VIALIDAD Cláusulas de Ejemplo

VIALIDAD. El 11/12/2015 se recibió observaciones al proyecto. El mismo fue corregido y vuelto a entregar a la IM el 18/12/2015. Registro de ante el BPS de la Obra Pública N° 9989 08666 el 1 de julio de 2015. Las nóminas registradas en el período fueron las siguientes: Resumen ejecutivo del Período del 17 xx Xxxxxx al 10 de Diciembre de 2015 3 A la fecha las Obras avanzan en forma normal. Se ha alcanzado un 100% de avance en la ejecución de plataformas, habiéndose completado ya desde el mes de Octubre, donde se ubicarán cada uno de los edificios que conforman el complejo. En cuanto a las tareas de movimiento de tierras queda por completar la continuación de la calle Chacarita de los Padres. Se han hormigonado las 685 bases de edificios habitacionales y del resto del complejo penitenciario, por lo que el proceso de prefabricación de la cimentación se da por finalizado. Se continúa con el trabajo de instalaciones enterradas habiéndose alcanzado el 66% de avance sobre el total de las mismas. En cuanto a la colocación de bases prefabricadas se han comenzado los trabajos en este mes habiéndose avanzado un 91,1% sobre el 71,4% planificado. Han llegado al sitio de las obras la totalidad de los moldes de pilares bajo celda, habiéndose hormigonado un total de 219 pilares sobre un total de 610 unidades, lo que ha arroja un porcentaje de avance físico del 35,90%. También se encuentran en obra las dos mesas fijas para el hormigonado de paneles de fachada bajo celda, habiéndose comenzado su fabricación tal y como marca la planificación. Una vez adjudicado los edificios prefabricados que se subcontratan a proveedores locales, se están recibiendo los planos de detalle de ingeniería de los edificios para su aprobación y comienzo de fabricación. Se continúa con el seguimiento directo del proceso de fabricación, comprobándose que el mismo avanza de acuerdo a lo previsto, siendo SG‐TP el primer edificio en fabricación. El temporal del día lunes 14 de diciembre de 2015 ocasionó algunos daños en el cerco perimetral, que fueron reparados rápidamente. Actualmente hay 172 trabajadores en la Obra, divididos de la siguiente manera: 114 operarios de Abengoa, 44 operarios de subcontratos y 14 técnicos. Se ha producido una disminución del personal subcontratado dado que se ha finalizado el grueso de los trabajos del movimiento de suelos El Sistema de Gestión Medioambiental se lleva de acuerdo al plan y los procedimientos vigentes. El sistema de Seguridad y Salud Ocupacional se lleva de acuerdo a...
VIALIDAD. Reglamentos
VIALIDAD. El trazado se desarrollará conforme a lo establecido en el Plan Parcial, ajustándolo en planta y perfil para obtener la mejor solución desde los puntos de vista técnico y económico. Se analizarán varias soluciones para el firme, a partir del tipo de tráfico estimado, eligiendo aquélla cuyo costo sea menor. Los tipos de firme a elegir serán normalizados, preferentemente aquellos vigentes en la Comunidad Autónoma Vasca, o en cualquiera de sus territorios históricos.
VIALIDAD. OBJETIVO Asegurar la funcionalidad de la GAM, a través de una red de infraestructura vial adecuada que permita la movilidad eficiente y segura a los usuarios y residentes de la GAM. Los objetivos específicos para la vialidad y el transporte a nivel regional metropolitano son:
VIALIDAD. Normas MOP-E-3 y E-4. • Norma MOP M-15 • Norma MOP M-14.
VIALIDAD. Como condición para la aprobación de nuevas desmembraciones, urbanizaciones, lotificaciones o construcciones, la Gerencia de Control de la Construcción podrá exigir la disposición de conexiones viales que permitan crear una red vial en el sector. Toda vía de acceso nueva deberá contar con una calzada de 7.00 metros y, hacia cada lado de la vía, una acera de 2.00 metros, una cuneta de drenaje pluvial de 0.50 metros y una franja de cobertura vegetal de 2.00 metros, para un ancho total mínimo del espacio vial de 16.00 metros.

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  • CALIDAD EL PROVEEDOR" deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de "EL CENACE" y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • MODALIDAD La forma de adjudicación del contrato que se aplicará a este pliego será la de licitación pública mediante anuncio publicado en la página Web de la SEGIB, de acuerdo al régimen de procedimiento de contratación vigente en la SEGIB, pudiendo presentar proposiciones todas aquellas personas jurídicas que lo deseen, en los términos previstos en la resolución de convocatoria en este pliego de cláusulas administrativas y en el de prescripciones técnicas.

