Common use of SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. La Secretaría General – Área de Contratos será la responsable de adelantar todas las actividades relacionadas con la selección de los contratistas con arreglo a la normatividad vigente. El proceso inicia con la presentación del requerimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido de la elaboración del estudio de necesidad y conveniencia de acuerdo con lo previsto por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto1082 de 2015 y lo descrito en el presente Manual. Con base en los estudios previos, el Proceso de Contratos de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones, en el cual se detallan especialmente los aspectos relativos al objeto del contrato, su regulación jurídica, los derechos y obligaciones de las partes, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, las causales de rechazo de las propuestas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto1082 de 2015. El proyecto xx xxxxxx de condiciones y la convocatoria pública se publican conjuntamente en el SECOP. A partir de la fecha de publicación de los anteriores documentos en el SECOP, se deberán observar todos y cada uno de los plazos, condiciones y reglas establecidos por la Ley y el presente Manual para los diferentes tipos de procesos de selección a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Contratación de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, todos los contratos que celebre la UAERMV serán suscritos por el Director General, quien se encuentra facultado para ello por ser el Representante Legal de la Entidad en atención a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Por regla general la supervisión de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago de las cuentas que por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón las cuentas radicadas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan errores, inconsistencias o falta de documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámite.

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SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. La Secretaría General – Área de Contratos será la responsable de adelantar todas las actividades relacionadas con la selección de los contratistas con arreglo a la normatividad vigente. El proceso inicia con la presentación del requerimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido de la elaboración del estudio de necesidad y conveniencia de acuerdo con lo previsto por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto1082 de 2015 y lo descrito en el presente Manual. Con base en los estudios previos, el Proceso de Contratos de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones, en el cual se detallan especialmente los aspectos relativos al objeto del contrato, su regulación jurídica, los derechos y obligaciones de las partes, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, las causales de rechazo de las propuestas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto1082 de 2015. El proyecto xx xxxxxx de condiciones y la convocatoria pública se publican conjuntamente en el SECOP. A partir de la fecha de publicación de los anteriores documentos en el SECOP, se deberán observar todos y cada uno de los plazos, condiciones y reglas establecidos por la Ley y el presente Manual para los diferentes tipos de procesos de selección a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Contratación de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, todos los contratos que celebre la UAERMV serán suscritos por el Director General, quien se encuentra facultado para ello por ser el Representante Legal de la Entidad en atención a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Por regla general la supervisión de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago de las cuentas que por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón las cuentas radicadas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan errores, inconsistencias o falta de documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámite.

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SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. En su caso, la Mesa de Contratación podrá designar una Comisión Técnica encargada de elaborar los correspondientes informes técnicos en relación con la documentación contenida en los sobre nº 2 y nº 3. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones se constituirá la Mesa de Contratación, ordenando el Presidente en primer lugar a realizar el desencriptado de los sobres nº 1 (formato electrónico). La Secretaría General – Área de la Mesa de Contratación certificará la relación de documentos contenidos en los sobres nº 1 presentados por las empresas licitadoras. Acto seguido se procederá al examen y calificación previa de la validez formal de los documentos presentados en tiempo y forma, para verificar si contienen todo lo exigido por este Pliego o si existen omisiones determinantes de exclusión. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará por medio de la plataforma electrónica de contratación vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx) a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente la Mesa de Contratación o el Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes, según proceda, adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores. Se dejará constancia documental de todo lo actuado. La apertura de la documentación relativa a criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, en aplicación del artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, se llevara a cabo en un acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde el acto de apertura del sobre nº 1 (documentación administrativa a que se refiere el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos será del Sector Público). La Mesa de Contratación fijará, con al menos tres días hábiles de antelación a la responsable celebración del acto público, el día, lugar y hora en que este se celebrará. Esta fecha se anunciará en el perfil de adelantar todas las actividades relacionadas con contratante y a través de la selección plataforma electrónica de contratación vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx). Dado que la presentación de ofertas se realizará mediante sistema telemático, se procederá al desencriptado de los contratistas con arreglo a ficheros electrónicos ante todos los asistentes, en acto público, de tal forma que puedan comprobar en todo momento la normatividad vigenteintegridad e identidad de las ofertas presentadas y alojadas en la plataforma