Trabajos nocturnos. Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las veintiuna y las seis horas, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica incrementada en un 25 por 100 sobre el salario base. El sistema retributivo establecido en el párrafo anterior será de aplicación para todo el personal incluido en el ámbito del presente Convenio, a excepción de aquellos que a la entrada en vigor de este Convenio tengan pactado otro, en cuyo caso seguirá siendo de aplicación este último. En ámbitos inferiores podrán pactarse otros períodos de trabajo nocturno distintos al establecido en este artículo.
Appears in 4 contracts
Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Del Sector De Saneamiento Público, Convenio Colectivo
Trabajos nocturnos. Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las veintiuna y las seis horas, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo trabaja sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica incrementada en un 25 por 100 sobre el salario base. El sistema retributivo establecido en el párrafo anterior será de aplicación para todo el personal incluido en el ámbito del presente Convenio, a excepción de aquellos que a la entrada en vigor de este Convenio tengan pactado otro, en cuyo caso seguirá siendo de aplicación este último. En ámbitos inferiores podrán pactarse otros períodos de trabajo nocturno distintos al establecido en este artículo.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo