Municipalidad de Miraflores
Municipalidad de Miraflores
EXONERACION Nº 003-2008/MM – Primera Convocatoria
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
JUNIO 2009
BASES
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
GENERALIDADES
ENTIDAD QUE LA CONVOCA
Gobierno Local - Municipalidad de Miraflores, con R.U.C. Nº 20131377224 y con domicilio legal en la Av. Xxxxx Nº 400 - Miraflores
OBJETO
La presente exoneración por la causal de servicio que no admite sustituto y proveedor único tiene por objeto la contratación del Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED de propiedad de la Asociación de Bancos de Perú (ASBANC), el cual permitirá cumplir con el proyecto denominado “interconexión de bancos”; conforme a las especificaciones técnicas y condiciones mínimas detalladas en el Anexo Nº 04 de las presentes Bases.
VALOR REFERENCIAL
El Valor Referencial es de S/. 56,763.00 (Cincuenta Seis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y SISTEMA DE CONTRATACION
La adquisición objeto de la presente exoneración se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento 05 – Recursos Directamente Recaudados, en la Específica de Gasto 2.3.27.199.001 Otros Servicios Similares.
La contratación del Servicio será realizada bajo el sistema de Suma Alzada, siendo la modalidad con Financiamiento de la Entidad.
IMPEDIMENTO PARA SER POSTOR Y/O CONTRATISTA
El postor no podrá estar incurso en ninguna de las prohibiciones indicadas en el artículo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado.
CRONOGRAMA DEL PROCESO
Desde Hasta
Invitación y Convocatoria : 09/06/2009 10/06/2009
Presentación y entrega de Propuesta : 12/06/2009 12/06/2009 (12:00 horas)
Evaluación de propuesta : 12/06/2009 12/06/2009
Otorgamiento de la Buena Pro : 12/06/2009 12/06/2009 (17:30 horas)
BASE LEGAL
Constitución Política del Estado.
Ley N° 29289, Ley del Presupuesto año 2009
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Decreto Legislativo Nº 1017-2009 - Ley de Contrataciones del Estado y sus modificaciones.
Decreto Supremo Nº 184–2008–EF. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificaciones.
Acuerdo de Concejo Nº 074-2008-MM del 07 de Octubre de 2008.
Código Civil
REFERENCIAS
Cuando en las presentes Bases se menciona la Ley se entenderá que se hace referencia a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017-2009. Asimismo, cuando se alude al Reglamento estará referido al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado, por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.
ETAPAS DE LA EXONERACION
CONVOCATORIA
La presente exoneración se inicia con la invitación al proveedor, cuya propuesta debe cumplir con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que se anexará a la carta de invitación y podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, conforme lo indica el Artículo 135° del Reglamento; efectuando la correspondiente publicación en el OSCE.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
FORMA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
La propuesta se presentará en Idioma castellano o en su defecto acompañado de la traducción oficial. Se presentará en Original y Una (01) copia y se entregará en sobre cerrado en Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 Xxxx 00 - Xxxxxxxxxx, de acuerdo al calendario de la presente exoneración.
La propuesta contendrá dos (2) sobres:
Sobre Nº1 : Propuesta Técnica.
Sobre Nº2 : Propuesta Económica.
Los sobres además de consignar en la parte superior izquierda el nombre o razón social del postor o la indicación del Consorcio, llevarán la siguiente inscripción en el centro según sea el caso:
Municipalidad Distrital de Miraflores
EXONERACIÓN N° 003-2008/MM – Primera Convocatoria
Sobre N°:
Propuesta:
Postor:
La información presentada en cada sobre, no podrá tener borraduras, enmendaduras o correcciones, el original y la copia llevarán el sello y la rúbrica del postor, y serán foliadas correlativamente empezando por el N° 1, la última hoja será firmada por el postor o su Representante Legal o mandatario designado para el efecto.
La propuestas se presentará en papel tamaño A-4 o carta, membreteado del postor.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
La Propuesta Técnico-Económica deberá contener los siguientes documentos:
Copia simple del Certificado de Inscripción como proveedor de Servicios vigente en el Registro Nacional de Proveedores – RNP, expedido por el CONSUCODE.
Declaración Jurada de Información Empresarial – Anexo Nº 01.
Declaración Jurada conforme al artículo Nº 42 del Reglamento – Anexo Nº 02.
Promesa de Consocio, del ser el caso – Anexo Nº 03.
Descripción de las Especificaciones Técnicas y Condiciones Mínimas Requeridas del servicio que oferta en forma detallada – Anexo Nº 04.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Carta Propuesta Económica, firmada por el postor o su representante legal.
Precio total del servicio en nuevos soles, incluyendo todo tributo y cualquier otro concepto que pueda incidir en el precio. Se considerarán como máximo 02 decimales, conforme al Anexo Nº 05.
EVALUACIÓN Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Será suficiente la evaluación favorable de la propuesta presentada que satisfaga las especificaciones técnicas y condiciones requeridas en las Bases, de conformidad con el artículo 135º del Reglamento. La buena pro se otorgará en la fecha establecida en el calendario al proveedor invitado.
NOTIFICACION DE LA BUENA PRO
Se realizará a través del OSCE.
CONTRATO
FIRMA DEL CONTRATO
Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el Contrato dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, para tal efecto se le citará con no menos de cinco (05) días de anticipación.
REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
El postor adjudicatario de la Buena Pro y la Municipalidad de Miraflores, cumplirán con las obligaciones fijadas como requisito para la firma, establecidos en el Artículo 35º la Ley, debiendo el postor presentar la siguiente documentación:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado (OSCE).
Vigencia de poderes del representante legal, con una antigüedad no mayor a un mes.
Copia del DNI del representante legal.
Contrato de Consorcio con firmas legalizadas por ante Notario Público, de ser el caso.
CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO-ECONÓMICO
PERIODO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
La oferta tendrá una validez hasta la suscripción del contrato, que regirá a partir de su presentación y se efectuará en Nuevos Soles, salvo que se presente una prórroga o postergación, en virtud de lo cual, no se contarán los días que dure la Postergación.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA
El contrato de Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, se ejecutará al día siguiente de concluida la instalación del servicio, y haber obtenido la conformidad de la entidad que convoca, con una vigencia de 12 meses, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 949º del Código Civil.
El plazo de instalación de la Línea Principal será de 30 días calendario, y el plazo de instalación de la Línea de Respaldo será de 60 días calendario contemplado su inicio al día siguiente de la suscripción del contrato por ambas partes.
CONFORMIDAD
La conformidad por la ejecución del Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, será otorgada por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, en concordancia con las disposiciones del Artículo 176º del Reglamento.
OPORTUNIDAD DE PAGO Y PLAZO PARA EL PAGO
El pago se realizará a los diez días calendario, conforme al Artículo 181º del Reglamento, previa conformidad de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria.
Deberá facturarse a nombre de la Municipalidad de Miraflores desagregando el valor de la prestación y el IGV, la factura será presentada e la Subgerencia de Logística, con todos los requisitos exigidos por la SUNAT.
CONDICIONES FINALES
Los conflictos, controversias o discrepancias derivadas de la presente exoneración, los aspectos no estipulados en las presentes Bases, así como aquellas derivadas de la interpretación o ejecución del contrato, se sujetarán a lo establecido en Ley y el Reglamento.
En todo lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación lo establecido en la Ley y el Reglamento.
SUBGERENCIA DE LOGISTICA
ANEXO Nº 01
EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL
El que suscribe, representante legal de ...................................................................................., identificado con DNI Nº ............................., RUC Nº ........................................, con poder inscrito en la localidad de ........................................... en la Ficha Nº ....................... Asiento Nº ......................., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social |
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Domicilio Legal |
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RUC |
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Teléfono |
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Fax |
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Representante Legal
Nombre |
DNI |
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Autorización Municipal
Municipalidad |
Nº de Licencia de Funcionamiento |
Fecha |
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Participa en Consorcio
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que participan en Consorcio |
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Empresa Nº 1 |
Empresa Nº 2 |
Empresa Nº 3 |
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DNI Nº |
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ANEXO Nº 02
EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
DECLARACIÓN JURADA
(Según el artículo 42º del Reglamento)
El que suscribe, don ..........................................................................................................., identificado con DNI Nº ........................., representante legal de ..............................................................................., con RUC Nº ........................, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor del EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA, para la contratación del SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN – BANCARED, DECLARO BAJO JURAMENTO.
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 10º de la Ley;
2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Firma y Cargo del Representante Legal |
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DNI Nº |
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ANEXO Nº 03
EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
PROMESA DE CONSORCIO
Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna del bien objeto del proceso de selección.
Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Municipalidad ……………………. el contrato correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA 1: ( ) % Participación
………………………
………………………
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA 2: ( ) % Participación
……………………..
……………………..
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Firma y Cargo del Representante Legal |
Firma y Cargo del Representante Legal |
DNI Nº |
DNI Nº |
ANEXO Nº 04
EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES MÍNIMAS REQUERIDAS
DESCRIPCION DEL SERVICIO
La Red Privada de Comunicaciones denominada BANCARED es el medio de transporte para el intercambio de información y ejecución de transacciones entre las entidades financieras y las instituciones públicas y privadas con las que mantiene comunicación (proveedores de información).
OBJETIVO DEL SERVICIO
El presente servicio permitirá a la Municipalidad de Miraflores comunicarse electrónicamente a través de dicha red con la mayoría de las entidades bancarias que operan en el país que conforman la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC), sin necesidad de implantar individualmente dicha comunicación con cada banco.
Igualmente se minimizarían costos en materia de comunicaciones por que con un pago mensual la Municipalidad tendría la posibilidad de comunicarse con la mayoría de las entidades bancarias del país. Es decir se evitarían los costos de las comunicaciones individuales con cada banco, lo cual incluye el costo del medio de comunicación y los esfuerzos para darle soporte técnico tanto de mantenimiento como de solución de problemas.
CARACTERISTICAS TECNICAS
BANCARED cuenta con tecnología de punta y exigentes mecanismos de contingencia y seguridad.
BANCARED ha sido diseñada e implementada por los expertos de comunicaciones de la banca y es administrada por ASBANC, a través de un contrato de “outsourcing” con TELMEX con nivel servicio, que asegura la eficiencia y calidad de las comunicaciones.
Las principales características del servicio son las siguientes:
Alta disponibilidad del servicio (99.98 % anual) del enlace principal, lo cual garantiza contar con el servicio prácticamente en forma permanente.
Enlace principal de fibra óptica, comparada con la línea de cobre la fibra óptima es mucho más segura y permite una transmisión de datos a mayor velocidad.
Ancho xx xxxxx escalable, permitiría transmitir un mayor volumen de información en periodos xx xxxxxxx.
Altos niveles de seguridad
ASBANC es responsable de dotar a BANCARED y a la información transmitida por la misma de las seguridades físicas y lógica, que impidan que personas no autorizadas accedan a la red o comprometan su disponibilidad, o la integridad, garantizando de esta manera a la Municipalidad, confidencialidad, exactitud o disponibilidad de la información transmitida.
Certificado contra Hackers
Valida la correcta configuración en la Red de no permitir accesos entre las sedes interconectadas no autorizados.
Nivel de servicio contratado
El servicio de BANCARED debe contar con un alto nivel de disponibilidad, seguridad y soporte técnico ante averías las 24 horas del día durante los 365 días del año. Todo esto atendido por personal especializado. El servicio deberá contar con enlaces de respaldo en caso de contingencias con lo cual garantizara la comunicación en todo momento.
Período de Instalación e inicio del servicio
Existe un período de instalación del servicio, el cual permitirá realizar las pruebas de la comunicación entre la Municipalidad y en los bancos a través de BANCARED, así como realizar los ajustes correspondientes. El plazo de instalación de la Línea Principal será de 30 días calendario, y el plazo de instalación de la Línea de Respaldo será de 60 días calendario, al término del primer plazo recién se considera el plazo de ejecución del contrato por el uso del servicio de BANCARED.
Actualización tecnológica permanente
Lo cual reduce el costo y el esfuerzo de poner al día los equipos y el software requerido para mantener la comunicación con BANCARED.
La Asociación de Bancos del Perú (ASBANC), es responsable por la totalidad del servicio BANCARED (implantación, administración, configuración, operación, mantenimiento, soporte, renovación tecnológica, disponibilidad y seguridad), de modo que la Municipalidad tiene garantizada la comunicación con los bancos en forma permanente y al mejor nivel de servicio.
Lima, ....... de ............................. de 2009 |
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Firma y Cargo del Representante Legal |
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DNI Nº |
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ANEXO Nº 05
EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
PROPUESTA ECONOMICA
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR |
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DETALLE |
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN - BANCARED
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CANTIDAD |
01 |
PRECIO TOTAL S/. Incluido los impuestos xx Xxx En números y letras. |
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NOTA.- EL MONTO TOTAL DE LA PROPUESTA DEBE EXPRESARSE HASTA CON DOS (02) DECIMALES.
Lima, ....... de ............................. del 2009 |
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Firma y Cargo del Representante Legal |
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DNI Nº |
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EXONERACION Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA
SERVICIO DE RED PRIVADA DE COMUNICACIÓN – BANCARED
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que celebran, de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES con R.U.C. Nº ……….., y con domicilio para los efectos de este contrato en la Xx. Xxxxx Xx 000 xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx y Departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente de Administración y Finanzas, Sra. …………………………., identificada con D.N.I. Nº …………… facultado según Resolución de Alcaldía Nº 287-2008-ALC/MM de fecha 12 xx xxxxxx de 2008, a la que en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra parte, la empresa ................... con RUC............. con domicilio en.............. debidamente representada por su Gerente General .......................... identificado con DNI/CE.............. según Poder inscrito en la Partida electrónica, Ficha Nº....... del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES
Mediante Acuerdo de Concejo Nº 074-2008-MM de fecha 04 de Octubre de 2008, se aprobó la exoneración de proceso de selección, para la contratación del Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, por un importe de S/. 56,763.00 (Cincuenta Seis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles).
El Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, se afectará a la Fuente de Financiamiento 05 – Recurso Directamente Recaudados, en la Específica de Gasto 2.3.27.199.001 Otros Servicios Similares.
CLAUSULA SEGUNDA.- DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD, es una Entidad de Gobierno Local regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, estando facultada por lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2009 a efectuar adquisiciones de bienes y contratación de servicios y de obras de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1017-2009 - Ley de Contrataciones del Estado, y por su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.
EL CONTRATISTA es una asociación sin fines de lucro, cuyo objeto social es representar a los bancos privados del país, y empresas del sistema financiero, para brindarles todos los servicios que requieran en el desarrollo de sus actividades, entre ellas, el funcionamiento de una red privada de comunicaciones para la transmisión de información entre ellos, Asbanc y proveedores.
CLAUSULA TERCERA.- DEL OBJETO
El objeto del presente contrato es para la contratación del Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, el mismo que debe reunir las condiciones establecidas que, figuran en los Términos de Referencia de la EXONERACIÓN Nº 003-2008/MM – PRIMERA CONVOCATORIA, Bienes o Servicios que no Admiten Sustitutos, la Propuesta Técnica – Económica y Anexo Nº 1, que forman parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA CUARTA.- DEL COSTO DEL SERVICIO
LA MUNICIPALIDAD abonará mensualmente a EL CONTRATISTA, como contraprestación del Servicio de Red Privada de Comunicación – BANCARED, a razón de S/. 5,355.00 (00/100 Nuevos Soles) incluido IGV por pago único de inscripción a la suscripción del contrato, a razón de S/ 4,284.00 ( 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV mensual por el Servicio Bancared., y el total del período contratado incluido la inscripción da la suma de S/ 56,763.00 ( 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV.
La forma de pago será a los…… días de presentada la factura, previa conformidad otorgada por la Subgerencia de Logística, de acuerdo al detalle indicado en la Propuesta Económica presentado por el Contratista y cláusula pertinente del Anexo Nº 1, que forma parte integrante del presente Contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA QUINTA.- DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del Contrato es por el periodo comprendido, desde el día siguiente de la suscripción, hasta el ........ de ............................... de 2009. Son de aplicación supletoria, los Art. 183° y 184° del Código Civil.
CLAUSULA SEXTA.- DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
De conformidad con la excepción prevista en el inciso 2) del artículo 161º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del presente contrato. Así como la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedido por el CONSUCODE.
CLAUSULA SETIMA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar Inhabilitado para contratar con el Estado, en caso de incumplimiento.
EL CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su propuesta técnica – económica y a lo dispuesto en el Anexo Nº 1.
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas, descritas en las Bases de la EXONERACIÓN Nº 003-2008/MM – Primera Convocatoria - Bienes o Servicios que no Admiten Sustitutos, y/o la que LA MUNICIPALIDAD requiera, de conformidad con el Artículo 49° de la Ley de Contrataciones del Estado.
Las características de su propuesta técnica - económica comprometiéndose expresamente a no alterarla ni modificarla ni sustituirla durante la vigencia y ejecución del presente contrato sin autorización escrita de la Municipalidad, debiendo cumplirse con lo dispuesto en el Anexo Nº 1.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LAS ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
8.1 Proporcionar al CONTRATISTA las facilidades que las circunstancias ameritan y toda información disponible que se requiera para la mejor prestación del servicio
8.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Tercera.
8.3 LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente contrato, designa a la Subgerencia de Logística para efectuar las coordinaciones con respeto al servicio que se requiera con EL CONTRATISTA y otorgar la conformidad respectiva.
8.4 LA MUNICIPALIDAD a través de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, ejercerá una permanente supervisión y evaluación del cumplimiento del Contrato de conformidad con el Art. 47° de la Ley de Contrataciones del Estado, pudiendo ampliar y/o disminuir las necesidades del servicio.
XXXXXXXX XXXXXX.- DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATISTA se obliga a asumir las penalidades previstas en el Art. 165° del D.S. Nº 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA.- DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
Se realizará de conformidad con el Art. 168° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y del Estado
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- DE LA RESOLUCION DE CONTRATO
Se formalizará de conformidad con el Art. 168º, 169º y 170° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo Nº 1.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, y lo dispuesto en el Anexo Nº 1, cláusula 21.1.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en los términos del Anexo Nº 1, cláusula 21.1
El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
Las partes de mutuo acuerdo dejan clara y expresa constancia que el presente Contrato es de naturaleza civil y que no existe ninguna relación laboral entre LA MUNICIPALIDAD y el personal que labora para EL CONTRATISTA.
CLAUSULA DECIMA CUARTA.- DE LA CULMINACION DE LA EJECUCION CONTRACTUAL
La recepción y conformidad del servicio se realizará de conformidad con los Art. 176º y 177º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA QUINTA.- DE LAS CONDICIONES FINALES
En todo lo no previsto expresamente en el presente contrato, del que forman parte integrante las Bases de la Exoneración Nº 003-2008-MM – Segunda Convocatoria, la propuesta técnica - económica presentada por EL CONTRATISTA, y los Anexos Nº 1, A y B, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.L. N° 1017-2009 y, su Reglamento, aprobado por D.S. N° 184-2008-EF; y, en defecto de éstas las disposiciones del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente Contrato por triplicado (03) a los ..... días del mes de ………………….de 2009
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
ANEXO Nº 01 AL CONTRATO DE SERVICIO BANCARED
CLAUSULA I: BANCARED.-
1.1. Bancared es la red privada de comunicaciones de propiedad de EL CONTRATISTA para la transmisión de información entre los bancos, EL CONTRATISTA, y los proveedores de información comunes al sistema financiero. Sus características generales se muestran en el Anexo A las mismas que pueden ser variadas por EL CONTRATISTA según sus estrategias de negocio.
1.2 EL CONTRATISTA se reserva en todo momento el derecho de brindar el servicio de Bancared en forma directa o mediante terceros contratados al efecto bajo la modalidad de “outsourcing” o cualquier otra que estimara pertinente. En este contexto, el término “servicio” debe interpretarse como “instalar, administrar, configurar, operar, mantener, dar soporte”, pudiendo comprender todas o sólo algunas de esas funciones según EL CONTRATISTA lo determine conveniente.
1.3 LA MUNICIPALIDAD conoce y acepta que EL CONTRATISTA puede delegar en TELMEX o en otro proveedor el servicio a que se ha hecho mención en el punto anterior. En esa circunstancia, EL CONTRATISTA continuará manteniendo la responsabilidad por el desarrollo de esa labor y LA MUNICIPALIDAD seguirá sujeto a las obligaciones que hubiera asumido mediante el presente contrato.
CLAÚSULA II: ALCANCES Y CARACTERISTICAS DEL SERVICIO.-
2.1. LA MUNICIPALIDAD contrata el Servicio BANCARED, constituyéndose en un nodo remoto de dicha red.
El servicio contratado comprende que EL CONTRATISTA ponga a disposición de LA MUNICIPALIDAD lo siguiente:
Un enlace principal a Bancared, con las características técnicas y ubicación que se precisan en el Anexo B.
Un enlace de respaldo tipo RDSI, con las características técnicas y ubicación fijadas en el Anexo B.
Equipos de comunicaciones y demás dispositivos necesarios para el funcionamiento del enlace a la red, señalados en el Anexo B.
Servicio de administración, configuración, operación, mantenimiento y soporte del nodo remoto constituido para LA MUNICIPALIDAD, lo que incluye tanto los circuitos de comunicación, como los programas (software) y equipo utilizado, provistos e instalados por EL CONTRATISTA.
Información en línea que le permita conocer el nivel en que se utiliza el ancho xx xxxxx del enlace conectado al nodo remoto mediante el cual se le preste el servicio Bancared materia de este contrato.
Igualmente, el servicio contratado permite a LA MUNICIPALIDAD :
Intercambiar a través de Bancared información con cualesquiera de los bancos o entidades financieras que se hubieren constituído a su vez como nodos remotos de la red.
