PLIEGO DE CONDICIONES-TIPO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS CUYO PRESUPUESTO BA- SE DE LICITACIÓN SEA SUPERIOR A 50.000 € INFERIOR A 150.000 € (IVA NO INCLUIDO).
PLIEGO DE CONDICIONES-TIPO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS CUYO PRESUPUESTO BA- SE DE LICITACIÓN SEA SUPERIOR A 50.000 € INFERIOR A 150.000 € (IVA NO INCLUIDO).
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: NEGOCIADO TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: ORDINARIA
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
REFUERZO DE FIRMES EN LA XXXX XXXXXXXX
NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS
96.145,52
2.- PRESUPUESTO FORMULADO POR LA ADMINISTRACIÓN. BASE IMPONIBLE
21%
VEINTE MIL CIENTO NOVENTA EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS
20.190,56
IVA
CIENTO DIECISEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON OCHO CÉNTIMOS
116.336,08
IMPORTE TOTAL
3.- GARANTÍA PROVISIONAL. 3% DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
(en letra)
EUROS
(en número)
€
4.- GARANTÍA DEFINITIVA:
5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÒN (IVA NO INCLUIDO).
En metálico o en valores públicos o privados |
Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. |
Por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución |
5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
(CUANDO EL PRECIO DEL CONTRATO SE DETERMINE EN FUNCIÓN DE PRECIOS UNITARIOS)
(en letra)
EUROS
(en número)
€
5.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA:
(en letra)
EUROS
(en número)
€
HASTA 5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
6.- CONTRATO.
FORMALIZADO ANTE EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
DE DERECHO COMÚN
7.- CRÉDITO EXISTENTE Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES (IVA NO INCLUIDO).
EJERCICIO | IMPORTE DE LAS ANUALIDADES | |
En letra | En número | |
2015 | NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS | 96.145,52 |
TOTAL | NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS | 96.145,52 |
8.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE TERMINACIÓN DE LA OBRA.
UN (1) MES
9.- PLAZO DE GARANTÍA.
DOCE (12) MESES
10.- PLAZO DE VALIDEZ DE LAS PROPOSICIONES.
TRES (3) MESES
11.- REVISIÓN DE PRECIOS.
NO SE CONTEMPLA
12.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS LICITANTES.
GRUPO: | SUBGRUPO: | CATEGORÍA: |
13.- ADMISIÓN DE VARIANTES (Número máximo variantes admitidas.)
14.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
2. Oferta económica: Y= 60
1. Solvencia técnica : X= 40
I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO 2
1º Objeto del contrato 2
2º Documentos contractuales 2
3º Presupuesto y financiación 2
4º Plazo de ejecución 2
5º Régimen jurídico 3
6º Recursos y Reclamaciones 3
II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN 4
7º Procedimiento de adjudicación 4
8º Licitadores 4
9º Presentación de proposiciones 5
10º Adjudicación 11
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
11º Documentación a presentar 17
12º Garantía definitiva 17
13º Documento de formalización 18
IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 18
14º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución de las obras 18
15º Responsabilidades del Contratista 20
16º Obligaciones del Contratista 21
17º Gastos exigibles al Contratista 24
18º Libros de órdenes, de incidencias y de subcontratación 25
19º Equipo y medios personales 26
20º Maquinaria y medios técnicos 27
21º Autorizaciones y permisos 27
22º Obligaciones laborales y sociales 28
23º Señalizaciones 28
24º Dirección de obras 28
25º Precio y forma de pago 29
26º Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx 29
27º Modificación del contrato 30
28º Revisión de precios 30
29º Suspensión de las obras 30
30º Resolución de la licitación 31
31º Seguros 31
32º Subcontratación y Cesión 32
33º Recepción y liquidaciones 32
34º Plazo de garantía 32
35º Devolución de garantías 32
36º Perfil del contratante 33
37º Protección de datos de carácter personal 33
A N E X O I 36
A N E X O I I 37
I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO
1º Objeto del contrato
El objeto del Contrato es la realización de las obras comprendidas en el proyecto, pliego de prescripciones técnicas o relación de unidades reseñado en el Cuadro de Caracterís- ticas que encabeza este Pliego.
2º Documentos contractuales
El presente Xxxxxx, así como los planos, Pliego de Prescripciones Técnicas, relación de unidades o cuadro de precios del proyecto, revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario, simultáneamente a la formalización del contrato.
3º Presupuesto y financiación
3.1. El presupuesto del proyecto objeto del Contrato, formulado por la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, así como su distribución en anualidades, fi- gura reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego y com- prende, el precio del Contrato, así como los demás impuestos y tasas que puedan corresponder.
3.2. La cobertura financiera del Contrato está amparada por la consignación presu- puestaria correspondiente.
3.3. El importe del Contrato será el que resulte de la adjudicación, que siempre será igual o inferior al presupuesto de licitación formulado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
4º Plazo de ejecución
4.1. El plazo de ejecución de la obra será el propuesto por el licitador que resulte ad- judicatario de la misma. Dicho plazo deberá ser igual o menor que el plazo máxi- mo que figura en el Cuadro de Características del presente Pliego. Los plazos par- ciales, si se establecen, serán los señalados en el Pliego de Prescripciones Técnicas
o, en su caso, en las modificaciones previamente aprobadas por la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra como consecuencia del programa de trabajo presentado por el adjudicatario, conforme dispone las Reglas 15 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas gene- rales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
4.2. Todos estos plazos empezarán a contar desde el día siguiente al de la comunica- ción al adjudicatario de la autorización del inicio de las obras, realizada por el Res- ponsable del Contrato o desde el día siguiente al de la firma del Acta de compro- bación del replanteo en la que constará la autorización para la iniciación de las obras dada por el Responsable del Contrato.
4.3. El acta de comprobación del replanteo y los plazos parciales así establecidos, se considerarán como parte integrante del Contrato, a efectos de su exigibilidad.
5º Régimen jurídico
Los contratos que regula este Pliego, tendrán la consideración de contratos privados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, modificada por la Orden FOM/1698/2013, de 31 de julio, y por el Real Decreto Legislati- vo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin que le sean aplicables en ningún caso las normas para contratos sujetos a regulación armonizada; en cuanto a sus efectos y extinción, por la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas ge- nerales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Por- tuarias y por el Derecho Privado.
El órgano de contratación es el Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
6º Recursos y Reclamaciones
El Orden Jurisdiccional Civil será el competente para resolver las cuestiones litigiosas re- lativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contra- tos. La reclamación en vía administrativa ante el órgano de contratación será requisito previo al ejercicio de la acción civil (Regla 45.2).
La solución de las controversias relativas al cumplimiento, efectos y extinción de los contratos podrá someterse a arbitraje.
Las empresas extranjeras deberán someterse a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extran- xxxx que pudiera corresponderles.
