SUPERVISIÓN DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Corresponde a SEDAPAL, de manera directa o indirecta, efectuar las acciones de supervisión durante el Operación y Mantenimiento de la Infraestructura a Cargo del CONCESIONARIO, asumiendo los costos que se deriven de las mismas. XXXXXXX, de manera trimestral remitirá al CONCEDENTE un informe que dé cuenta de las actividades de supervisión. La supervisión del Operación y Mantenimiento comprenderá la verificación del cumplimiento de la obligación del CONCESIONARIO de proveer el Servicio de acuerdo a los estándares y niveles de calidad, previstos en el presente Contrato y el Contrato de Prestación de Servicios. Durante la Operación y el Mantenimiento, el CONCESIONARIO deberá proporcionar a SEDAPAL y, cuando corresponda, al Supervisor de Diseño y Obra toda la información que solicite y el acceso a las actividades y estudios que el CONCESIONARIO realice para este fin. SEDAPAL podrá solicitar al CONCESIONARIO información adicional relacionada a los documentos requeridos conforme a este Capítulo, la cual deberá ser presentada en un plazo no mayor xx xxxx (10) Días contados a partir de la fecha en que se haya formulado por escrito la solicitud correspondiente. Este plazo podrá ser ampliado por SEDAPAL a solicitud del CONCESIONARIO, siempre que se presente la debida justificación. El CONCESIONARIO deberá dar a SEDAPAL y, cuando corresponda, al Supervisor de Diseño y Obra libre acceso a la Infraestructura a Cargo del CONCESIONARIO para realizar sin obstáculos su labor. Igualmente, XXXXXXX deberá llevar a cabo su labor, sin obstaculizar la del CONCESIONARIO. A solicitud del CONCESIONARIO, corresponderá a la Autoridad Gubernamental Competente determinar la ubicación de los puntos en la Infraestructura a Cargo del CONCESIONARIO donde se efectuarán las actividades de vigilancia y control de calidad del agua, así como la frecuencia de muestreo. Sin perjuicio de ello, durante la Operación, el CONCESIONARIO podrá poner a consideración de la Autoridad Gubernamental Competente, otros puntos de medición alternativos, los que podrán ser o no aceptados. Corresponde a SEDAPAL realizar las acciones pertinentes respecto a las descargas no autorizadas en el río Rímac a fin de no alterar o afectar las características del agua superficial.
SUPERVISIÓN DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Corresponde a la SUNASS efectuar las acciones de supervisión de las obligaciones asumidas por el CONCESIONARIO en el presente contrato y en las Leyes y Disposiciones Aplicables con relación a la Operación y el Mantenimiento de la Infraestructura a Cargo del CONCESIONARIO. Para tal efecto, el CONCESIONARIO deberá presentar a la SUNASS, con copia al PSS y al CONCEDENTE, un informe técnico trimestral conteniendo las acciones de Operación y Mantenimiento realizadas durante dicho periodo. El referido informe deberá presentarse a más tardar el día quince (15) de los meses de enero, xxxxx, xxxxx y octubre. Asimismo, la SUNASS, de manera trimestral, remite al CONCEDENTE, con copia al PSS para conocimiento, un informe que dé cuenta de las actividades de supervisión. La supervisión de la prestación del Servicio comprende la verificación del cumplimiento de la obligación del CONCESIONARIO de realizar la Operación de acuerdo con los Niveles de Servicio indicados en el Apéndice 2, así como el cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO de brindar soporte técnico al PSS respecto a los VMA. La supervisión del Mantenimiento comprende la verificación del cumplimiento de las obligaciones del CONCESIONARIO respecto a realizar, como mínimo, las actividades de Mantenimiento previstas en los Manuales de Operación y Mantenimiento; cumplir con el “Cronograma de Reemplazo de los Bienes de la Concesión”, conforme a lo establecido en el Capítulo V. del Contrato de Concesión; atender oportunamente las incidencias operativas que se presenten; y, todas las demás las obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión.

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  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Con el objeto de realizar el seguimiento y control de la consultoría a ser prestada por el CONSULTOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará ___________ (Especificar la profesión y la especialidad del profesional técnico especializado o si corresponde a un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en que ejercerá la Jefatura del equipo). La CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.

  • SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS El Estado" a través del área solicitante descrita en la carátula, podrá supervisar y vigilar en todo tiempo la ejecución del (los) servicio(s) objeto de este contrato, así como dar a "El Proveedor" las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la ejecución, a fin de que se ajuste a las especificaciones correspondientes.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.