Suscribir convenios con EL CONTRATISTA para alojar en equipos instalados en el nodo central de Bancared, sistemas e información de LA MUNICIPALIDAD.
En base a los mismos, LA MUNICIPALIDAD podrá brindar servicio de intercambio de información a los bancos o entidades financieras que se hubieren constituido como nodos remotos de Bancared, según los parámetros que establezca EL CONTRATISTA, y de acuerdo con los convenios y tarifas que acuerde con esos terceros. El desarrollo de los servicios a que se ha hecho mención podrá estar a cargo exclusivo de LA MUNICIPALIDAD, o efectuarse con la participación de EL CONTRATISTA en caso ambas partes lo consideraran pertinente y de acuerdo a convenios que suscribieran al efecto.
El ejercicio de estos derechos estará supeditado a que se cumplan las disposiciones legales que rijan la materia, y a las condiciones que se señalan en el punto siguiente.
En caso los terceros con los que LA MUNICIPALIDAD deseara intercambiar información no fueran bancos o empresas financieras asociados a EL CONTRATISTA, para poder ejercitar los derechos mencionados en el punto 2.3 LA MUNICIPALIDAD deberá cumplir con lo siguiente:
Obtener la autorización previa de EL CONTRATISTA que estará sujeta al cumplimiento de las disposiciones legales que rijan la materia.
Adicionalmente, tratándose del derecho mencionado en el literal “b” del punto 2.3, la autorización previa de EL CONTRATISTA también tomará en cuenta los requerimientos técnicos del nodo central o equipos conectados a él, así como el impacto de cualquier índole en el ambiente en que tales equipos se alojen.
Efectuar el pago de las tarifas adicionales a favor de EL CONTRATISTA, según criterios que ésta establezca para cada caso mediante convenio previo con LA MUNICIPALIDAD.
EL CONTRATISTA se responsabilizará de dotar a Bancared y a la información transmitida por la misma de las seguridades físicas y lógicas, que impidan que personas no autorizadas accedan a la red o comprometan su disponibilidad, o la integridad, garantizando de esta manera a LA MUNICIPALIDAD, confidencialidad, exactitud o disponibilidad de la información trasmitida mediante Bancared.
CLÁUSULA III: LIMITACIONES Y EXCLUSIONES.-
Los circuitos, configuración y equipos que le otorgan a LA MUNICIPALIDAD la calidad de nodo remoto de Bancared, sólo serán utilizados por LA MUNICIPALIDAD para cumplir con los objetivos propios de su giro comercial.
Los circuitos y equipos que le otorgan a LA MUNICIPALIDAD la calidad de nodo remoto de Bancared, serán para uso exclusivo de Bancared, no pudiendo LA MUNICIPALIDAD hacer uso parcial ni total de los mismos para otros fines.
No es aplicable que LA MUNICIPALIDAD subarriende, transfiera o permita a terceros valerse o aprovecharse de los circuitos, equipos, facilidades o beneficios de nodo remoto Bancared que se le asignan u otorgan en razón al presente contrato. Esta limitación subsistirá así el uso que le pretendieran dar esos terceros fuera a título gratuito o sin fines comerciales.
No está permitido que LA MUNICIPALIDAD aproveche su calidad de nodo remoto Bancared para representar a terceros ante esta red, ni que canalice o sea intermediario, directa o indirectamente, del intercambio de información vía Bancared entre esos terceros y las empresas conectadas a Bancared. Las partes acuerdan que las limitaciones indicadas en este inciso no son de aplicación para los servicios que LA MUNICIPALIDAD presta a sus miembros que tengan la calidad de nodos remotos de Bancared.
EL CONTRATISTA se reserva el derecho de fijar o variar en cualquier momento, previa notificación por escrito a LA MUNICIPALIDAD, los parámetros de configuración, referidos a las características del enlace, las limitaciones en cuanto a nodos y/o servicios de Bancared a los que LA MUNICIPALIDAD tenga acceso, así como las prioridades y niveles de servicio que le serían aplicables, y las configuraciones de seguridad, en la medida en que tales ajustes en la configuración estén orientados al mejor rendimiento y desempeño de Bancared en su conjunto y no comprometan el ancho xx xxxxx acordado en el Anexo B, ni incumplan los niveles de seguridad mínimos acordados entre EL CONTRATISTA y LA MUNICIPALIDAD para cada servicio de información.
EL CONTRATISTA no será responsable de equipo o software no instalado por ella, salvo con su aceptación escrita y previa.
EL CONTRATISTA se reserva el derecho de elegir o cambiar tanto al proveedor del enlace principal como al proveedor del enlace de respaldo, sin estar obligado a exponer las razones que lo llevaron a esa decisión, comprometiéndose en mantener el nivel de disponibilidad del servicio durante y después del cambio de proveedor.
No obstante que las características técnicas de Bancared permiten la transmisión de voz y video, a LA MUNICIPALIDAD sólo le está permitido utilizar esa red para la transferencia de datos.
El servicio no considera el traslado de la ubicación del nodo remoto. En caso LA MUNICIPALIDAD deseara variar esa ubicación, deberá solicitarlo a EL CONTRATISTA, aplicándose las premisas señaladas en la cláusula 11.2; además, la atención de esa solicitud estará sujeta a existencia de disponibilidades técnicas en la nueva ubicación.
En caso de cualquier eventual falla o suspensión del servicio, total o parcial, EL CONTRATISTA sólo tendrá la obligación de restituirlo a la brevedad a sus condiciones operativas habituales, no pudiendo ser objeto de reclamo por concepto de multas, penalidades, lucro cesante, o cualquier otro perjuicio que pudiera haberse derivado de tal circunstancia, a excepción de lo señalado en el punto 18.1 de este contrato.
CLÁUSULA IV: DEL ENLACE PRINCIPAL.-
El enlace señalado en el punto 2.2. “a” corresponde a un circuito local en el área de Lima y Callao, el mismo que se encuentra detallado en el Anexo B del presente contrato (punto de instalación y velocidad contratada).
Las características del nodo remoto podrán variarse a solicitud de LA MUNICIPALIDAD a lo largo de la vigencia del contrato, sin más limitación que la disponibilidad de facilidades técnicas por parte de EL CONTRATISTA, ajustándose el Anexo B y la tarifa según resultara pertinente.
Los costos que se generen por la instalación o uso (entiéndase renta fija mínima mensual, renta por tiempo de comunicación, renta por volumen de tráfico de información, mantenimiento, etc.) del enlace principal, así como los impuestos correspondientes, serán asumidos íntegramente por EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA V: DEL ENLACE DE RESPALDO.-
El enlace señalado en el punto 2.2. “b” corresponde a un circuito RDSI local en el área de Lima y Callao, el cual se encuentra detallado en el Anexo B del presente contrato (punto de instalación y velocidad contratada).
El enlace de respaldo es accesorio al enlace principal, esto es, cuando se produzca la instalación o retiro del enlace principal, simultáneamente se efectuará la instalación o retiro del enlace de respaldo.
Los costos que se generen por la instalación o uso (entiéndase renta fija mínima mensual, renta por tiempo de comunicación, renta por volumen de tráfico de información, mantenimiento, etc.) del enlace de respaldo, así como los impuestos correspondientes, serán asumidos íntegramente por EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA VI: DE LOS EQUIPOS.-
La entrega a LA MUNICIPALIDAD de los equipos y dispositivos detallados en el Anexo B y en el certificado de entrega e instalación de los mismos, que debidamente suscrito por las partes, forma parte integrante del presente contrato, no significa la transferencia de su propiedad a LA MUNICIPALIDAD, ya que los equipos y dispositivos continúan siendo de propiedad del proveedor. La entrega y certificado en referencia sólo significan la cesión temporal de los equipos y dispositivos a LA MUNICIPALIDAD para su uso en Bancared, y el compromiso de custodia que asume respecto de los mismos, y la obligación de devolverlos de inmediato, tan pronto le fueran solicitados por EL CONTRATISTA.
La entrega a LA MUNICIPALIDAD de los equipos y dispositivos detallados en el Anexo B y en el certificado de entrega e instalación de los mismos, significa la aceptación de las condiciones de ambiente, energía y puesta a tierra del local de LA MUNICIPALIDAD
Los equipos de que trata el numeral anterior serán instalados por EL CONTRATISTA en la dirección indicada en el Anexo B. Dichos equipos no podrán ser ubicados o instalados por LA MUNICIPALIDAD en lugares distintos a los originalmente instalados por EL CONTRATISTA, sin el previo consentimiento de esta última.
LA MUNICIPALIDAD se obliga a que mientras los equipos se encuentren en su posesión no podrá disponer, trasladar, vender, enajenar, subarrendar, ceder en uso, gravar, ni realizar o permitir que se realice acto alguno que pueda afectar el derecho de propiedad de tales equipos, su disponibilidad, o las cualidades técnicas de los mismos.
El riesgo de los equipos en el local de LA MUNICIPALIDAD será por cuenta de EL CONTRATISTA y el propietario de los equipos, así se trate de desperfectos, sustracciones, accidentes, o en general, cualquier tipo de siniestro. LA MUNICIPALIDAD hará su mejor esfuerzo para brindar una adecuada protección a los equipos, de acuerdo a la diligencia ordinaria exigible. LA MUNICIPALIDAD será responsable de los actos de negligencia debidamente evidenciados que ocasionen algún daño a los equipos.
LA MUNICIPALIDAD declara, garantiza y se obliga ante EL CONTRATISTA a:
Tratar los equipos con toda diligencia y cuidado.
Notificar a EL CONTRATISTA, dentro del día útil siguiente, de cualquier intervención de terceros sobre los equipos, aun cuando se hubiera producido por mediar orden judicial, con el fin de que pueda hacer valer los derechos de propiedad sobre los equipos.
Permitir el acceso del personal autorizado por EL CONTRATISTA a los equipos, cuando deban atenderse fallas en los equipos o realizarse trabajos de mantenimiento, previa coordinación entre las partes y cumplimiento de los procedimientos que deban aplicarse en función a la ubicación de los equipos.
CLÁUSULA VII: DE LA INFORMACION RECIBIDA Y/O TRANSMITIDA, O ALMACENADA.-
EL CONTRATISTA o los terceros a quienes esta hubiera contratado para dar servicio a Bancared, serán responsables de no permitir el acceso de terceros a la información que LA MUNICIPALIDAD transmita o reciba a través de las líneas dedicadas, y a restringir el acceso a la información que resida en los equipos o dispositivos de respaldo puesto bajo su control sólo a personal autorizado.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, LA MUNICIPALIDAD declara tener pleno conocimiento que:
EL CONTRATISTA no ejerce control de ninguna clase respecto del contenido de la información que LA MUNICIPALIDAD transmita o reciba a través del nodo remoto de Bancared materia del presente contrato.
LA MUNICIPALIDAD es el único responsable por el contenido de dicha información.
