XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma de pagos incurrirá en xxxx automática, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo 1333° del código civil, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna por parte de EL BANCO. En este supuesto, los montos no cancelados devengarán, además de los intereses compensatorios, un interés moratorio o penalidades de acuerdo a lo detallado en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibido. En caso de incumplimiento y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL CLIENTE derivadas del contrato, EL BANCO queda autorizado a compensar sus acreencias amortizando y cancelando lo adeudado en toda suma o valor que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTE. Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio y/o tipo de cambio. EL BANCO informará a EL CLIENTE su intención de aplicar la compensación mediante comunicación escrita al domicilio declarado en el presente contrato. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda haya sido otorgado en moneda distinta a la existente en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el tipo de cambio vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidad.
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Samples: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria, Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria, Crédito Hipotecario
XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus La falta de pago total o parcial, de alguna de las cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma Cronograma de pagos incurrirá Pagos a su respectivo vencimiento, constituirá a El(Los) Cliente(s) automáticamente en xxxx automáticaxxxx, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo 1333° Artículo 1333º del código civilCódigo Civil, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna por parte de EL BANCO. En este supuestomiCasita hipotecaria, los montos no cancelados devengarán, pudiendo cobrarse a El(Los) Cliente(s) además de los intereses compensatorioscompensatorios establecidos, un interés moratorio o penalidades una penalidad por pago posterior a la fecha de acuerdo a lo detallado vencimiento conforme se detalla en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibidoHoja Resumen. En caso de incumplimiento Asimismo serán puestos a cobros los gastos y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL CLIENTE derivadas tributos, si los hubiese, derivados del presente contrato, EL BANCO queda autorizado que miCasita hipotecaria se vea obligado a compensar sus acreencias amortizando y cancelando lo adeudado en toda suma efectuar o valor asumir por cuenta de El(Los) Cliente(s) dentro del proceso judicial que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTEse inicie a El (Los) Cliente(s). Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo La terminación o preclusión de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio los plazos del crédito y/o tipo resolución del contrato por causas de cambiola xxxx incurrida será comunicada a El(Los) Cliente(s) por escrito, con una anticipación de 02 (dos) días hábiles a la fecha de resolución. EL BANCO informará a EL CLIENTE su intención de aplicar la compensación mediante comunicación escrita al domicilio declarado en el Del mismo modo, queda expresamente entendido que cualquier gasto derivado del presente contrato. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda haya sido otorgado , que miCasita hipotecaria se vea obligado a efectuar o asumir por cuenta de El(Los) Cliente(s), devengará a partir de la fecha en moneda distinta la que miCasita hipotecaria efectúe los desembolsos respectivos, los intereses compensatorios y penalidades correspondientes a la existente tasa efectiva anual fija que de conformidad con la ley aplicable fije libremente, según se detalla en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el tipo de cambio vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidadla Hoja Resumen.
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Samples: Crédito Hipotecario
XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus cuotas periódicas El incumplimiento del “Cliente” de las obligaciones asumidas en las fechas previstas en Condiciones Particulares, implicará la xxxx de pleno derecho, pudiendo el cronograma de pagos incurrirá en xxxx automática“Banco” declarar la caducidad del plazo pendiente, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo 1333° del código civiltornándose exigible su pago anticipado, sin necesidad de requerimiento interpelación judicial o intimación alguna por parte de EL BANCOextrajudicial alguna. En este supuestoAdemás del interés compensatorio estipulado en las Condiciones Particulares, los montos no cancelados devengarán, además de los intereses compensatorios, la xxxx devengará un interés moratorio equivalente a la tasa fija pactada en concepto de intereses compensatorios; y devengará además un interes punitorio equivalente al cincuenta por ciento (50%) del interés moratorio pactado y que se adicionará al mismo, el que se calculará desde la fecha de vencimiento hasta su efectivo pago. 12. Ausencia de Novación: En ningún caso constituirá novación ni extinguirá las garantías que cubran el préstamo: a) el débito total o penalidades parcial en cuenta de acuerdo a lo detallado en la hoja resumen los importes adeudados por el crédito; b) las prórrogas o plazos que EL CLIENTE declara haber recibido. En caso el Banco conceda Reglamentaciones y Condiciones Generales de incumplimiento los Productos y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles Servicios para Personas Humanas eventualmente al Cliente, para el pago de EL CLIENTE derivadas del contrato, EL BANCO queda autorizado a compensar sus acreencias amortizando y cancelando lo adeudado en toda suma o valor que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTE. Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio los servicios y/o tipo cuotas y/o capital y/o intereses compensatorios o punitorios, así como los pagos que acepte en cualquier forma o condición, y/o la reestructuración de cambiola forma de pago del crédito que eventualmente y a su discrecionalidad se acuerde. EL BANCO informará 13. Declaración: El Cliente declara bajo juramento que no se halla en situación de incumplimiento de ningún acuerdo, contrato y obligación en que sea parte o que pueda estar obligado, ni tampoco de ninguna orden, auto, requerimiento judicial, intimación, decreto o demanda de cualquier Tribunal o Autoridad Nacional, Provincial o Municipal, en forma tal que el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el crédito sea puesto en peligro. 14. Modificaciones de situación patrimonial: El Cliente se obliga a EL CLIENTE notificar de inmediato al Banco, todo hecho o acto que implique una modificación o afectación de su intención patrimonio o una sustancial alteración de aplicar la compensación mediante comunicación escrita al domicilio declarado en el presente contrato. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda haya sido otorgado en moneda distinta a la existente en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el tipo de cambio vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidadsus pasivos.
