LICITACIÓN PUBLICA N° 37/18 PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
LICITACIÓN PUBLICA N° 37/18
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES – AMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1º: Las normas contenidas en el presente articulado constituyen el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios del Estado Provincial, aplicables a contratos de compra-venta, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas que celebren las Reparticiones y Organismos de la Administración Pública Provincial.
Las licitaciones públicas y privadas se regirán por las disposiciones de la Ley de Administración Financiera Nº 6970, del Reglamento para Compras y Contrataciones del Estado Provincial Vigente, del presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, que incluirá las especificaciones técnicas que correspondan, y cualquier otra norma sobre esta materia o disposición que se dicte en cada caso particular, con posterioridad y que estuviera vigente a la fecha de apertura de la licitación.
COMPUTOS DE LOS PLAZOS
Articulo 2º: Todos los plazos establecidos en el presente pliego y demás normas generales o complementarias, se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
CONSULTAS
Artículo 3º: En caso que el pliego de bases y condiciones particulares no contenga previsiones y/o instrucciones respecto a las consultas y aclaraciones que los oferentes deseen formular, éstas podrán efectuarse ante el organismo que gestiona la contratación, por escrito, hasta 72 horas antes de la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Las respuestas serán notificadas, junto con las consultas, a todas las personas físicas y/o jurídicas que hayan retirado los pliegos, hasta el día anterior al de la apertura, y pasarán a formar parte de dichos pliegos.
EXIGENCIAS A CUMPLIR POR LOS OFERENTES
Artículo 4º: Podrán ser oferentes todas las Personas Físicas o Jurídicas con capacidad legal para obligarse, que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el Art. 108 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial, que constituyan Domicilio Especial en la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, que hagan expresa renuncia al Fuero Federal y que manifiesten su voluntad de someterse a los Tribunales Ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán. Las Personas Jurídicas deberán acreditar su existencia mediante instrumento suficiente, conforme la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 4537 y sus modificatorias.
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS, FORMALIDADES Y REQUISITOS
Artículo 5º: Las propuestas se presentarán en sobre cerrado, con o sin identificación del proponente, indistintamente, hasta la hora fijada para la realización del acto de apertura. Cuando la documentación que integre la propuesta sea voluminosa, podrá sustituirse el sobre por caja o paquete debidamente cerrado. En el sobre, caja o paquete que contenga la propuesta deberá indicarse el número de la licitación y el nombre de la repartición licitante.
Artículo 6º: Las propuestas se integrarán con:
la oferta económica.
los instrumentos de garantía respectivos.
la descripción o catálogo, si resultare pertinente.
el sellado de actuación que correspondiere, según la ley impositiva vigente.
el recibo de la muestra, cuando la presentación de la misma hubiera sido exigida.
tratándose de artefactos, maquinarias y demás bienes que, de acuerdo a las normas comerciales tengan servicios y garantías postventas, deberá indicar las características y plazos de duración de los mismos, así como identificar al prestador del servicio, cuando se tratare de una persona física o jurídica distinta del oferente.
el certificado de libre deuda de impuestos provinciales, expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán.
demás documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Artículo 7º: Las ofertas deberán estar escritas en forma clara y legible, sin raspaduras, interlíneas, testaciones ni enmiendas, las que, de existir, deberán estar debidamente salvadas.
Los proponentes o sus representantes legales rubricarán cada una de las hojas que compongan la oferta económica. Cuando se actúe en representación de una persona física o jurídica deberá acompañarse el instrumento que lo acredite.
Artículo 8º: Si el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, no indica la forma en que se formulará la oferta, el proponente podrá hacerlo por renglón, y aún por parte de cada renglón. Asimismo podrá realizar otra oferta por todo lo licitado sobre la base de su adjudicación íntegra.
Además de la oferta básica y obligatoria, ajustada a los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, el oferente podrá presentar ofertas alternativas, en cuyo caso deberá agregar su propio proyecto, condiciones y documentación técnica pertinente, únicamente cuando tal posibilidad esté expresamente prevista en dichos pliegos de bases y condiciones.
GARANTÍAS
Artículo 9º: a) Garantía de mantenimiento de la oferta: será del 4% sobre el valor total de la oferta, calculado sobre el importe resultante de considerar el mayor valor cotizado por el proponente. Deberá acompañarse con la propuesta.
b) Garantía de ejecución del contrato: será equivalente al 10% del valor total adjudicado y deberá ser entregada a la Repartición licitante, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. Esta garantía se integra con el importe correspondiente a la garantía constituida para el mantenimiento de la oferta.
