Common use of Ámbito funcional Clause in Contracts

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es de aplicación a las Empresas y Trabajadores del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, y todos aquellos establecimientos que pres- ten servicios de hospedaje en general; asimismo se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de “catering”, “colectividades”, “de comida rápida”, pizzerías, hamburgueserías, creperías, etc., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida y/o bebidas en bingos; asimismo billares y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexual.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo convenio es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores y trabajadoras del sector de hosteleríaHostelería, de manera que su ámbito alcanza no sólo las actividades relacionadas con la Hostelería clásica, sino también a los servicios y formas de Hostelería moderna, de Ocio y de Turismo. Se incluyen en el sector Sector de la hostelería Hostelería todas las empresas que que, independientemente de su titularidad y fines fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos alojamiento rurales, campings, «camping» y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de »catering», colectividades, de comida rápida, pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías, etc., y ; cafés, bares, cafeterías, cervecerías, tabernas, freidurías, pubs, terrazas de veladores, quioscos, cruasanterías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té, ambigús y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; , así como los casinos y servicios de comida y/comidas o bebidas en casinos, bingos; asimismo billares asimismo, billares, toda clase de salones recreativos y salones recreativos»cibercafés» y otros servicios de ocio y esparcimiento. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas La citada relación no es exhaustiva, por su ámbito funcional, garantizan lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en al Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) actual o futura. La inclusión requerirá pacto previo de la igualdad Comisión Negociadora de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste acuerdo.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hosteleríaHostelería. Se incluyen in- cluyen en el sector de la hostelería Hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, perseguidos realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das incluidas las geriátricasgeriátricas dedicadas exclusivamente a servicios hoteleros, apartamentos que presten algún servicio hostelerohotelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, campings y todos aquellos todo aque- llos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de “catering”, “colectividades”, “de comida rápida”, pizzerías, hamburgueserías, creperías, etc., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo asimismo, billares y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la clasificación de actividades económicas actual o futura. La inclusión requerirá dictamen previo de la Comisión Paritaria de este Convenio. Así mismo se consideraran incluidas las empresas afectadas por su ámbito funcionalde cualquier otro Sector o Empresa, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad contempladas en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos Acuerdo Laboral de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento ámbito Estatal para el Sector de acoso sexualHostelería.

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Samples: Convenio Colectivo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hosteleríaHostelería. Se incluyen en el este sector de la hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera xx xxxxx permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, camping y todos aquellos establecimientos que pres- ten preste servicios de hospedaje en general; asimismo Así mismo se incluyen las empresas que presten ofrezcan servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de “catering”, “colectividades”, “de comida rápida”, pizzerías, hamburgueserías, creperías, etc., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, caféscafé-teatro, tablaos y similares; así Así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo asimismo, billares y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas La citada relación no es exhaustiva, por su ámbito funcional, garantizan lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la igualdad clasificación de oportunidad entre hombres y mujeres, así como actividades económica actual o futura. La inclusión requerirá dictamen previo de la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualComisión Paritaria.

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Samples: Not Applicable

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es de aplicación a las Empresas y Trabajadores del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas empresas, cualquiera que independientemente de sea su titularidad y fines perseguidosobjeto social, que realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto ya sea de manera permanente como ocasionalpermanente, estacional o temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricasviviendas comercializadas con fines turísticos, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campingscentros de camping y, y en general, todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en generala clientes; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios actividades de productos listos servicio de comida y bebida para su consumoconsumo por el cliente, tales como, en restaurantes, establecimientos catering, comedores colectivos, cadenas de “catering”, “colectividades”, “restauración moderna; locales de comida rápida”, : pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías, etc., y ; cafés, bares, cafeterías, cervecerías, tabernas, freidurías, chiringuitos de playa, pubs, terrazas de veladores, quioscos, cruasanterías, heladerías, chocolaterías, locales de degustaciones, salones de té y similares, además de las “cibercafés”, gastrobares, kebabs, ambigús, xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatrocafés‐teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida y/o bebidas en bingos; asimismo tablaos, billares y salones recreativos, así como los servicios de comidas o bebidas en casinos de juego y bingos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: Acceso al empleo. Estabilidad en el empleo. Igualdad salarial en trabajos de igual valor. Formación y Promoción profesional. Ambiente laboral exento de acoso sexual.