II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN 7º Procedimiento de adjudicación
7.1. El Contrato se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad, previsto en las Regla 42 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprue- ban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puer- tos del Estado y Autoridades Portuarias.
7.2. Al objeto de promover la debida concurrencia se solicitará la oferta de empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, sin que su número sea in- ferior a tres, siempre que ello sea posible, con las cuales podrán negociarse todas o alguna de las condiciones del contrato y que se detallan a continuación, dentro de los límites establecidos en la Regla 26 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias y en el presente pliego:
a) Desarrollo de los trabajos, en relación con las obras a realizar y los equipos a instalar, así como sus características.
b) Soluciones tecnológicas propuestas.
c) Plazo total en que se compromete a ejecutar la prestación y plazos parciales de terminación o etapas en que subdivide la prestación total, en su caso.
d) Plazo de garantía y nivel de servicio durante dicho plazo.
8º Licitadores
8.1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o ex- tranjeras que teniendo plena capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 72 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cum-
plan los requisitos establecidos en la Regla 13 de las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Por- tuarias, y siempre que no estén incursas en las prohibiciones para contratar reco- gidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tal y como dispone la Regla 13.1.c) de las citadas Normas y que se encuentren al co- rriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad Social.
8.2. Serán admitidas a la licitación las uniones temporales de empresarios que se cons- tituyan al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresa- xxxx quedarán obligados solidariamente ante la Administración.
La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
8.3. Siendo el presupuesto del Contrato inferior a 500.000 euros, no resulta exigible a las empresas licitadoras haber obtenido clasificación. No obstante podrá estable- cerse en el Cuadro de Características que las empresas licitadoras deban haber obtenido la clasificación que se especifique, en su caso, en el cuadro que encabe- za este Pliego, y será la establecida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
8.4. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no estén clasificados, deberán acreditar ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra su solvencia financiera, económica y técnica o profesional, con- forme con los criterios establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
9º Presentación de proposiciones
9.1. La presentación de las proposiciones implica la aceptación de las Condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
9.2. En las proposiciones que presenten los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, el precio del contrato, así como los demás impuestos y tasas
que pudieran corresponder, debiendo especificar separadamente el importe del IVA.
9.3. La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados y firma- dos por el licitador o la persona que lo represente, con indicación en su exterior, del título de la licitación a la que concurren, del nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como número de teléfono, fax o dirección de correo electróni- co.
9.4. Los sobres a que se refiere el apartado anterior serán entregados en el Registro General de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado, respetándose, en cualquier caso, el secreto de la oferta.
9.5. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de con- tratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, correo electrónico o tele- grama en el mismo día, a alguna de las siguientes direcciones:
Fax: 000 00 00 00.
Correo electrónico:xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Dirección: Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, x/x. Xxxxx (Xxxxxxxxxx). Código Postal 36900.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación fecha de imposición y anun- cio de remisión, ambos dentro del plazo de admisión), no será admitida la docu- mentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fe- cha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse re- cibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
9.6. Toda la documentación deberá presentarse en originales o copias debidamente autenticadas o compulsadas.
9.7. La documentación general presentada por los licitadores no adjudicatarios, será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación, a petición de aquellos. Transcurrido el plazo de tres meses, a contar desde la comunicación de la adjudi- cación sin que los licitadores que no resulten adjudicatarios hayan retirado la ci- tada documentación, la Autoridad Portuaria podrá proceder a su destrucción.
9.8. Las proposiciones constarán de 3 sobres, incluyendo en cada uno los siguientes documentos:
SOBRE Nº 1
Título:
DOCUMENTACIÓN GENERAL. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre o razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
Los documentos a presentar serán los siguientes:
A) Si en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se exige una determi- nada clasificación, deberán presentarse los siguientes documentos:
a) Certificado de clasificación expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o testimonio notarial del mismo. Este certificado deberá contener; el nombre o razón social del empresario, número de identificación fiscal, domicilio, los grupos y subgrupos en los que se encuentra clasificado, con expresión de la categoría obtenida en cada uno de ellos y fecha del acuer- do de clasificación y plazo de vigencia de la misma.
El certificado de clasificación deberá presentarse acompañado de una declara- ción responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las cir- cunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
b) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán aportar la correspondiente fotocopia del Documento Nacional de Identidad debidamente compulsada u autenticada. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apode- ramiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará mediante la aportación de fotocopia debidamente autenticada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones para con- tratar recogidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, rela- ción de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el li- citador.
g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondi- cionada el contenido xxx Xxxxxx y que no ha presentado más de una proposi- ción a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.
h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudie- ran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
i) Los que acrediten que la empresa esta inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domi- cilio social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
j) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía.
B) En los restantes supuestos y siempre que no se exija clasificación alguna, los docu- mentos a presentar serán los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán aportar fotocopia compulsada o autenticada del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de cons- titución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
b) Los que acrediten que cuentan con la solvencia técnica, económica y financie- ra conforme a los medios establecidos en los arts. 75 a 79 del Real Decreto Le-
gislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundi- do de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apode- ramiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará por la Autoridad Portuaria mediante aportación de copia compulsada o debidamente autenticada del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursa en las prohibiciones para con- tratar recogidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, rela- ción de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el li- citador.
g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondi- cionada el contenido xxx Xxxxxx y que no ha presentado más de una proposi- ción a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.
h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudie- ran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
i) Los que acrediten que la empresa esta inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domi- cilio social de la empresa, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
j) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de
Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía.
C) En el caso de Uniones Temporales de Empresarios:
a) Cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los apartados anteriores.
b) En el escrito de proposición indicarán los nombres y características de los em- presarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos, y el com- promiso de constituirse en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios, asimismo deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pa- gos de cuantía significativa.
c) La clasificación de la agrupación se verificará, en su caso, mediante la acumu- lación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas que inte- gran la unión temporal expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será requisito básico para la acumulación de las citadas características que todas las empresas que concurran en la unión temporal hayan obtenido previamente clasificación como empresa de obras.
d) Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión em- presarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un estado miem- bro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, fi- nanciera y técnica o profesional.
D) Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea , deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Perma- nente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de proce- dencia de la empresa extranjera admite a la vez su participación de empresas espa- ñolas en la contratación con la Administración, y con los Entes, organismos o enti- dades del sector público asimilables a los enumerados en el art. 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga. Será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con de-
signación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscri- tas en el Registro Mercantil.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al idioma castellano x xxxxxxx.
SOBRE Nº 2
Título:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
Proposición económica formulada con arreglo al modelo que figura como Anexo al pre- sente Xxxxxx, para cada propuesta. El licitador deberá formular obligatoriamente su proposición para el proyecto / prescripciones técnicas / relación de unidades aprobado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, sin introducir ninguna varian- te, indicando expresamente la parte del precio ofertado que se corresponde con el IVA.
