SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 El Contratista pagará a la FAO con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO causados por el personal del Contratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato. 10.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas: 10.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato; 10.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato; 10.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contrato, incluida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista; 10.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO y el Contratista. 10.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”. 10.4 El Contratista entiende y acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contrato. 10.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista aprobado por la FAO, a su entera discreción, a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán: 10.5.1 designar a la FAO como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza; 10.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAO; 10.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura; 10.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAO. 10.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención. 10.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista y aprobado por la FAO a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAO. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas que demuestren que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablemente. La FAO se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratista. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente a la FAO toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga. 10.8 El Contratista entiende y acepta que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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Samples: Contract Agreement, General Conditions of Contract for Services, Contract
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 13.1 El Contratista pagará a la FAO al PNUD con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO del PNUD causados por el personal del Contratista, o por alguno cualquiera de sus subcontratistas o por alguien cualquier tercero empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoContrato.
10.2 13.2 Salvo que se disponga otra cosa disposición en contrario en el contratoContrato, antes previo al inicio de empezar a ejecutar la ejecución de cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoContrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoContrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contratoperíodo de vigencia del Contrato y sus prórrogas, toda prórroga del mismo y así como durante un plazo posterior a la conclusión del contrato Contrato razonablemente suficiente para hacer frente a afrontar pérdidas, el Contratista contratará y mantendrá los siguientes seguros:
10.2.1 13.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a de sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratola ejecución del Contrato;
10.2.2 13.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al del personal del Contratista, por una prima suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago se imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoContrato;
10.2.3 13.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente prima adecuada para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones demandas por muerte y fallecimiento o lesiones corporalesfísicas, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida o daño de bienes o daños causados a los bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, con la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratovirtud del Contrato o guarden relación con dicha ejecución, incluidacomprendida, sin limitacióncarácter exhaustivo, la responsabilidad resultante de, o en relación con, derivada de los actos u o las omisiones del Contratista, su personal, sus agentes representantes, o invitados, o la utilizaciónrelacionada con tales actos u omisiones, o el uso, durante la ejecución del contratoContrato, de vehículos, naves, aeroplanos aeroplanos, u otros vehículos medios y equipo equipamiento de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;Contratista o de terceros; y
10.2.4 13.2.4 cualquier otro seguro que convengan acordado por escrito la FAO entre el PNUD y el Contratista.
10.3 13.3 Las pólizas de seguro de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y subcontratistas, así como todos los gastos por costos incurridos en concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 13.4 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que la FAO el PNUD no aceptará asume responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura por la contratación de seguro seguros de vida, enfermedadseguros de salud, seguros contra accidentes, viajes seguros del viajero o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con recomendable respecto al del personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoContrato.
10.5 Excepto el 13.5 A excepción del seguro de contra accidentes de trabajo o cualquier otro programa de autoseguro seguro propio a cargo del Contratista y aprobado por la FAOel PNUD, a su entera exclusiva discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratovirtud del Contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberánContrato cumplirán las siguientes condiciones:
10.5.1 13.5.1 designar a la FAO al PNUD como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a un endoso separado de la póliza;
10.5.2 13.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAOel PNUD;
10.5.3 13.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a mínima de treinta (30) días, sobre días respecto de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 13.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro del que pueda tener la FAOdisponer el PNUD.
10.6 13.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el 13.7 A excepción de cualquier programa de autoseguro a cargo seguros propio del Contratista y aprobado por la FAO el PNUD a los efectos de cumplir satisfacer las obligaciones del Contratista en materia lo que atañe a la contratación de cobertura de seguro estipuladas seguros en el contratovirtud del Contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado los seguros contratados con arreglo al contrato Contrato con compañías aseguradoras acreditadas reconocidas que estén en gocen de buena situación posición financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOel PNUD. Antes de empezar comenzar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratocontractuales, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas al PNUD las constancias pertinentes, en forma de certificados de seguros o cualquier otra constancia que demuestren el PNUD pueda requerir razonablemente, que demuestre que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos seguros conforme a las exigencias del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablementeContrato. La FAO El PNUD se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de los programas de seguros que deba mantener vigentes el contrato obliga a mantener Contratista con arreglo al ContratistaContrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el las disposiciones del artículo 10.5.3 13.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente al PNUD a la FAO brevedad respecto de toda cancelación o todo cambio sustancial modificación significativa de la cobertura de seguro a la que el contrato obligaseguros exigida conforme al Contrato.