de contratación pública. El proceso inicia con Se dejará constancia documental de todo lo actuado. Por la presentación del requerimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido Presidencia de la elaboración del estudio Mesa de necesidad y conveniencia de acuerdo con lo previsto por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto1082 de 2015 y lo descrito en el presente Manual. Con base en los estudios previos, el Proceso de Contratos de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condicionesContratación se procederá, en el cual se detallan especialmente acto público, a manifestar el resultado de la calificación de los aspectos relativos al objeto del contratodocumentos presentados en el sobre nº 1, su regulación jurídica, los derechos y obligaciones con expresión de las partesproposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. A continuación se realizará la determinación y ponderación apertura de los factores objetivos sobres nº 2 de selección, las causales de rechazo de las propuestas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar aquellas empresas que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido continúen en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 proceso de adjudicación. Cualquier información adicional interesada por los licitadores respecto a la documentación contenida en los sobres nº 2, deberá ser solicitada a través de la plataforma electrónica vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx) a la Mesa de Contratación, a cuyos efectos se le emplazará a la oportuna audiencia con reserva de los datos que debieran ser objeto de protección conforme al artículo 140 del Decreto1082 texto refundido de 2015la Ley de Contratos del Sector Público. El proyecto xx xxxxxx de condiciones Realizadas estas actuaciones finalizará el acto público y la convocatoria pública se publican conjuntamente Mesa continuará, en el SECOP. A partir sesión privada, sus trabajos en orden a la elaboración de la fecha una propuesta de publicación de los anteriores documentos en el SECOP, se deberán observar todos y cada uno de los plazos, condiciones y reglas establecidos por la Ley y el presente Manual para los diferentes tipos de procesos de selección a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Contratación de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, todos los contratos que celebre la UAERMV serán suscritos por el Director General, quien se encuentra facultado para ello por ser el Representante Legal de la Entidad en atención a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Por regla general la supervisión de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago de las cuentas que por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón las cuentas radicadas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan errores, inconsistencias o falta de documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámiteadjudicación.

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SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. La Secretaría General – Área Resguardo acreditativo de la constitución, en las Cajas Provinciales de Depósitos de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición de la Universidad de Almería. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. No obstante, la Universidad de Almería podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el ANEXO I . Las Sociedades Cooperativas Andaluzas, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir, conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. Además, cuando así se indique en el ANEXO I y de conformidad con el artículo 95.2 del texto refundido de la Ley de Contratos será del Sector Público, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la responsable garantía total un 10% del precio del contrato. Cuando, como consecuencia de adelantar todas las actividades relacionadas una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con la selección de los contratistas con arreglo a la normatividad vigente. El proceso inicia con la presentación del requerimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido de la elaboración del estudio de necesidad y conveniencia de acuerdo con lo previsto por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto1082 de 2015 y lo descrito en el presente Manual. Con base en los estudios previos, el Proceso de Contratos de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condicionesnuevo precio modificado, en el cual plazo de quince días contados desde la fecha en que se detallan especialmente notifique al empresario el acuerdo de modificación. La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el ANEXO I y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista. La garantía definitiva responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los aspectos relativos al objeto bienes suministrados durante el plazo de garantía que se haya previsto en el contrato. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción. En caso de que en el ANEXO XIII se exija el compromiso de dedicación o adscripción de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato, su regulación jurídica, conforme a la cláusula 6.2 deberá aportarse documento acreditativo del compromiso por el licitador de tal circunstancia. En el supuesto de que no los derechos y obligaciones hubiese aportado con anterioridad en virtud de las partes, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, las causales de rechazo de las propuestas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto1082 de 2015. El proyecto xx xxxxxx de condiciones y la convocatoria pública se publican conjuntamente en el SECOP. A partir de la fecha de publicación de los anteriores documentos en el SECOPcláusula 13, se deberán observar todos y cada uno de los plazos, condiciones y reglas establecidos por la Ley y el presente Manual para los diferentes tipos de procesos de selección a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Contratación de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, todos los contratos que celebre la UAERMV serán suscritos por el Director General, quien se encuentra facultado para ello por ser el Representante Legal de la Entidad en atención a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Por regla general la supervisión de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago de las cuentas que por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón las cuentas radicadas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan errores, inconsistencias o falta de documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámiteapartado b).