En caso LA MUNICIPALIDAD transmita o reciba información prohibida por ley, contraria al orden público o las buenas costumbres, o que afecte derechos de terceros, LA MUNICIPALIDAD se obliga a asumir toda la responsabilidad civil, penal o de cualquier naturaleza a que pudiere haber lugar, quedando EL CONTRATISTA exento de cualquier responsabilidad, inclusive si EL CONTRATISTA fuera demandada como consecuencia de los actos de LA MUNICIPALIDAD; en cuyos casos, se obliga a indemnizarla por cualquier daño o responsabilidad que le fuera imputada a ella o su personal.
EL CONTRATISTA se encuentra exento de toda responsabilidad por pérdida de información o posibles daños a los sistemas de LA MUNICIPALIDAD, producto de actos propios de LA MUNICIPALIDAD, así los mismos se hubieran transmitido a través del nodo central de la red o del nodo remoto Bancared materia de este contrato
EL CONTRATISTA se compromete a no almacenar ni permitir que terceros almacenen información alguna que sea remitida por LA MUNICIPALIDAD o que sea remitida por terceros a LA MUNICIPALIDAD a través de Bancared.
CLÁUSULA VIII: DE LA SEGURIDAD.-
Tanto EL CONTRATISTA como LA MUNICIPALIDAD se obligan a adoptar todas las medidas de seguridad necesarias, tanto físicas como lógicas, dentro de su ámbito de acción, para evitar que cualquier tercero esté en condiciones de alterar, apropiarse, destruir o en general de atentar o violar la información que es transmitida a través de Bancared, asimismo, atentar o violar el secreto de las configuraciones de los equipos de comunicaciones.
LA MUNICIPALIDAD será responsable por cualesquiera de las consecuencias que pudieran derivarse de actos de terceros, voluntarios (originados por “hackers” o saboteadores) o involuntarios (errores o negligencia de empleados u operadores de LA MUNICIPALIDAD), por las cuales pudieran introducirse en los sistemas de Bancared o los terceros conectados a BANCARED u ocasionar o propiciar filtraciones de información, aprovechando debilidades de seguridad respecto a los elementos, dispositivos, o entorno físico o administrativo bajo el control de LA MUNICIPALIDAD, que sean debidamente comprobadas.
CLÁUSULA IX: DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.-
Para efectos del presente contrato, EL CONTRATISTA es responsable por la totalidad de BANCARED (implantación, administración, configuración, operación, mantenimiento, soporte, renovación tecnológica, disponibilidad y seguridad), entendiéndose que la misma comprende:
El nodo central y nodo central alterno (a excepción del desempeño funcional de las aplicaciones propias de LA MUNICIPALIDAD alojadas en los servidores ubicados en el mismo).
El nodo remoto, inclusive hasta el equipo denominado “router” (que se encuentra ubicado en el lugar de instalación a que se hace referencia en el Anexo B) y el respaldo de la configuración de éste.
El enlace principal y de respaldo.
Todos los programas (software) puestos a disposición de LA MUNICIPALIDAD para que el monitoreo de su enlace vía Internet.
Mantener una disponibilidad del 99.98% de acuerdo a los contratos celebrados con sus proveedores.
Los sistemas, equipos, redes y demás, más allá de lo señalado, serán de responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD.
EL CONTRATISTA se compromete a atender y subsanar cualquier problema que se presentara en el servicio contratado, inclusive los atribuibles a fallas en equipos o programas provistos por ellos, aún en los casos en que para ello se requiera el cambio de algún dispositivo o programa.
Los costos que se generen en tal intervención serán de cuenta de EL CONTRATISTA.
La responsabilidad de EL CONTRATISTA por el servicio de mantenimiento no alcanzará los casos en que se comprobase la intervención, en el equipamiento, de personas no autorizadas expresamente por EL CONTRATISTA y/o se detecten anomalías en las condiciones de instalación iniciales no imputables a EL CONTRATISTA.
En caso que EL CONTRATISTA requiera realizar trabajos de mantenimiento o mejoras tecnológicas en la infraestructura que soporta a Bancared, que pudieran afectar los servicios que brinda a LA MUNICIPALIDAD, se lo comunicará por escrito a éste último con cinco (5) días calendario de anticipación, para realizar la coordinación respectiva.
Los costos que demandara cualquier renovación tecnológica que EL CONTRATISTA optara por efectuar en Bancared, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA X: DE LA COORDINACION Y EJECUCIÓN.-
Las partes convienen que LA MUNICIPALIDAD deberá establecer una Oficina de Coordinación, a través de la cual se llevará a cabo la ejecución del presente CONTRATO, de modo tal que todos los pedidos y comunicaciones relacionadas a la prestación del servicio se canalicen exclusivamente por dicho conducto. Para la mejor ejecución del presente CONTRATO, la oficina de coordinación de LA MUNICIPALIDAD coordinará únicamente con la Jefatura de Bancared de EL CONTRATISTA.
Las partes se obligan a acreditar mediante comunicación oficial a los funcionarios encargados de las coordinaciones entre las partes, para el mejor logro del objetivo previsto en este documento.
CLÁUSULA XI: PRECIO DEL SERVICIO
El costo de inscripción y la renta mensual, cubren la totalidad del servicio prestado por EL CONTRATISTA objeto del presente contrato, inclusive los costos de instalación de los enlaces y el de uso de los equipos instalados por EL CONTRATISTA en el nodo remoto, a excepción de eventuales traslados del nodo remoto.
El importe de la renta mensual podrá ser variado por EL CONTRATISTA cuando lo estime pertinente. En caso de variación de la renta mensual, EL CONTRATISTA se obliga a comunicarla a LA MUNICIPALIDAD con un mínimo de treinta (30) días calendario antes de su puesta en vigencia.
No se considerarán como variaciones los ajustes que pudieran haberse efectuado en aplicación de la cláusula 4.2.
En caso LA MUNICIPALIDAD solicitara servicios especiales no contemplados en el presente contrato, tales como el eventual cambio de ubicación del nodo remoto, deberá solicitarlos a EL CONTRATISTA y asumir el pago que ésta fije por el servicio en cuestión.
CLAUSULA XII: FACTURACIÓN Y PAGOS
La facturación por servicio se emitirá en función al costo del servicio contratado, que podrá ser ajustado según lo señalado en los puntos 4.2. y 11.2. cuando resultare pertinente.
El servicio se facturará a partir del día útil siguiente a la fecha del acta de aceptación de la instalación del nodo remoto Bancared. En caso el período a facturar incluyera fracciones de mes, por cada uno de los días comprendidos en esa fracción se deberá pagar un treintavo de la renta mensual acordada.
La facturación se efectuará por mes adelantado, en dólares americanos.
LA MUNICIPALIDAD deberá cancelar por adelantado el servicio materia del presente contrato a más tardar dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes facturado, previa recepción de la factura respectiva. El pago se realizará mediante abono en la cuenta corriente N° 191-0043000-0-43 en moneda nacional que EL CONTRATISTA mantiene en el Banco de Crédito del Perú - BCP.
LA MUNICIPALIDAD quedará automáticamente constituido en xxxx por el retraso en el pago oportuno de las facturas, devengándose, a partir del día siguiente al de la fecha de pago señalada en el numeral 12.4, intereses compensatorios y moratorios a las tasas más altas autorizadas por el Banco Central de Reserva del Perú.
En caso LA MUNICIPALIDAD discrepara del monto facturado, podrá limitar su pago al importe que considere aceptado, sin que ello genere ningún tipo de interés, xxxx, o penalidad. Previamente, LA MUNICIPALIDAD deberá haber presentado su reclamo por escrito.
En caso el reclamo fuera desestimado por EL CONTRATISTA, el pago deberá efectuarse de inmediato, incluyendo intereses compensatorios a la tasa más alta autorizada por el Banco Central de Reserva del Perú calculados desde el día siguiente a la fecha de pago señalada en el numeral 12.4, hasta la fecha de recepción por LA MUNICIPALIDAD del dictamen desestimando el reclamo.
Si LA MUNICIPALIDAD no cumpliera con cancelar la deuda el día siguiente de recepcionado el dictamen desestimando el reclamo, los intereses compensatorios seguirán devengándose a la misma tasa, y adicionalmente, se devengarán intereses moratorios a la tasa más alta autorizada por el Banco Central de Reserva del Perú calculados a partir del día siguiente de recepcionado el dictamen desestimando el reclamo.
CLAUSULA XIII: POSICION CONTRACTUAL
LA MUNICIPALIDAD tiene la potestad de transferir a terceros sus derechos sobre este contrato, en todo o en parte, pudiendo incluso transferir el derecho de propiedad y gestión de Xxxxxxxx, debiendo para ello comunicar dicho hecho previamente y por escrito a LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA XIV: SOLUCION DE RECLAMOS.-
14.1. EL CONTRATISTA mantendrá servicios de información y asistencia para la solución de reclamos relativos a facturación, instalación y operación de los servicios contratados.
CLÁUSULA XV: SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.-
15.1. La suspensión del servicio procederá en forma automática a partir de los quince (15) días calendario en que LA MUNICIPALIDAD se hubiera constituido en xxxx por falta de pago, y sin necesidad que EL CONTRATISTA le curse anticipadamente comunicación alguna.
15.2. La regularización de pagos realizada por LA MUNICIPALIDAD antes de la suspensión del servicio no invalida ni deja sin efecto cualquier reclamo presentado por LA MUNICIPALIDAD y que estuviese pendiente de resolver, ya que éste continuará su curso normal, debiendo EL CONTRATISTA pronunciarse sobre el mismo sin importar el hecho que se haya cumplido con la regularización de pagos.
CLÁUSULA XVI: RESOLUCION.-
EL CONTRATISTA se encontrará facultada a resolver de pleno derecho el presente contrato en forma inmediata, en los siguientes supuestos:
Si transcurridos ocho (08) días calendarios de suspendido el servicio, LA MUNICIPALIDAD no regulariza su situación con relación al incumplimiento de los pagos establecidos según el presente contrato.
Si LA MUNICIPALIDAD incumple cualquier obligación establecida en el presente contrato, y siempre que se hayan agotado las gestiones para superar en forma coordinada esa situación.
La resolución del contrato operará a partir de recibida por LA MUNICIPALIDAD una carta notarial mediante la cual EL CONTRATISTA le comunique su decisión de poner término al contrato.
16.2. LA MUNICIPALIDAD se encontrará facultado a resolver de pleno derecho el presente contrato, en forma inmediata, en los siguientes supuestos:
Si EL CONTRATISTA incumple cualquier obligación establecida en el presente contrato o sus Anexos, y una vez agotadas las gestiones para superar en forma coordinada esa situación.
Si se llegara a conocer que EL CONTRATISTA hubiera derivado en problemas económicos o de otra índole, de magnitud o importancia tal, que pudieran comprometer en el corto plazo su continuidad operativa o la del servicio.
