Common use of SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD Clause in Contracts

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa adjudicataria queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INE. El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue en ningún caso a poder de terceras personas. El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios De Distribución Y Logística

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa La agencia adjudicataria en cada lote queda expresamente obligada a tratar mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato o información que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de forma confidencial y reservada la información recibidacarácter personal, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEno podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego. El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno en cada uno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido lotes quedará obligado al cumplimiento de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue en ningún caso a poder de terceras personas. El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección protección de Datos datos de Carácter Personal carácter personal y en el al Real Decreto decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada leyLey orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El oferente incluirá un acatamiento a la Ley y al Real decreto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y su normativa de desarrollo, la Consellería de Trabajo y Bienestar informa que los datos personales recogidos serán objeto de tratamiento con la finalidad de ordenar y tramitar la contratación administrativa del organismo, y que podrán ser cedidos en los casos legalmente previstos. En caso de que para la correcta prestación de sus servicios acceda o pueda acceder a documentación, datos, equipos, sistemas informáticos, despachos y localizaciones donde se almacenen o conserven datos de carácter personal y/o documentación que contenga esta tipología de datos, el contratista se obliga a mantener la absoluta confidencialidad y secreto de toda aquella información a la que pueda acceder, no pudiendo transferir, duplicar o reproducir todo o parte de la información y/o datos personales. Esta obligación seguirá vigente una vez xx xxxxxxx profesional se mantendrá durante y después de la realización del trabajo encomendado o de la finalización del contrato, por cualquier causa, tratándose por tanto de un deber indefinido. Asimismo, se compromete a que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción uso de estos deberes datos será exclusivamente para el desarrollo de las tareas precisas para poder prestar los servicios contratados. En el caso de tener personal en plantilla para el desarrollo de dicha prestación, el contratista se compromete a impartir a todas las personas a su cargo las instrucciones precisas para el efectivo y obligado cumplimiento de esas instrucciones y de las responsabilidades que asumen sobre la confidencialidad y secreto debidos. En este sentido, el contratista realizará advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con su personal, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales deberes. Al realizar la prestación de servicios, el contratista se compromete a informar previamente de la identidad del adjudicatario generarápersonal designado para desarrollar tales servicios, además quienes se comprometerán y atenderán al cumplimiento de responsabilidad contractuallas normas, especificaciones y procedimientos de seguridad y acceso establecidos por la responsabilidad Consellería de índole civilTrabajo y Bienestar. El contratista está obligado a cumplir con las medidas de seguridad que de conformidad con el artículo 9 de la LOPD y el RD 1720/2007 sea necesario implantar para la protección del fichero concreto. A tal efecto, penal el responsable del fichero indicará el nivel de las medidas que el contratista ha de cumplir con motivo de esta prestación de servicios. Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal serán destruidos o administrativa que corresponda con arreglo devueltos a la legislación vigenteentidad contratante responsable, o al encargado del tratamiento designado al efecto. En todo casocualquiera caso se debe tener en cuenta lo dispuesto en la cláusula 30ª del Acuerdo Marco, el adjudicatario será responsable de que es aplicable a todos los daños y perjuicios efectos en los contratos que se deriven del incumplimiento firmen en este procedimiento. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta obligacióncláusula cada agencia adjudicataria firmará con la Consellería de Trabajo y Bienestar el acuerdo de confidencialidad que se recoge en el anexo VIII.

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Contratación De Agencias De Colocación

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa adjudicataria El contratista queda obligada obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEórgano de contratación. El adjudicatario contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo de garantía y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140.2 del TRLCSP. El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el El contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue llegue, en ningún caso caso, a poder de terceras personas. El adjudicatario órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. El contratista y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, su normativa de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada leydesarrollo. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario contratista generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Todos los estudios y documentos elaborados por el adjudicatario en función del presente contrato serán propiedad del INVIED. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados, ni de sus resultados y contenidos, bien sea en forma total o parcial, en forma directa o extractada.

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Samples: www.invied.mde.es

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa adjudicataria El contratista queda obligada obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEórgano de contratación. El adjudicatario contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo de garantía y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140 del TRLCSP. El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el El contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue llegue, en ningún caso caso, a poder de terceras personas. El adjudicatario órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos xxxxx designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o 31 comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. El contratista y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, su normativa de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada leydesarrollo. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario contratista generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.

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Samples: www.fundacioncien.es

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la La empresa adjudicataria queda adjudicataria:  Queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEórgano de contratación. El adjudicatario  Deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, estando obligada a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140.2 del TRLCSP.  No podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue llegue, en ningún caso caso, a poder de terceras personas. El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General,  Queda obligada por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, su normativa de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada leydesarrollo. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - 2017-11-24 11:25:34 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: FN3M35VN2XDPDXXK en xxxx://xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx  Por la infracción de estos deberes del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por la adjudicataria que ésta haya designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpreso, al margen o cualquier otra forma) en el propio documento señalado a tal fin.

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Samples: www.inmujer.gob.es

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la La empresa adjudicataria queda adjudicataria: ▪ Queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEórgano de contratación. El adjudicatario ▪ Deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, estando obligada a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140.2 del TRLCSP. ▪ No podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue llegue, en ningún caso caso, a poder de terceras personas. El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, ▪ Queda obligada por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, su normativa de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada leydesarrollo. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - 2017-11-24 11:25:34 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: FN3M35VN2XDPDXXK en xxxx://xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx ▪ Por la infracción de estos deberes del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por la adjudicataria que ésta haya designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpreso, al margen o cualquier otra forma) en el propio documento señalado a tal fin.

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Samples: www.inmujeres.gob.es

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa Entidad adjudicataria queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INEÓrgano de contratación. El adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros terceros, dato alguno de los trabajos contratados contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano Órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista adjudicatario, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa cuidados de la documentación que se entregue para la realización del trabajo ytrabajo, y con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue en ningún caso caso, a poder de terceras personas. El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Personal, que contengan datos de carácter personal, y en el por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley. Esta referida Ley Orgánica, ésta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario la Entidad adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.estas obligaciones. Madrid, 17 xx xxxx de 2013 EL ADJUDICATARIO EL PRESIDENTE Fdo: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx

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Samples: www.cje.org