Valoraciones y certificaciones parciales. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán autorizar valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos. Prevista esta posibilidad, para que las certificaciones consecuencia de dichas valoraciones puedan ser abonadas deberá solicitarse por el contratista y ser autorizadas por el órgano de contratación. Las certificaciones consecuencia de las valoraciones parciales por trabajos efectuados a que se refiere el párrafo anterior sólo podrán tramitarse cuando el contratista haya garantizado su importe, mediante la prestación de la garantía correspondiente en los términos de los artículos 35 a 47 de la Ley y 55 a 65 de este Reglamento.
Valoraciones y certificaciones parciales. Si se autoriza expresamente (punto 31 de la Hoja Resumen) se podrán realizar valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos. Las certificaciones consecuencia de estas valoraciones parciales por trabajos efectuados sólo podrán tramitarse cuando el contratista haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente en los términos de los artículos 99 y siguientes del TRLCSP.
Valoraciones y certificaciones parciales. Loc pliegoc de cláuculac adminictrativac particularec podrán autorizar valoracionec parcialec por trabajoc efectuadoc antec de que ce produzca la entrega parcial de loc micmoc. Previcta ecta pocibilidad, para que lac certificacionec concecuencia de dichac valoracionec puedan cer abonadac deberá colicitarce por el contraticta y cer autorizadac por el órgano de contratación. Lac certificacionec concecuencia de lac valoracionec parcialec por trabajoc efectuadoc a que ce refiere el párrafo anterior cólo podrán tramitarce cuando el contraticta haya garantizado cu importe, mediante la prectación de la garantía correcpondiente en loc términoc de loc artículoc 35 a 47 de la Ley y 55 a 65 de ecte Reglamento.