10.8 13.8 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoContrato, ni la cuantía prima de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo franquicias respectivas deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido como una limitación de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte derivada del contrato Contrato o guarde relación relacionada con el mismoéste.
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Samples: Solicitation for Quotation, Solicitud De Propuesta, Long Term Service Agreement for Gardening Services
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 13.1 El Contratista pagará a la FAO al PNUD con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO del PNUD causados por el personal del Contratista, o por alguno cualquiera de sus subcontratistas o por alguien cualquier tercero empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoContrato.
10.2 13.2 Salvo que se disponga otra cosa disposición en contrario en el contratoContrato, antes previo al inicio de empezar a ejecutar la ejecución de cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoContrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoContrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contratoperíodo de vigencia del Contrato y sus prórrogas, toda prórroga del mismo y así como durante un plazo posterior a la conclusión del contrato Contrato razonablemente suficiente para hacer frente a afrontar pérdidas, el Contratista contratará y mantendrá los siguientes seguros:
10.2.1 13.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a de sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratola ejecución del Contrato;
10.2.2 13.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al del personal del Contratista, por una prima suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago se imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoContrato;
10.2.3 13.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente prima adecuada para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones demandas por muerte y fallecimiento o lesiones corporalesfísicas, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida o daño de bienes o daños causados a los bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, con la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratovirtud del Contrato o guarden relación con dicha ejecución, incluidacomprendida, sin limitacióncarácter exhaustivo, la responsabilidad resultante de, o en relación con, derivada de los actos u o las omisiones del Contratista, su personal, sus agentes representantes, o invitados, o la utilizaciónrelacionada con tales actos u omisiones, o el uso, durante la ejecución del contratoContrato, de vehículos, naves, aeroplanos aeroplanos, u otros vehículos medios y equipo equipamiento de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;Contratista o de terceros; y
10.2.4 13.2.4 cualquier otro seguro que convengan acordado por escrito la FAO entre el PNUD y el Contratista.
10.3 13.3 Las pólizas de seguro de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y subcontratistas, así como todos los gastos por costos incurridos en concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 13.4 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que la FAO el PNUD no aceptará asume responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura por la contratación de seguro seguros de vida, enfermedadseguros de salud, seguros contra accidentes, viajes seguros del viajero o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con recomendable respecto al del personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoContrato.
10.5 Excepto el 13.5 A excepción del seguro de contra accidentes de trabajo o cualquier otro programa de autoseguro seguro propio a cargo del Contratista y aprobado por la FAOel PNUD, a su entera exclusiva discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratovirtud del Contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberánContrato cumplirán las siguientes condiciones:
10.5.1 13.5.1 designar a la FAO al PNUD como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a un endoso separado de la póliza;
10.5.2 13.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAOel PNUD;
10.5.3 13.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a mínima de treinta (30) días, sobre días respecto de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 13.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro del que pueda tener la FAOdisponer el PNUD.
10.6 13.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el 13.7 A excepción de cualquier programa de autoseguro a cargo seguros propio del Contratista y aprobado por la FAO el PNUD a los efectos de cumplir satisfacer las obligaciones del Contratista en materia lo que atañe a la contratación de cobertura de seguro estipuladas seguros en el contratovirtud del Contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado los seguros contratados con arreglo al contrato Contrato con compañías aseguradoras acreditadas reconocidas que estén en gocen de buena situación posición financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOel PNUD. Antes de empezar comenzar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratocontractuales, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas al PNUD las constancias pertinentes, en forma de certificados de seguros o cualquier otra constancia que demuestren el PNUD pueda requerir razonablemente, que demuestre que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos seguros conforme a las exigencias del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablementeContrato. La FAO El PNUD se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de los programas de seguros que deba mantener vigentes el contrato obliga a mantener Contratista con arreglo al ContratistaContrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente a la FAO toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.las disposiciones del artículo
10.8 13.8 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoContrato, ni la cuantía prima de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo franquicias respectivas deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido como una limitación de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte derivada del contrato Contrato o guarde relación relacionada con el mismoéste.
