SUMINISTRO DE MATERIALES E INSUMOS Cláusulas de Ejemplo

SUMINISTRO DE MATERIALES E INSUMOS. 16.1 Considerar en su propuesta técnica y económica los materiales e insumos que a continuación se describen para la realización del servicio: DESCRIPCIÓN MEJOR CALIDAD O TIPO Y MARCA UNIDAD REQUERIMIENTO MENSUAL Limpiador en polvo bicloro Ajax, Brasso Pieza 30 Limpiador en liquido amoniaco Ajax, Brasso Litro 30 Ácido oxálico Libre Kg. 20 Ácido muriático Libre Litro 10 Alcohol industrial Libre Litro 5 Aromatizante neutralizador de olores 100% Xxxxx / Fabuloso / Brasso, Mr. Músculo / Members Mak Litro 360 Aromatizante ambiental en diferentes aromas Wizard / Xxxxxxx / Airwick / Oust / Glade Pieza 150 Aromatizante ambiental en esfera y/o gel diferentes aromas Wizard / Xxxxxxx / Airwick / Oust/Glade Pieza 90 Atomizadores de ½ litro de plástico Libre Pieza 40 Bolsa de plástico gruesa y color conforme a las recomendaciones ecológicas determinadas por las autoridades correspondientes de 60x40 cms. Libre Pieza 800 Bolsa de plástico gruesa y color conforme a las recomendaciones ecológicas determinadas por las autoridades correspondientes de 60x90 cms. Libre Pieza 700 Bolsa de plástico gruesa y color conforme a las recomendaciones ecológicas determinadas por las autoridades correspondientes de 90x120 cms. Libre Pieza 700 Bolsa Plástica (caja) 60x90 cms. Libre Caja 12 Bomba para destapar W.C. Libre Pieza 12 Brocha de 4 pulgadas Libre Pieza 3 Cera barniz para piso laminado Xxxx / Va / Cesco Litro 110 Cepillo de alambre de 26 cms. de largo. Cepillo para vidrios 30 cm. LibreLibre Pieza Pieza 3 20 Cepillo para W.C. con base Libre Pieza 20 Cepillo plástico tipo plancha de 13 cms. Libre Pieza 20 Cloro al 100%. Cloralex / Blanca / Clorox Litro. 360 Cubeta de plástico 14 lts. Libre Pieza 22 Cuña estándar Libre Pieza. 12 Desmanchador en líquido para alfombras y Xxxxxxx Litro 10 Desmanchador en spray para alfombras Xxxxxxx Libre 4 Detergente en polvo. Roma / Xxxxxx Xxxxxx / Maestro Limpio Kgs. 180 Detergente en gel o pasta para trastes Salvo / Axion Kgs. 80 Desengrasante (no multiusos) Brasso / Mr. Músculo Litro 20 Disco canela. 3M Pieza 5 Disco bonete Libre Pieza 1 Disco Verde Libre Pieza 5 Enraizador Libre Kgs. 1 Escoba de mijo 7 hilos. Libre Pieza 17 Escoba xx xxxx con palo Libre Pieza 6 Escoba de plástico incluyendo palo. Libre Pieza 60 Fertilizante triple 17 A petición de la convocante Kgs. 3 Fibra verde con esponja Scotch / Brite / Vileda / Xxxx Xxxxx 100 Fregón Libre Pieza 50 Franela blanca o gris de 60 cms. ancho. Libre Mts. 80 Franela Roja de 60 cms. de Ancho. Libre M...
SUMINISTRO DE MATERIALES E INSUMOS. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” suministrará los materiales e insumos requeridos necesarios y suficientes para garantizar el óptimo cumplimiento de “EL SERVICIO” en cada inmueble, de conformidad con lo solicitado por “LA SECRETARÍA”, quien designará el espacio para su almacenamiento y administración por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” conforme a lo establecido en el presente Anexo Técnico y su respectivo Apéndice. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá contar, en todo momento, con los materiales e insumos suficientes para prestar “EL SERVICIO” en los inmuebles determinados por “LA SECRETARÍA”, incluso en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor.
SUMINISTRO DE MATERIALES E INSUMOS. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” proporcionará los materiales e insumos requeridos para garantizar el cumplimiento del “SERVICIO” conforme a lo establecido en el presente Anexo Técnico y Apéndice “A” y Apéndice I. “LA SECRETARÍA” le asignará a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” un espacio en los inmuebles, para que los supervisores puedan desarrollar, coordinar, planear y dirigir el servicio de limpieza, así como el resguardo de materiales y equipo. Al inicio de la prestación del servicio “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá suministrar los materiales indicados en las “Tablas 3 y 4” del presente Anexo, en un horario de 8:00 a 13:00 horas, observando las cantidades establecidas en dichas tablas, dando aviso previo a la “SUPERVISORA” Durante el plazo para la prestación del servicio “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deberá entregar los materiales indicados en las “Xxxxxx 0 x 0” xxx Xxxxxxxx “A” en el presente Anexo, conforme a los periodos de entrega y cantidades establecidos en dichas tablas. Las entregas deberán realizarse durante el plazo para la prestación del servicio y dentro de los tres días hábiles previos a la conclusión del mes o período inmediato anterior, para poder atender el mes o período siguiente, en un horario de 8:00 a 13:00 horas de lunes a viernes, dando aviso previo a la ADMINISTRADORA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.