SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección de posibles daños, así como a los elementos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma y calidad de los mismos; b. Todo el personal de campo, administrativo y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación; c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos; d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra; e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento; f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales; g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRL.
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SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles1.- La Empresa asumirá los derechos y las responsabilidades recíprocas que, tanto en materia de Seguridad y Salud Laboral, vengan determinados por las áreas restringidas como disposiciones específicas de este convenio, y supletoria o complementariamente, por la legislación general vigente en cada momento. Siempre dentro del cumplimiento de las peligrosas obligaciones y su protección responsabilidades establecidas en la Ley 31/1995, de posibles dañosPrevención de Riesgos Laborales, de aplicación preceptiva, la Dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores se comprometen, dentro de las posibilidades de las mismas, y en plazos previamente convenidos, a establecer planes de acción preventiva cuyos objetivos comunes y concretos se cifren en la eliminación o reducción progresiva de los accidentes y de los riesgos comprobados de peligrosidad, toxicidad o penosidad, así como en la mejora de las condiciones ambientales y de los puestos de trabajo. Para ello se aplicarán las medidas técnicas de corrección que sean posibles y necesarias y, entre tanto, se facilitarán y utilizarán las prendas y medios de protección personal que asimismo se consideren necesarios o más adecuados. Por su parte, los trabajadores, individualmente considerados, están obligados previa información y formación suficiente y adecuada, teórica y práctica, a cumplir las instrucciones recibidas en materia de seguridad y salud laboral. Especialmente serán asesorados por servicios de prevención, en las que se refieran al uso de dichos medios y prendas de protección personal. En tanto se adoptan las medidas técnicas para eliminar los riesgos de peligrosidad, toxicidad y penosidad a los elementos que se refiere el párrafo anterior; así como aquellos casos en los que, a pesar de adoptarse las medidas correctoras adecuadas, no resulte posible eliminar dichos riesgos, serán considerados trabajos penosos o peligrosos todos los que así sean declarados por la Comisión Paritaria para Prevención de Riesgos Laborales, a quién se faculta expresamente para que, en el plazo de tres meses desde la publicación oficial del presente Convenio, determine los puestos o actividades que tengan tal consideración.
2.- Cualquier enfermedad o patología sufridas por los trabajadores, que puedan ser afectadosdiagnosticarse por la Seguridad Social como ocasionada, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempomotivada o agravada por las condiciones de trabajo, forma y calidad de será considerada, a los mismos;
b. Todo el personal de campo, administrativo y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal efectos de este equipo Convenio, como enfermedad de origen laboral y como tal recibirá la consideración de exigirle el uso del mismoaccidente de trabajo.
3.- Resultarán de plena aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 31/1995, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio Prevención de Riesgos Laborales, en materia de protección de la obra mujer en buenas situación de embarazo o parto reciente.
4.- Los Delegados de Prevención se elegirán de entre los Delegados de Personal, en el número establecido en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y otras disposiciones legales vigentes en cada momento. Cada delegado dispondrá de un máximo de 40 horas anuales para su reciclaje.
5.- Cuando se cumplan los requisitos para ello, se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laboral. La Comisión para la Prevención de Riesgos Laborales, asumirá funciones específicas para promover la mejora de las condiciones de higiene trabajo y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro estudiar la adecuación de la misma, es decir, el área actual normativa sobre prevención de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio riesgos laborales a las peculiaridades de los trabajosla empresa y, en periodos no mayores a 24 horassu caso, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulaciónincorporarlas al texto del Convenio. Independientemente La constitución de la limpieza general que deberá efectuar para Comisión se formalizará, como máximo, en el plazo de un mes desde la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa publicación del Contratista, Convenio en el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLBORM.
