ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. 40. El Concesionario se encuentra obligado a realizar labores de conservación y mantenimiento de la infraestructura (incluyendo las unidades de peaje), según los parámetros establecidos en el Anexo I del Contrato de Concesión.
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. Mantenimiento preventivo: Consistirá en la revisión periódica de los aspectos necesarios para el funcionamiento correcto de las infraestructuras informáticas y electrónicas de Auditorio de Tenerife, tanto de hardware como de software. Revisión general de los equipos, revisión del estado de la red, revisión de los servidores y revisión del sistema de copias de seguridad.
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. Las actividades de Mantenimiento incluyen trabajos planificados y no planificados, manejo de problemas técnicos y administración del desempeño de la red. Los problemas presentados en la red se los ha clasificado de acuerdo a la severidad de los mismos, así: Critica: Existe una indisponibilidad total de cualquier segmento de la red. Esto provoca una reducción sustancial en la capacidad de la red, e incapacidad de los terminales para efectuar sus transacciones. • Mayor: Existe una degradación del servicio, la cual se refleja en niveles de BER próximos a un corte de servicio (indisponibilidad). • Menor: Existe una condición de alarma que no afecta el servicio. • En todos los casos, el Proveedor de servicio brindará un soporte técnico y apropiado, capaz de superar cualquier problema o inconveniente que se presente en la red de transporte, motivo de este SLA. • Mantenimiento Planificado. Las actividades de Mantenimiento Planificado serán efectuadas previa coordinación y acuerdo mutuo entre los representantes del Proveedor de servicio y la EP EMSEGURIDAD. Dichas tareas pudiesen en determinados casos provocar degradación o indisponibilidad de uno o varios segmentos de la red, por lo que es importante la comunicación de las dos partes. La finalidad del Mantenimiento planificado será evitar problemas que pudiesen afectar sin previo aviso el desempeño y la calidad de servicio de los enlaces activos. En todos los casos, los comunicados oficiales de las tareas a realizarse serán reportadas a la EP EMSEGURIDAD vía mail con 72 horas de anticipación como mínimo. Para lo cual la EP EMSEGURIDAD proporcionará los datos necesarios (nombre, teléfono y dirección electrónica) de la persona de contacto asignada a fin de poder establecer una buena comunicación.
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. El ANEXO 11. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO contiene el listado de actividades que deben ser ejecutadas por el contratista. Ese listado incluye la base regular que determina las fechas en las que debe realizarse la actividad para cuya ejecución se requiere necesariamente haber seguido los procedimientos y plazos de solicitud, planeación y programación que CHEC tiene establecidos y deben ser tramitados por el contratista usando el módulo de mantenimiento del One Word que es el software planificador de recursos de la empresa. Es responsabilidad del contratista, determinar los materiales, equipos y herramientas necesarios para ejecutar las actividades de mantenimiento y solicitarlas en el One Word o correo electrónico cuando no pueda hacerse en ese software, al menos con dos meses de anticipación para que CHEC pueda coordinar el suministro. En la primera semana de ejecución de las actividades, el contratista deberá solicitar a CHEC los materiales, equipos y herramientas necesarios para ejecutar las actividades de mantenimiento de los dos primeros meses. Las actividades de mantenimiento incluyen la responsabilidad de la recolección y disposición en el sitio de trabajo de los residuos generados durante estas actividades, organización y limpieza de herramientas, equipos y del sitio en donde prestó el servicio y con ocasión del mismo. El contratista debe solucionar todas las fallas que sean detectadas durante la ejecución de las actividades contenidas en el ANEXO 11. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO siempre que:
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. El contratista con base a las actividades de mantenimiento (ítem 1, 6 y 7) que debe realizar, programará las horas de ejecución de las mismas mediante la planeación de las órdenes de trabajo las cuales serán aprobadas o improbadas por CHEC de acuerdo a las condiciones particulares que se tengan para las fechas y horas indicadas. En las ocasiones en que la necesidad del servicio lo requiera, CHEC podrá estipular el horario en que se deberán ejecutar las actividades de mantenimiento lo cual se dejará expreso en las aprobaciones de las órdenes de trabajo sin que ello signifique un mayor precio para la CHEC. Las actividades que causen lucro cesante para la empresa, deberán ser realizadas de manera continua en el tiempo hasta que el lucro cese, usando el personal que sea adecuado para que el lucro sea el mínimo y sin permitir que su personal exceda las jornadas máximas establecidas en la ley laboral. En estos casos, de ser necesario para no exceder las jornadas máximas establecidas por la ley laboral, el contratista deberá proveer el personal necesario para garantizar la continuidad de los trabajos. CHEC podrá solicitar la ejecución de actividades no contenidas en el plan, las cuales serán ejecutadas por los integrantes de los grupos de mantenimiento que tengan dedicación completa y exclusiva para el contrato en el horario ordinario de prestación del servicio que el contratista indicará en su oferta; en estos casos el contratista no se obligará a cumplir las actividades contenidas en las órdenes de trabajo aprobadas en las fechas en que se ordena la ejecución de actividades no contenidas en xx xxxx xxx XXXXX 00. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO Las actividades no contenidas en el plan no tendrán pago adicional, sin embargo en caso que CHEC requiera que este tipo de actividades se realicen en horarios diferentes a la jornada ordinaria de prestación del servicio, el contratista las deberá ejecutar; para pagar las horas adicionales, el precio unitario del ítem de mantenimiento se llevará a un equivalente horario por grupo dividiéndolo entre 480 (30 días por 8 horas por dos grupos), este equivalente se afectará por un factor que varía según el día en que se preste el servicio así: Domingos y festivos 1.75 Días diferentes a festivos y dominicales 1.25 CHEC hará un descuento operativo como se indica en el numeral 1.17 DESCUENTOS OPERATIVOS POR LA NO GESTIÓN DEL CONTRATISTA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES O MEJORES PRÁCTICAS en aquellas órdenes de trabajo en que el co...
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. Técnicos de los grupos de mantenimiento, salario básico mensual mayor o igual a
ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO. CHEC, anexo al proceso de contratación, entrega el Programa de Mantenimiento que se tiene a la fecha. Éste contiene el listado de actividades que deben ser ejecutadas por el contratista. Ese listado incluye la base regular que determina las fechas en las que debe realizarse la actividad para cuya ejecución se requiere necesariamente haber seguido los procedimientos y plazos de solicitud, planeación y programación que CHEC tiene establecidos y que deben ser tramitados por el contratista usando el módulo de mantenimiento del software planificador de recursos de la empresa. La fecha programada podrá ser modificada por el contratista de acuerdo con las siguientes reglas:

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.