Cuando el adjudicatario no presente la garantía de ejecución de contrato en el plazo establecido, deberá ser notificado para su cumplimiento en el plazo de 72 horas. En caso de persistir en el incumplimiento, quedará sin efecto la adjudicación, aplicándose las penalidades establecidas. En ese caso, podrá adjudicarse el contrato a la propuesta que siguiera en el orden de mérito, que haya formulado la Comisión de Preadjudicación, o a la que resultare más conveniente de entre las restantes ofertas admisibles que se hubieran mantenido, sin necesidad de realizar una nueva licitación.
Artículo 10º: Las garantías podrán constituirse de las siguientes formas:
Mediante depósito en la Institución Bancaria que actúa como agente financiero de la provincia, haciéndose referencia a la licitación pública a la que corresponda, lo que se acreditará mediante presentación de la boleta respectiva.
En títulos de la deuda pública, emitidos por el Estado Nacional o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en la institución bancaria que actúa como agente financiero de la provincia, identificándose la licitación de que se trate. Deberá acreditarse con el comprobante emitido por dicha entidad bancaria, el que constituirá prueba fehaciente del depósito efectuado. Los títulos se tomarán a valor de cotización.
Con aval o fianza bancaria debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador, renunciando expresamente a los beneficios de división y excusión, en los términos del artículo Nº 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa.
Con seguro de caución debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, o por el Organismo Nacional que lo reemplace.
Mediante pagaré a la vista suscripto por el proponente o quienes tuvieren la representación de la razón social o actuaren con poderes suficientes, debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán, cuando el monto de la garantía no supere el cuádruple de la suma actualizada prevista en el artículo 59º inciso 1 de la Ley 6.970.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, quien se responsabilizará por la plena ejecutabilidad del instrumento ofrecido. Las garantías deben ser ejecutables en la provincia, y sus emisores deberán fijar domicilio en San Xxxxxx de Tucumán, y renunciar al Fuero Federal, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la capital.
Por razones debidamente fundadas en el expediente, el Organismo contratante podrá restringir las formas de constitución de las garantías, en cuyo caso, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberá indicar las formas admitidas.
Las garantías deben constituirse en forma independiente para cada contratación, no admitiéndose como tales, los créditos que el oferente tuviere contra el estado provincial ni las garantías de otras licitaciones.
Las garantías correspondientes a licitaciones que realicen las Reparticiones pertenecientes a la Administración Central, se constituirán a favor del Superior Gobierno de la Provincia. En las licitaciones que efectúen los organismos descentralizados o autárquicos, las garantías se constituirán a favor del organismo licitante.
MUESTRAS
Artículo 11º: Las muestras podrán ser exigidas en los pliegos de bases y condiciones particulares, o por la Comisión de Preadjudicación y deberán presentarse en el plazo, lugar y en la forma que se indique, y serán restituidas dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones.
VISTA DE LAS ACTUACIONES – IMPUGNABILIDAD DE LAS OFERTAS
Artículo 12º: Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas. Las ofertas serán exhibidas a los oferentes por el término de 3 (tres) días hábiles, contado a partir de la apertura, quienes podrán solicitar copias a su xxxxx. Durante este plazo los oferentes podrán realizar observaciones e impugnaciones, las que serán evaluadas por la Comisión de Preadjudicación.
La negativa a dar vista de las actuaciones se considerará falta grave del funcionario o agente al que corresponda otorgarla.
Los terceros no oferentes, deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba. En estos supuestos la toma de vista en ningún caso dará derecho a dichos particulares a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.
INADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS
Artículo 13º: serán causa insubsanable de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
la existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no de forma, quedando esta interpretación a cargo de la Comisión de Preadjudicación.
La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de la garantía constituida. Solo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente, deberá completarla en el plazo de 72 hs., a partir de su notificación.
La falta total del sellado y/o estampillado fiscal que fija la ley impositiva o insuficiencia del mismo. Solo será subsanable cuando el pago parcial cubra por lo menos el 70% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completarlo en el plazo de 72 hs. a partir de su notificación.
La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
La Comisión de Preadjudicación evaluará las demás observaciones que consten en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que subsanen las deficiencias en el plazo de 72 hs. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
ADJUDICACIÓN
Artículo 14º: La adjudicación será resuelta, mediante acto administrativo, por la autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al adjudicatario. Los servicios administrativos del área licitante deberán enviar a la Dirección de Compras y Contrataciones la información correspondiente a los efectos de su difusión en el sitio Web oficial de la provincia.