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Samples: Reglamentaciones Y Condiciones Generales De Productos Y Servicios
XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma Cronograma de pagos Pagos incurrirá en xxxx automática, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo Artículo 1333° del código civilCódigo Civil, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna por parte de EL BANCO. En este supuesto, los montos no cancelados devengarán, además de los intereses compensatorios, un interés moratorio o penalidades de acuerdo a lo detallado en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibidoel Anexo 2. En caso de incumplimiento y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL del CLIENTE derivadas del contratoContrato, EL BANCO queda autorizado a compensar sus acreencias amortizando retener o aplicar a la amortización y cancelando cancelación de lo adeudado en toda suma o valor que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTE. Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio y/o tipo de cambio. EL BANCO informará a EL CLIENTE de las medidas aplicadas así como de las razones que motivaron su intención de aplicar la compensación adopción, mediante comunicación escrita al domicilio declarado en posterior dentro de los siete (07) días de ocurrido el presente contratoevento. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda MiVivienda haya sido otorgado en moneda distinta a la existente en las cuentas o depósitos de EL del CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el harán al tipo de cambio venta o, en su caso, compra vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidad.
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XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus La falta de pago total o parcial, de alguna de las cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma Cronograma de pagos incurrirá Pagos a su respectivo vencimiento, constituirá a El(Los) Cliente(s) automáticamente en xxxx automáticaxxxx, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo 1333° Artículo 1333º del código civilCódigo Civil, sin necesidad de requerimiento o intimación intimidación alguna por parte de EL BANCO. En este supuestomiCasita hipotecaria, los montos no cancelados devengarán, pudiendo cobrarse a El(Los) Cliente(s) además de los intereses compensatorioscompensatorios establecidos, un interés moratorio o penalidades una comisión por servicio de acuerdo cobranza y los intereses moratorios correspondientes a lo detallado la tasa efectiva anual variable que de conformidad con la ley aplicable, fije libremente miCasita hipotecaria. Los intereses se devengarán desde el día siguiente a la fecha del vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día de su pago total efectivo, conforme se detalla en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibidoHoja Resumen, siendo igualmente aplicables los tributos, gastos notariales y judiciales, si los hubiera. En caso La terminación o preclusión de incumplimiento y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL CLIENTE derivadas los plazos del contrato, EL BANCO queda autorizado a compensar sus acreencias amortizando y cancelando lo adeudado en toda suma o valor que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTE. Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio crédito y/o tipo resolución del contrato por causas de cambiola xxxx incurrida será comunicada a El(Los) Cliente(s) por escrito. EL BANCO informará Del mismo modo, queda expresamente entendido que cualquier gasto derivado del presente contrato, que miCasita hipotecaria se vea obligado a EL CLIENTE su intención efectuar o asumir por cuenta de aplicar El(Los) Cliente(s), devengará a partir de la compensación mediante comunicación escrita al domicilio declarado fecha en la que miCasita hipotecaria efectúe los desembolsos respectivos, los intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la tasa efectiva anual variable que de conformidad con la ley aplicable fije libremente, según se detalla en la Hoja Resumen. No obstante lo señalado en el presente contrato. En párrafo precedente, El(Los) Cliente(s) autoriza(n) a miCasita hipotecaria incorporar dichos montos dentro de las cuotas mensuales comprometidas, debiendo en este caso el Crédito Hipotecario Mivivienda haya sido otorgado en moneda distinta miCasita hipotecaria entregar un nuevo cronograma a la existente en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el tipo de cambio vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidadEl(Los) Cliente(s).
