Definición de Informe técnico

Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable, conforme al cual: Tributos: Fueron satisfechos previamente, en régimen de autoliquidación, los importes correspondientes a la tasa por expedición de licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; confirmando el informe técnico el presupuesto declarado.
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, conforme al cual:
Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable a la realización de las obras, con los siguientes condicionantes:

Examples of Informe técnico in a sentence

  • Informe técnico de valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor.

  • Informe técnico con el detalle de horas de soporte especializado.

  • Debe ser un Informe técnico de cada evento donde se describa el detalle del evento y las modificaciones que se generaron.

  • Informe técnico de la Dirección Metropolitana de Deportes y Recreación.

  • Informe técnico elaborado por el Departamento de Soporte Técnico de la ENTIDAD, evaluando el cambio propuesto.


More Definitions of Informe técnico

Informe técnico. Emitido por la Arquitecto Técnico Municipal; favorable, conforme al cual: El uso de Casa xx Xxxxx es un uso permitido en zonas de Núcleo Rural (artículo 534 del PGO): "En XXX.XX se considera Uso Permitido los servicios hoteleros de Xxxxx 0 definidos en el artículo 442 de estas Normas". Corresponden al Xxxxx 0 los Servicios hoteleros de hasta 10 dormitorios. Una vez realizada la visita de comprobación, de fecha 29 de septiembre de 2015, dónde se comprueba la adecuación de la vivienda a la documentación presentada, se informa favorable la Licencia de Apertura como Casa xx Xxxxx, siendo la superficie 81,57 m2. VISTOS los arts. 9 y 12 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales de 17 xx xxxxx de 1955, relativos al otorgamiento de licencias por las Entidades Locales; 228 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado xx Xxxxxxxx; así como el Plan General de Ordenación xx Xxxxxx (BOPA 4 de noviembre de 2006). VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 362/2015 de 30 xx xxxxx de 2015. (BOPA nº 174 de fecha 28 de julio de 2015). De conformidad con todo ello, la Junta de Gobierno Local, POR UNANIMIDAD, Conceder, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio xx xxxxxxx, la citada licencia de apertura, de conformidad con el informe técnico antes transcrito.
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal; favorable, con el siguiente tenor literal:
Informe técnico. Emitido por el Ingeniero Técnico Agrícola Municipal; favorable, conforme al cual:
Informe técnico. Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal; favorable, con los siguientes condicionantes:
Informe técnico. Emitido por el Ingeniero Técnico Municipal con fecha 30 de noviembre de 2015; favorable, conforme al cual:
Informe técnico. Emitido por la Arquitecta Municipal con fecha 20 xx xxxxx de 2015; favorable.
Informe técnico. La Supervisión de Obra es la obligada a realizar los controles antes mencionados y descritos. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. El Informe incluirá además el análisis y/o resultado estadístico de las pruebas hidraulicas, estructuras obras de concreto armado realizados durante la ejecución de la obra, comparando con los parámetros o requisitos exigidos en las especificaciones técnicas. El Informe Técnico será presentado a la Municipalidad Distrital de Yanahuara y se incluirá en el informe de situación de la obra, que presenta el Supervisor anticipadamente a la Comisión de Recepción y será requisito indispensable para la Recepción de la Obra. El Supervisor debe controlar permanentemente la calidad del material empleado en la construcción de la obra, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos. En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente el trabajo. Sin embargo, el Supervisor no se eximirá de la responsabilidad de estos resultados, por lo que se hará acreedor de la sanción indicada en los Términos de Referencia.