nombre y representación de la persona física / jurídica: ...................................... .................................................................................................................................. Domicilio:(calle/plaza):……………….……………………………………………………. nº……………………….. Población: ………………..…..Provincia…………………… Código Postal ………….. NIF ………………………………………………… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que en la persona física/jurídica a la que represento no concurre ninguna de las circunstancias a que se refiere el acto originario impugnado (Art. 123 y siguientes artículo 71 de la Ley 39/2015 9/2017, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente de 1 sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos y artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, del Procedimiento administrativo común por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las administraciones públicasAdministraciones Públicas, respectivamente. Autorizo al órgano encargado de la tramitación del expediente de contratación a que proceda a realizar las comprobaciones que resulten oportunas sobre las circunstancias arriba declaradas y especialmente a la comprobación de los datos relativos a la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a los efectos exclusivos de la contratación con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Y para que así conste, expido y firmo la presente declaración en …………. (ciudad), a de ……………… de 201_).1 1 La fecha deberá estar comprendida entre la de publicación de la convocatoria y la del límite de presentación de la proposición. D. / Xx , con DNI nº , y domicilio en , nº , código postal , en nombre (propio, o de la empresa que representa) DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1 ANEXO 1. DEUC (DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN) ANEXO 2. DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN. ANEXO 4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS, CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS TRANSVERSALES DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 Si con NIF , presenta la oferta económica para la adjudicación de la licitación número AM/PL/1326/01/2019, para la realización de acuerdo marco para el suministro de CONSUMIBLES INFORMÁTICOS, por un importe total de euros ( €), IVA excluido, de acuerdo con lo establecido en el apartado 22.2 del CR Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido declara conocer y aceptar en su totalidad. La oferta económica se han establecido estos criterios realizará sobre las cantidades que constan en el cuadro adjunto, cuyas referencias constan en el pliego de prescripciones técnicas, con el siguiente detalle: Catálogo Toner 2019 para valorar ofertar.xls EL PRESENTE CATÁLOGO DEBE SER RELLENADO CONFORME A LAS INSTRUCCIONES DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, IMPRESO Y FIRMADO EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PÁGINAS Y CONCORDANTE EN SU VALOR TOTAL CON EL IMPRESO EXPRESADO EN ESTE MODELO En (ciudad), a de de 2019. OFERTA ECONÓMICA 100% Para la realización de los correspondientes acuerdos xxxxxx se seleccionarán a las ofertas DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 ANEXO 3. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS. ANEXO 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES ANEXO 6. DECLARACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (este anexo se debe cumplimentar solo por 2 empresas que hayan realizado la adjudicataria oferta más económica en el conjunto de los productos y solo si para las cantidades orientativas incluidas en la ejecución del contrato hay tratamiento el catálogo, de datos) El FORMULARIO SE OBTIENE EN EL SIGUIENTE ENLACE: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx A través entre aquellas proposiciones que cumplan los pliegos de la plataforma licitación. Se tendrán en cuenta los precios unitarios y totales ofertados para la relación de Contratación del Sector Público, se puede cumplimentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) Para ello deben: Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible productos indicados en el anuncio Pliego de licitación Prescripciones Técnicas. Deberán ofertarse sobre al menos el 90% de los suminitros que aparecen en el catálogo. No se podrá presentar precio para un suministro que no aparezca como homologado en el catálogo. A los artículos sobre los que no presente precio una empresa se le asignará, para el cálculo del importe globlal de la Plataforma oferta, el precio más alto de Contratación entre los ofertados por otras empresas para ese mismo artículo. En cualquier caso, las empresas adjudicatarias se comprometen a conseguir en el mercado y suministrar a la FNMT-RCM todos los artículos del Sector Público. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxx=xx Seleccionar la opción "soy un operador económico". Seleccionar la opción "importar un DEUC". Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1). Seleccione el país y pinche “siguiente”. Cumplimentar catálogo, aunque no los apartados del DEUC correspondiente. Descargar y firmar electrónicamente el documento. [DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1] DECLARA bajo su responsabilidad:huberen ofertado en esta licitación.
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Samples: Acuerdo Marco De Suministro