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Samples: Modificación De Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará Los representantes de personal, junto con señalamientos legiblesla empresa, tanto velarán para que se cumplan todas las áreas restringidas como las peligrosas disposiciones legales en materia de Seguridad e Higiene, y su protección de posibles dañosforma específica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales vigente, así como a los elementos reglamentos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma desarrollan. En caso de que la empresa tenga más de 50 trabajadores/trabajadoras se constituirá una Comisión Paritaria de Seguridad y calidad Salud provincial que estará integrada por representantes de la empresa y representantes de los mismos;
b. Todo trabajadores(trabajadoras en igual número, el personal cual será un órgano colegiado. En cumplimiento del deber de campoprotección, administrativo la empresa deberá garantizar que cada trabajador/trabajadora reciba una información teórica y directivo práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá contar estar centrada específicamente en el puesto de trabajo, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre en jornada de trabajo, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores. Se garantizará que cada trabajador/trabajadora reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo o cambios en la evaluación de riesgos de la empresa. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. La empresa está obligadas a realizar un reconocimiento médico específico y acorde a las características del puesto de trabajo, este reconocimiento se realizara con la periodicidad que la empresa considere oportuna en función del puesto de trabajo, el gasto de los mismos correrá a cargo de la empresa. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La utilización del equipo de seguridad trabajo o maquinaria, los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación serán realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello. La empresa deberá proporcionar a fin sus trabajadores equipos de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal protección individual adecuados para el desempeño de este equipo sus funciones y de exigirle velar por el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área efectivo de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajosmismos cuando, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de por la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Todos los trabajadores/trabajadoras con relación de trabajos temporales o de duración determinada, así como los contratos por empresas de trabajo temporal, deberán disfrutar del mismo nivel de protección. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores/ trabajadoras se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y dignidad de la persona del trabajador/trabajadora y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores/trabajadoras afectados. Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores/trabajadoras no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse a la empresa o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador/trabajadora. No obstante lo anterior, el empresario y las personas y órganos con responsabilidad en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para del desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. En los supuestos en que la naturaleza de los riesgos inherentes al trabajo lo haga necesario, el derecho de los trabajadores/trabajadoras a la vigilancia periódica de su estado de salud deberá ser prologado más allá de la finalización de la relación laboral. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores/ La empresa adaptará el trabajo a la persona, en particular en lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen respecta a la concepción de los trabajos sin costo por puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el CFCRLtrabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud, con especial consideración de aquellos trabajadores que desarrollen una enfermedad.
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Samples: Convenio Colectivo
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección de posibles daños, así como a los elementos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma y calidad de los mismos;
b. Todo el personal de campo, administrativo y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista adjudicatario será el único responsable de determinar el sitio la Seguridad e Higiene del área del Centro donde se tirarán los materiales producto llevan a cabo sus trabajos, sean éstos de demolicionesmantenimiento o de nuevas instalaciones, debiendo apegarse proveer a lo estipulado su costo los medios auxiliares de protección individual y general respecto a sus empleados, el personal ajeno a las regulaciones aplicables obras y los elementos y equipos del edificio. Las responsabilidades por cualquier accidente o desgracia que pudiera acontecer serán por cuenta absoluta del adjudicatario. Todo el personal empleado por el adjudicatario en Materia los trabajos objeto de protección este Servicio estará obligatoriamente dado de alta en la Seguridad Social. Además, el adjudicatario deberá suministrar al ambiente Ayuntamiento, en caso de que se la exija, la siguiente documentación: • Relación de trabajadores que formarán parte de la Entidad Federativa donde cobertura de los servicios contratados (nombre, apellidos y DNI) así como cualquier cambio que se ejecutarán vaya a realizar en dicha lista. El Ayuntamiento podrá solicitar en cualquier momento que lo estime oportuno, los trabajoscertificados de Alta y los impresos TC1 y TC2, sin embargoestando obligado a su presentación el Adjudicatario. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias, no implicará responsabilidad alguna para el Contratista Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. En su caso repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que directa o subsidiariamente recayera en estas materias. Todo el personal deberá presentar tener conocimientos en seguridad laboral, para el correcto desarrollo de sus tareas, pudiendo ser rechazado cualquier trabajador que no cumpla esta condición. La empresa está obligada a proveer a los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia trabajadores del material de Obraseguridad necesario para el desempeño de sus funciones, asignará un lugar específico dentro del sitio ámbito de los trabajos Seguridad en el Trabajo. El trabajador está obligado a utilizar y exigir a la empresa todo el material necesario para la acumulación el desempeño de desperdicios y producto tareas dentro de limpiezas durante la ejecución su jornada laboral en materia de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLseguridad.