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Samples: Supply of Goods and/or Provision of Services Agreement, Supply of Goods and/or Provision of Services Agreement, Supply of Goods and/or Provision of Services Agreement
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista pagará a la FAO con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO causados por el personal del Contratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 6.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contrato, incluida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista;; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO y el Contratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende y acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contrato.
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista aprobado por la FAO, a su entera discreción, a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAO;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAO.
10.6 6.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista y aprobado por la FAO a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAO. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas que demuestren que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablemente. La FAO se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratista. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.5.3 6.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente a la FAO toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende y acepta que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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Samples: General Conditions of Contract for the Supply of Goods, Condiciones Generales De Contratación De Bienes
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 El Contratista pagará a la FAO con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO causados por el personal del Contratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoAcuerdo.
10.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contratoAcuerdo, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoAcuerdo, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoAcuerdo, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contratoAcuerdo, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato Acuerdo razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratoAcuerdo;
10.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoAcuerdo;
10.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratoAcuerdo, incluida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contratoAcuerdo, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista;
10.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO y el Contratista.
10.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 El Contratista entiende y acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoAcuerdo.
10.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista aprobado por la FAO, a su entera discreción, a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratoAcuerdo, las pólizas de seguro exigidas por el contrato Acuerdo deberán:
10.5.1 designar a la FAO como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAO;
10.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;
10.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAO.
10.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista y aprobado por la FAO a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratoAcuerdo, el Contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato Acuerdo con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAO. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratoAcuerdo, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas que demuestren que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato Acuerdo mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablemente. La FAO se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato Acuerdo obliga a mantener al Contratista. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente a la FAO toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato Acuerdo obliga.
10.8 El Contratista entiende y acepta que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoAcuerdo, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte del contrato Acuerdo o guarde relación con el mismo.
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Samples: Service Agreement, Service Agreement
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista contratista pagará a la FAO UNOPS con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO UNOPS causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 6.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluida, incluida sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO UNOPS y el Contratistacontratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que la FAO UNOPS no aceptará aceptan responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contrato.a
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOUNOPS, a , en su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO UNOPS como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOUNOPS;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO deberá UNOPS deberán recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOUNOPS.
10.6 6.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO UNOPS a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOUNOPS. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO UNOPS pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija UNOPS exijan razonablemente. La FAO UNOPS se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 6.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO UNOPS toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista contratista pagará a la FAO las Naciones Unidas con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO las Naciones Unidas causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 8.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluida, incluida sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO las Naciones Unidas y el Contratistacontratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que la FAO las Naciones Unidas no aceptará aceptan responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista aprobado por la FAOcontratista aprobadopor las Naciones Unidas, a , en su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO las Naciones Unidas como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOlas Naciones Unidas;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO deberá las Naciones Unidas deberán recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOlas Naciones Unidas.
10.6 6.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO las Naciones Unidas a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOlas Naciones Unidas. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO las Naciones Unidas pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija las Naciones Unidas exijan razonablemente. La FAO Las Naciones Unidas se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 6.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO las Naciones Unidas toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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Samples: General Conditions of Contract for the Supply of Goods
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista contratista pagará a la FAO el UNFPA con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO causados del UNFPA causada por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado empleado, directa o indirectamente indirectamente, por el Contratista contratista, o cualquiera de sus subcontratistas subcontratistas, durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 6.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO el UNFPA y el Contratistacontratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acuerda que el UNFPA no acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOel UNFPA, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO asegurado adicional al UNFPA como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOel UNFPA;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO el UNFPA deberá recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOel UNFPA.
10.6 6.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO el UNFPA a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOel UNFPA. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO pruebas al UNFPA prueba que demuestren demuestre que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro seguro, o por cualquier otro medio que la FAO el UNFPA exija razonablemente, que demuestre que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO El UNFPA se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 7..5..3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO toda al UNFPA de cualquier cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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Samples: General Conditions of Contract for the Provision of Services
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 13.1 El Contratista pagará a la FAO al PNUD con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO del PNUD causados por el personal del Contratista, o por alguno cualquiera de sus subcontratistas o por alguien cualquier tercero empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoContrato.
