Common use of SUBROGACION Clause in Contracts

SUBROGACION. Antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO está obligado a realizar a expensas de la COMPAÑÍA, todo lo que esta pueda razonablemente requerir para ejercer cuantos derechos, recursos y acciones que pudiera corresponderle contra terceros, por subrogación o por cualquier otro concepto. Como consecuencia del pago de la indemnización, la COMPAÑÍA de pleno derecho se subrogará automáticamente en los derechos que ASEGURADO puede tener así como en sus correspondientes acciones contra los autores responsables del siniestro, pérdida, daño o gasto, por cualquier carácter o título que sea por el solo hecho del pago de la indemnización y hasta el monto de ella. La COMPAÑÍA no aplicará la subrogación contra el ASEGURADO, contra las personas que las partes acuerden expresamente, así como a aquellas con quienes el ASEGURADO tenga relación conyugal, de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, salvo que actúen con dolo. Si por cualquier circunstancia la COMPAÑÍA necesitare exhibir algún documento en que el ASEGURADO hiciera a favor de ella a la subrogación de todos sus derechos y acciones que contra terceros surgieran a consecuencia del siniestro, el ASEGURADO está obligado a reiterar la subrogación en escritura ante un Notario Público. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiere ejercer la subrogación por algún acto imputable al ASEGURADO, la COMPAÑÍA podrá cobrar los daños y perjuicios que se le ocasionen, producto de este acto al ASEGURADO lo cual podría incluir el reintegro de la suma indemnizada.

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Samples: Seguro De Robo

SUBROGACION. Antes del pago de Una vez pagada la indemnización, el ASEGURADO está obligado a realizar a expensas y sin que haya necesidad de la COMPAÑÍAninguna otra cesión, todo lo que esta pueda razonablemente requerir para ejercer cuantos traslado, título o mandato, EL ASEGURADOR queda subrogado en todos los derechos, recursos y acciones que pudiera corresponderle del Asegurado o el Tomador del Seguro contra tercerostodos los autores y responsables del siniestro, por subrogación o por cualquier otro concepto. Como consecuencia del pago y aún contra otros aseguradores, si los hubiere, hasta el límite de la indemnización, siendo el Asegurado o el Tomador del Seguro responsable de los perjuicios que con sus actos u omisiones pueda causar a EL ASEGURADOR en su derecho a subrogarse. 11.1 Salvo que la COMPAÑÍA responsabilidad del siniestro provenga de pleno un acto doloso, EL ASEGURADOR no tendrá derecho se subrogará automáticamente en los derechos que ASEGURADO puede tener así como en sus correspondientes acciones contra los autores responsables del siniestro, pérdida, daño o gasto, por cualquier carácter o título que sea por el solo hecho del pago de la indemnización y hasta el monto de ella. La COMPAÑÍA no aplicará a la subrogación contra el ASEGURADO, contra ninguna de las personas cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del Asegurado o el Tomador del Seguro, ni contra el causante del siniestro que las partes acuerden expresamentesea, así como respecto del mismo, pariente en línea directa o colateral, dentro del tercer grado de consanguinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el Asegurado o el Tomador del Seguro o estén a aquellas con quienes el ASEGURADO tenga relación conyugal, de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, salvo que actúen con dolosus expensas. Si la responsabilidad a que hace referencia el párrafo anterior estuviese amparada por cualquier circunstancia una póliza de seguro, la COMPAÑÍA necesitare exhibir algún documento en que el ASEGURADO hiciera a favor de ella subrogación se limitaría a la subrogación cobertura garantizada por la misma. 11.2 En caso de todos sus derechos y acciones que contra terceros surgieran a consecuencia del siniestroconcurrencia de EL ASEGURADOR, el ASEGURADO está obligado valor a reiterar la subrogación recuperar se repartirá entre las aseguradoras contratadas, en escritura ante un Notario Público. Si pagada la indemnización y cedidos proporción a sus respectivos intereses. 11.3 EL ASEGURADOR se subroga en los derechos, no acciones y obligaciones del Asegurado o el Tomador del Seguro para tratar con los imputados del hecho objeto del siniestro. 11.4 EL ASEGURADOR podrá repetir contra el Asegurado o el Tomador del Seguro por el importe de las indemnizaciones que haya debido satisfacer cuando la indemnización pagada se pudiere ejercer la subrogación haya obtenido por algún acto imputable al ASEGURADO, la COMPAÑÍA podrá cobrar los daños y perjuicios que se le ocasionen, producto de este acto al ASEGURADO lo cual podría incluir conducta dolosa del Asegurado o el reintegro de la suma indemnizadaTomador del Seguro.

