RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. Aprobación 12.1.- El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la presente Sección, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal c) de la Cláusula 3.3, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días para su aprobación, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientes. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ella, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. Aprobación
12.1.- El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la presente Sección, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal c) de la Cláusula 3.3, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días para su aprobación, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientes. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ellaello, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a o adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada.
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Samples: Contrato De Concesión
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. AprobaciónAPROBACIÓN
12.1.- 12.1. El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la presente Sección, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal cd) de la Cláusula 3.33.5, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días Calendario para su aprobaciónaprobación desde que es notificado por el CONCEDENTE, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientesCalendario para subsanar dicha observación. Dicho plazo podrá ser ampliado por única vez por el REGULADOR a propuesta del CONCESIONARIO. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para a los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se \ entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ellaello, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a o adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada. Las pólizas definitivas deberán estar contratadas y entregadas al CONCEDENTE con copia al REGULADOR, en un plazo que no deberá exceder de treinta (30) Días Calendario de aprobadas las propuestas de pólizas antes referidas.
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Samples: Contrato De Concesión
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. Aprobación
12.1.- El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con a lo establecido en la presente Sección, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal c) de la Cláusula 3.3, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días para su aprobación, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince cinco (1505) Días siguientes. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ellaello, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a o adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada.
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Samples: Concession Agreement
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. AprobaciónAPROBACIÓN
12.1.- 12.1. El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la Ia vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la el presente SecciónCapítulo, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR REGULADOR, para su aprobación.
12.2. Presentadas Para las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal ce) de la Cláusula 3.33.5, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días Calendario para su aprobaciónaprobación desde que es notificado por el CONCEDENTE, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Ia Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientesCalendario para subsanar dicha observación. Dicho plazo podrá ser ampliado por única vez por el REGULADOR a pedido del CONCESIONARIO. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para a los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ella, el REGULADOR podrá exigir Las pólizas definitivas deberán estar contratadas y entregadas al CONCESIONARIO la modificación a adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la pólizaCONCEDENTE con copia al REGULADOR, en un plazo que no mayor deberá exceder de treinta (30) Días Calendario de solicitadaaprobadas las propuestas de pólizas antes referidas.
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Samples: Concession Agreement
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. Aprobación
12.1.- El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con a lo establecido en la presente Sección, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal c) de la Cláusula 3.3, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días para su aprobación, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientes. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para a los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ellaello, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a o adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada.
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Samples: Contrato De Concesión
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. AprobaciónCONFORMIDAD DE LOS SEGUROS
12.1.- 12.1. El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la el presente SecciónCapítulo, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas En ningún caso la aprobación de la póliza de seguro por parte del Regulador supondrá una transferencia y/o responsabilidad compartida del riesgo que tiene el CONCESIONARIO respecto de su contratación.
12.2. El CONCEDENTE no asumirá ningún tipo de obligación o responsabilidad de pago ante cualquier compañía de seguro o reaseguro con respecto a las pólizas de seguro que se requieran en virtud del Contrato de Concesión.
12.3. El CONCESIONARIO deberá contar con las pólizas de seguros que exige este Capítulo, en forma enunciativa y no limitativa, considerándose, en todo caso, como exigencias mínimas que podrán ser ampliadas y mejoradas por el CONCESIONARIO y cuya propuesta final cuente con conformidad del REGULADOR.
12.4. Las propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR, con copia al CONCEDENTE, para su conformidad, conforme a lo señalado en las cláusulas siguientes. El incumplimiento en presentar las pólizas de seguro dará lugar a la aplicación de una penalidad según lo establecido en el Tabla N° 6 del ANEXO IX del presente Contrato. En ningún caso la conformidad de las pólizas de seguro por parte del REGULADOR supondrá una transferencia y/o responsabilidad compartida del riesgo que tiene el CONCESIONARIO respecto de su contratación.
12.5. Las propuestas de pólizas de los seguros indicados en la Cláusula 12.8, deberán ser presentadas por el CONCESIONARIO al REGULADOR, con copia al CONCEDENTE, con un plazo de cuarenta (40) Días Calendario de anticipación al inicio de la cobertura de cada seguro indicado dicha Cláusula.
12.6. Para todas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal c) de la Cláusula 3.3pólizas, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta veinte (3020) Días Calendario para emitir su aprobación, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que conformidad o efectuar observaciones desde su presentación por el CONCESIONARIO deba presentar los la relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4CONCESIONARIO. De efectuarse alguna observaciónobservación por el REGULADOR, el CONCESIONARIO contará con Diez diez (10) Días Calendario para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al subsanarla. El REGULADOR pronunciarse dentro contará con un plazo de los quince (15) Días siguientes. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y Calendario finales para los efectos que los Bienes emitir su conformidad desde la presentación de la Concesión no queden desprovistos subsanación de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ella, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitadaobservaciones por parte del CONCESIONARIO.
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Samples: Contrato De Concesión
RÉGIMEN DE SEGUROS Y RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO. AprobaciónAPROBACIÓN
12.1.- 12.1. El CONCESIONARIO se obliga a contar durante la vigencia del Contrato con los seguros de conformidad con lo establecido en la el presente SecciónCapítulo, cuyas propuestas de pólizas deberán ser presentadas al REGULADOR para su aprobación. Presentadas las propuestas de pólizas a que se refiere el Literal ce) de la Cláusula 3.33.5, el REGULADOR cuenta con un plazo de treinta (30) Días Calendario para su aprobaciónaprobación desde que es notificado por el CONCEDENTE, tal situación es igualmente aplicable a los casos en que el CONCESIONARIO deba presentar los la Ia relación de pólizas de seguros, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 12.4. De efectuarse alguna observación, el CONCESIONARIO contará con Diez (10) Días para subsanar dicha observación, en cuyo caso corresponderá al REGULADOR pronunciarse dentro de los quince (15) Días siguientesCalendario para subsanar dicha observación. Dicho plazo podrá ser ampliado por única vez por el REGULADOR a propuesta del CONCESIONARIO. De no efectuarse observación alguna por el REGULADOR, y para a los efectos que los Bienes de la Concesión no queden desprovistos de un seguro, se entenderán aprobadas las propuestas de pólizas. Sin perjuicio de ellaello, el REGULADOR podrá exigir al CONCESIONARIO la modificación a o adecuación de la respectiva póliza, en cuyo caso el CONCESIONARIO deberá presentar la adecuación de la póliza, en un plazo no mayor de treinta (30) Días Calendario de solicitada. Las pólizas definitivas deberán estar contratadas y entregadas al CONCEDENTE con copia al REGULADOR, en un plazo que no deberá exceder de treinta (30) Días Calendario de aprobadas las propuestas de pólizas antes referidas.
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