Violencia de género. La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Del Sector De La Madera
Violencia de género. La De conformidad con lo establecido en el artículo 37.7 del Estatuto de los Trabajadores, la trabajadora víctima de la violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo trabajo, con disminución proporcional xxx xxxxxxx o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Violencia de género. —Xxxxxxxxx y reordenación del tiempo de trabajo La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a una reducción de su jornada, que podrá ser de forma interrumpida o continuada, la asistencia social integral, concreción horario y la determinación del derecho a la reducción de jornada corresponderá a la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx o trabajadora, asimismo tendrá derecho a la reordenación del tiempo de trabajo, trabajo a través de la adaptación del horario, de horario o la aplicación del de horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresaflexible.
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Samples: Convenio Colectivo