10.2 13.2 Salvo que se disponga otra cosa disposición en contrario en el contratoContrato, antes previo al inicio de empezar a ejecutar la ejecución de cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoContrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoContrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contratoperíodo de vigencia del Contrato y sus prórrogas, toda prórroga del mismo y así como durante un plazo posterior a la conclusión del contrato Contrato razonablemente suficiente para hacer frente a afrontar pérdidas, el Contratista contratará y mantendrá los siguientes seguros:
10.2.1 13.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a de sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratola ejecución del Contrato;
10.2.2 13.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al del personal del Contratista, por una prima suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago se imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoContrato;
10.2.3 13.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente prima adecuada para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones demandas por muerte y fallecimiento o lesiones corporalesfísicas, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida o daño de bienes o daños causados a los bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, con la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratovirtud del Contrato o guarden relación con dicha ejecución, incluidacomprendida, sin limitacióncarácter exhaustivo, la responsabilidad resultante de, o en relación con, derivada de los actos u o las omisiones del Contratista, su personal, sus agentes representantes, o invitados, o la utilizaciónrelacionada con tales actos u omisiones, o el uso, durante la ejecución del contratoContrato, de vehículos, naves, aeroplanos aeroplanos, u otros vehículos medios y equipo equipamiento de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;Contratista o de terceros; y
10.2.4 13.2.4 cualquier otro seguro que convengan acordado por escrito la FAO entre el PNUD y el Contratista.
10.3 13.3 Las pólizas de seguro de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y subcontratistas, así como todos los gastos por costos incurridos en concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 13.4 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que la FAO el PNUD no aceptará asume responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura por la contratación de seguro seguros de vida, enfermedadseguros de salud, seguros contra accidentes, viajes seguros del viajero o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con recomendable respecto al del personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoContrato.
10.5 Excepto el 13.5 A excepción del seguro de contra accidentes de trabajo o cualquier otro programa de autoseguro seguro propio a cargo del Contratista y aprobado por la FAOel PNUD, a su entera exclusiva discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratovirtud del Contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberánContrato cumplirán las siguientes condiciones:
10.5.1 13.5.1 designar a la FAO al PNUD como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a un endoso separado de la póliza;
10.5.2 13.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAOel PNUD;
10.5.3 13.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a mínima de treinta (30) días, sobre días respecto de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 13.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro del que pueda tener la FAOdisponer el PNUD.
10.6 13.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el 13.7 A excepción de cualquier programa de autoseguro a cargo seguros propio del Contratista y aprobado por la FAO el PNUD a los efectos de cumplir satisfacer las obligaciones del Contratista en materia lo que atañe a la contratación de cobertura de seguro estipuladas seguros en el contratovirtud del Contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado los seguros contratados con arreglo al contrato Contrato con compañías aseguradoras acreditadas reconocidas que estén en gocen de buena situación posición financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOel PNUD. Antes de empezar comenzar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratocontractuales, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas al PNUD las constancias pertinentes, en forma de certificados de seguros o cualquier otra constancia que demuestren el PNUD pueda requerir razonablemente, que demuestre que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos seguros conforme a las exigencias del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablementeContrato. La FAO El PNUD se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de los programas de seguros que deba mantener vigentes el contrato obliga a mantener Contratista con arreglo al ContratistaContrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el las disposiciones del artículo 10.5.3 13.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente al PNUD a la FAO brevedad respecto de toda cancelación o todo cambio sustancial modificación significativa de la cobertura de seguro a la que el contrato obligaseguros exigida conforme al Contrato.
10.8 13.8 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoContrato, ni la cuantía prima de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo franquicias respectivas deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.o
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Samples: Contrato De Suministro De Bienes Y/O Prestación De Servicios
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 9.1 El Contratista contratista pagará a la FAO ACNUR con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO ACNUR causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 9.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 9.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 9.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 9.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 9.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO XXXXX y el Contratistacontratista.
10.3 9.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 9.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acuerda que ACNUR no acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 9.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOXXXXX, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 9.5.1 designar a la FAO ACNUR como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 9.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOACNUR;
10.5.3 9.5.3 disponer que la FAO ACNUR deberá recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 9.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAOACNUR.