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SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legiblesartículo 20.—seguridad e higiene en el trabajo. • A una protección eficaz de su integridad física. • A una adecuada política de salud laboral. • A participar en la formulación de la política de prevención y en el control de las medidas adoptadas en el desa- rrollo de la misma a través de sus representantes legales o del Comité de seguridad e Higiene del trabajo. En materia de Salud Laboral la actividad desarrollada en el ámbito de la Administración y Organismos Públicos firman- tes se someterá a las prescripciones de la Ley 31/1995, tanto las áreas restringidas como las peligrosas de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, modi- ficada por la Ley 54/2003, a lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997 sobre Servicios de Prevención, a sus disposiciones de desarrollo o complementarias, y su protección a toda la normativa que en materia de posibles dañossalud laboral esté en vigor. Las disposiciones anteriormente citadas, así como lo dispuesto en este acuerdo al respecto, serán de estricta obser- vancia en todos los centros de trabajo del ámbito municipal. A tal efecto, y sin perjuicio de las competencias en esta materia del Comité de Prevención de Riesgos Laborales, los responsables con personal a su cargo velarán por su cumpli- miento, adoptando las medidas necesarias en orden a su aplicación e informando al jefe de personal cuando la solución no estuviera dentro de sus competencias. Se constituirá el Comité de Seguridad y Salud que estará integrado por el número de miembros que disponga la nor- mativa de aplicación. el Comité de seguridad y salud, como órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos, aparte de las que se especifican en la normativa aplicable, asumirá las siguientes funciones: • Control del cumplimiento de las normas establecidas en materia de seguridad e higiene en el trabajo. • Proponer, informar y efectuar el seguimiento de las actividades de la Corporación en esta materia. • Organizar campañas de formación y sensibilización de los elementos empleados en materia de sanidad, Seguridad e Higie- ne en el trabajo, etc. • Realizar visitas de inspección a todos los centros de trabajo, previa presentación ante el responsable del Servi- cio, detectando deficiencias y proponiendo soluciones. • Investigar las causas de accidentes y enfermedades, tanto laborales como no laborales, llevando un control del absentismo por estas causas. • Apercibir al órgano correspondiente de la presencia de riesgos graves o leves para la integridad física del em- pleado, proponiendo en su caso la adopción de medidas especiales en aquellos servicios en los que los emplea- dos estén expuestos a un mayor grado de riesgo o contaminación. • Acordar la paralización de una obra o trabajo ante la presencia de un riesgo grave e inminente para la integridad física de los trabajadores, dando cuenta a la alcaldía de la medida adoptada. • Elaboración del Plan de Salud y Medicina Laboral de los trabajadores dependientes del Ayuntamiento de ribadesella. • Realizar la propuesta de catálogo de puestos compatibles y de los reservados a minusválidos para su inclusión en la relación de puestos de trabajo. • Establecer y hacer público la relación de vestuario o prendas de trabajo del personal municipal que así lo re- quiera, así como las características técnicas y la periodicidad de su reposición, sin perjuicio de la reposición con carácter de urgencias de aquellas prendas que objetivamente hayan quedado inutilizables en acto de servicio. • Acordar, si así se estima conveniente, la concertación con una Mutua aseguradora de los riesgos de Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El Ayuntamiento adoptará las medidas oportunas para la aplicación de una adecuada política de Seguridad y Salud laboral en sus centros de trabajo, así como para facilitar la participación de los trabajadores, y a garantizar una forma- ción práctica y adecuada en estas materias de los trabajadores que contrate, o cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que aplicar nuevas técnicas, equipos y materiales que puedan ser afectadosocasionar riesgos para el propio trabajador o para sus compañeros o terceros. La formación deberá impartirse, siendo responsabilidad vigilar siempre que sea posible, dentro de la reparación jornada de trabajo o, en tiemposu defecto en otras horas pero con el descuento en aquella del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por el propio Ayuntamiento, siempre que cuente con personal capacitado para ello o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre el trabajador/a. Los responsables de cada centro de trabajo infor- xxxxx a cada trabajador/a sobre la forma y calidad de usar y/o manejar sustancias, productos, nuevas tecnologías, así como de todo aquello que pudiese suponer riesgo para la salud de los mismos;
b. Todo . Se establecerá un Sistema de Gestión, con el fin de garantizar la integración de la prevención en todos los ámbitos municipales, conforme a lo establecido en la Ley 54/2003. En este Sistema, se determinará la política de la prevención, estableciendo claramente las formas de implantación de la actividad preventiva, recursos económicos, materiales y hu- manos y responsabilidades en las actuaciones. La política preventiva en el Ayuntamiento deberá comprender los estudios y proyectos necesarios para definir los riesgos más significativos por su gravedad o frecuencia, y para poner en práctica sistemas o medidas preventivas y los de control e inspección de los mismos, así como los planes de formación del personal que sean necesarios. En la evaluación y planificación de camporiesgos laborales, administrativo participarán los delegados de prevención o el Comité xx Xxxx- ridad y directivo deberá contar salud. para la elaboración de los planes de emergencia y evacuación, programas de salud laboral y prevención de riesgos, así como para su realización y puesta en práctica, los diferentes Organismos de la Administración dispondrán de los equipos y medios técnicos especializados, conforme a lo que establezca el plan de prevención, contando necesariamente con equipo delegados de prevención o el Comité de seguridad y salud. El Ayuntamiento tenderá a fin la adopción de evitar riesgosmedidas preventivas y recuperadoras de las/os trabajadoras/os que pa- dezcan alcoholismo, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura toxicomanías u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLotras adicciones consideradas patológicas.