La propuesta se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra estime fundamental para considerar la oferta.
SOBRE Nº 3.
Título:
REFERENCIAS TÉCNICAS. A continuación se consignarán el título del Contrato y el nom- bre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electróni- co.
Contenido:
(Criterios/aspectos vinculados al objeto del contrato. Por cuantía, podrán o no ser los es- tablecidos en el apartado 1.4. del Anexo III de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contrata- ción de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias).
10º Adjudicación
10.1. Procedimiento:
No excediendo el importe del contrato de 200.000 €, las ofertas se abrirán en un acto en el que estarán presentes el Director de la Autoridad Portuaria, el Secretario General y el Responsable del contrato.
En el supuesto de imposibilidad de asistencia de todos o algunas de las personas los in- dicadas, el Órgano de Contratación podrá designar sustitutos.
A los efectos de la calificación de la documentación presentada, y finalizado el plazo de presentación de ofertas, el Director de la Autoridad Portuaria ordenará la apertura de los sobres nº 1, rechazándose aquellas ofertas que no lo hubiesen efectuado en la for- ma debida, por la no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presenta- ción de los mismos en forma distinta a la requerida, concediendo un plazo de subsana- ción en el caso de defectos subsanables, y admitiendo provisionalmente las que reúnan, de un primer examen de la documentación presentada, los requisitos exigidos.
Si se observara defectos en la documentación aportada y estos fueran subsanables, se concederá a los licitadores un plazo para ello que, como mínimo, será de 3 días hábiles.
La falta de acreditación de capacidad o solvencia impedirá la apertura del resto de so- bres, previo pronunciamiento expreso y motivado de los asistentes al acto.
Acto seguido, en su caso, se abrirá el sobre nº 3 por el Director de la Autoridad Portua- ria, junto con el Secretario General y el Responsable del contrato. Esta documentación será remitida para su examen a la Comisión Técnica formada a tales efectos con arreglo a lo previsto en las Reglas 4 y 39 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, finalizado lo cual se levantará la sesión.
Solo se procederá a la apertura de las proposiciones económicas cuando el Director tenga en su poder la valoración técnica de las ofertas, presentadas y admitidas efectua- da por la Comisión Técnica.
En el lugar, día y hora indicados en anuncio, se procederá en acto público, a la apertura de las proposiciones económicas (Sobre nº 2), dando lectura a las mismas.
La documentación económica será remitida a la Comisión Técnica para su valoración y para que, concluida, en su caso, la negociación con los interesados, elabore la propues- ta motivada de adjudicación (informe de evaluación global).
Los informes emitidos por la Comisión Técnica se incorporarán al expediente de contra- tación.
Sobre la base de la propuesta y evaluación global realizada por la Comisión Técnica, el Órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra resol- verá la iniciación de los trámites procedentes para la adjudicación o la declaración del procedimiento de contratación desierto.
El plazo máximo para la adjudicación, desde la apertura de las ofertas económicas, será de tres meses.
10.2. Criterios de valoración de las ofertas.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del Anexo III de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Importe del contrato inferior a 200.000 €), se atiende a los criterios que se dirán, directamente vinculados al objeto del contrato e incluyendo el precio como criterio de adjudicación.
Para el estudio y valoración de las proposiciones, los criterios a tener en cuenta serán los siguientes:
A) PRECIO DEL CONTRATO.
Para obtener las puntuaciones económicas, PE, de las ofertas se procederá de la si- guiente forma: se le asignaran 100 puntos a la oferta más económica y a las ofertas res- tantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
Puntuación económica de la oferta (PE) = [ (40 × Baja de la oferta) / Baja de la oferta más económica ] + 60
Se entiende por baja de una oferta la diferencia entre el presupuesto base de licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. Se considera oferta más económica a la oferta más baja de las presentadas no incursa definitivamente en anormalidad por su bajo importe.
La puntuación económica se redondeará al segundo decimal. Presunción de anormalidad por bajo importe de una oferta: Siendo:
BO: Baja de la oferta económica (%).
BR: Baja de Referencia, calculada como se indica a continuación (%). BM Baja Media (%), calculada como se indica a continuación.
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo impor- te, aquéllas cuyas BO correspondientes superen los siguientes valores:
a) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» mayor o igual que cinco (5):
BO > BR + 4
b) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» menor que cinco (5): BO > BM + 4
Se denominan ofertas económicas «contemplables», a las ofertas admitidas administra-
tiva y técnicamente, una vez excluidas aquellas correspondientes a las propuestas si- tuadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, así como aquellas que, a estos efectos, no deban ser consideradas por pertenecer a un mismo grupo.
Los cálculos de la Baja Media (BM) y de la Baja de Referencia (BR) se realizarán de la forma siguiente:
Ofj = Importe de la oferta genérica «contemplable» j (incluida en el conjunto de las cita- das n ofertas «contemplables») y
PB = Presupuesto Base de Licitación, que figura en el Cuadro de Características del Plie- go.
Se obtendrá, para cualquiera número, n, de ofertas: BOj = 100 [ 1 - ( Ofj / PB ) ] y
BM = (1 / n) ∑ j=1 j=n BOj Además, para n ≥ 5, se obtendrá:
Entre las mencionadas n ofertas económicas «contemplables» se elegirán aquellas n'
ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Ofh, le corresponda un valor BOh [ BOh = 100 (1 - (Ofh/PB) ) ], que cumpla la condición:
|BOh - BM| ≤ σ.
Y contando sólo con dichas n' ofertas, se calculará el valor BR, llamado «Baja de Refe- rencia», del modo siguiente:
Dicho valor de BR servirá, cuando n ≥ 5 para determinar los límites de la presunción de anormalidad anteriormente citados.
B) EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA.
Para valorar la calidad técnica de cada propuesta se analizarán y puntuarán, en su caso, los aspectos de la misma que se relacionan seguidamente:
❑ Memoria explicativa del desarrollo previsto de los trabajos.
❑ Maquinaria y equipos de los que dispondrá el empresario para la ejecución de las obras.
❑ Rendimiento de equipos y períodos en que proyecta emplearlos, especial- mente en periodos que afecten mínimamente a los tráficos y operativa por- tuaria.
(Criterios vinculados al objeto del contrato. Por cuantía, podrán o no ser los establecidos en el apartado 1.4. del Anexo III de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias).
Puntuación de los criterios técnicos anteriormente enumerados:
La valoración técnica a alcanzar en cada uno de los aspectos o criterios técnicos será la siguiente:
ASPECTO | VALORACIÓN |
Memoria explicativa del desarrollo previsto de los trabajos. | 40 |
Maquinaria y equipo del que dispondrá el empresario para la ejecución de las obras. | 30 |
Rendimiento de equipos y períodos en que proyecta emplearlos especialmen- te en periodos que afecten mínimamente a los tráficos y operativa portuaria. | 30 |
TOTAL | 100 |
La valoración de la calidad técnica total (VT) de cada propuesta será la resultante de la suma de las valoraciones técnicas obtenidas para los distintos aspectos de ella, según los criterios anteriores y se redondeará al segundo decimal.