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Samples: Convenio Colectivo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo convenio es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores y trabajadoras del sector de hosteleríaHostelería, de manera que su ámbito alcanza no sólo las actividades relacionadas con la Hostelería clásica, sino también a los servicios y formas de Hostelería moderna, de Ocio y de Turismo. Se incluyen en el sector Sector de la hostelería Hostelería todas las empresas que que, independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos alojamiento rurales, campings, «camping» y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de »catering», colectividades, de comida rápida, pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías, etc., y ; cafés, bares, cafeterías, cervecerías, tabernas, freidurías, pubs, terrazas de veladores, quioscos, cruasanterías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té, ambigús y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; , así como los casinos y servicios de comida y/comidas o bebidas en casinos, bingos; asimismo billares asimismo, billares, toda clase de salones recreativos y salones recreativos»cibercafés» y otros servicios de ocio y esparcimiento. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas La citada relación no es exhaustiva, por su ámbito funcional, garantizan lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en al Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) actual o futura. La inclusión requerirá pacto previo de la igualdad Comisión Negociadora de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste acuerdo.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo —Este Acuerdo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores a los trabajadores y trabajadoras del sector de hosteleríaHostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas Hostelería las empresas empresas, cualquiera que independientemente de sea su titularidad y fines perseguidosobjeto social, que realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto ya sea de manera permanente como ocasionalpermanente, estacional o temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campingscentros de camping y, y en general, todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en generala clientes; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios actividades de productos listos servicio de comida y bebida para su consumoconsumo por el cliente, tales como, en restaurantes, establecimientos de “catering, “colectividades”comedores colectivos, locales de comida rápida, pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías, etc., y ; cafés, bares, cafeterías, cervecerías, tabernas, freidurías, chiringuitos de playa, pub, terrazas de veladores, quioscos, «croissanterias», heladerías, chocolaterías, locales de degustaciones, salones de té y similares, además de las «cybercafés», ambigús, xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; tablaos, así como los casinos y servicios de comida y/comidas o bebidas en casinos de juego, bingos; asimismo , billares y en toda clase de salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas La citada relación no es exhaustiva, por su ámbito funcional, garantizan lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la igualdad Clasificación Nacional de oportunidad entre hombres y mujeres, así como Actividades Económicas actual o futura. La inclusión requerirá pacto previo de la no discriminación por cuestión Comisión Negociadora de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste Acuerdo.

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Samples: Acuerdo Laboral Sectorial

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo acuerdo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas que que, independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móvilesmóviles y, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, camping y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de “catering”Catering, "colectividades", "de comida rápida”comidas rápidas", "pizzerías", hamburgueserías, creperías, etc., y . cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-cafés teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo billares y asimismo, billares, salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujereslos Ciber Café, así como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini parques infantiles. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la no discriminación por cuestión clasificación de raza, religión actividades económicas actual o cualquier otra condición, futura. La inclusión requerirá dictamen previo de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento comisión paritaria de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste acuerdo.

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Samples: Convenio Colectivo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es Los preceptos de aplicación este convenio obligan a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hosteleríaHostelería que están especificados en el articulo 4 del Acuerdo Laboral Estatal para el sector de hostelería (ALEH). Se incluyen inclu- yen en el sector de la hostelería todas las empresas que que, independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balneariosbalnea- xxxx, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, camping y todos aquellos aque- llos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de “catering”, “colectividades”, “de comida comi- da rápida”, pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías creperías, etc., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té, ambigúes y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; , así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en bingoscasinos; asimismo billares asimismo, billares, toda clase de salones recreativos u otros servicios de ocio y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio esparcimien- to, y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexual“cybercafés”.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Trabajo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo Este Acuerdo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas empresas, cualquiera que independientemente de sea su titularidad y fines perseguidosobjeto social, que realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto ya sea de manera permanente como ocasionalpermanente, estacional o temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricasviviendas comercializadas con fines turísticos, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campingscentros de camping y, y en general, todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en generala clientes; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios actividades de productos listos servicio de comida y bebida para su consumoconsumo por el cliente, tales como, en restaurantes, establecimientos catering, comedores colectivos, cadenas de “catering”, “colectividades”, “restauración moderna; locales de comida rápida”, : pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías, etc., y ; cafés, bares, cafeterías, cervecerías, tabernas, freidurías, chiringuitos de playa, pubs, terrazas de veladores, quioscos, cruasanterías, heladerías, chocolaterías, locales de degustaciones, salones de té y similares, además de las «cibercafés», gastrobares, kebabs, ambigús, xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida y/o bebidas en bingos; asimismo tablaos, billares y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como los servicios de comidas o bebidas en casinos de juego y bingos. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la no discriminación por cuestión Clasificación Nacional de razaActividades Económicas actual o futura. La inclusión, religión o cualquier otra condiciónen su caso, requerirá pacto previo de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento Comisión negociadora de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste Acuerdo.