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Samples: Convenio Colectivo
SEGURIDAD E HIGIENE. a. Redacción vigente
1. El Contratista indicará trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene.
2. El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene.
3. En la inspección y control de dichas medidas que sean de observancia obligada por el empresario, el trabajador tiene derecho a participar por medio de sus representantes legales en el centro de trabajo, si no se cuenta con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas órganos o centros especializados competentes en la materia a tenor de la legislación vigente.
4. El empresario está obligado a facilitar una formación práctica y su protección adecuada en materia de posibles daños, así como seguridad e higiene a los elementos trabajadores que puedan ser afectadoscontrata, siendo responsabilidad vigilar o cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que aplicar una nueva técnica que pueda ocasionar riesgos graves para el propio trabajador o para sus compañeros o terceros, ya sea con servicios propios, ya sea con la reparación en tiempo, forma y calidad intervención de los mismos;
b. Todo el personal de campo, administrativo servicios oficiales correspondientes. El trabajador está obligado a seguir dichas enseñanzas y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito realizar las prácticas cuando se celebren dentro de la mismajornada de trabajo o en otras horas, es decirpero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en las mismas.
5. Los órganos internos de la empresa competentes en materia de seguridad y, el área en su defecto, los representantes legales de los trabajos deberá estar limpia trabajadores en todo tiempo el centro de trabajo, que aprecien una probabilidad seria y grave de accidente por la inobservancia de la legislación aplicable en la materia, requerirán al empresario por escrito para que adopte las medidas oportunas que xxxxx desaparecer el estado de riesgo; si la petición no fuese atendida en un plazo de cuatro días, se dirigirán a la autoridad competente; ésta, si apreciase las circunstancias alegadas, mediante resolución fundada, requerirá al empresario para que adopte las medidas de seguridad apropiadas o que suspenda sus actividades en la zona o local de trabajo o con el material en peligro. También podrá ordenar, con los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad informes técnicos precisos, la paralización inmediata del Contratista retirar del sitio trabajo si se estima un riesgo grave de accidente. Si el riesgo de accidente fuera inminente, la paralización de las actividades podrá ser acordada por decisión de los trabajosórganos competentes de la empresa en materia de seguridad o por el 75 por 100 de los representantes de los trabajadores en empresas con procesos discontinuos y de la totalidad de los mismos en aquellas cuyo proceso sea continuo; tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en periodos no mayores a 24 veinticuatro horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de anulará o ratificará la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLparalización acordada.