El método a seguir para determinar la puntuación técnica de cada oferta (PT) será el si- guiente:
a) Las ofertas de los licitadores admitidos administrativamente quedarán encuadradas en dos intervalos:
Ofertas con calidad técnica inaceptable: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea infe- rior a 60 puntos sobre 100.
Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea superior o igual a 60 puntos sobre 100.
b) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas ni para la determi- nación de la oferta más ventajosa, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se procederá a declarar desierta la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica suficiente.
En lo que sigue, no se hace referencia a las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, ni a las calificadas definitivamente como anormalmente bajas que no son ya tomadas en consideración.
Las puntuaciones técnicas de las ofertas coincidirán con las valoraciones técnicas (PT = VT), con un mínimo de 60 puntos según lo establecido en los párrafos anteriores.
La puntuación técnica se redondeará al segundo decimal, en su caso.
Evaluación global.
La evaluación global de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica sufi- ciente se calculará con arreglo a la siguiente expresión:
Ponderación de la calidad técnica de la propuesta (X%):
Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición: X ≤ 40
Ponderación de la oferta económica de la propuesta (Y%):
Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición:
Y ≥ 60.
Los valores de X e Y, cuya suma deberá ser siempre igual a 100 (X + Y = 100), serán los establecidos en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx.
Puntuación global de las ofertas:
La puntuación global, PG, relativa a una propuesta cualquiera será la siguiente: PG = (X / 100) PT + (Y / 100) PE
Siendo PT la «puntuación técnica» y PE la «puntuación económica».
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 11º Documentación a presentar
11.1. Antes de la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación, los documentos acreditativos de estar al co- rriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
11.2. Igualmente, el adjudicatario deberá aportar los documentos probatorios de la personalidad y capacidad para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra del firmante de contrato, cuando sea una persona distinta a la que presentó en su día la oferta correspondiente, así como los justificantes de haber constituido la fianza definitiva, en su caso.
12º Garantía definitiva
12.1. El adjudicatario está obligado a constituir, ante la Autoridad Portuaria, la garant- ía señalada en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 14.5 de la de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de ju- lio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
12.2. Esta garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portua- ria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra y podrá constituirse en cualquiera de las for- mas establecidas por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso el aval o seguro de caución deberán presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o por el asesor jurídico de la Autoridad Portuaria.
12.3. La fianza podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario, entendiéndose, en todo caso, que la garantía queda sujeta a las mismas respon- sabilidades que si fuese constituida por el mismo. Se entenderá que el aval debe prestarse con renuncia al beneficio de excusión a que se refiere el Artículo 1.830 del Código Civil, a primer requerimiento, así como el seguro debe constituirse con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudie- ran corresponderle contra el tomador.
12.4. En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la notificación de la ad- judicación, deberá acreditarse ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, la constitución de la fianza anteriormente señalada y responderá del cumplimiento íntegro por el contratista de las obligaciones asumidas en vir- tud del propio contrato. Deberá reponerse su importe en los quince días siguien- tes al momento en que se hubiera ejecutado en todo o en parte. Será devuelta al contratista una vez concluido el plazo de garantía.
12.5. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente va- riación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado en el plazo de veinte días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modifi- cación.
13º Documento de formalización
El Contrato se formalizará dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de no- tificación de la adjudicación.
El adjudicatario podrá exigir su formalización en escritura pública, en cuyo caso serán de su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 14º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución de las obras
14.1. Las obras se ajustarán con estricta sujeción al proyecto aprobado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, y de acuerdo con lo establecido, en su caso, en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas o relación de unida- des.
14.2. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, a través de la Dirección Fa- cultativa que designe al efecto, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta ejecución de las obras contratadas, pudiendo ser asistido por una empresa externa especializada en los trabajos de supervisión técnica, de control de calidad, o dirección ambiental de las actividades, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Director Facultativo de las obras, que será el Responsable del Contra- to. El coste de estos servicios será a cargo del contratista, atendiendo a lo dis- puesto en la cláusula 18.2 de este Pliego de Condiciones.
14.3. En el plazo de un mes a partir de la formalización del contrato, se procederá a la comprobación del replanteo de las obras, en la forma que se establezca en la Or- den FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autori- dades Portuarias.
14.4. De figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y en todo caso si el plazo de ejecución está previsto en más de una anualidad, el contratista pre- sentará en el plazo de un mes desde la notificación de la autorización para iniciar las obras o acta de comprobación del replanteo, el correspondiente programa de trabajo, que se ajustará íntegramente a lo comprometido en la proposición y a las indicaciones de la Autoridad Portuaria, con indicación de los plazos parciales y que tendrá carácter contractual.
14.5. El programa de Trabajo deberá tener en cuenta la ejecución de la obra por fases, procurando que durante la duración de las obras haya el máximo número de mue- lles operativos, minimizando la afección a la explotación portuaria.
14.6. De figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista presentará en el plazo de una semana desde la formalización del contrato, el co- rrespondiente Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, en el que se analicen, es- tudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud incluido en el Proyecto de las obras, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y demás normativa de aplicación. Dicho Plan deberá ser aprobado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
14.7. De figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista presentará al Director de Obra en el plazo de un mes desde la formalización del contrato, un Plan de Gestión y Vigilancia Ambiental de acuerdo con lo previsto en el proyecto. El citado plan estará sujeto a la tramitación y aprobación correspon- diente.
14.8. De figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista presentará al Director de Obra en el plazo de un mes desde la formalización del contrato, un Plan de Aseguramiento y Control de la Calidad de acuerdo con lo previsto en el plan de calidad del proyecto. Dicho Plan deberá aprobarse por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
14.9. De figurar así contemplado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el “Libro de Órdenes” , que será diligenciado previamente por el Director de Obra, se abrirá en la fecha del Acta de comprobación del replanteo y se cerrará en la de recepción. Durante dicho lapso de tiempo estará a disposición de la Dirección Facultativa que, cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma.
14.10.El contratista estará obligado a firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de recibo.
14.11.Efectuada la recepción definitiva, el “Libro de Órdenes” pasará a poder de la Ad- ministración, si bien podrá ser consultado en todo momento por el contratista.
14.12.El “Libro de Incidencias” será llevado por el Director de Obra y deberá abrirse en la fecha del Acta de comprobación del replanteo o cuando se considere conve- niente.
00.00.Xx figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el contratista deberá instalar antes del comienzo de las obras, y mantener durante la ejecución del contrato, una “Oficina de Obra” en el lugar que considere más apropiado, pre- via conformidad del Director. El contratista deberá, necesariamente, conservar en ella copia autorizada de los documentos contractuales del proyecto o proyectos base del contrato y del “Libro de Órdenes.”