10.6 9.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 9.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO ACNUR a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOACNUR. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO ACNUR pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO ACNUR exija razonablemente, que demuestren que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO ACNUR se reserva el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 9.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO ACNUR toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 9.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista contratista pagará a la FAO el UNFPA con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO causados del UNFPA causada por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado empleado, directa o indirectamente indirectamente, por el Contratista contratista, o cualquiera de sus subcontratistas subcontratistas, durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 6.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO el UNFPA y el Contratistacontratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acuerda que el UNFPA no acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOel UNFPA, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO asegurado adicional al UNFPA como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOel UNFPA;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO el UNFPA deberá recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOel UNFPA.
10.6 6.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO el UNFPA a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOel UNFPA. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO pruebas al UNFPA prueba que demuestren demuestre que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro seguro, o por cualquier otro medio que la FAO el UNFPA exija razonablemente, que demuestre que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO El UNFPA se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 6.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO toda al UNFPA de cualquier cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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Samples: Contractor Agreement
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 7.1 El Contratista contratista pagará a la FAO las Naciones Unidas con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO las Naciones Unidas causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa directo o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 7.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 7.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 un ; 7.2.2un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 7.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 7.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO las Naciones Unidas y el Contratistacontratista.
10.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 El Contratista entiende y acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contrato.
10.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista aprobado por la FAO, a su entera discreción, a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 designar a la FAO como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAO;
10.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;
10.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAO.
10.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista y aprobado por la FAO a efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAO. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas que demuestren que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablemente. La FAO se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratista. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente a la FAO toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 El Contratista entiende y acepta que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 13.1 El Contratista pagará a la FAO al PNUD con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO del PNUD causados por el personal del Contratista, o por alguno cualquiera de sus subcontratistas o por alguien cualquier tercero empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoContrato.
10.2 13.2 Salvo que se disponga otra cosa disposición en contrario en el contratoContrato, antes previo al inicio de empezar a ejecutar la ejecución de cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoContrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoContrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga período de vigencia del mismo Contrato y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:sus
10.2.1 13.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a de sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratola ejecución del Contrato;
10.2.2 13.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al del personal del Contratista, por una prima suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago se imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoContrato;
10.2.3 13.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente prima adecuada para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones demandas por muerte y fallecimiento o lesiones corporalesfísicas, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida o daño de bienes o daños causados a los bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, con la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratovirtud del Contrato o guarden relación con dicha ejecución, incluidacomprendida, sin limitacióncarácter exhaustivo, la responsabilidad resultante de, o en relación con, derivada de los actos u o las omisiones del Contratista, su personal, sus agentes representantes, o invitados, o la utilizaciónrelacionada con tales actos u omisiones, o el uso, durante la ejecución del contratoContrato, de vehículos, naves, aeroplanos aeroplanos, u otros vehículos medios y equipo equipamiento de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;Contratista o de terceros; y
10.2.4 13.2.4 cualquier otro seguro que convengan acordado por escrito la FAO entre el PNUD y el Contratista.
10.3 13.3 Las pólizas de seguro de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y subcontratistas, así como todos los gastos por costos incurridos en concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 13.4 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que la FAO el PNUD no aceptará asume responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura por la contratación de seguro seguros de vida, enfermedadseguros de salud, seguros contra accidentes, viajes seguros del viajero o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con recomendable respecto al del personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoContrato.
10.5 Excepto el 13.5 A excepción del seguro de contra accidentes de trabajo o cualquier otro programa de autoseguro seguro propio a cargo del Contratista y aprobado por la FAOel PNUD, a su entera exclusiva discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratovirtud del Contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberánContrato cumplirán las siguientes condiciones:
10.5.1 13.5.1 designar a la FAO al PNUD como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a un endoso separado de la póliza;
10.5.2 13.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAOel PNUD;
10.5.3 13.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a mínima de treinta (30) días, sobre días respecto de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 13.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro del que pueda tener la FAOdisponer el PNUD.
10.6 13.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el 13.7 A excepción de cualquier programa de autoseguro a cargo seguros propio del Contratista y aprobado por la FAO el PNUD a los efectos de cumplir satisfacer las obligaciones del Contratista en materia lo que atañe a la contratación de cobertura de seguro estipuladas seguros en el contratovirtud del Contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado los seguros contratados con arreglo al contrato Contrato con compañías aseguradoras acreditadas reconocidas que estén en gocen de buena situación posición financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOel PNUD. Antes de empezar comenzar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratocontractuales, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas al PNUD las constancias pertinentes, en forma de certificados de seguros o cualquier otra constancia que demuestren el PNUD pueda requerir razonablemente, que demuestre que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos seguros conforme a las exigencias del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablementeContrato. La FAO El PNUD se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de los programas de seguros que deba mantener vigentes el contrato obliga a mantener Contratista con arreglo al ContratistaContrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el las disposiciones del artículo 10.5.3 13.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente al PNUD a la FAO brevedad respecto de toda cancelación o todo cambio sustancial modificación significativa de la cobertura de seguro a la que el contrato obligaseguros exigida conforme al Contrato.