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Samples: Labor Law
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección de posibles daños, así como a los elementos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma y calidad de los mismos;
b. Todo el personal de campo, administrativo y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista adjudicatario será el único responsable de determinar el sitio la Seguridad e Higiene del área del Centro donde se tirarán los materiales producto llevan a cabo sus trabajos, sean éstos de demolicionesmantenimiento o de nuevas instalaciones, debiendo apegarse proveer a lo estipulado su costo los medios auxiliares de protección individual y general respecto a sus empleados, el personal ajeno a las regulaciones aplicables obras y los elementos y equipos del edificio. Las responsabilidades por cualquier accidente o desgracia que pudiera acontecer serán por cuenta absoluta del adjudicatario. Todo el personal empleado por el adjudicatario en Materia los trabajos objeto de este Servicio estará obligatoriamente dado de alta en la Seguridad Social. El adjudicatario deberá acreditar de manera fehaciente y trimestralmente mediante remisión al Servicio de Educación por correo electrónico (xx@xxx.xx) tanto el abono de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social como el abono de los salarios del personal que destine a la prestación del Servicio, siendo esta una obligación esencial del contrato pudiendo ser causa de resolución del mismo de conformidad con lo establecido en el art. 223.f) del TRLCSP. Además, el adjudicatario deberá suministrar a la Dirección la siguiente documentación: • Relación de trabajadores que formarán parte de la cobertura de los servicios contratados (nombre, apellidos y DNI) así como cualquier cambio que se vaya a realizar en dicha lista. El Ayuntamiento podrá solicitar en cualquier momento que lo estime oportuno, los certificados de Alta y los impresos TC1 y TC2, estando obligado a su presentación el Adjudicatario. • Justificante de la formación e información de estos trabajadores acerca de los riesgos para la Seguridad y Salud a los que estarán expuestos durante el desempeño de sus funciones y las medidas de protección al ambiente y prevención aplicables a dichos riesgos. • Descripción de la Entidad Federativa donde se ejecutarán organización en materia preventiva y Responsable de Seguridad y Salud ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (nombre, apellidos y DNI) • Evaluación de Riesgos y Planificación de la actividad preventiva. • Listado de medios de protección apropiados y necesarios para las tareas que vayan a llevar a cabo, previa verificación por su parte de que cumplen los trabajoscriterios legales establecidos y en vigor para los equipos de protección individual (marcado CE) y equipos de trabajo (marcado CE, sin embargoR.D. 1215/97). • Justificante del control de la vigilancia de la salud de los trabajadores que llevarán a cabo las actividades. • Información de la siniestralidad de los trabajadores que formarán parte de la cobertura de los servicios contratados. • Designación de Recurso Preventivo para aquellos casos en los que lo exija la legislación vigente. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias, no implicará responsabilidad alguna para el Contratista Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. En su caso repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que directa o subsidiariamente recayera en estas materias. Todo el personal deberá presentar tener conocimientos en seguridad laboral, para el correcto desarrollo de sus tareas, pudiendo ser rechazado cualquier trabajador que no cumpla esta condición. La empresa está obligada a proveer a los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia trabajadores del material de Obraseguridad necesario para el desempeño de sus funciones, asignará un lugar específico dentro del sitio ámbito de los trabajos Seguridad en el Trabajo. El trabajador está obligado a utilizar y exigir a la empresa todo el material necesario para la acumulación el desempeño de desperdicios y producto tareas dentro de limpiezas durante la ejecución su jornada laboral en materia de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLseguridad.
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SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección siendo la reducción del número de posibles daños, así como a los elementos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma y calidad accidentes laborales uno de los mismos;
b. Todo el personal objetivos prioritarios de campola empresa, administrativo los repre- sentantes de los trabajadores se comprometen a fomentar, concienciar y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgospromover entre sus compañeros, siendo responsabilidad del Contratista dotar por todos los medios que estuvieran a su personal de este equipo y de exigirle alcance, el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulaciónseguridad que la empresa pone a disposición de los trabajadores. Independientemente en caso de accidente se acudirá inmediatamente al botiquín de la limpieza general empresa o al especialista que deberá efectuar para corresponda, bien por ausencia del personal del servicio médico, bien por prescripción de dicho personal sanitario, no permitiendo en ningún caso que ninguna persona ajena intervenga en las lesiones padecidas, tales como curas, extracción de cuerpos extraños, etc. el incumplimiento de este requisito podrá ser motivo de no considerarlo accidente de trabajo y sancionado con la entrega final pérdida de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratistapaga de productividad. se pondrá especial interés, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos tanto por parte de la empresa como de los inmuebles o los reglamentos trabajadores, en mejorar las condiciones de seguridad e higiene. para ello se tomarán las siguientes medias: — la empresa irá dotando al botiquín del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia material adecuado. — la empresa dotará igualmente al personal del material de protección al ambiente y seguridad adecuado. si el no usar las prendas de seguridad diera lugar a un accidente de trabajo, ello supondrá la pérdida del incen- tivo de productividad y la imposición de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, sanción correspondiente de acuerdo con el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren régimen disciplinario. — plan de actuación sanitaria Con la urgencia y la periodicidad que los escombros medios permitan y siempre a criterio del servicio médico y de la em- presa, se depositan establece el siguiente plan de actuación en sitios autorizados lo que a Medicina de Empresa se refiere: — reconocimiento médico anual: análisis de sangre y orina, radiografía de tórax en casos concretos, etc... — electrocardiograma periódico para mayores de 50 años y personal con factores de riesgo (hipertensión, hipercolesterolemia, historia familiar cardiopática). — audiometría anual en general y periódica para casos con problemas en este sentido. — espirometría periódica para los trabajadores expuestos a control pulmonar. — agudeza visual anual, y periódica para casos concretos. — Cualquier otro tipo de análisis o revisión que se juzgue necesario en función del resultado de las exploraciones. — otras medidas, tales como: — Ficha higiénica, — Campañas de seguridad: exposición de carteles, charlas, etc. — estudio de la accidentalidad por las autoridades locales;
g. La Residencia alcoholemia u otros motivos similares. prendas de Obratrabajo se repartirán al año 3 fundas por trabajador, asignará un lugar específico dentro del sitio en la primera quincena de los trabajos para la acumulación meses de desperdicios enero, mayo y producto de limpiezas septiembre. durante la ejecución vigencia de este convenio se repartirá un chaleco a aquellos trabajadores que desarrollen sus trabajos a la intemperie. a los trabajadores que por su puesto de trabajo lo requieran se les proporcionará anualmente unas botas de seguri- dad xx xxxx-tex. dichas prendas laborales sólo podrán ser utilizadas para desempeñar trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones dentro de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos las instalaciones de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLempresa.