15º Responsabilidades del Contratista
15.1. El Contratista, empresa o Unión Temporal de Empresas adjudicataria del contrato, será responsable del correcto desarrollo y ejecución de las soluciones previstas en el Proyecto / Prescripciones técnicas /relación de unidades hasta la terminación
satisfactoria de las obras, correspondiéndole la realización a buen fin de todos los trabajos de los diferentes oficios que intervienen para la total realización de la obra, incluidos todos los materiales y medios auxiliares, con sujeción a los docu- mentos del Proyecto y que constituyen parte integrante del contrato.
15.2. La sola presentación de oferta implica la declaración por parte del Contratista de haber cumplido con su obligación de reconocer todos los lugares en que deben ejecutarse las obras y tener conocimiento de las condiciones de las mismas, de haber estudiado detenidamente los documentos del Proyecto / Prescripciones técnicas /relación de unidades, base de la oferta y que considera suficientes tanto para responsabilizarse de su oferta como para el posterior desarrollo de los traba- xxx y, en consecuencia, que se responsabiliza de la ejecución hasta su entrega en perfectas condiciones de uso y en la forma, plazo y condiciones convenidas.
15.3. El Contratista es especialmente responsable de las condiciones de seguridad en los trabajos, estando obligado a adoptar y hacer aplicar, a su xxxxx, las disposicio- nes vigentes sobre esta materia y las que se promulguen durante la ejecución del contrato, así como las medidas que dicten la Inspección de Trabajo y demás Orga- nismos competentes y las normas de seguridad que correspondan a las caracterís- ticas de las obras contratadas. Asimismo, estará obligado, con respecto al perso- nal que emplee en las obras, al cumplimiento de las disposiciones de aplicación en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, respondiendo de cualquier perjuicio que por tales incumplimientos pu- diera ocasionar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra o a terce- ros.
15.4. Será responsabilidad del Contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que cause a terceros, a la propia Autoridad Portuaria o al personal de la misma, mien- tras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de ga- rantía.
15.5. Corresponde al Contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la elaboración x xxxxxxx- llo de las obras.
16º Obligaciones del Contratista
16.1. Sin perjuicio de lo establecido en el resto de obligaciones previstas en el presente Pliego o en el Proyecto / Prescripciones técnicas /relación de unidades, aprobados por la Autoridad Portuaria, durante la ejecución de las obras corresponde al Con- tratista:
a) Ejecutar los trabajos, suministrando todos los recursos humanos, equipos, ma- teriales, medios auxiliares y accesorios necesarios, a juicio de la Dirección fa- cultativa, para la correcta ejecución de la obra.
b) Ordenar y dirigir la ejecución material de los trabajos con arreglo al Proyecto / Prescripciones técnicas /relación de unidades, a las normas técnicas y a las re- glas de la buena construcción. A tal efecto, ostentará la jefatura de todo el personal que intervenga en la obra. Establecerá un equipo técnico con el ta- maño y la cualificación profesional suficiente para asegurar la correcta ejecu- ción de los trabajos, así como una perfecta coordinación de los diferentes sub- contratistas. En especial, el Contratista se deberá dotar de los medios huma- nos necesarios para asegurar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud, así como su Control de Calidad en perfecta colaboración con el Laboratorio de Control y con los delegados que la dirección facultativa designe para el seguimiento de las obras, en su caso.
c) Disponer la ejecución de las medidas preventivas de Seguridad y Salud, velan- do por su cumplimiento y por la observancia de la normativa de aplicación en esa materia, designando el personal técnico de seguridad que asuma las obli- gaciones correspondientes. Asimismo, en su caso, el Contratista tendrá que atender las recomendaciones que formule el coordinador en materia xx xxxx- ridad y salud nombrado, en los supuestos exigidos por la normativa de aplica- ción, por la Dirección Facultativa, y cooperará con éste en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas.
d) Suscribir con el Director de la obra, el Acta de Comprobación del Replanteo de la misma.
e) Garantizar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales, medios auxilia- res, equipos y elementos que se utilicen en los trabajos, comprobando los preparados en obra y rechazando, por iniciativa propia o por prescripción de la Dirección facultativa, los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplica- ción. Para ello, velará en su caso por la colaboración con el Laboratorio de Control de Calidad de la obra y asistencia técnica contratada por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, a los que facilitará con absoluta dili- gencia todos los medios humanos y materiales necesarios para la correcta eje- cución de sus labores de control.
f) Asegurar la suficiente capacidad de medios puestos a disposición de la obra por las diferentes empresas subcontratistas, así como la necesaria cualifica- ción profesional de su personal.
g) Custodiar el Libro de Órdenes de la obra, caso de ser este exigible, dando el enterado a las anotaciones que se practiquen en el mismo por parte de la Di- rección facultativa. Asimismo, firmará el recibí a los comunicados de la Direc- ción facultativa y a sus entregas de documentos.
h) Disponer del Libro de Subcontratación, caso de tratarse de una obra incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y llevar su dili- genciado en las condiciones establecidas en dicha normativa.
i) Facilitar a la Dirección facultativa, con antelación suficiente, los medios huma- nos, materiales y datos precisos para el cumplimiento de su cometido y fun- damentalmente para la elaboración de las relaciones valoradas mensuales.
j) Obtener los permisos, autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particu- lares, que se requieran para la elaboración o desarrollo de las obras.
k) Dar cobertura e indemnizar todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos, cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
l) Realizar la limpieza final de la obra retirando la totalidad del material sobrante y reponiendo cualquier elemento que haya sido deteriorado durante la ejecu- ción de los trabajos.
m) Durante el período de garantía, reparar las averías y efectuar los trabajos de mantenimiento o conservación y responder de los daños o deterioros imputa- bles al contratista, producidas o que se pongan de manifiesto con el uso nor- mal del objeto del contrato.
16.2. El Contratista deberá de obtener la aprobación de la Autoridad Portuaria, a través de la dirección facultativa, antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con las obras adjudicadas. Igualmente el Contratista exigirá el cumplimiento de este requisito a sus subcontratistas y pro- veedores.
16.3. El Contratista facilitará a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc.
16.4. El contratista y los posibles subcontratistas que intervengan en la obra, están obligados al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, pre-
vención de riesgos laborales, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en especial aquellas disposiciones que con carácter general establezca el Gobierno en materia de contratación fija, incorporación de la mujer y trabajado- res minusválidos, al mercado laboral de la construcción.