10.8 13.8 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoContrato, ni la cuantía prima de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo franquicias respectivas deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido como una limitación de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte derivada del contrato Contrato o guarde relación relacionada con el mismoéste.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 9.1 El Contratista contratista pagará a la FAO ACNUR con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO ACNUR causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 9.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 9.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 9.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 9.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 9.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO XXXXX y el Contratistacontratista.
10.3 9.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 9.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acuerda que ACNUR no acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 9.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOACNUR, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 9.5.1 designar a la FAO ACNUR como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 9.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOACNUR;
10.5.3 9.5.3 disponer que la FAO ACNUR deberá recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 9.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAOACNUR.
10.6 9.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 9.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO ACNUR a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOACNUR. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO ACNUR pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO ACNUR exija razonablemente, que demuestren que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO ACNUR se reserva el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 9.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO ACNUR toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 9.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 13.1 El Contratista pagará a la FAO al PNUD con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO del PNUD causados por el personal del Contratista, o por alguno cualquiera de sus subcontratistas o por alguien cualquier tercero empleado directa o indirectamente por el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contratoContrato.
10.2 13.2 Salvo que se disponga otra cosa disposición en contrario en el contratoContrato, antes previo al inicio de empezar a ejecutar la ejecución de cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contratoContrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contratoContrato, el Contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contratoperíodo de vigencia del Contrato y sus prórrogas, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:así como durante un
10.2.1 13.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a de sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contratola ejecución del Contrato;
10.2.2 13.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al del personal del Contratista, por una prima suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago se imponga la ley, en relación con la ejecución del contratoContrato;
10.2.3 13.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente prima adecuada para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones demandas por muerte y fallecimiento o lesiones corporalesfísicas, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida o daño de bienes o daños causados a los bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, con la ejecución por el Contratista de lo estipulado en el contratovirtud del Contrato o guarden relación con dicha ejecución, incluidacomprendida, sin limitacióncarácter exhaustivo, la responsabilidad resultante de, o en relación con, derivada de los actos u o las omisiones del Contratista, su personal, sus agentes representantes, o invitados, o la utilizaciónrelacionada con tales actos u omisiones, o el uso, durante la ejecución del contratoContrato, de vehículos, naves, aeroplanos aeroplanos, u otros vehículos medios y equipo equipamiento de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;Contratista o de terceros; y
10.2.4 13.2.4 cualquier otro seguro que convengan acordado por escrito la FAO entre el PNUD y el Contratista.
10.3 13.3 Las pólizas de seguro de responsabilidad civil del Contratista cubrirán también a los subcontratistas y subcontratistas, así como todos los gastos por costos incurridos en concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 13.4 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que la FAO el PNUD no aceptará asume responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura por la contratación de seguro seguros de vida, enfermedadseguros de salud, seguros contra accidentes, viajes seguros del viajero o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con recomendable respecto al del personal que preste servicios para el Contratista en relación con el contratoContrato.
10.5 Excepto el 13.5 A excepción del seguro de contra accidentes de trabajo o cualquier otro programa de autoseguro seguro propio a cargo del Contratista y aprobado por la FAOel PNUD, a su entera exclusiva discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contratovirtud del Contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberánContrato cumplirán las siguientes condiciones:
10.5.1 13.5.1 designar a la FAO al PNUD como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a un endoso separado de la póliza;
10.5.2 13.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra la FAOel PNUD;
10.5.3 13.5.3 disponer que la FAO deberá recibir notificación el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista con una antelación no inferior a mínima de treinta (30) días, sobre días respecto de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 13.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro del que pueda tener la FAOdisponer el PNUD.