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Samples: Convenio Colectivo
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará Los representantes de personal, junto con señalamientos legibleslos empresarios, tanto velarán para que se cumplan todas las áreas restringidas como las peligrosas disposiciones legales en materia de Seguridad e Higiene, y su protección de posibles dañosforma específica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales vigente, así como a los elementos reglamentos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma desarrollan. En las empresas de más de 50 trabajadores acogidas a este convenio se constituirá una Comisión Paritaria de Seguridad y calidad Salud provincial que estará integrada por representantes de la empresa y representantes de los mismos;
b. Todo trabajadores en igual número, el personal cual será un órgano colegiado. Cuando una empresa tenga designado un Delegado de campoPrevención para diferentes centros de trabajo y el mismo tenga que desplazarse para desarrollar las funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo en su propio vehículo, administrativo percibirá la cantidad de 0,19 euros por kilómetro. adaptarse a la evolución de los riesgos y directivo a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá contar con impartirse, siempre en jornada de trabajo, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores. Se garantizará que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo o cambios en la evaluación de riesgos de la empresa. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. Las empresas están obligadas a realizar un reconocimiento médico específico y acorde a las características del puesto de trabajo, a todos los trabajadores cada año, el gasto de los mismos correrá a cargo de la empresa. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La utilización del equipo de seguridad trabajo o maquinaria, los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación serán realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello. El empresario deberá proporcionar a fin sus trabajadores equipos de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal protección individual adecuados para el desempeño de este equipo sus funciones y de exigirle velar por el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área efectivo de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajosmismos cuando, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de por la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Todos los trabajadores con relación de trabajos temporales o de duración determinada, así como los contratos por empresas de trabajo temporal, deberán disfrutar del mismo nivel de protección. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores afectados. Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador. No obstante lo anterior, el empresario y las personas y órganos con responsabilidad en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para del desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. En los supuestos en que la naturaleza de los riesgos inherentes al trabajo lo haga necesario, el derecho de los trabajadores a la vigilancia periódica de su estado de salud deberá ser prologado más allá de la finalización de la relación laboral. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores de llevaran a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. El empresario adaptará el trabajo a la persona, en particular en lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen respecta a la concepción de los trabajos sin costo por puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el CFCRLtrabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud, con especial consideración de aquellos trabajadores que desarrollen una enfermedad.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legiblesSe observaran las normas para seguridad e higiene en el trabajo conte- nidas en la Ley 31/1995, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección de posibles daños8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como las disposiciones que la desarrollan. Las partes firmantes manifiestan su compromiso formal con la seguri- dad y salud de los trabajadores, estableciendo como objetivo la protec- ción de los mismos frente a los elementos riesgos derivados del trabajo. Para la consecución de dicho objetivo es necesario el establecimiento y planifica- ción de una gestión preventiva en la empresa. Dicha gestión preventiva se enmarcará dentro del ámbito de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás disposiciones de desarrollo que la completen. A tal efecto se deberán observar, sin perjuicio de los demás requeri- mientos legales, las siguientes obligaciones:
A) Vigilancia de la salud: Seguriber Servicios Integrales S.L. garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, todo ello sin perjuicio de las excepciones previstas en el artículo 22 de la LPRRLL.