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. La Secretaría General – Área En el caso de los contratos que tengan como objeto productos en los que exista alternativa de comercio justo, para las proposiciones presentadas por aquellas entidades reconocidas como Organizaciones de Comercio Justo. - Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, conforme a la cláusula 13, apartado p). Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla en la cláusula 0 de este Pliego. Este acuerdo de clasificación y requerimiento es un acto de trámite, previsto en el artículo 151.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, anterior a la adjudicación del contrato cuya Resolución motivada será la responsable de adelantar todas las actividades relacionadas notificada oportunamente a todos los licitadores, con la selección indicación de los contratistas con arreglo a recursos que procedan. Si durante la normatividad vigente. El proceso inicia con la presentación tramitación del requerimiento procedimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido antes de la elaboración adjudicación, se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del estudio patrimonio, siempre que reúna las condiciones de necesidad capacidad y conveniencia ausencia de acuerdo con lo previsto por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto1082 prohibiciones de 2015 contratar y lo descrito acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente Manual. Con base pliego para poder participar en los estudios previosel procedimiento de adjudicación Para realizar la adjudicación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, el Proceso de Contratos éste presentará, a través de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condicionesplataforma electrónica vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx), en el cual se detallan especialmente los aspectos relativos al objeto plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento a que hace referencia la cláusula 24. del contratopresente pliego, su regulación jurídicacopias electrónicas obtenidas por cualquier medio reconocido en derecho de la documentación relacionada a continuación, los derechos a excepción de la garantía definitiva que será entregada en original en el Servicio de Contratación, Patrimonio y obligaciones Servicios Comunes, en el mismo plazo (En aplicación de las partes, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, las causales de rechazo de las propuestas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto1082 de 2015. El proyecto xx xxxxxx de condiciones y la convocatoria pública se publican conjuntamente en el SECOP. A partir apartado 1 h) de la fecha Disposición Adicional Decimosexta del texto refundido de publicación de los anteriores documentos en el SECOP, se deberán observar todos y cada uno de los plazos, condiciones y reglas establecidos por la Ley de Contratos del Sector Público, el Servicio de Contratación, Patrimonio y el presente Manual para los diferentes tipos de procesos de selección a saber: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa, Contratación de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, todos los contratos que celebre la UAERMV serán suscritos por el Director General, quien se encuentra facultado para ello por ser el Representante Legal Servicios Comunes de la Entidad en atención Universidad de Almería podrá, a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Por regla general la supervisión de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago requerimiento de las cuentas que por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón las cuentas radicadas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan erroresempresas interesadas, inconsistencias o falta expedir copias electrónicas de estos documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámite.):

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

SELECCIÓN DEL CONTRATISTA. La Secretaría General – Área documentación contenida en este sobre, será estudiada y valorada por la Mesa de Contratos Contratación o bien será la responsable remitida al órgano encargado de adelantar todas las actividades relacionadas con la selección de los contratistas con arreglo a la normatividad vigente. El proceso inicia con la presentación del requerimiento y componente técnico por parte del área que requiere el bien o servicio, seguido de la elaboración del estudio de necesidad y conveniencia su valoración de acuerdo con lo previsto dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos de las Administraciones del Decreto1082 Sector Público. En todo caso el estudio y valoración de 2015 y lo descrito las distintas proposiciones presentadas por los licitadores admitidos se realizará conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente Manual. Con base ANEXO XVIII donde también se expresará, en los estudios previossu caso, el Proceso umbral mínimo de Contratos puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. - Ofertas con calidad técnica inaceptables: aquellas propuestas cuya valoración en esta fase procedimental (Calidad Técnica Sobre 2 - CTS2), sea inferior al umbral mínimo fijado por el Órgano de la Secretaría General elabora el proyecto xx xxxxxx de condicionescontratación y que quedará fijado, en su caso, en el cual