10.6 13.6 El Contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 Excepto para el 13.7 A excepción de cualquier programa de autoseguro a cargo seguros propio del Contratista y aprobado por la FAO el PNUD a los efectos de cumplir satisfacer las obligaciones del Contratista en materia lo que atañe a la contratación de cobertura de seguro estipuladas seguros en el contratovirtud del Contrato, el Contratista mantendrá el seguro contratado los seguros contratados con arreglo al contrato Contrato con compañías aseguradoras acreditadas reconocidas que estén en gocen de buena situación posición financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOel PNUD. Antes de empezar comenzar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contratocontractuales, el Contratista proporcionará a la FAO pruebas al PNUD las constancias pertinentes, en forma de certificados de seguros o cualquier otra constancia que demuestren el PNUD pueda requerir razonablemente, que demuestre que el Contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos seguros conforme a las exigencias del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija razonablementeContrato. La FAO El PNUD se reserva el derecho, previa notificación por escrito al Contratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de los programas de seguros que deba mantener vigentes el contrato obliga a mantener Contratista con arreglo al ContratistaContrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el las disposiciones del artículo 10.5.3 13.5.3 supra, el Contratista notificará rápidamente al PNUD a la FAO brevedad respecto de toda cancelación o todo cambio sustancial modificación significativa de la cobertura de seguro a la que el contrato obligaseguros exigida conforme al Contrato.
10.8 13.8 El Contratista entiende reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contratoContrato, ni la cuantía prima de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo franquicias respectivas deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido como una limitación de que limiten la responsabilidad del Contratista que resulte derivada del contrato Contrato o guarde relación relacionada con el mismoéste.
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Samples: Contrato
SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 7.1 El Contratista contratista pagará a la FAO UNOPS con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO UNOPS causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 7.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 7.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 7.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 7.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 7.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO UNOPS y el Contratistacontratista.
10.3 7.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 7.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que la FAO UNOPS no aceptará aceptan responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 7.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOUNOPS, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 7.5.1 designar asegurado adicional a la FAO UNOPS como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 7.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOUNOPS;
10.5.3 7.5.3 disponer que la FAO deberá UNOPS deberán recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; y
10.5.4 7.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOa UNOPS.
10.6 7.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 7.7 Excepto para el un programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO UNOPS a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOUNOPS. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO UNOPS pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO UNOPS exija razonablemente, que demuestren que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO UNOPS se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 7.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO UNOPS toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 7.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 6.1 El Contratista contratista pagará a la FAO UNOPS con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO UNOPS causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 6.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 6.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 6.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 6.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluida, incluida sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 6.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO UNOPS y el Contratistacontratista.
10.3 6.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, defensa y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 6.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que la FAO UNOPS no aceptará aceptan responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 6.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOUNOPS, a en su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 6.5.1 designar a la FAO UNOPS como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 6.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOUNOPS;
10.5.3 6.5.3 disponer que la FAO deberá UNOPS deberán recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista. con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 6.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda puedan tener la FAOUNOPS.
10.6 6.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 6.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO UNOPS a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean xxxx aceptables para la FAOUNOPS. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO UNOPS pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO exija UNOPS exijan razonablemente. La FAO UNOPS se reserva reservan el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 6.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO UNOPS toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 6.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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SEGURO Y RESPONSABILIDAD. 10.1 8.1 El Contratista contratista pagará a la FAO ACNUR con prontitud toda pérdida, destrucción o daño de bienes de la FAO ACNUR causados por el personal del Contratistacontratista, por alguno de sus subcontratistas o por alguien empleado directa o indirectamente por el Contratista contratista o cualquiera de sus subcontratistas durante la ejecución del contrato.