B) Evaluación de riesgos: Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva. A tal efecto Seguriber Servicios Integrales, S.L. realizará una evalua- ción inicial de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Para la realización de dicha evaluación se tendrá en cuenta la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de tra- bajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajado- res. A los efectos previstos en el párrafo anterior se tendrá en cuenta la información recibida de los trabajadores sobre los aspectos señalados. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Si los resultados de dicha evaluación pusieran de manifiesto situacio- nes de riesgos, Seguriber Servicios Integrales, S.L. realizará aquellas acti- vidades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos y que serán objeto de planificación en los términos legalmente previstos. Una vez elaborada la evaluación inicial de riesgos, Seguriber Servicios Integrales, S.L. adoptará las medidas necesarias para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias (directamente y a través de los representantes de los trabajadores) en relación con:
a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c) Las medidas de emergencia adoptadas en los términos previstos en el artículo 20 de la LPRRLL. Los delegados de prevención tendrán acceso, con las limitaciones previstas en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Prevención xx Xxxx- gos Laborales, a la información y documentación relativa a las condicio- nes de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Igualmente recibirán de Seguriber Servicios Integrales, S.L. Las informa- ciones obtenidas procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa, así como los organismos competentes para la seguridad y salud de los trabajadores.
C) Protección de la maternidad: Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo a través de una adaptación de las con- diciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 16 de la LPRRLL deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la dura- ción de la exposición de los trabajadores en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan ser afectadosinfluir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, siendo responsabilidad vigilar en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo especifico. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la reparación no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resulte posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en tiempola salud de la trabajadora embarazada o del feto, forma y calidad así lo certifiquen los servicios médicos del insti- tuto nacional de la seguridad social o de las mutuas, con el informe del médico del servicio nacional de la salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función dife- rente y compatible con su estado. El empresario deberá determinar, pre- via consulta con los representantes de los mismos;
b. Todo trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos. El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos de movilidad funcio- nal y tendrá efectos hasta el personal momento en que el estado de camposalud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto. En el supuesto de que, administrativo aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabaja- xxxx podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retri- buciones de su puesto de origen. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posi- ble, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el articulo 45.1 d) del Estatuto de los Trabajadores, durante el período nece- sario para la protección de su seguridad o de su salud y directivo deberá contar mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con equipo su estado. Lo dispuesto en este artículo será también de aplicación durante el período de lactancia, si las condiciones de trabajo pudieran influir negati- vamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certificase el médico que, en el régimen de seguridad social aplicable, asista facultativamente a fin la trabajadora. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del tra- bajo, con derecho a remuneración, para la realización de evitar riesgosexámenes pre- natales y técnicas de preparación al parto, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo previo aviso al empresario y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio justificación de la obra en buenas condiciones necesidad de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito su realización dentro de la mismajornada de trabajo.
D) Formación e información: Seguriber Servicios Integrales S.L. garantizará que cada trabajador reciba una formación teórica y practica, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajossuficiente y adecuada, en periodos no mayores a materia preventiva, en el momento de la contratación.
E) Coordinación de actividades preventivas: En virtud de lo previsto en el artículo 24 horasde la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en los términos establecidos por el Real Decreto 171/2004, los materiales titulares de demoliciónaquellas empresas donde se preste servicios deberán facilitar, desmantelamientossiempre que las condiciones del servicio así lo requiera, basura la información y desperdicioslas instrucciones adecuadas, evitando su acumulaciónen relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y pre- vención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar con el fin de que sean conocidas por los trabajadores. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominioDicha infor- mación, cuando sea el casopor escrito, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones se entregará a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable cada trabajador. Los delegados de determinar el sitio donde se tirarán prevención y comités de seguridad y salud laboral asumirán las competencias previstas en los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente artículos 36 y 39 de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia Ley de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio Prevención de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLRiesgos Laborales.