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Samples: Crédito Hipotecario Y Constitución De Primera Y Preferente Hipoteca
XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma Cronograma de pagos Pagos incurrirá en xxxx automática, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo Artículo 1333° del código civilCódigo Civil, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna por parte de EL BANCO. En este supuesto, los montos no cancelados devengarán, además de los intereses compensatorios, un interés moratorio o penalidades de acuerdo a lo detallado en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibidoel Anexo 2. En caso de incumplimiento y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL del CLIENTE derivadas del contratoContrato, EL BANCO queda autorizado a compensar sus acreencias amortizando retener o aplicar a la amortización y cancelando cancelación de lo adeudado en toda suma o valor que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTE. Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio y/o tipo de cambio. EL BANCO informará a EL CLIENTE de las medidas aplicadas así como de las razones que motivaron su intención de aplicar la compensación adopción, mediante comunicación escrita al domicilio declarado en posterior dentro de los siete (07) días de ocurrido el presente contratoevento. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda Crédito MIVIVENDA MÁS haya sido otorgado en moneda distinta a la existente en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el harán al tipo de cambio venta o, en su caso, compra vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidad.
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XXXX AUTOMÁTICA. En caso EL CLIENTE no cumpliera con pagar sus La falta de pago total o parcial, de alguna de las cuotas periódicas en las fechas previstas en el cronograma Cronograma de pagos incurrirá Pagos a su respectivo vencimiento, constituirá a El(Los) Cliente(s) automáticamente en xxxx automáticaxxxx, de conformidad con lo previsto por el inciso 1 del artículo 1333° Artículo 1333º del código civilCódigo Civil, sin necesidad de requerimiento o intimación alguna por parte de EL BANCO. En este supuestomiCasita hipotecaria, los montos no cancelados devengarán, pudiendo cobrarse a El(Los) Cliente(s) además de los intereses compensatorioscompensatorios establecidos, un interés moratorio o penalidades una penalidad por pago posterior a la fecha de acuerdo a lo detallado vencimiento, conforme se detalla en la hoja resumen que EL CLIENTE declara haber recibidoHoja Resumen. En caso de incumplimiento Asimismo serán puestos a cobros los gastos y mientras existan obligaciones vencidas y exigibles de EL CLIENTE derivadas tributos, si los hubiese, derivados del presente contrato, EL BANCO queda autorizado que miCasita hipotecaria se vea obligado a compensar sus acreencias amortizando y cancelando lo adeudado en toda suma efectuar o valor asumir por cuenta de El(Los) Cliente(s) dentro del proceso judicial que por cualquier razón tenga en su poder y esté destinada para EL CLIENTEse inicie a El (Los) Cliente(s). Los valores que no puedan ser redimidos por EL BANCO serán vendidos por éste directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo La terminación o preclusión de ser necesario a cualquier intermediario de valores autorizado; libre de responsabilidad por su cotización, precio los plazos del crédito y/o tipo resolución del contrato por causas de cambiola xxxx incurrida será comunicada a El(Los) Cliente(s) por escrito, con una anticipación de 02 (dos) días hábiles a la fecha de resolución. EL BANCO informará a EL CLIENTE su intención de aplicar la compensación mediante comunicación escrita al domicilio declarado en el Del mismo modo, queda expresamente entendido que cualquier gasto derivado del presente contrato. En caso el Crédito Hipotecario Mivivienda haya sido otorgado , que miCasita hipotecaria se vea obligado a efectuar o asumir por cuenta de El(Los) Cliente(s), devengará a partir de la fecha en moneda distinta la que miCasita hipotecaria efectúe los desembolsos respectivos, los intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la existente tasa efectiva anual fija que de conformidad con la ley aplicable fije libremente, según se detalla en las cuentas o depósitos de EL CLIENTE, los cambios se realizarán conforme el tipo de cambio vigente en EL BANCO y que éste determine, sin responsabilidadla Hoja Resumen.
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Samples: Crédito Hipotecario Y Constitución De Primera Y Preferente Hipoteca