La resolución del contrato operará a partir de recibida por EL CONTRATISTA una carta notarial mediante la cual LA MUNICIPALIDAD le comunique su decisión de poner término al contrato motivado en circunstancias comprendidas en los literales “a” o “b” de esta cláusula, las mismas que deberán estar señaladas y fundamentadas en la carta.
16.3. Tanto EL CONTRATISTA como LA MUNICIPALIDAD se encuentran facultados para resolver de pleno derecho el presente contrato, sin necesidad de justificación alguna, bastando para ello que cursen a la otra parte una comunicación escrita con sesenta (60) días de anticipación.
Para poder ejercer el derecho conferido en esta cláusula, las partes deberán encontrarse al día en sus obligaciones, y mantener esa condición hasta la fecha de cese de servicio solicitada.
16.4 En todos los casos la resolución operará sin perjuicio del derecho de EL CONTRATISTA para cobrar la deuda que pudiese estar pendiente de pago por parte de LA MUNICIPALIDAD, o de exigir la restitución de los equipos, programas, dispositivos y demás elementos de su propiedad o de la de terceros, mediante los que brindará el servicio BANCARED que pudieran estar ubicados en el nodo remoto o bajo control de LA MUNICIPALIDAD, o de ejercer las demás acciones a que se encuentre facultado.
Igualmente, operará la resolución sin perjuicio del derecho de LA MUNICIPALIDAD para cobrar las penalidades que pudiesen estar pendientes de pago por parte de EL CONTRATISTA, o de exigir la restitución de los equipos, programas, dispositivos y demás elementos de su propiedad que hubieran sido ubicados en el nodo central o bajo control de EL CONTRATISTA, o de ejercer las demás acciones a que se encuentre facultado.
16.5 En caso que la resolución la solicitara EL CONTRATISTA en aplicación de la cláusula 16.1 o LA MUNICIPALIDAD en aplicación de la cláusula 16.3., y si el servicio facturado a LA MUNICIPALIDAD no hubiera alcanzado doce (12) meses completos, LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar a EL CONTRATISTA una compensación ascendente a S/. 535.50 (Quinientos treinta y cinco y 50/100 nuevos soles) por cada mes que faltara para alcanzar ese plazo, en retribución por los gastos que asumió EL CONTRATISTA al momento de implementar el servicio Bancared a favor de LA MUNICIPALIDAD.
16.6. En caso que la resolución la solicitara LA MUNICIPALIDAD en aplicación de la cláusula 16.2. o EL CONTRATISTA en aplicación de la cláusula 16.3., y si el servicio facturado a LA MUNICIPALIDAD no hubiera alcanzado doce (12) meses completos, ASBANC se obliga a restituir a LA MUNICIPALIDAD un doceavo (1/12) de los costos de inscripción a Bancared, por cada mes que faltara para llegar a los 12 meses facturados.
16.7. Serán de exclusiva cuenta del causante de la resolución todos los gastos que se generen con ocasión de la resolución del presente contrato por causa imputable a aquél, incluyendo pero no limitándose a gastos administrativos, el costo por el servicio de retiro de la línea de respaldo, honorarios de abogados domiciliados en el Perú, y los que pudieran originarse con motivo de actuaciones judiciales o extrajudiciales.
En caso de no existir acuerdo respecto a quién son imputables las causas de resolución, o estar esa responsabilidad dividida, o cuáles son los gastos generados por la resolución, se recurrirá al proceso de arbitraje para determinar los gastos y su distribución.
CLÁUSULA XVII: DERECHOS Y OBLIGACIONES AL TÉRMINO DEL CONTRATO.-
17.1. Una vez que el presente contrato concluya por cualquier causa, LA MUNICIPALIDAD deberá poner a disposición de EL CONTRATISTA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su terminación los equipos y demás elementos del nodo remoto asignado, comprometiéndose EL CONTRATISTA a retirarlos dentro del mismo período. LA MUNICIPALIDAD se compromete a autorizar el acceso al personal de EL CONTRATISTA para que pueda recoger los equipos una vez concluido el contrato, previa coordinación entre las partes y cumplimiento de los procedimientos que deban aplicarse en función a la ubicación del equipo.
En caso de incumplimiento de la presente estipulación, LA MUNICIPALIDAD abonará a EL CONTRATISTA el quíntuplo de la renta mensual convenida (proporcional a los días que los equipos se mantengan en su poder), sin perjuicio del derecho de EL CONTRATISTA de exigir la devolución y ejercer las acciones legales que correspondan.
CLAÚSULA XVI: PENALIDADES
18.1. EL CONTRATISTA compensará a LA MUNICIPALIDAD cuando, por causas no atribuibles a éste, se suspendan los servicios en forma total por más de treinta (30) minutos consecutivos, a partir de que la interrupción haya sido debidamente reportada. La compensación será equivalente al quíntuplo del monto proporcional de la tarifa correspondiente al tiempo que duró la suspensión del servicio, salvo que:
(i) LA MUNICIPALIDAD pueda continuar gozando del servicio aprovechando la línea de respaldo proporcionada por EL CONTRATISTA o,
(ii) que la interrupción se deba a una situación de caso fortuito o fuerza mayor.
Esta penalidad se abonará mediante notas de crédito a favor de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA XIX: OTROS SERVICIOS.-
19.1. LA MUNICIPALIDAD podrá solicitar a EL CONTRATISTA la prestación de otros servicios que puedan desarrollarse aprovechando la infraestructura de Bancared. Para estos efectos, las partes cumplirán con las disposiciones que rijan y regulen la contratación de ese servicio y seguirán los procedimientos que establezca EL CONTRATISTA para su contratación.
En la aplicación de esta cláusula, regirán las consideraciones señaladas en el punto 2.3., literal “b”, y en el punto 2.4.
19.2. Los servicios que se contraten conforme a lo señalado en el punto anterior, tendrán costo y facturación independiente a la que ocasione el servicio Bancared materia de este contrato, y cualquier incumplimiento en sus pagos o demás condiciones se regirá por sus propias normas, no pudiendo dar lugar a la aplicación de lo señalado en los numerales XV y XVI de este contrato, salvo pacto en contrario entre las partes.
CLÁUSULA XX: DOMICILIOS.-
20.1. Cualquier cambio de domicilio sólo será válido si previamente es comunicado a la otra parte con por lo menos treinta (30) días de anticipación, debiendo estar ubicado el nuevo domicilio en la provincia de Lima o Callao.
CLÁUSULA XXI: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.-
21.1. Las partes recurrirán al trato directo para solucionar cualquier conflicto y/o controversia en torno al presente contrato, trato directo que no excederá de 15 días calendario desde comunicado el conflicto y/o controversia a la otra parte.
En el supuesto negado de no arribar a una solución armoniosa, o transcurrido el plazo del párrafo anterior, recurrirán al proceso de Arbitraje.
Producida la cuestión que debe someterse a arbitraje, la parte que lo solicita deberá comunicarlo a la otra parte mediante carta notarial en un plazo máximo de tres (3) días calendario de transcurrido el plazo establecido en el primer párrafo, indicándole el o los puntos a someterse a arbitraje; así como el nombre del árbitro designado. La otra parte, dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a la recepción de la carta notarial, deberá señalar a su vez el nombre de su árbitro; en caso contrario lo nombrará la Cámara de Comercio de Lima dentro de los cinco días calendarios siguientes. Los dos árbitros así nombrados designarán al tercero, quién será abogado y presidirá el tribunal. Si no existiera acuerdo sobre la designación de éste tercer árbitro o si cualquiera de las partes no designase al suyo dentro de los cinco (5) días calendario de ser requerida por la otra parte, el nombramiento correspondiente será efectuado por el Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. El arbitraje será de derecho por lo que los árbitros serán abogados y el idioma será el castellano. El procedimiento arbitral no deberá prolongarse por más de veinte días calendarios.
El laudo arbitral es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia y será de cumplimiento obligatorio para las partes. En el laudo arbitral se determinará cómo las partes asumirán los costos del arbitraje, pudiendo inclusive determinar que una de las partes asuma la totalidad de dicho costo.