17º Gastos exigibles al Contratista
17.1. Además de los gastos o porcentajes establecidos, cuando procedan, en otras cláu- sulas, de figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, son de cuenta del Contratista los gastos e impuestos derivados, en su caso, de formaliza- ción del contrato, los de suscripción de las pólizas de seguros exigidas, los de se- ñalización de las obras y en general, cualesquiera otros que se deriven de la eje- cución de las obras o resulten de aplicación según el presente Pliego o las disposi- ciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
En particular, de figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, serán de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de la dirección e inspección de obra, del replanteo, de la liquidación, del control de calidad, de co- ordinación en materia de Seguridad y Salud Laboral, y en la cuantía que x xxxxx- nuación se señala, respecto al presupuesto de ejecución material de las obras:
Dirección e Inspección de obra el 4,00 % |
Replanteo hasta el 0,10 % |
Liquidación hasta el 0,10 % |
Control de calidad el 1,50 % |
Coordinador en materia de Seguridad y Salud Laboral 1,00 % |
Vigilancia y Señalización Los que resulten necesarios |
17.2. Serán de cuenta y a xxxxx del Contratista los gastos que se requieran para la ob- tención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información de or- ganismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
17.3. Serán de cargo del Contratista el pago de los derechos de acometida y/o enganche a las distintas redes de suministros generales necesarios para la ejecución de las obras (electricidad, agua potable, gas, teléfono, alcantarillado, etc.), en las condi- ciones que señalen las respectivas compañías u organismos suministradores, el coste íntegro de dichos suministros, así como todos los gastos necesarios para cumplir todas las prescripciones medioambientales establecidas en el Proyecto y en la resolución por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental.
17.4. Será por cuenta del Contratista indemnizar los daños que se origine a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, re- levando a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra de toda responsa- bilidad o reclamación que le fuese exigida al respecto. El Contratista no sólo res- ponderá de sus propios actos, sino también de los subcontratistas, en su caso, de los del personal que preste sus servicios y de los de las demás personas por quien deba responder, de acuerdo con la legislación vigente.
18º Libros de órdenes, de incidencias y de subcontratación
18.1. En las obras civiles existirá, potestativamente, un libro de órdenes que podrá abrirse en el momento de inicio de las obras o en cualquier momento posterior de la ejecución o plazo de garantía. En obras de edificación, existirá este libro de mo- do obligatorio cualquiera que fuera su cuantía, supuesto en el que se abrirá, pre- via diligencia del Director de la obra, en la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo y se cerrará una vez expirado el plazo de garantía, previo informe favo- rable sobre el estado de las obras, pasando en este momento a poder de la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra quien lo archivará con el expediente de la obra. Durante dicho tiempo, el Contratista estará obligado a conservar y te- ner a disposición de la Dirección facultativa, en todo momento y en la obra, el ci- tado Libro de Órdenes, y en él se anotarán las órdenes, instrucciones y comunica- ciones que, de orden técnico, el Director de la obra estime oportuno dar al Con- tratista, debiendo éste firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de re- cibo.
18.2. Existirá, asimismo, de figurar así establecido en el Pliego de Prescripciones Técni- cas, un Libro de Incidencias de Seguridad y Salud con fines de control y seguimien- to del Plan de Seguridad y Salud, que constará de hojas por duplicado y será de responsabilidad del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la eje- cución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, es- tará en poder de la Dirección de obra.
18.3. Por otro lado, en toda obra de construcción incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación, el Contratista
deberá disponer de un Libro de Subcontratación, que deberá permanecer en todo momento en la obra y en el que quedarán recogidas, por orden cronológico, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas, así como su nivel de subcontrata- ción y el resto de datos exigidos por la referida normativa.
19º Equipo y medios personales
19.1. El Contratista deberá ejecutar las obras con el equipo y medios personales ade- cuados, respondiendo en todo momento a las necesidades que se deriven de la marcha de los trabajos. En cualquier caso deberá poner a disposición del contrato los medios acreditados en su oferta.
19.2. Con carácter previo al inicio de la prestación o en cualquier momento de la ejecu- ción de la misma, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá re- querir al Contratista la presentación de los currículum que estime necesarios, re- servándose la posibilidad de aceptarlos o de solicitar su sustitución.
19.3. Deberá, en concreto, prever a su cargo la necesaria asistencia técnica al proyecto y obra, con la capacidad suficiente como para atender las necesidades propias de los distintos trabajos y especialidades.
19.4. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá exigir al Contratista el nombramiento de especialistas responsables en aquellos temas o materias espe- cialmente delicados o críticos que a juicio de la Dirección facultativa de las obras así lo requieran.
19.5. Cualquier sustitución del personal técnico o administrativo incluido en su oferta deberá ser aceptada expresamente por escrito por la Autoridad Portuaria.
19.6. El Contratista deberá cumplir, como empresario, todas las disposiciones vigentes en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos y Seguridad y Salud en el trabajo, siendo de su responsabilidad todo lo re- ferente a accidentes de trabajo. En concreto, deberá cumplir a su cargo y con toda diligencia el Plan de Seguridad y Salud.
19.7. Sin perjuicio de las demás obligaciones sociales y laborales del Contratista, éste deberá cubrir las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesio- nal, en su caso, del personal a su servicio, en la Mutualidad correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.
19.8. El personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos contratados de- penderá exclusivamente del Contratista, no existiendo entre este personal y la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra ninguna relación jurídica, labo-
ral o de cualquier otra índole, ni durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo.
19.9. El Contratista será responsable de cualquier violación de lo indicado en este apar- tado, de tal modo que el incumplimiento de estas obligaciones por parte del Con- tratista no implicará responsabilidad alguna para la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, siendo de cuenta del Contratista, de este modo, todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión del contrato.
20º Maquinaria y medios técnicos
20.1. El Contratista aportará a las obras la maquinaria detallada y los medios técnicos incluidos en su propuesta y, en general, cuantos se precisen para la buena ejecu- ción de aquellas. Cualquier sustitución de la maquinaria o medios técnicos inclui- dos en su oferta deberá ser aceptada por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, previa presentación de una propuesta justificada.
20.2. La maquinaria, elementos auxiliares de trabajo y demás medios análogos xx xxxxx- jo empleados en las obras, quedarán adscritos a las mismas durante el curso de ejecución de las unidades de obras en que han de utilizarse, no pudiendo retirarse sin consentimiento expreso de la Dirección de obra.
20.3. En todo momento, tanto el Contratista como sus posibles subcontratistas deberán disponer de la documentación o título que acredite la propiedad o posesión de la maquinaria que utiliza, y de cuanta documentación sea exigida por las disposicio- nes legales vigentes.
21º Autorizaciones y permisos
21.1. Será de cuenta y responsabilidad del Contratista la obtención de cuantos permi- sos, licencias y autorizaciones, oficiales o particulares, sean precisos para la co- rrecta ejecución de las obras, debiendo atender a su cargo los consiguientes gas- tos, condicionados y prescripciones de los Organismos competentes.
