Common use of Verificación Clause in Contracts

Verificación. Previa solicitud al respecto y, −salvo que previamente se hubiera acreditado cualquier incumplimiento−, con una frecuencia no superior a una vez cada doce meses, el Cliente certificará por escrito a favor de Liferay –escrito que habrá de ser suscrito por un representante debidamente autorizado del Cliente que tuviera conocimiento efectivo al respecto– el número de Unidades efectivamente utilizadas por el Cliente, así como el hecho de que la utilización por parte del Cliente de tales Servicios es acorde con los términos del presente Contrato. Durante la vigencia del presente Contrato, así como posteriormente durante un (1) año adicional, Liferay o la persona o personas designadas por Liferay podrán auditar las instalaciones y los libros y registros del Cliente a efectos de verificar el cumplimiento por el Cliente del presente Contrato. Dicha auditoría no podrá tener lugar más de una vez cada doce meses (salvo que previamente se hubiera acreditado la existencia de cualquier incumplimiento), debiendo proceder exclusivamente durante el horario habitual del negocio del Cliente, y siempre previa notificación por escrito al respecto remitida por Liferay con al menos diez (10) días de antelación. Liferay notificará al Cliente por escrito cualquier falta de cumplimiento observada, incluyendo el número de Unidades que hubieran sido declaradas de menos, y facturará al Cliente los Servicios correspondientes en cuestión. Los Honorarios que correspondan por las Unidades declaradas de menos se calcularán de conformidad con las tarifas establecidas por Liferay que se encontraran vigentes en ese momento. En aquellos casos en que la diferencia entre el número de Unidades efectivamente utilizadas por el Cliente y el número de Unidades declaradas y abonadas por el Cliente fuera superior al cinco por ciento (5%), Liferay facturará igualmente al Cliente, en la factura correspondiente a las Unidades no declaradas, los costes razonables incurridos por Liferay como consecuencia de la auditoría realizada. El Cliente abonará a Liferay dichos costes, junto con los Honorarios correspondientes a los Servicios prestados respecto de las Unidades no declaradas, en un plazo de quince (15) días desde la fecha de la factura.

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Verificación. Previa solicitud al respecto yLa verificación de las mercancías (peso, −salvo que previamente cantidad y calidad), se hubiera acreditado cualquier incumplimiento−, con una frecuencia no superior a una vez cada doce mesesrealizará en el lugar de destino o en el propio domicilio del Proveedor si el criterio del Cliente así lo aconseja. Previo requerimiento del Cliente, el Proveedor facilitará el acceso a sus instalaciones y a las de sus proveedores, al Cliente certificará por escrito y a favor los propios clientes de Liferay –escrito que habrá este último. La firma o sello de ser suscrito por un representante debidamente autorizado del Cliente que tuviera conocimiento efectivo al respecto– descarga de la mercancía no implica la aceptación definitiva sino tan sólo el número cumplimiento de Unidades efectivamente utilizadas por el Cliente, así como el hecho la obligación de que la utilización entrega por parte del Proveedor. Las devoluciones de mercancías no conformes irán x xxxxxx debidos, quedando el Proveedor obligado a su sustitución inmediata y a portes pagados, sin perjuicio de la posibilidad del Cliente de tales Servicios es acorde con reclamar por los términos daños ocasionados. Estas sustituciones se facturarán como nuevas entregas no admitiéndose por tanto ni reposiciones, ni notas de abono, salvo a petición expresa por parte del presente ContratoCliente. Durante La denuncia de las diferencias de cantidad y de los defectos o vicios (ocultos o aparentes) de la vigencia mercancía recibida, podrá efectuarla el Cliente tanto a la recepción, como en cualquier momento posterior a la misma, dentro del presente Contratoplazo legal, así como posteriormente durante incluso si las facturas hubieran sido ya pagadas. Asimismo, el Proveedor responderá del saneamiento de la mercancía en caso de evicción. Los Proveedores de máquinas especiales y/o utillajes deberán entregar: - Planos del Proyecto de Construcción y Datos CAD (Conjunto y despieces) - 2 manuales de instrucciones de uso - Al menos un manual que contenga descripción de esquemas completos, especificaciones, fuentes de alimentación y unas instrucciones completas de ensayos/servicios. - Condiciones de Mantenimiento Preventivo Provisional y relación detallada de piezas sometidas a desgaste. - Informes de Primeras Muestras y Estudios de Capacidad requeridos. (1para los Medios de Fabricación) año adicional- Otro tipo de documentación requerida en el Pliego de Condiciones. Cualquier diseño y fabricación de útiles, Liferay equipo o la persona maquinaria comprada por, fabricada para o personas designadas por Liferay podrán auditar las instalaciones y los libros y registros del Cliente a efectos de verificar el cumplimiento pagada por el Cliente del presente Contrato. Dicha auditoría no podrá tener lugar más de una vez cada doce meses (salvo que previamente se hubiera acreditado la existencia de cualquier incumplimiento), debiendo proceder exclusivamente durante el horario habitual del negocio debe respetar estrictamente las especificaciones del Cliente, y siempre cualquier cambio en las mismas necesita previa notificación por escrito al respecto remitida por Liferay con al menos diez (10) días de antelaciónautorización escrita del Cliente. Liferay notificará El Proveedor, en su caso, deberá entregar al Cliente por escrito certificado de aseguramiento de responsabilidad civil antes de proceder a cualquier falta de cumplimiento observada, incluyendo el número de Unidades que hubieran sido declaradas de menos, y facturará al Cliente los Servicios correspondientes trabajo en cuestión. Los Honorarios que correspondan por las Unidades declaradas de menos se calcularán de conformidad con las tarifas establecidas por Liferay que se encontraran vigentes en ese momento. En aquellos casos en que la diferencia entre el número de Unidades efectivamente utilizadas por el Cliente y el número de Unidades declaradas y abonadas por el Cliente fuera superior al cinco por ciento (5%), Liferay facturará igualmente al Cliente, en la factura correspondiente a las Unidades no declaradas, los costes razonables incurridos por Liferay como consecuencia de la auditoría realizada. El Cliente abonará a Liferay dichos costes, junto con los Honorarios correspondientes a los Servicios prestados respecto de las Unidades no declaradas, en un plazo de quince (15) días desde la fecha de la facturainstalaciones Cliente.

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