Periodicidad. Las Primas tienen periodicidad anual.
Periodicidad. ☒ Mensual ☐ Pago único ☐ Otro:…………. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F PAGOS PARCIALES (certificaciones mensuales y correlativas). DATOS DE IDENTIFICACIÓN PARA LA FACTURACIÓN: FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2ADB171B1D62F224287 Órgano competente en materia de contabilidad pública: GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABILIDAD Órgano de contratación: XXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX. Codificación (Códigos DIR3): 21/08/2018 Órgano gestor: L01451685 - CONTABILIDAD Oficina contable: L01451685 – ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABILIDAD Unidad tramitadora: L01451685 – OFICINA PRINCIPAL DE CONTABILIDAD PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno ☒ Xxxxxx proponente: Servicio de Obras e Infraestructuras REGISTRO PARA PRESENTACIÓN DE FACTURAS: Registro Administrativo Oficial. Registro electrónico (obligatorio para determinadas entidades y facturas superiores a 5.000 €). Las facturas electrónicas se tramitan a través de la página de la administración del estado: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/. PERIODICIDAD DE LAS CERTIFICACIONES: MENSUALMENTE PLAZO PARA APROBAR LAS CERTIFICACIONES DE OBRA: dentro de los treinta días naturales siguientes a su expedición.
Periodicidad. Aplicación en la certificación mensual. Se implantará a partir del segundo mes del contrato, a partir de los datos recogidos en el mes en curso. Los ámbitos de aplicación se ajustarán al calendario de incorporaciones al contrato.
Periodicidad. La periodicidad del contrato así como la forma de pago serán las estipuladas en el anexo N° 1.
Periodicidad. La Comisión Paritaria deberá reunirse al menos una vez cada tres meses en sesión ordinaria y, con carácter extraordinario, cada vez que lo solicite la mayoría de una de las partes.
Periodicidad. La periodicidad en que se abona la Rentabilidad al Valor de la Póliza es diaria y será calculada como 1 dividido entre 365 días. Con esto la rentabilidad de la Tasa de Interés Fija Garantizada se determina diariamente en función del valor de su cuota, de acuerdo a la fórmula descrita en el punto siguiente.
Periodicidad. La periodicidad en que se abona la Rentabilidad al Valor de la Póliza es diaria.
Periodicidad. La Junta Directiva de MMGGAF ha aprobado realizar ofertas de recompra a las Acciones Clase B, con una periodicidad trimestral, el primer día hábil de los meses xx xxxxx, junio, septiembre y diciembre de cada año (la “Fecha de Recompra”). No obstante a lo anterior, la Junta Directiva de MMGGAF, cuando así lo estime conveniente tendrá el derecho de suspender de manera temporal o total dichas ofertas de recompra de las Acciones Clase B o aumentar la frecuencia con la cual se realizarán dichas recompras. La decisión de la Junta Directiva de MMGGAF de suspender de manera temporal o total las ofertas de recompra de las Acciones Clase B será notificada a la SMV y a la BVP mediante nota escrita entregada al menos [tres (3)] días hábiles antes de la Fecha de Recompra a partir de la cual las recompras se suspenderán temporalmente o permanentemente. Toda notificación o comunicación que deba hacer el Fondo a los Tenedores Registrados de las Acciones Clase B para efectos de lo indicado en el párrafo anterior podrá ser hecha mediante cualquiera de las siguientes formas: (i) envío por correo certificado o porte pagado, a la última dirección del Tenedor Registrado que conste en el Registro de Tenedores; (ii) publicación de un aviso en dos (2) diarios locales de amplia circulación en la República de Panamá por dos (2) días consecutivos; (iii) entrega personal en el domicilio designado por el Tenedor Registrado, con acuse de recibo, (iv) vía fax al número suministrado por el Tenedor Registrado; o (v) mediante correo electrónico. Si la notificación o comunicación es enviada mediante correo certificado o porte pagado se considerará como debida y efectivamente dada en la fecha en que sea franqueada, independientemente de que sea o no recibida por el Tenedor Registrado. En el segundo caso en la fecha de la segunda publicación del aviso. En caso de entrega personal, la comunicación se entenderá efectuada en la fecha que aparezca en la nota de acuse de recibo, firmada por la persona a quien se le entrego dicha comunicación. En caso de envío por fax, a partir de la fecha que aparezca impresa en el aviso de la máquina a través de la cual se trasmitió. En caso de correo electrónico, la comunicación se entenderá entregada en la fecha en que fue enviada.
Periodicidad. Las Distribuciones de Efectivo se efectuarán de manera trimestral durante el primer ejercicio fiscal, siempre y cuando existan recursos disponibles al efecto conforme a la operación y manejo de las cuentas, ingresos, inversiones y egresos. Para los ejercicios posteriores, la política de distribución será determinada por el Comité Técnico, en el entendido de que si al término del primer ejercicio fiscal el Comité Técnico no ha determinado una nueva política de distribución, se entenderá que la política de distribución aplicable al ejercicio fiscal anterior seguirá vigente.
Periodicidad. Tipología del servicio a prestar. Asimismo se informará al Contratista de: Modificaciones que sean precisas introducir según prescripciones de los Técnicos del Servicio. Usuarios/as que causen baja. La selección de los/as usuarios/as se hará exclusivamente por este Ayuntamiento sobre la base del baremo en vigor aprobado por éste y que será aplicado por los Servicios Técnicos del Centro Municipal de Servicios Sociales, encargados de recibir la demanda, analizarla y valorar la conveniencia de la prestación del servicio. El plazo de inicio de la prestación al usuario por parte de la empresa concesionaria no podrá ser superior a setenta y dos horas desde el recibo de la orden de alta en el servicio, autorizada mediante Decreto, salvo aquellos casos determinados de extrema urgencia, en cuyo caso deberá iniciarse en la veinticuatro horas siguientes a la fecha de la orden de inicio de la prestación. El Contratista comunicará el comienzo de la prestación a la Directora Técnica de Servicios Sociales y asumirá, en relación con el Servicio de Ayuda a Domicilio, todas las órdenes que la citada Concejal le remita. La Delegación de Servicios Sociales podrá convocar al Contratista a fin de recabar información sobre el funcionamiento del servicio siempre que lo estime oportuno si bien quedan prefijadas las siguientes reuniones: Mensuales, entre el Técnico responsable del Servicio de Ayuda a Domicilio y el responsable del Contratista en la que se realizará balance del número y distribución de horas prestadas, las no prestadas y evaluar la marcha del servicio. Trimestrales, entre el técnico responsable del Servicio de Ayuda a Domicilio, los Trabajadores Sociales y el Responsable del Contratista para revisar la formación sobre aspectos específicos del servicio que contribuyan a la mejora de la calidad y eficacia del mismo.