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Samples: Convenio Colectivo
SEGURIDAD E HIGIENE. a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto Se observarán las áreas restringidas como las peligrosas y su protección normas para seguridad e higiene en el trabajo contenidas en la Ley 31/1995 de posibles daños8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, así como las disposiciones que la desarrollan. Las partes firmantes manifiestan su compromiso formal con la seguridad y salud de los trabajadores, estableciendo como objetivo la protección de los mismos frente a los elementos riesgos derivados del trabajo. Para la consecución de dicho objetivo es necesario el establecimiento y planificación de una gestión preventiva en la empresa. Dicha gestión preventiva se enmarcará dentro del ámbito de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás disposiciones de desarrollo que la completen. A tal efecto se deberán observar, sin perjuicio de los demás requerimientos legales, las siguientes obligaciones:
A) Vigilancia de la salud: ESC Servicios Generales, S.L. garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. A tal efecto, los interesados en la realización de reconocimientos médicos, podrán solicitarlos a sus responsables operativos. Esta vigilancia solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, todo ello sin perjuicio de las excepciones previstas en el artículo 22 de la LPRL. Las revisiones médicas serán específicas en función de los riesgos inherentes a las labores que cada trabajador realice en su puesto de trabajo teniendo en cuenta para ello lo estipulado al respecto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
B) Evaluación de riesgos: Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva. cve: BOE-A-2018-4608 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx A tal efecto ESC Servicios Generales, S.L. realizará una evaluación inicial de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Para la realización de dicha evaluación se tendrá en cuenta la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajadores. A los efectos previstos en el párrafo anterior se tendrá en cuenta la información recibida de los trabajadores sobre los aspectos señalados. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Si los resultados de dicha evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgos, ESC Servicios Generales, S.L. realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos y que serán objeto de planificación en los términos legalmente previstos. Una vez elaborada la evaluación inicial de riesgos, ESC Servicios Generales, S.L. adoptará las medidas necesarias para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias (directamente y a través de los representantes de los trabajadores) en relación con:
a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c) Las medidas de emergencia adoptadas en los términos previstos en el artículo 20 de la LPRL. Los Delegados de Prevención tendrán acceso, con las limitaciones previstas en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Igualmente recibirán de ESC Servicios Generales, S.L. las informaciones obtenidas procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa, así como los organismos competentes para la seguridad y salud de los trabajadores.
C) Protección de la maternidad: Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 16 de la LPRL deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadores en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo especifico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos. cve: BOE-A-2018-4608 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto. En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser afectadosdestinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, siendo responsabilidad vigilar si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la reparación trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en tiempo, forma y calidad el artículo 45.1 d) del Estatuto de los mismos;
b. Todo Trabajadores, durante el personal período necesario para la protección de campo, administrativo su seguridad o de su salud y directivo deberá contar con equipo mientras persista la imposibilidad de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar reincorporarse a su personal puesto anterior o a otro puesto compatible con su estado. Lo dispuesto en este artículo será también de este equipo y aplicación durante el período de exigirle el uso del mismolactancia, y si las condiciones de asegurar su perfecta identificación;
c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la obra mujer o del hijo y así lo certificase el médico que, en buenas condiciones el régimen de higiene Seguridad Social aplicable, asista facultativamente a la trabajadora. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y libre técnicas de materialespreparación al parto, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la mismajornada de trabajo.
D) Formación e información: ESC Servicios Generales, es decirS.L garantizará que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos;
d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajossuficiente y adecuada, en periodos no mayores materia preventiva, tanto en el momento de la contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, siendo consideradas tiempo efectivo de trabajo a todos los efectos. El diseño de dicha formación se llevara a cabo con el siguiente contenido: ○ Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos laborales. ○ Riesgos generales y específicos. Medidas preventivas. ○ Primeros auxilios. ○ Principios de actuación en caso de emergencias.
E) Coordinación de actividades preventivas: En virtud de lo previsto en el artículo 24 horasde la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en los términos establecidos por el Real Decreto 171/2004, los materiales titulares de demoliciónaquellas empresas donde se preste servicios deberán facilitar, desmantelamientossiempre que las condiciones del servicio así lo requiera, basura la información y desperdicioslas instrucciones adecuadas, evitando su acumulaciónen relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar con el fin de que sean conocidas por los trabajadores. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra;
e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominioDicha información, cuando sea el casopor escrito, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones se entregará a este lineamiento;
f. El Contratista será el único responsable cada trabajador. Los delegados de determinar el sitio donde se tirarán prevención y Comités de Seguridad y Salud Laboral asumirán las competencias previstas en los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente artículos 36 y 39 de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales;
g. La Residencia Ley de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio Prevención de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y
h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRLRiesgos Laborales.
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Samples: Convenio Colectivo