21.2. Cuando se exijan tasas, fianzas u otros gastos por dichos permisos, licencias o au- torizaciones, su abono o depósito será también a cargo del Contratista.
21.3. Específicamente, en el supuesto de obras de xxxxxxx y vertido a que se refiere el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxxxx del Estado y de la Marina Mer- cante en los puertos de interés general, el Contratista deberá obtener la corres- pondiente autorización de la Autoridad Portuaria.
22º Obligaciones laborales y sociales
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia la- boral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de las condi- ciones de carácter social dictadas por el Ministerio de Fomento para la contratación pública.
23º Señalizaciones
23.1. El Contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, los carteles anunciadores de las obras a realizar, así como las señales, tanto diurnas como nocturnas, terrestres o marítimas, precisas para indicar el acceso a las obras, la circulación y regulación del tráfico en la zona que ocupan los trabajos y en sus lindes e inmediaciones, así como en todos los puntos de posible peligro o afectados por la marcha de aque- llos, y cualesquiera otros que figuren o no en los Planos del Proyecto. Lo anterior se entiende sin perjuicio de su obligación de adoptar cuantas medidas de seguri- dad sean precisas, de acuerdo con la legislación vigente.
Igualmente, la señalización de los cortes de tráfico, total o parcial, de las vías afec- tadas durante los trabajos y operaciones correrá a cargo del Contratista, así como los desvíos provisionales que, a juicio de la Dirección de la obra, se estimen nece- sarios para la buena ejecución de la misma.
23.2. El Contratista cumplirá además cuantas órdenes reciba por escrito de la Dirección facultativa de las obras acerca de la instalación de señales complementarias, in- formativas o de modificación de las ya instaladas.
23.3. Si durante el transcurso de la obra la señalización no cumpliera las prescripciones reglamentarias, a juicio de la Dirección de obra, ésta podrá ordenar la paralización de los trabajos hasta que se proceda a la corrección de la señalización. Los retras- os que se produzcan en las obras por causa de estas medidas, serán imputables al Contratista.
23.4. Se establece, por exigencia de la normativa europea relativa a obras subvenciona- das con fondos comunitarios o por cualquier otra reglamentación o consideración, la necesidad de instalar carteles informativos en el inicio y final de las obras, de- biendo el Contratista proceder, a su cargo, a su construcción y colocación de con- formidad con las dimensiones y características que a tal efecto se determinen en la referida documentación.
24º Dirección de obras
La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra se reserva el derecho de designar la Dirección de los trabajos y dictar las ordenes que considere oportunas para el cum- plimiento del contrato, así como interpretar los términos de este Pliego y el contrato.
25º Precio y forma de pago
25.1. El precio del contrato y los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los del proyecto aprobado, aplicándoles, al igual que a las anua- lidades previstas, la baja de adjudicación resultante.
25.2. Este precio comprende la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudica- tario para la adjudicación de las obras objeto de este Contrato, hasta su recepción por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, así como todos los im- puestos, derechos y gastos que sean consecuencia del Contrato, sin incluir el Im- puesto sobre el Valor Añadido, y sin que pueda imputarse a la Autoridad Portuaria ningún pago por estos conceptos.
25.3. El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente mediante la con- formidad del Director facultativo designado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra a las facturas detalladas expedidas por el contratista. El pago al contratista se fija en 60 días.
25.4. Aún cuando las obras se ejecuten con mayor celeridad de la necesaria para el cumplimiento de los plazos previstos, el adjudicatario no tendrá derecho a perci- bir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente.
25.5. Dado que la prestación a realizar por el Contratista se considera indivisible, las fac- turas expedidas tienen sólo el carácter de anticipos contra la liquidación final.
25.6. Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista, por instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, en la forma y con las garantías que a tal efecto se establecen en las Normas Generales de Contratación de las Autoridades Portuarias.
26º Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx
26.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y, en su caso, de los plazos parciales establecidos.
26.2. Si el adjudicatario incurre en xxxx por causa imputable al mismo, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá optar indistintamente por la reso-
lución del Contrato, con pérdida de la garantía o por conceder la ampliación del plazo, pudiendo en este caso imponer penalidades (0,20 por cada 1000 euros del importe del contrato por cada día de demora), de acuerdo con la regla 18 de las Normas y Condiciones Generales para la contratación de las Autoridades Portua- rias.
26.3. Si el retraso fuera producido por causas no imputables al contratista, y éste ofrece cumplir su compromiso dándole prórroga del tiempo que se la había señalado, se concederá por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra un plazo, que será por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pida uno me- nor.
26.4. En todo caso, la constitución xx xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimidación previa por parte de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Ponte- vedra.
27º Modificación del contrato
En ningún caso el Director Contrato / Facultativo o el adjudicatario podrá introducir o realizar modificaciones en el proyecto a que se refiere el Contrato, sin la debida apro- bación de la modificación y del presupuesto resultante como consecuencia de ella, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Regla 16 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, y sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 33.3.
28º Revisión de precios
Serán de aplicación al correspondiente contrato la cláusula de revisión de precios, siempre que se incluya expresamente en el de Prescripciones Técnicas del Proyecto o se refleje en el Cuadro de precios.
En su caso, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, al aprobar el programa de trabajo, fijará los plazos parciales que a efectos de la revisión de precios considere procedentes.
29º Suspensión de las obras
29.1. En caso de que se acordase la suspensión de las obras, ya sea ésta temporal o de- finitiva, deberá levantarse la correspondiente Acta de Suspensión, que debería ir firmada por el Director y el Contratista, y en la que hará constar el acuerdo de la Autoridad Portuaria que originó la suspensión, definiéndose concretamente la parte o partes o la totalidad de las obras afectadas por aquéllas.
29.2. Al Acta se debe acompañar, como anexo y en relación con la parte o partes sus- pendidas, la medición tanto de la obra ejecutada en dicha o dichas partes, como de los materiales acopiados a pie de obra utilizables exclusivamente en las mis- mas.
29.3. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá acordar la suspensión temporal de las obras por razones objetivas derivadas de las necesidades de coor- dinación con la explotación portuaria, sin que el contratista pueda formular re- clamación alguna por este concepto si la suspensión temporal no supera una quinta parte del plazo total de ejecución previsto en este pliego de bases, o en to- do caso, 6 meses.
30º Resolución de la licitación
30.1. En el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones económicas, el órgano de contratación adjudicará la licitación mediante resolución motivada.
30.2. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra comunicará la resolución de la licitación al adjudicatario, a los candidatos o licitadores y, simultáneamen- te, se publicará en el perfil de contratante. La notificación de la adjudicación ex- presará los extremos señalados en la Regla 39.5
30.3. Los licitadores no adjudicatarios podrán retirar la documentación general, en el Registro General de la Autoridad Portuaria, contra entrega del recibo justificati- vo. En el supuesto de que los licitadores no retiren la documentación general en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Au- toridad Portuaria podrá proceder a su destrucción.