Estando ambas partes de acuerdo con el contenido del presente CONTRATO así como del contenido del Anexo A y B, el cual forma parte integral del mismo, lo suscriben en 03 originales del mismo tenor, en la ciudad de Lima a los ________ días del mes de ___________ del año 2009.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
ANEXO A
CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL SERVICIO DE OUTSOURCING
Tipo de Sistema: ATM |
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CUMPLE |
OBSERVACIONES |
ENLACE |
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1.- Conexión con Instituciones |
SI |
El servicio de Outsourcing contempla la interconexión del nodo central con Instituciones. (ASBANC, Bancos, Centros de Información u otros que se solicite). |
2.- Data, Voz y Video por un solo medio |
SI |
La tecnología ATM utilizada permite manejar Voz, Datos y Video a través de un mismo medio. La Red Net2Win de TELMEX mediante la que se brinda el servicio, está diseñada sobre una plataforma ATM de alta capacidad, la cual le permite manejar trafico xx xxxxxxxxxxxxxx (Voz, Data y Vídeo) Las categorias de servicios podrán ser configuradas de acuerdo al requerimiento de calidad de los servicios que cursarán a través de la red ATM (voz, datos y vídeo). |
3.- Voz (VoIP) |
SI |
La tecnología que se utiliza en Bancared le permite manejar todos los servicios de valor agregado sobre IP (Voz, Video, etc.). Si bien esta es una característica de la tecnología, su aprovechamiento estará en función del ancho xx xxxxx contratado. Para la voz sobre IP utiliza el estándar de compresión G.729 (CS-ACELP), utilizando parámetros de calidad de servicio, tales como IP Precedence o IP Accounting, los cuales le permiten priorización del trafico de voz que es sensible al retardo en el tiempo. |
4.- Enlace Principal, redundancia de la red y enlace de Back-Up
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SI |
El enlace principal contratado para el nodo central está constituido por 02 enlaces independientes OC3 de 155 Mbps de capacidad provenientes de 02 nodos diferentes, en el nodo central alterno se cuenta con 01 enlace OC3 de 155Mbps y para los nodos remotos, de 1Mbps de capacidad. Los enlaces instalados para Bancared, son de uso exclusivo, no utilizándose parte de los mismos para cubrir otros servicios. Como sistema principal TELMEX utiliza para Bancared la infraestructura con que cuenta, que está cimentada sobre 5 anillos de fibra óptica la cual es redundante en conexiones entre dos nodos adyacentes y dos nodos no adyacentes. Estos 05 anillos interconectan 17 Nodos, los cuales son redundantes, tanto en equipos (Fuente de Poder, Procesadores, Tarjetas) como en enlaces de Fibra Optica (arquitectura de red en malla). La topología y la tecnología de los nodos permite reenrutar los circuitos virtuales permanentes (PVCs) de forma automática en caso xx xxxxxx. Se implementarán enlaces conmutados de respaldo; enlaces que serán con conexiones RDSI (ISDN) BRI los cuales se activarán de manera automática en caso el enlace principal caiga, por cualquier motivo. Los enlaces BRI proveerán a las sedes remotas una velocidad de conexión mínima de 1x64Kbps, pudiéndose ampliar a 2x64Kbps en los casos en que los enlaces afectados simultáneamente sean 30 o menos. Estos enlaces de respaldo se conmutaran automáticamente cuando el enlace principal se reestablezca. En el nodo central se cuenta con dos interfaces PRI (60 canales de 64 Kbps) para ofrecer total redundancia. Y de igual manera en el nodo central alterno, se cuenta con 02 interfaces PRI ( 60 canales de 64Kbps). |
EQUIPAMIENTO Equipo Nodo Central |
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5.- Crecimiento y Flexibilidad |
SI |
TELMEX tiene ubicados los equipos del Nodo Central de Bancared en sus instalaciones, las que reunirán las condiciones que permitan cumplir con las especificaciones técnicas de ambiente e infraestructura de tales equipos. El equipamiento del Nodo Central es de uso exclusivo para la red de Bancared. El Nodo Central (Switch/Router Cisco 7206) instalado tiene una gran capacidad de conmutación que permitirá ofrecer una alta performance para aplicaciones criticas soportando configuraciones con alta densidad de puertos y a muy altas velocidades. El Nodo Central (Cisco 7206) instalado está diseñado para poder triplicar fácilmente su capacidad de atención a futuras sedes remotas, conservando la performance y calidad de servicio ofrecidas. Este Nodo Central (Cisco 7206) está en la capacidad de soportar múltiples protocolos de comunicación, tales como: TCP/IP, IPX, y SDLC (SNA IBM), y de esta manera manejar aplicativos que utilicen los protocolos antes mencionados. El Nodo Central incluye los equipos de seguridad PIX 520 Firewall (02) y Catalyst 2900 (04), que estarán configurados para brindar máxima seguridad a los servidores de Bancared. |
6.- Tolerancia a Fallas |
SI |
El Nodo Central (Cisco 7206) que está instalado es un sistema con alta disponibilidad. Cuenta con fuente de poder redundante e inserción de fuente de poder y tarjetas sobre caliente (‘Hot-Swap’). Además, cuenta con un sistema de reinicializacion rápida y a través del Protocolo de Ruteo ‘Hot Stand-By’ proporciona un sistema de redundancia de 1:1 . |
7.- Protocolos TCP/IP , SNA |
SI |
El Nodo Central (Cisco 7200) que se utiliza permite manejar múltiples protocolos, incluyendo TCP/IP y SNA |
8.- VPN |
SI |
El Nodo Central proporciona funcionalidades de ‘tunneling’ de gran performance, seguridad y Calidad de Servicio (QoS) requeridas para construir Redes Privadas Virtuales (VPNs) para voz, datos y video. Se puede asignar dinámicamente ancho xx xxxxx, prioridades, y seguridad por aplicación y por usuario. |
9.- VLAN |
SI |
El Nodo Central (Cisco 7206) permite manejar VLANs, bridging y ruteo entre VLANs. |
10.- MPLS |
SI |
El Nodo Central (Cisco 7206) instalado soporta MPLS/Tag Switching, que es un mecanismo de conmutación desarrollado por Cisco y estandarizado en el IETF con el nombre de MPLS. El MPLS permite manejar todas las características de Calidad de Servicio (QoS) de IP sobre ATM. |
11.- Ancho xx Xxxxx Dinámico, ON DEMAND |
SI |
La tecnología utilizada soporta aumentar el ancho xx xxxxx a través de otra interface por demanda (Dial-on-Demand Routing, DDR). En caso se necesite mayor ancho xx xxxxx que el proporcionado por el enlace principal, se podrá utilizar una interface adicional para incrementar el ancho xx xxxxx original. Esta, sin embargo, no está contemplada en el contrato y de requerirse tendría que contratarse en forma independiente. |
12.- QoS |
SI |
La tecnología utilizada permite manejar todas las características de Calidad de Servicio (QoS) propias del ATM, tales como la priorización de trafico y el ancho xx xxxxx reservado por cada tipo de trafico, así como los niveles de QoS para IP. Entre ellas podemos mencionar: CAR (Commited Access Rate), RED (Random Early Detection), WRED (Weighted RED), WFQ (Weighted Fair Queuing) |
13.- CoS |
SI |
La tecnología utilizada permite dividir el trafico en múltiples Clases de Servicio. Permite definir políticas por cada uno de los diferentes tipos de trafico en cuanto a manejo de congestión y asignación de ancho xx xxxxx. Podemos mencionar : IP Precedence, IP Accounting. |
14.- Interface Ethernet |
SI |
El Nodo Central cuenta con interfaces Ethernet y con posibilidad de crecimiento. |
15.- Back-Up automático (data y voz) |
SI |
La tecnología utilizada permite Back-Up automático de voz y datos a través del Protocolo de Ruteo “Hot Stand-By” con un tiempo de recuperación no perceptible por el usuario. |
16.- Niveles de Seguridad |
SI |
La tecnología utilizada permite manejo de distintos niveles de seguridad (Firewall) a través de filtros de paquetes, filtro de direcciones, autenticación de usuarios con acceso al router, manejo de perfiles de autorización y registro (log) de los intentos de acceso (fallidos o no). |
17.- Nivel de Compresión de Voz y Datos |
SI |
La tecnología utilizada permite compresión de datos y de voz. |
18.- Interconexión entre Centrales Telefónicas |
SI |
La tecnología utilizada permite interconectar Centrales Telefónicas a través de interfaces Analógicas (FXS, FXO, E&M), y Digitales (E1) soportando la Emulación de Circuitos. Inicialmente no se explotará esta facilidad, limitándose a la conmutación xx xxxxxxx de voz. Para explotar la facilidad se requerirá contratar hardware adicional. |
19.- Priorizar dinámicamente los aplicativos |
SI |
La tecnología utilizada permite priorizar aplicaciones o servicios y asignar ancho xx xxxxx por demanda; se puede priorizar la Voz sobre IP, el tráfico SNA, o algún tipo de aplicativo sobre TCP/IP. Podemos mencionar : “Customer Queuing” y “Priority Queuing” |
EQUIPAMIENTO Equipo Nodo Central Alterno |
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5.- Sistema de Contingencia |
SI |
TELMEX tiene ubicados los equipos del Nodo Central Alterno de Bancared en sus instalaciones, las que reunirán las condiciones que permitan cumplir con las especificaciones técnicas de ambiente e infraestructura de tales equipos. El equipamiento del Nodo Central es de uso exclusivo para la red de Bancared. El Nodo Central Alterno cuenta con un enlace principal de conexión OC3 (155Mbps) y 02 enlaces de respaldo PRI – RDSI ( 60 canales de 64Kbps ) El Nodo Central Alterno (Switch/Router Cisco 7206VXR) instalado tiene una gran capacidad de conmutación que permitirá ofrecer una alta performance para aplicaciones criticas soportando configuraciones con alta densidad de puertos y a muy altas velocidades. Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Xxxxx 0000XXX) instalado está diseñado para poder soportar toda la carga de comunicaciones en caso, el nodo central deje de operar por problemas en sus enlaces principales o equipos de comunicación. Este nodo central alterno mantiene todas las funcionalidades, capacidad y características técnicas del nodo central. Este Nodo Central Alterno (Cisco 7206VXR) está en la capacidad de soportar múltiples protocolos de comunicación, tales como: TCP/IP, IPX, y SDLC (SNA IBM), y de esta manera manejar aplicativos que utilicen los protocolos antes mencionados. El Nodo Central Alterno incluye los equipos de seguridad PIX 525 Firewall (01) y Catalyst 2950 (01), que estarán configurados para brindar máxima seguridad a los servidores de Bancared. |
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Equipo Lado Remoto |
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20.- Capacidad de Puerto Principal (Kbps) |
SI |
El puerto de enlace principal tiene una capacidad máxima de conexión de 10 Mbps desde el Port LAN Ethernet del router 2611 hasta el POP. |
21.- Puertos de Voz (E&M, FXS, FXO) |
SI |
Capacidad de implementar canales de Voz analógicos que pueden ser seleccionado entre FXS, FXO y E&M.. |
22.- Back-Up automático (data) |
SI |
Permite Back-Up automático de voz y datos a través del Protocolo de Ruteo “Hot Stand-By” con un tiempo de recuperación no sensitivo para el usuario. Para el caso de Bancared, inicialmente el Back-Up automático del sistema será únicamente para datos. |
23.- Nivel de Compresión de Voz y Datos |
SI |
Permite comprimir un canal de Voz regular de 64 Kbps a 8 Kbps, a través del estándar G.729. Permite compresión de paquetes y de cabecera IP. |
24.- Interconexión a Centrales Telefónicas |
SI |
Capacidad de enlazar entre sí mediante conexiones tipo FXS o E&M, las cuales se podrán conectar directamente a teléfonos analógicos ó a centrales telefónicas como troncales. Permite interconexión de Centrales Telefónicas a través de anexos, troncales convencionales o troncales tipo “Tie Line”. |
25.- Interface LAN Ethernet o Token Ring |
SI |
El equipo puede tener una interfase LAN Ethernet o Token Ring según sean los requerimientos de la Sede Remota. |
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UBICACIÓN NODO CENTRAL Y NODO CENTRAL ALTERNO |
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26.- Ubicación y Seguridad |
SI |
Con la finalidad de cumplir con los estándares de calidad ofertados por TELMEX, se ha implementado el Nodo Central y Nodo Central Alterno en las instalaciones de TELMEX, quedando a cargo de TELMEX la instalación y mantenimiento del equipamiento incluido. El nodo central y nodo central alterno están implementados de acuerdo a los estándares de calidad de todas las instalaciones del backbone de TELMEX dentro de su red Net2Win. |
27.- Alojar Servidores de ASBANC |
SI |
Siguiendo el mismo esquema de calidad de servicio y basándonos en las características técnicas del Nodo central, los servidores de EL CLIENTE podrán ser alojados en las instalaciones del nodo central para poder hacer un uso eficiente de los recursos de la red. |