10.2 8.2 Salvo que se disponga otra cosa en el contrato, antes de empezar a ejecutar cualesquiera otras obligaciones estipuladas en el contrato, y con sujeción a los límites establecidos en el contrato, el Contratista contratista contratará y mantendrá durante todo el tiempo que dure el contrato, toda prórroga del mismo y un plazo posterior a la conclusión del contrato razonablemente suficiente para hacer frente a pérdidas:
10.2.1 8.2.1 un seguro contra todo riesgo con respecto a sus bienes y equipos utilizados para ejecutar el contrato;
10.2.2 8.2.2 un seguro de accidentes de trabajo, o su equivalente, o un seguro de responsabilidad civil del empleador, o su equivalente, con respecto al personal del Contratistacontratista, suficiente para satisfacer todas las reclamaciones por lesiones, muerte o incapacidad, o cualesquiera otras prestaciones cuyo pago imponga la ley, en relación con la ejecución del contrato;
10.2.3 8.2.3 un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer todas las reclamaciones, incluidas, sin carácter exhaustivo, las reclamaciones por muerte y lesiones corporales, responsabilidad respecto de productos y operaciones realizadas, pérdida de bienes o daños causados a bienes, y daños y perjuicios personales y por publicidad lesiva, lesiva que resulten de, o en relación con, la ejecución por el Contratista contratista de lo estipulado en el contrato, incluidacomprendida, sin limitación, la responsabilidad resultante de, o en relación con, los actos u omisiones del Contratistacontratista, su personal, sus agentes o invitados, o la utilización, durante la ejecución del contrato, de vehículos, naves, aeroplanos u otros vehículos y equipo de transporte, sean o no de propiedad del Contratista;contratista; y
10.2.4 8.2.4 cualquier otro seguro que convengan por escrito la FAO XXXXX y el Contratistacontratista.
10.3 8.3 Las pólizas de responsabilidad civil del Contratista contratista cubrirán también a los subcontratistas y todos los gastos por concepto de defensa, y contendrán una cláusula uniforme sobre “responsabilidad civil cruzada”.
10.4 8.4 El Contratista entiende contratista reconoce y acuerda que ACNUR no acepta que la FAO no aceptará responsabilidad alguna en lo relativo a proporcionar cobertura de seguro de vida, enfermedad, accidentes, viajes o cualquier otra cobertura de seguro que pueda ser necesaria o conveniente con respecto al personal que preste servicios para el Contratista contratista en relación con el contrato.
10.5 8.5 Excepto el seguro de accidentes de trabajo o cualquier programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista aprobado por la FAOACNUR, a su entera discreción, a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, las pólizas de seguro exigidas por el contrato deberán:
10.5.1 8.5.1 designar a la FAO ACNUR como asegurado adicional en las pólizas de responsabilidad civil, incluso, si fuera necesario, en forma de adición separada a la póliza;
10.5.2 8.5.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contratista contra la FAOACNUR;
10.5.3 8.5.3 disponer que la FAO ACNUR deberá recibir notificación aviso por escrito de la compañía de seguros del Contratista contratista con una antelación no inferior a treinta (30) días, sobre de toda cancelación de la póliza o todo cambio sustancial de su cobertura;; e
10.5.4 8.5.4 incluir una cláusula de responsabilidad primaria y no contributiva con respecto a cualquier otro seguro que pueda tener la FAOACNUR.
10.6 8.6 El Contratista contratista será responsable del pago de todas las sumas que en una póliza sean deducibles o estén sujetas a retención.
10.7 8.7 Excepto para el programa de autoseguro a cargo del Contratista contratista y aprobado por la FAO ACNUR a los efectos de cumplir las obligaciones del Contratista contratista en materia de cobertura de seguro estipuladas en el contrato, el Contratista contratista mantendrá el seguro contratado con arreglo al contrato con compañías aseguradoras acreditadas que estén en buena situación financiera y que sean aceptables para la FAOACNUR. Antes de empezar a cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato, el Contratista contratista proporcionará a la FAO ACNUR pruebas que demuestren que el Contratista contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato mediante un certificado de seguro o por cualquier otro medio que la FAO ACNUR exija razonablemente, que demuestren que el contratista ha contratado un seguro de conformidad con los requisitos del contrato. La FAO ACNUR se reserva el derecho, previa notificación previo aviso por escrito al Contratistacontratista, de obtener copias de las pólizas de seguro o descripciones del plan de seguros que el contrato obliga a mantener al Contratistacontratista. Sin perjuicio de No obstante lo dispuesto en el artículo 10.5.3 Artículo 8.5.3 supra, el Contratista contratista notificará rápidamente a la FAO ACNUR toda cancelación o todo cambio sustancial de la cobertura de seguro a la que el contrato obliga.
10.8 8.8 El Contratista entiende contratista reconoce y acepta acuerda que ni la obligación de contratar y mantener un seguro estipulada en el contrato, ni la cuantía de dicho seguro, comprendidas, sin carácter exhaustivo, las sumas del mismo deducibles o sujetas a retención, de ningún modo podrán interpretarse en el sentido de que limiten la responsabilidad del Contratista contratista que resulte del contrato o guarde relación con el mismo.
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