  • Modalidades Contratos de duración determinada.

  • Finalidad El ENCARGADO utilizará los datos personales objeto de tratamiento sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.

  • Disponibilidad Sin perjuicio de otras Condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR se hace únicamente responsable del soporte, la atención, la resolución de incidencias y de la gestión del cobro del SERVICIO, siendo el PROVEEDOR el responsable frente al CLIENTE de la provisión del servicio y de cuantas obligaciones legales se deriven del mismo. En todo caso, MOVISTAR declina toda responsabilidad en caso de interrupción del SERVICIO por fuerza mayor o por causas imputables al propio CLIENTE.

  • Movilidad Las movilidades se rigen por los principios siguientes: Con carácter general, dentro del Grupo Profesional será posible desarrollar cual- quier función de acuerdo con las titulaciones académicas o profesionales que sean necesarias para desarrollar la actividad laboral. Cuando se produzca una movilidad hacia oficios, incluso de otro Grupo Profe- sional, cuyo nivel mínimo sea superior al nivel profesional consolidado por el/la trabajador/a se mantendrá el nivel salarial asociado al nivel de clasificación profe- sional de que este disponga hasta ese momento. En la primera entrevista individual que se le lleve a cabo una vez que transcurra un año de ejercicio profesional en el nuevo oficio, siempre que acredite, como mínimo, el ejercicio de las competencias asociadas al nivel de entrada en el oficio, podrá adquirir cada año, al menos, un nivel profesional superior al que ostente, hasta alcanzar dicho nivel profesional de entrada a la función. En lo sucesivo, alcanzado este la evolución profesional y eco- nómica se regirá por lo dispuesto en el apartado 1.3. Como particularidad del Grupo Profesional de Personal Horario y sin perjuicio de las facultades previstas en la normativa vigente que resulte de aplicación, la movilidad hacia oficios cuyo nivel máximo esté por debajo del nivel profesional del trabajador/a podrá producirse en los casos en que sea necesario reconducir exce- dentes de efectivos de un oficio, previa información a la Comisión de Seguimiento de Clasificaciones Profesionales sobre el número y tipo de movilidades. A efectos laborales se entiende por falta toda acción u omisión que suponga quebranto de los deberes de cualquier índole impuestos por las disposiciones la- borales vigentes. Toda falta cometida por un/a trabajador/a se clasificará atendiendo a su impor- tancia, trascendencia o malicia, en leve, grave o muy grave. La enumeración de las faltas que se hace en los números siguientes es meramente enunciativa. a) Faltas leves:

  • Formalidades Las empresas licitadoras presentarán tres sobres cerrados en la forma que a continuación se indica: Sobre A: Documentación acreditativa de los requisitos previos. Sobre B: Proposición técnica Sobre C: Proposición económica En los tres sobres deberá figurar: -Nombre de la empresa licitadora, o licitadoras en el caso de Unión Temporal de Empresas. - Domicilio Social - CIF y/o NIF - Télefono y correo electrónico, al que el Ayuntamiento realizará todas las comunicaciones requeridas en el procedimiento de adjudicación. - Persona de contacto - Título del Proyecto y número de expediente de licitación. - Firma del representante legal de la empresa licitadora, debidamente diligenciada con el sello correspondiente. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano. En cualquier caso, todo documento presentado por las empresas licitadoras deberá estar en castellano. Cód. Validación: 9ND7ZHQMGNFXFZSYJXKNG5GPK | Verificación: xxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 44 La falta de presentación de cualquiera de los documentos que deben incluirse en los sobres, podrá ser, por sí sola, causa de exclusión de la licitación. En los tres sobres se incluirá, debidamente enumerada, la siguiente documentación: 1.- Documentos que acrediten la personalidad de la empresa licitadora y, en su caso, la representación: En el caso de persona física, fotocopia del Documento nacional de identidad del licitador o, en su caso, el documento que haga sus veces, y en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada. Si se trata de personas jurídicas, copia autorizada o testimonio notarial de la Escritura de constitución o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, así como poder notarial suficiente justificativo de la representación que ostente el firmante de la proposición. Si se trata de empresas no españolas que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarias del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: será suficiente con que acrediten su inscripción en el registro comercial o profesional procedente, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado donde estén establecidos, o la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RD 390/1996. Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obras con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente. Deberán presentar asimismo una declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

  • Elegibilidad 7.1 El Proveedor y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Proveedor o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si satisface uno de los siguientes requisitos: (i) es ciudadano de un país miembro; o (ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: (i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y (ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 7.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 7.3 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, éstos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.