31º Seguros
31.1. Antes del comienzo de las obras, el Contratista deberá entregar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra un justificante de la existencia de un se- guro de indemnización por riesgos profesionales. La no entrega facultará a la Au- toridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra para resolver el Contrato por cau- sa imputable al Contratista.
El Contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro que tenga suscritas, a fin de lle- var a buen termino la obra conforme las obligaciones y responsabilidades asumi- das en este Contrato.
32º Subcontratación y Cesión
32.1. El adjudicatario podrá contratar con terceros la realización parcial del contrato de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 21 Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
33º Recepción y liquidaciones
33.1. La recepción y liquidación de la obras se hará con sujeción a lo que disponen las Reglas 19 y 20 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprue- ban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puer- tos del Estado y Autoridades Portuarias.
En este sentido, se realizará un Acta de recepción única al finalizar la obra. En el plazo de un mes desde el acta de recepción se realizará el Acta de liquidación.
33.2. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá efectuar recepciones provisionales de las obras, de acuerdo con las etapas del programa de trabajo.
33.3. Cuando durante la ejecución de un contrato hubieran resultado mayores o me- xxxxx mediciones de unidades comprendidas en el contrato el importe de éstas podrá incluirse en la liquidación del mismo, siempre que su importe no supere el 10 % del precio de adjudicación.
34º Plazo de garantía
El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, y se computará a partir de la recepción, ya sea total o parcial; en todo caso el plazo de garantía será como mínimo de UN AÑO.
35º Devolución de garantías
35.1. Las garantías depositadas, definitivas o adicionales, se devolverán al Contratista, de oficio o a instancia del mismo, previa diligencia de extinción de todas las con- tingencias amparadas por aquélla y de las responsabilidades pendientes en con- tra del Contratista.
35.2. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el venci- miento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del Contratista.
35.3. Recepcionada la obra de conformidad, y para aquellos supuestos en los que el Contratista hubiera constituido la garantía exigida en caso de temeridad, podrá solicitar la devolución o cancelación proporcional de la garantía que, distintas a la definitiva y adicional, por dicho concepto hubiera tenido que constituir.
36º Perfil del contratante
El acceso al perfil del contratante se podrá realizar a través de la página web de la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx
37º Protección de datos de carácter personal
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, con domicilio social en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, x/x, 00000 Xxxxx - Xxxxxxxxxx, informa a los interesado de que dicha entidad es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del pre- sente Pliego de Condiciones con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en el Pliego de Condiciones, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de informa- ción, comunicar el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, pro- ceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación administrativa aportada y de la garantía provisional depositada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto confor- me a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
De conformidad con la legislación vigente, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría xx Xxx- tevedra deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contra- tación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Organismo Público Puertos del Estado (OPPE) y Cuerpo de Inspección del Ministerio de Fomento, Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, Intervención General de la Administración del Esta- do (IGAE) para realización de las auditorias de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra tuviese la obli- gación de comunicar los datos. Igualmente los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedidos a cualquier tercero que lo so- licite, así como, en función del procedimiento de aplicación, la Autoridad Portuaria xx
Xxxxx y Ría de Pontevedra procederá a la publicación de información relativa a la adju- dicación de la contratación en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El interesado consiente expresamente el tratamiento citado mediante la presentación de su oferta y la entrega a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra de toda aquella documentación en que haga constar sus datos personales.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra cualquier modifica- ción en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el LICITADOR/CONTRATISTA en su calidad y condición de responsable del tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social, se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa comple- mentaria y de desarrollo vigente en cada momento.
En particular, y a tales efectos en el caso en que el LICITADOR/CONTRATISTA aporte do- cumentos que contengan datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato, queda obligado en cumplimiento de la LOPD a declarar de forma previa el tratamiento de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con todas las garantías previstas en la citada norma respecto del de- recho de información y consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. A tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el LICITADOR/CONTRATISTA está legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s) afectado(s) sobre el contenido del tratamiento de sus datos por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra y las finalidades del mismo, así como de los de- rechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el interesado igualmente res- ponsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el LICITADOR/CONTRATISTA no deberá comunicar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra datos de terceros afectados.
Marín, 31 de julio de 2015.
EL PRESIDENTE,
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
CONFORME DEL ADJUDICATARIO CON EL CONDICIONADO
Nombre:
D.N.I:
En representación de: Fecha:
Firma:
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ........................................................................................................ con residencia en
................................. provincia de ................................ c/ .........................................................
nº ..........., con DNI nº , enterado y de acuerdo con las condiciones y requisi-
tos que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra exige para la adjudicación del con- trato de me comprometo
en nombre propio o de la empresa, , a llevar a cabo su ejecución,
con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad, de:
BASE IMPONI- | € | EUROS |
BLE | (en número) | (en letra) |
% | € | EUROS |
(en | (en número) | (en letra) |
número | ||
IVA | ||
IMPORTE TOTAL | € (en número) | EUROS (en letra) |
y en el plazo máximo de:
MESES | MESES |
EN LETRA | EN NÚMERO |
haciendo constar que no ha presentado más de una proposición a esta licitación, ya sea indivi- dualmente ya en unión temporal con otro empresario.
A todos los efectos, esta proposición supone una aceptación incondicional del contenido xxx Xxxxxx y comprende, el precio del contrato como tal, así como los demás impuestos y tasas que puedan corresponder.
..............................., ............. de .............................. de ……..........................................
(Fecha y firma del licitador o su representante)
A N E X O I I
MODELO DE AVAL
La Entidad , con NIF , y con domicilio en y en su nombre y representación D con facultades suficientes para obligarles en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha de de ante Notario de D. y bastanteado por la Abogacía del Estado de esta Provincia el día de de y con núm. , por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferen- te, AVALA ante el PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXX Y RÍA DE PONTEVE-
DRA con carácter solidario y renuncia expresa a los beneficios de división y excusión de bienes de cualquier deudor principal, a la Empresa con N.I.F. y domicilio fiscal , hasta la cantidad de EUROS (
€.-), en concepto de fianza para responder de las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato, correspondiente a los trabajos:
“……………………………………………………………………………………”
La presente garantía se establece con CARÁCTER (INDEFINIDO/PROVISIONAL), debiendo consi- derarse vigente en tanto no se cancele formalmente por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
La Entidad garante hará efectiva la Garantía a requerimiento el Presidente de la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra sin que el afianzado pueda oponerse al pago que será libe- ratorio para la Entidad garante, sin perjuicio de las acciones que correspondan al afianzado fren- te a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, beneficiaria de esta Garantía.
El presente afianzamiento, ha sido inscrito en con fecha en el Registro de Avales con el núm.
Y para que conste, y podamos ser compelidos al pago, firmamos la presente en a de de