SUSCRIPCION DEL CONTRATO. a) Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases. b) Para tal efecto la Entidad lo citará luego de adjudicada la Buena Pro para que, de no haber impugnación, suscriba el contrato en un plazo máximo de cinco (05) días de recibida la notificación. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar al contratista. c) En caso de que el postor no se presente el día previsto, la entidad lo citará para una nueva fecha, la cual no podrá exceder de los cinco días siguientes de la originalmente señalada para la firma del contrato. Si el postor no se presenta en esta segunda oportunidad perderá la Buena Pro. En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable la entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
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Samples: Contratación De Pólizas De Seguros, Contratación De Pólizas De Seguros Patrimoniales, Contratacion Del Servicio De Seguridad Y Vigilancia
SUSCRIPCION DEL CONTRATO. a) Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases.
b) Para tal efecto la Entidad lo citará luego de adjudicada la Buena Pro para que, de no haber impugnación, suscriba el contrato en un plazo máximo de cinco 05 (05cinco) días de recibida la notificación. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar al contratista.
c) En caso de que el postor no se presente el día previsto, la entidad lo citará para una nueva fecha, la cual no podrá exceder de los cinco 05 (cinco) días siguientes de la originalmente señalada para la firma del contrato. Si el postor no se presenta en esta segunda oportunidad perderá la Buena Pro. En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable la entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
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Samples: Licitación Pública Nacional
SUSCRIPCION DEL CONTRATO. a) Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases.
b) Para tal efecto la Entidad lo citará luego de adjudicada la Buena Pro para que, de no haber impugnación, suscriba el contrato en un plazo máximo de cinco (05) días de recibida la notificación. Luego de la suscripción y, en el mismo mismos acto, la Entidad entregará un ejemplar al contratista.
c) En caso de que el postor no se presente el día previsto, la entidad lo citará para una nueva fecha, la cual no podrá exceder de los cinco días siguientes de la originalmente señalada para la firma del contrato. Si el postor no se presenta en esta segunda oportunidad perderá la Buena Pro. En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable la entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO. a) Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases.
b) Para tal efecto la Entidad lo citará luego de adjudicada la Buena Pro para que, de no haber impugnación, suscriba el contrato en un plazo máximo de cinco (05) días de recibida la notificación. Luego de la suscripción y, en el mismo acto, la Entidad entregará un ejemplar al contratista.
c) En caso de que el postor no se presente el día previsto, la entidad lo citará para una nueva fecha, la cual no podrá exceder de los cinco (05) días siguientes de la originalmente señalada para la firma del contrato. Si el postor no se presenta en esta segunda oportunidad perderá la Buena Pro. En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable la entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
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Samples: Contract for Cleaning Services