ANEXO XVIII xxx Xxxxxx. - Ofertas con calidad técnica suficientes: aquellas cuya valoración en esta fase procedimental (Calidad Técnica Sobre 2 - CTS2), sea igual o superior a dicho umbral. En este caso las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se detallan especialmente procederá a declarar desierto el procedimiento, al no haber concurrido ofertas de calidad técnica suficiente. Cuando un licitador no alcance los aspectos relativos umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido, en su caso, en el ANEXO XVIII no podrá continuar en el procedimiento de contratación. Cuando en la licitación se atribuya a los criterios evaluables por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, deberá constituirse un Comité que cuente con un mínimo de tres miembros, formado por expertos no integrados en el órgano que proponga la celebración del contrato y con cualificación profesional adecuada en razón de la materia sobre la que verse la valoración o encomendar esta evaluación a un organismo técnico especializado, al objeto del contrato, su regulación jurídica, los derechos y obligaciones que corresponderá realizar la evaluación de las partesofertas conforme a los criterios establecidos en este pliego. En los supuestos no previstos en el párrafo anterior, la determinación valoración se efectuará por la mesa de contratación, si interviene, o por el órgano de contratación en el caso contrario. La composición del comité de expertos o, en su caso, la designación de un organismo técnico especializado se establecerá en el ANEXO I . En ambos casos, la designación deberá hacerse y ponderación publicarse en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura del sobre nº 2. El orden de prioridad de los factores objetivos criterios de selecciónadjudicación ponderables en función de un juicio de valor se fijará por orden decreciente en el ANEXO XVIII . Cuando la valoración de los criterios no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, las causales corresponda a la Mesa de rechazo Contratación, se remitirá, si procede, la documentación contenida en el sobre nº 2 a la Comisión Técnica, para que ésta realice un estudio previo de las propuestas admitidas y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar elabore un informe en el que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras incluirá una propuesta de valoración y completas. Terminado el proyecto xx xxxxxx de condiciones, se procede a elaborar la “Convocatoria Pública”, acorde con lo establecido evaluación obtenida por los licitadores en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto1082 de 2015. El proyecto xx xxxxxx de condiciones y la convocatoria pública se publican conjuntamente en el SECOP. A partir de la fecha de publicación de los anteriores documentos en el SECOP, se deberán observar todos y cada uno de los plazoscriterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor contenidos en el ANEXO XVIII . Este informe, condiciones y reglas establecidos se elevará a la Mesa de Contratación. Atendiendo a la naturaleza del contrato, la Mesa de Contratación podrá fijar un plazo máximo de entrega del informe elaborado por la Ley Comisión Técnica. Realizadas las actuaciones precedentes, la Mesa de Contratación tomará los acuerdos que procedan a fin de elaborar una relación en la que figurarán la relación de empresas admitidas en esta fase procedimental y las puntuaciones obtenidas por estas en aplicación de los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. Una vez realizadas las actuaciones previstas en los apartados anteriores, la Mesa de Contratación fijara el presente Manual para día de celebración del acto público de apertura de los diferentes tipos sobres nº 3 Título: Proposición Técnica B) y proposición económica. Este acuerdo será publicado en el perfil del contratante de procesos la Universidad de selección Almería, con al menos tres días hábiles de antelación a saber: Licitación Públicala celebración del acto público. Igualmente se pondrá en conocimiento de las empresas licitantes, Selección Abreviadapor medio de la plataforma electrónica de contratación vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx). Se dejará constancia documental de todo lo actuado. Se llevará a cabo en un acto de carácter público que se celebrará en el día lugar y hora que previamente haya sido establecido por la Mesa de Contratación. Esta fecha se anunciará en el perfil de contratante y a través de la plataforma electrónica de contratación vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx), Concurso con una antelación de Méritosal menos 3 días hábiles. Dado que la presentación de ofertas se realizará mediante sistema telemático, Contratación Directa, Contratación se procederá al desencriptado de Mínima Cuantía. Suscripción y supervisión de contratos Salvo disposición legal en contrario, los ficheros electrónicos ante todos los contratos asistentes, en acto público, de tal forma que celebre puedan comprobar en todo momento la UAERMV serán suscritos integridad e identidad de las ofertas presentadas y alojadas en la plataforma de contratación pública. Se dejará constancia documental de todo lo actuado. Con anterioridad al acto de apertura de las proposiciones deberá haber sido entregado el informe sobre los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor a la secretaría de la Mesa de contratación. Por la Presidencia de la Mesa de Contratación se procederá, en el acto público, a informar de la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor que figura en el ANEXO XVIII de este pliego y, en su caso de las propuestas admitidas o rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. Seguidamente se procederá a la apertura del sobre nº 3 de aquellas empresas que continúen en el proceso de adjudicación, (documentación relativa a criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, y la proposición económica) y se realizará la lectura de la proposición económica. Cualquier información adicional interesada por los licitadores respecto a la documentación contenida en los sobres nº 3, deberá ser solicitada a través de la plataforma electrónica vortalGOV (xxx.xxxxxxxxx.xx) a la Mesa de Contratación, a cuyos efectos se le emplazará a la oportuna audiencia con reserva de los datos que debieran ser objeto de protección conforme al artículo 140 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Realizadas estas actuaciones finalizará el acto público y la Mesa continuará, en sesión privada, sus trabajos en orden a la elaboración de una propuesta de adjudicación. La documentación contenida en este sobre, será estudiada y valorada por la Mesa de Contratación o bien será remitida a la Comisión Técnica, para que ésta realice un estudio previo de las propuestas admitidas y elabore un informe en el que se incluirá una propuesta de valoración y evaluación obtenida por los licitadores en cada uno de los criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. Este informe, se elevará a la Mesa de Contratación. En todo caso el estudio y valoración de las distintas proposiciones presentadas por los licitadores admitidos se realizará conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el ANEXO XVIII , donde también se expresará, en su caso, el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. Ofertas con calidad técnica inaceptables: aquellas propuestas cuya valoración en esta fase procedimental (Calidad Técnica Sobre 3 - CTS3), sea inferior al umbral mínimo fijado por el Director GeneralÓrgano de contratación y que quedará fijado, quien en su caso, en el ANEXO XVIII xxx Xxxxxx. Ofertas con calidad técnica suficientes: aquellas cuya valoración en esta fase procedimental (Calidad Técnica Sobre 3 - CTS3), sea igual o superior a dicho umbral. En este caso las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se encuentra facultado para ello procederá a declarar desierto el procedimiento, al no haber concurrido ofertas de calidad técnica suficiente. Cuando un licitador no alcance los umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido, en su caso, en el ANEXO XVIII , no podrá continuar en el procedimiento de contratación. Realizadas las actuaciones precedentes, la Mesa de Contratación tomará los acuerdos que procedan a fin de elaborar una relación en la que figurarán la relación de empresas admitidas en esta fase procedimental y las puntuaciones obtenidas por ser estas en aplicación de los criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. Si alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados de acuerdo con los parámetros objetivos señalados en el Representante Legal de la Entidad en atención ANEXO XVIII se procederá conforme a lo dispuesto por los artículos 17 y 19 en el artículo 152 del Acuerdo 010 de octubre 12 de 2010, expedido por el Consejo Directivo texto refundido de la Unidad Administrativa Especial Ley de Rehabilitación y Mantenimiento VialContratos del Sector Público. Por regla general Finalmente, la supervisión Mesa de los contratos estará a cargo de los Gerentes de Proyecto respectivos; no obstante Contratación realizará la Dirección General podrá asignar dicha responsabilidad en el(los) demás servidores de planta y/o contratados que considere pertinente, de acuerdo con la complejidad y especificidad de cada contrato. El (la) supervisor designado será el interlocutor válido entre la Entidad y el contratista y deberá cumplir las funciones y obligaciones establecidas para el efecto por la normatividad y el “Manual de Interventoría y Supervisión” vigentes para la UAERMV. Trámite y pago de cuentas Las cuentas para el pago de los diferentes contratos suscritos por la Entidad deberán ser tramitadas por el supervisor respectivo, quien deberá cumplir con todos los pasos establecidos en los procedimientos aprobados por La Unidad, dentro del Proceso Gestión Financiera del Sistema Integrado de Gestión. El Grupo Financiero de la Secretaría General es el encargado de recibir, revisar y llevar a cabo todos los pasos relativos al pago clasificación de las cuentas que empresas en orden decreciente sobre la puntuación obtenida por los diferentes conceptos presenten los contratistas. Si por alguna razón éstas en aplicación de las cuentas radicadas normas de valoración establecidas en el Grupo Financiero – Secretaría General presentan errores, inconsistencias o falta de documentos, deberán ser devueltas mediante memorando al Supervisor del contrato indicando la(s) causa(s) de su devolución, para que éste en el menor tiempo posible realice los ajustes pertinentes y se continúe con su trámiteeste pliego.

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