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Samples: Labor Agreement

Ámbito funcional. El presente Los preceptos de este Convenio Colectivo es de aplicación obligan a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hosteleríaHostelería que están especificados en el artículo 4 del Acuerdo Laboral Estatal para el sector de hostelería (ALEH). Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas que que, independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, camping y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de «catering», «colectividades», «de comida rápida», pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías creperías, etc., y cafés, cafés- bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té, ambigúes y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-teatrocafésteatro, tablaos y similares; , así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en bingoscasinos; asimismo billares asimismo, billares, toda clase de salones recreativos u otros servicios de ocio y salones recreativosesparcimiento, y «cybercafés». Las organizaciones firmantes La citada relación no es exhaustiva, por lo que será ampliable en la medida que el citado artículo del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualALEH sufra modificaciones.

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Samples: Convenio Colectivo

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo acuerdo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajado- res del sector de hostelería. Se incluyen en el sector de la hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones instala- ciones fijas o móviles, móviles y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, camping y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de “catering”Catering, “colectividades”"colec- tividades", "de comida rápida”comidas rápidas", "pizzerías", hamburgueseríashamburgue- serías, creperías, etc., y . cafés, bares, cafeterías, cerveceríascervece- rías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, cafés-cafés teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo billares y asimismo, billa- res, salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizan la igualdad de oportunidad entre hombres y mujereslos Ciber Café, así como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini par- ques infantiles. La citada relación no es exhaustiva, por lo que es sus- ceptible de ser ampliada o complementada con activida- des no incluidas en ella que figuren en la no discriminación por cuestión clasificación de raza, religión actividades económicas actual o cualquier otra condición, futura. La inclusión requerirá dictamen previo de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento comisión paritaria de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualeste acuerdo.

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Samples: Labor Agreement

Ámbito funcional. El presente Convenio Colectivo es de aplicación a las Empresas empresas y Trabajadores trabajadores del sector de hosteleríaHostelería. Se incluyen en el este sector de la hostelería todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o móviles, y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, inclui- das las geriátricas, apartamentos que presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, campings, cámpines y todos aquellos establecimientos que pres- ten presten servicios de hospedaje en general; asimismo se incluyen las empresas que presten ofrezcan servicios de productos listos para su consumo, tales como, como restaurantes, establecimientos de «catering», «colectividades», «de comida rápida», «pizzerías», «hamburgueserías», «creperías», etc., y cafés, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, chocolaterías, degustaciones, salones de té y similares, además de las xxxxx xx xxxxx o discotecas, caféscafé-teatro, tablaos y similares; así como los casinos y servicios de comida comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimismo asimismo, billares y salones recreativos. Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas La citada relación no es exhaustiva, por su ámbito funcional, garantizan lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la igualdad clasificación de oportunidad entre hombres y mujeres, así como actividades económicas actual o futura. La inclusión requerirá dictamen previo de la no discriminación por cuestión de raza, religión o cualquier otra condición, de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y directivas comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos preceptos en: — Acceso al empleo. — Estabilidad en el empleo. — Igualdad salarial en trabajos de igual valor. — Formación y Promoción profesional. — Ambiente laboral exento de acoso sexualComisión Paritaria.

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Samples: Convenio Colectivo