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SERVICIO |
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28.- 7x24 todo el año |
SI |
El servicio que ofrece TELMEX es de 24 horas los 7 días de la semana y los 365 días del año con una disponibilidad operativa del 99.98% anual. La disponibilidad operativa de la red, será medida en forma mensual en cada enlace remoto y en el nodo central, no en su conjunto. |
29.- Reporte de disponibilidad |
SI |
EL CLIENTE tendrá acceso a esta información en línea, actualizada en tiempo real, a través de una interface basada en Web. |
30.- Tiempo de Respuesta a Fallas |
SI |
TELMEX se compromete a un máximo de 05 minutos de tiempo de respuesta, para cualquier llamada en que se le solicite atender una falla o degradación del servicio. Dentro de ese tiempo se considera el necesario para canalizar y coordinar adecuadamente con su personal la atención del problema, antes de la intervención correctiva propiamente dicha. El tiempo total de respuesta ante fallas por parte de TELMEX será de dos (02) horas como máximo desde el registro de la avería. Debe considerarse dentro de esas dos (02) horas, las coordinaciones para el acceso al router, presencia de personal calificado a intervenir en la falla y la obtención del equipo en stock a ser reemplazado (si fuera necesario), así como la ejecución de los trabajos necesarios hasta concluir de solucionar la falla. Se contempla cuatro niveles de atención: Fallo total del equipo de comunicación remoto. Configuración ó enrutamiento del enlace principal. Caída del enlace principal Caída del enlace principal y de respaldo. |
31.- Tiempo de reposición de servicio |
SI |
El tiempo de reposición del servicio a sus condiciones normales será máximo de 2 horas, a excepción de los casos en que la falla sea de ruptura física del enlace de fibra óptica, en los que podrá tomar hasta 8 horas. |
32.- Mantenimiento y administración de los routers |
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El mantenimiento de los routers consistirá en la instalación, configuración de software, upgrade de software y reemplazo de dichos equipos en caso xx xxxxxx o por Actualización Tecnológica. La Administración de los Routers consistirá en el monitoreo y manejo de estos equipos de modo remoto, de tal forma que se podrán visualizar alarmas y realizar actualizaciones de software desde el Centro de Gestión de TELMEX. |
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SEGURIDAD |
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33.- Firewall en Nodo Central y Lado Remoto
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SI |
Se cuenta con el conjunto de características de software Firewall de Cisco IOS certificado por ICSA que ofrece soporte para funciones de seguridad avanzadas, tales como Context Based Access Control (CBAC), filtro de aplicaciones Java, denegación de protección de servicio y pistas de auditoria. El nodo central está implementado con 02 Firewall PIX 520, nodo central alterno con 01 Firewall PIX 525 y en las sedes remotas con IOS de Cisco. Permitirá el manejo de niveles de encriptación por software (IPSEC) en la red, tanto a nivel del nodo central como sedes remotas; facilidad que sólo podrá ser explotada en caso se cambien los routers ofertados por otros de mayor capacidad de proceso, que por no estar considerados en el contrato, conllevarían a ajustes en la mensualidad. |
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PLAZOS |
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34.- Implementación del nodo remoto |
SI
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Se cuenta con 30 días útiles a partir de la suscripción del contrato para el enlace principal y 60 días calendario para el enlace de respaldo, y de contar con las facilidades técnicas necesarias para su implementación. |
Tipo de Sistema: MPLS |
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CUMPLE |
OBSERVACIONES |
ENLACE |
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1.- Conexión con Instituciones |
SI |
El servicio de Outsourcing contempla la interconexión de los nodos remotos y de los nodo central y alterno con Instituciones (ASBANC, Bancos, Centros de Información u otros que se solicite) mediante una RPV (Red Privada Virtual) basada en tecnología MPLS, mediante el tipo xx xxxxx completa ( full mesh ) para las sedes de Lima, lo que es equivalente a una línea dedicada para el caso de (02) sedes. |
2.- Data, Voz y Video por un solo medio |
SI |
La tecnología MPLS permite manejar Voz, Datos y Video a través de un mismo medio. La Red IP RPV de TELMEX mediante la que se brinda el servicio, está diseñada sobre una plataforma MPLS de alta capacidad, la cual le permite manejar trafico multiservicio (voz, vídeo y datos) El servicio RPV contempla tres clases de servicio (COS). Las COS podrán ser configuradas de acuerdo al requerimiento de calidad de servicio de cada tráfico que viaje a través de la RPV (voz/vídeo, datos críticos y datos normales). |
3.- Voz sobre IP (VoIP) |
SI |
La tecnología MPLS a utilizar en Bancared le permite manejar todos los servicios de valor agregado sobre IP (Voz, Video, etc.). Si bien esta es una característica de la tecnología, su aprovechamiento estará en función del ancho xx xxxxx y los COS asignados. Para VoIP se utiliza el estándar de compresión G.729 (CS-ACELP) y la COS 3, lo cual permite priorizar este tráfico sensible al retardo en el tiempo. |
4.- Enlace Principal, redundancia de la red y enlace de Back-Up
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SI |
El enlace principal contratado para el nodo central está constituido por 02 enlaces independientes de 7 Mbps de capacidad provenientes de 02 nodos diferentes. El enlace principal utilizado en el nodo alterno está constituido por un enlace de 7 Mbps, y para los nodos remotos, capacidades variables desde 256Kbps hasta 4 Mbps. Los enlaces instalados para Bancared, serán de uso exclusivo, no utilizándose parte de los mismos para cubrir otros servicios. TELMEX utiliza para Bancared la plataforma de red con que cuenta, que está cimentada sobre cuatro (04) Switches MPLS Cisco GSR 12000 de alta capacidad en el núcleo y más de quince (15) Switches MPLS Catalyst 4500 en la capa de distribución, estando todos estos equipos conectados con enlaces de fibra óptica redundantes, que aseguran la escalabilidad y confiabilidad de la red en su conjunto. La tecnología de nuestra plataforma, permite reenrutar los caminos virtuales existentes en la RPV de forma automática en caso xx xxxxxx. La topología de la RPV ofertada es xx xxxxx completa (full mesh). Adicionalmente, TELMEX se compromete a proveer, directamente o mediante terceros, enlaces conmutados de respaldo con conexiones RDSI (ISDN) BRI, los cuales se activarán de manera automática en caso el enlace principal quede inoperativo por cualquier motivo. Los enlaces BRI proveerán a las sedes remotas una velocidad de conexión mínima de 1x64Kbps, pudiéndose ampliar a 2x64Kbps en los casos en que los enlaces afectados simultáneamente sean 30 ó menos, y el segundo canal 1x64Kbps no esté siendo usado. Estos enlaces de respaldo se conmutaran automáticamente cuando el enlace principal se reestablezca.
En el nodo central está provisto dos interfaces PRI (60 canales de 64 Kbps ) para ofrecer total redundancia, y en el nodo alterno se aprovisionará de dos (02) enlaces y dos (02) interfaces PRI (60 canales de 64 Kbps) para ser usados como respaldo RDSI hacia Bancared. La central publica DMS-100 de Telmex será la encargada de enrutar las llamadas de los CPEs hacia los E1s proporcionados por el CLIENTE en el nodo central (primera opción), en caso se detecte congestión, las llamadas serán enrutadas por desborde hacia los E1s proporcionados por Telmex en el nodo alterno.
El enlace de respaldo deberá quedar totalmente instalado, probado y operando automáticamente en el nodo remoto. |
EQUIPAMIENTO Equipos Nodo Central |
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5.- Crecimiento y Flexibilidad |
SI |
TELMEX tiene ubicado en los equipos del Nodo Central de Bancared en sus instalaciones, las que reunirán las condiciones que permitan cumplir con las especificaciones técnicas de ambiente e infraestructura de tales equipos. El equipamiento del Nodo Central será de uso exclusivo para la red de Bancared. El Nodo Central ha sido configurado con una combinación de equipos que permite cubrir los requerimientos de servicios de red para la nueva topología RPV de Bancared en malla completa (full mesh). Se incluyen los equipos siguientes: dos (02) ruteadores Cisco 2821, dos (02) ruteadores Cisco 2801 HSEC, seis (06) switches Catalyst 2960, dos (02) Cisco ASA 5510, un (01) ruteador Cisco 2801 (2FXS). Estos equipos estarán configurados para brindar máxima seguridad a los servidores de Bancared.
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6.- Tolerancia a Fallas |
SI |
La configuración de equipos que está instalado en el nodo Central constituye un sistema en alta disponibilidad. La interconexión de estos equipos se presenta en el documento de Propuesta Técnica. Además, dicho sistema utiliza el protocolo HSRP (Hot Stand-By Routing Protocol) que brinda una redundancia de 1:1.
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7.- Protocolos TCP/IP , SNA |
SI |
La RPV permite transportar todos los protocolos incluidos en la familia TCP/IP estándar, y también el protocolo SNA mediante su encapsulamiento sobre IP utilizando la funcionalidad DLSW (DataLink Switching) disponible en los ruteadores Cisco.
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8.- VPN |
SI |
El Nodo Central proporciona funcionalidades de ‘tunneling’ mediante el protocolo IPSec, de gran rendimiento y seguridad requeridos para construir Redes Privadas Virtuales (VPNs) para voz, datos y video.
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9.- VLAN |
SI |
El Nodo Central ofrece funcionalidades de bridging y configuración de VLANs en los switches ofertados. El ruteo entre VLANs puede ser realizado con los ruteadores incluidos en el nodo. Los Firewall instalados también podrán configurar VLANs para los servicios de los nodos central y alterno.
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10.- MPLS |
SI |
Todos los nodos de Bancared conectados a la RPV de Telmex estarán configurados para clasificación y marcado de paquetes según la arquitectura MPLS estándar. El MPLS permite manejar todas las características de Calidad de Servicio (QoS ) en la Red.
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11.- Ancho xx Xxxxx Dinámico, ON DEMAND |
SI |
Se ofrece el servicio BoD (Ancho xx xxxxx por demanda) que es una funcionalidad de autoservicio a través de un Portal que permite reconfigurar las puertas RPV de Bancared.
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12.- QoS |
SI |
La tecnología MPLS a utilizar permite manejar diversas funcionalidades de Calidad de Servicio (QoS) mediante la implementación de hasta 3 Clases de Servicio (COS). Entre las funcionalidades disponibles en los equipos CPE, podemos mencionar: CAR (Commited Access Rate), RED (Random Early Detection), WRED (Weighted RED), WFQ (Weighted Fair Queuing).
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13.- CoS |
SI |
El servicio RPV permite dividir el tráfico en tres (03) Clases de Servicio (COS).
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14.- Interface Ethernet |
SI |
El Nodo Central cuenta con interfaces 10/100 y con posibilidad de crecimiento.
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15.- Back-Up automático (data y voz) |
SI |
La tecnología a utilizar permite contar con un respaldo automático para el tráfico de voz y datos a través del protocolo HSRP (Hot Stand-By Routing Protocol) con un tiempo de recuperación no perceptible por el usuario.
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16.- Niveles de Seguridad |
SI |
La tecnología a utilizar permite manejo de distintos niveles de seguridad (Firewall) a través de filtros de paquetes, filtro de direcciones, autenticación de usuarios con acceso al router, manejo de perfiles de autorización y registro (log) de los intentos de acceso (fallidos o no).
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17.- Nivel de Compresión de Voz y Datos |
SI |
La tecnología a utilizar permite compresión de datos (no recomendable para no perder el valor agregado de los COS) y de voz (G.729).
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18.- Interconexión entre Centrales Telefónicas |
SI |
La tecnología a utilizar permite interconectar Centrales Telefónicas a través de interfaces analógicas (FXS, FXO, E&M), y digitales (E1) conectadas a ruteadores Cisco que convierten el tráfico en VoIP.