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Samples: Póliza De Seguros

SUBROGACION. Antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO Asegurado está obligado a realizar a expensas de la COMPAÑÍACompañía, todo lo que esta pueda razonablemente requerir para ejercer cuantos derechos, recursos y acciones que pudiera corresponderle contra terceros, por subrogación o por cualquier otro concepto. Como consecuencia del pago de la indemnización, la COMPAÑÍA Compañía de pleno derecho se subrogará automáticamente en los derechos que ASEGURADO el Asegurado puede tener así como en sus correspondientes acciones contra los autores responsables del siniestro, pérdida, daño o gasto, por cualquier carácter o título que sea por el solo hecho del pago de la indemnización y hasta el monto de ella. La COMPAÑÍA Compañía no aplicará la subrogación contra el ASEGURADOAsegurado, contra las personas que las partes acuerden expresamente, así como a aquellas con quienes el ASEGURADO Asegurado tenga relación conyugal, de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, salvo que actúen con dolo. Si xxxx.Xx por cualquier circunstancia la COMPAÑÍA Compañía necesitare exhibir algún documento en que el ASEGURADO Asegurado hiciera a favor de ella a la subrogación de todos sus derechos y acciones que contra terceros surgieran a consecuencia del siniestro, el ASEGURADO está Asegurado quedaría obligado a reiterar la subrogación en escritura ante un Notario Público. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que la Compañía pueda ejercer los derechos, recursos y acciones derivados o procedentes de la o subrogación aquí prevista. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiere ejercer la subrogación por algún acto imputable al ASEGURADOAsegurado, la COMPAÑÍA Compañía podrá cobrar los daños y perjuicios que se le ocasionen, producto de este acto requerirle al ASEGURADO lo cual podría incluir Asegurado el reintegro de la suma indemnizada.

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Samples: Insurance Contract

SUBROGACION. Antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO está obligado a realizar a expensas de la COMPAÑÍA, todo lo que esta pueda razonablemente requerir para ejercer cuantos derechos, recursos y acciones que pudiera corresponderle contra terceros, por subrogación o por cualquier otro concepto. Como consecuencia del pago de la indemnización, la COMPAÑÍA de pleno derecho se subrogará automáticamente en los derechos que ASEGURADO puede tener tener, así como en sus correspondientes acciones contra los autores responsables del siniestro, pérdida, daño o gasto, por cualquier carácter o título que sea por el solo hecho del pago de la indemnización y hasta el monto de ella. La COMPAÑÍA no aplicará la subrogación contra el ASEGURADO, contra las personas que las partes acuerden expresamente, así como a aquellas con quienes el ASEGURADO tenga relación conyugal, de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, salvo que actúen con dolo. Si por cualquier circunstancia la COMPAÑÍA necesitare exhibir algún documento en que el ASEGURADO hiciera a favor de ella a la subrogación de todos sus derechos y acciones que contra terceros surgieran a consecuencia del siniestro, el ASEGURADO está obligado a reiterar la subrogación en escritura ante un Notario Público. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiere ejercer la subrogación por algún acto imputable al ASEGURADO, la COMPAÑÍA podrá cobrar los daños y perjuicios que se le ocasionen, producto de este acto al ASEGURADO lo cual podría incluir el reintegro de la suma indemnizada.

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Samples: Seguro De Equipo Pesado

SUBROGACION. Antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO está obligado a realizar a expensas de la COMPAÑÍA, todo lo que esta pueda razonablemente requerir para ejercer cuantos derechos, recursos y acciones que pudiera corresponderle contra terceros, por subrogación o por cualquier otro concepto. Como consecuencia del pago de la indemnización, la COMPAÑÍA Compañía de pleno derecho se subrogará automáticamente en los derechos que ASEGURADO el Asegurado puede tener así como en sus correspondientes acciones contra los autores responsables del siniestro, pérdida, daño o gasto, por cualquier carácter o título que sea por el solo hecho del pago de la indemnización y hasta el monto de ella. La COMPAÑÍA Compañía no aplicará la subrogación contra el ASEGURADOAsegurado, contra las personas que las partes acuerden expresamente, así como a aquellas con quienes el ASEGURADO Asegurado tenga relación conyugal, de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, salvo que actúen con dolo. Si por cualquier circunstancia la COMPAÑÍA Compañía necesitare exhibir algún documento en que el ASEGURADO Asegurado hiciera a favor de ella a la subrogación de todos sus derechos y acciones que contra terceros surgieran a consecuencia del siniestro, el ASEGURADO está Asegurado quedaría obligado a reiterar la subrogación en escritura ante un Notario Público. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que la Compañía pueda ejercer los derechos, recursos y acciones derivados o procedentes de la o subrogación aquí prevista. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiere ejercer la subrogación por algún acto imputable al ASEGURADOAsegurado, la COMPAÑÍA Compañía podrá cobrar los daños y perjuicios que se le ocasionen, producto de este acto requerirle al ASEGURADO lo cual podría incluir Asegurado el reintegro de la suma indemnizada.

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Samples: Insurance Contract