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19.- Priorizar dinámicamente los aplicativos |
SI |
La tecnología MPLS a utilizar permite priorizar aplicaciones como la Voz sobre IP, mediante su asignación a la COS 3. Para priorizar el tráfico de datos crítico se debe realizar su asignación a la COS 2. El tráfico clasificado en COS 1 debe asignarse para los datos normales. |
Equipos Nodo Alterno |
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20.- Características del nodo alterno |
SI |
TELMEX ha ubicado los equipos del Nodo Alterno de Bancared en sus instalaciones xx Xxxxx El Xxxxxxxx, las que reunirán las condiciones que permitan cumplir con las especificaciones técnicas de ambiente e infraestructura de tales equipos. El equipamiento del Nodo Alterno será de uso exclusivo para la red de Bancared. El Nodo Alterno ha sido configurado con una combinación de equipos que permite cubrir los requerimientos de contingencia en los servicios de red para la nueva topología RPV de Bancared en malla completa (full mesh). Se incluyen los equipos siguientes: un (01) ruteador Cisco 2821, un (01) ruteador Cisco 2801 HSEC, tres (03) switches Catalyst 2960, un (01) Cisco PIX 525. Estos equipos estarán configurados para brindar máxima seguridad a los servidores de Bancared.
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21.- Funcionalidad |
SI |
El Nodo Alterno proporcionará las mismas facilidades técnicas y operativas con que cuenta el Nodo Central, considerando un escenario temporal de contingencia, a fin de mantener la disponibilidad de los servicios en Bancared. Este nodo no estará configurado en alta disponibilidad. El Nodo Alterno mantendrá todas las especificaciones técnicas indicadas en este anexo para el Nodo Central exceptuando las referidas a equipamiento y espacio físico. Deberá considerarse que todo cambio realizado en la Red, es decir, Nodo Central y nodo remotos deberá contemplar los efectos y cambios que deban realizarse en el Nodo Alterno para mantener la funcionalidad global del sistema. En la nueva topología xx xxxxx completa, la conexión IP entre el Nodo Central y el Nodo Alterno es permanente a través de la RPV.
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Equipos Lado Remoto |
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22.- Capacidad de Puerto Principal (Kbps) |
SI |
El puerto RPV principal configurado en cada sede será de:
Los equipos Cisco 2801 tienen una capacidad de soportar hasta 5 Mbps. Estos equipos poseen interfaces FastEthernet. Para mayores capacidades será necesario un cambio de equipo. La infraestructura RPV Metro/Ethernet de Telmex, en Lima, puede ofrecer velocidades de hasta 1Gbps en los accesos. |
23.- Puertos de Voz (E&M, FXS, FXO) |
SI |
Se consideran hasta cuatro (04) puertos FXS o E&M en cada uno de los ruteadores CPE ofertados en los enlaces principales.
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24.- Back-Up automático (data) |
SI |
Considerando la nueva topología xx xxxxx completa en la RPV, el respaldo del tráfico de datos hacia el Nodo Central y/o el Nodo Alterno se encuentra disponible permanentemente mediante el enrutamiento directo del tráfico IP. El Back-Up automático considera su recuperación hacia el Nodo Alterno, en caso no se encuentre operativo el Nodo Central. |
25.- Nivel de Compresión de Voz y Datos |
SI |
Permite comprimir un canal de voz regular de 64 Kbps a 8 Kbps (solo payload) a través del estándar G.729. Permite compresión de paquetes y de cabecera IP.
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26.- Interconexión a Centrales Telefónicas |
SI |
Las comunicaciones telefónicas entre las Sedes Remotas se podrán enlazar entre sí mediante conexiones tipo FXS o E&M, las cuales se podrán conectar directamente a teléfonos analógicos ó a Centrales Telefónicas como troncales. Para la conexión a centrales telefónicas como troncales tipo “Tie Line”, se deberá cambiar los puertos FXS a puertos E&M.
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27.- Interfases LAN Ethernet o Token Ring |
SI |
El equipo cuenta con al menos una interfase LAN Ethernet o 10/100 Fast Ethernet. En caso se requiera una interfase Token Ring para la red LAN, se utilizará un equipo Cisco 2610, sujeto a disponibilidad de stock.
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28.- Implementación de Equipos con Encriptación y DLSW
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SI |
Las funcionalidades de encriptación (DES y 3DES) y DLSW han sido consideradas en los equipos.
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UBICACIÓN NODO CENTRAL Y ALTERNO |
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29.- Ubicación y Seguridad |
SI |
Con la finalidad de cumplir con los estándares de calidad ofertados por TELMEX, se ha implementado el Nodo Central y Alterno en las instalaciones de TELMEX, quedando a cargo de TELMEX la instalación y mantenimiento del equipamiento incluido. El nodo central será implementado de acuerdo a los estándares de calidad de todas las instalaciones del backbone de TELMEX dentro de su red IP.
|
30.- Alojar Servidores de ASBANC |
SI |
Siguiendo el mismo esquema de calidad de servicio y basándonos en las características técnicas del Nodo central y alterno, los servidores de EL CLIENTE serán alojados en las instalaciones del nodo central y alterno para poder hacer un uso eficiente de los recursos de la red.
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SERVICIO |
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31.- 7x24 todo el año |
SI |
El servicio que ofrece TELMEX es de 24 horas los 7 días de la semana y los 365 días del año con una disponibilidad operativa del 99.98% anual. La disponibilidad operativa de la red, será medida en forma mensual en cada enlace remoto y en el nodo central, no en su conjunto. |
32.- Reporte de disponibilidad |
SI |
Se emitirá mensualmente un reporte de disponibilidad de la red Bancared, y EL CLIENTE tendrá acceso a esta información en línea, actualizada en tiempo real, a través de una interface basada en Web. EL CLIENTE deberá contar con el acceso a revisar la información vía web de todos los enlaces pertenecientes a Bancared y se dará acceso a los terceros conectados a Bancared para que puedan revisar sólo su propio enlace. Es recomendable mantener una reunión mensual con TELMEX y evaluar la disponibilidad y Calidad de Servicios en Bancared.
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33.- Administración Remota |
SI |
Se dará a EL CLIENTE acceso a la información en línea relativa al comportamiento del tráfico cursado de su enlace principal por fibra, a través de una interfaz gráfica vía WEB. |
34.- Tiempo de Respuesta a Fallas |
SI |
TELMEX se compromete a un máximo de cinco (05) minutos de tiempo de respuesta vía telefónica, para cualquier llamada en que se le solicite atender una falla o degradación del servicio. Dentro de ese tiempo se considera el necesario para canalizar y coordinar adecuadamente con su personal la atención del problema, antes de la intervención correctiva propiamente dicha. El tiempo total de respuesta ante fallas por parte de TELMEX será de dos (02) horas como máximo desde el registro de la avería. Debe considerarse dentro de esas dos (02) horas, las coordinaciones para el acceso al router, presencia de personal calificado a intervenir en la falla y la obtención del equipo en stock a ser reemplazado (si fuera necesario), así como la ejecución de los trabajos necesarios hasta concluir la solución a la falla. Se contempla cuatro niveles de atención:
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35.- Tiempo de reposición de servicio |
SI |
El tiempo de reposición del servicio a sus condiciones normales será máximo de dos (02) horas, a excepción de los casos en que la falla sea de ruptura física del enlace de fibra óptica, en los que podrá tomar hasta ocho (08) horas.
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36.- Mantenimiento y administración de los routers |
SI |
El mantenimiento de los ruteadores consistirá en la instalación, configuración de software, upgrade de software y reemplazo de dichos equipos en caso xx xxxxxx o por actualización tecnológica. La administración de los ruteadores consistirá en el monitoreo y manejo de estos equipos de modo remoto, de tal forma que se podrán visualizar alarmas y realizar actualizaciones de software desde el Centro de Gestión de TELMEX.
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SEGURIDAD |
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37.- Firewall en Nodo Central, Nodo Central - Alterno y Lado Remoto
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SI |
Se cuenta con el conjunto de características de software firewall de Cisco IOS certificado por ICSA que ofrece soporte para funciones de seguridad avanzadas, tales como: Context Based Access Control (CBAC), filtro de aplicaciones Java, denegación de protección de servicio y pistas de auditoria.
El nodo central estará implementado con dos (02) Cisco ASA5510, en el nodo central alterno estará implementado un (01) Firewall PIX 525 y en las sedes remotas con IOS de Cisco.
Estos equipos permitirán el manejo de niveles de encriptación por software (IPSEC) dentro de las cuales se considera DES y 3 DES, pudiendo ambas funcionar simultáneamente en la red, tanto a nivel del nodo central como sedes remotas; facilidad que sólo podrá ser explotada en los equipos ruteadores que contemplan las condiciones necesarias de procesamiento y IOS. Los equipos que no tuvieran estas facilidades conllevarían a ajustes en la mensualidad.
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PLAZOS |
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38.- Implementación del Nodo Remoto |
SI |
Se cuenta con 30 días útiles a partir de la suscripción del contrato para el enlace principal y 60 días calendario para el enlace de respaldo, y de contar con las facilidades técnicas necesarias para su implementación. |
ANEXO B
UBICACIÓN DEL NODO REMOTO
CARACTERÍSTICAS DE ENLACES PRINCIPAL Y DE RESPALDO
EQUIPOS A INSTALAR EN EL NODO REMOTO
Ubicación del Nodo Remoto
Nodo / Sede |
Ubicación |
||
Dirección |
Distrito |
||
Tipo: Nodo Remoto |
|||
1. |
Municipalidad de Miraflores |
Xx Xxxxx Xx 000, Xxxx 0 |
Xxxxxxxxxx
|
Características de Enlaces Principal y de Respaldo
Enlace |
|
Principal |
Respaldo (RDSI) |
1MB |
64 kbps |
Equipos a instalar en el Nodo remoto
|
CISCO 2801 (Cantidad = 1) |
|
||
---|---|---|---|---|
NUMERO DE PARTE |
DESCRIPCION |
CANTIDAD |
||
CISCO2801-V/K9 |
2801 Voice Bundle,PVDM2-8,SP Serv,64F/256D |
1 |
||
CAB-AC |
Power Cord,110V |
1 |
||
S280USPSK9-12311T |
Cisco 2801 IOS SPSK9-AESK9 FEAT SET FACTORY UPG FOR BUNDLES |
1 |
||
MEM2800-64CF-INC |
64MB CF default for Cisco 2800 Series |
1 |
||
MEM2801-128U256D |
128 to 256MB SODIMM DRAM factory upgrade for the Cisco 2801 |
1 |
||
VIC-4FXS/DID |
4 port FXS or DID XXX |
0 |
||
WIC-1B-S/T-V3 |
1-Port ISDN WAN Interface Card (dial and leased line) |
1 |
||
AIM-VPN/EPII-PLUS |
DES/3DES/AES VPN Encryption/Compression |
1 |
||
PWR-2801-AC |
Cisco 2801 AC power supply |
1 |
||
PVDM2-8 |
8-Channel Packet Voice/Fax DSP Module |
1 |
||
ROUTER-SDM |
Device manager for routers |
1 |
Av. Xxxxx Nº 400 – Miraflores