Artículo 15º: La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas presupuestarias correspondientes.
CONTRATO
Artículo 16º: El contrato, que se perfecciona con la notificación del acto administrativo de adjudicación o con la recepción por parte del adjudicatario de la orden de compra que emita la repartición licitante, no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.
ORDEN DE PRELACIÓN
Artículo 17º: Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
Ley de Administración Financiera Nº 6970.
Las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial.
El presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares
La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.
El acto administrativo de adjudicación.
La orden de compra.
COMPETENCIA JUDICIAL
Artículo 18º: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, las partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN
Artículo 19º: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administrativos, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
DE LAS SANCIONES
Artículo 20º: Los proponentes o los adjudicatarios que incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en los pliegos de bases y condiciones, serán pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 117 y 118 del Reglamento de Compras y Contrataciones, las que se graduarán en función a la gravedad de la falta o de su reincidencia.
AFECTACIÓN DE CRÉDITOS
Artículo 21º: Los derechos y créditos a favor de la adjudicación, se afectarán al cobro de las multas, en el orden siguiente:
Las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.
Las garantías constituidas.
Los créditos del contratante resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicio no personales, aún de otras entidades o jurisdicciones, quedando establecido que el contratista presta su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas.
REQUISITOS MINIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS PLIEGOS Y CONDICIONES PARTICULARES.
Artículo 22º: En los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán indicarse los siguientes requisitos esenciales:
Nombre del Organismo contratante.
Objeto de la contratación.
Número de expediente y número de licitación.
Valor xxx Xxxxxx si correspondiere.
Plazo de mantenimiento de la propuesta.
Plazo, lugar y forma de entrega de los bienes o de la prestación de servicios.
Especificaciones técnicas, las que deberán consignar en forma clara e inconfundible:
Las características y especies de la prestación.
La calidad exigida, cuando se considere pertinente y, en su caso, las normas de calidad que deben cumplir los bienes y servicios, determinado si los elementos deber ser nuevos, usados o reacondicionados.
Si se aceptarán tolerancias, cuando la característica de la contratación lo requiera.
No se deberán formular especificaciones cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinadas empresas o productos.
Para la reparación de aparatos, máquinas o motores podrán solicitarse repuestos denominados legítimos.
Fijar la moneda de cotización, en los casos en que se disponga que se cotice en moneda extranjera.
Indicar la forma y el plazo de pago.
Indicar si se exigirá la presentación de muestras.
Determinar la forma de constitución de garantía, cuando por razones fundadas se establezca alguna/s en especial o se excluya/n alguna/s de las previstas en el Reglamento.
Cuando se requiera más de un ejemplar en la propuesta, fijar la cantidad de copias que los oferentes deben presentar.
Cuando se admita formular ofertas alternativas, deberá consignarse expresamente.
Señalar la información adicional y exigencias que deberán cumplimentar los oferentes.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACION PUBLICA Nº 37/18
REFERENCIA: SERVICIO PROFESIONAL EN HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL PARA LA DGR Y DEPENDENCIAS POR EL TERMINO DE 24 MESES
EXPEDIENTE: 32344/376-D-2018
Artículo 1º: DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado con la leyenda que indique lo siguiente:
- Organismo Licitante: Dirección General xx Xxxxxx Tucumán
- Domicilio: 24 de Septiembre Nº 960/970 - SMT
- Licitación Pública Nº: 37/18
- Expediente Nº: 32344/376-D-2018
- Fecha de Apertura: 22 de Febrero del 2019 a horas 10:00.
La oferta económica deberá presentarse por duplicado. La misma deberá incluir impuestos y todos los gastos necesarios para que los servicios solicitados sean provistos a la Dirección General xx Xxxxxx y dependencias incluidas.
No se aceptará ninguna propuesta que no fuere presentada hasta la hora fijada para la Apertura.
La presentación en el acto licitatorio implica aceptación xxxx y xxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Particulares, como así también la reglamentación que impera al efecto en el Estado Provincial.
Cualquiera fuera el tipo de garantía de oferta que se presente, se consignará como beneficiario de la misma el siguiente: Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán.
Certificado de Cumplimiento Fiscal (Libre Deuda) vigente, expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia.
Artículo 2º: OBJETO
La presente licitación tiene por objeto la contratación de un profesional Licenciado en Seguridad e Higiene Laboral, más un Técnico en seguridad e higiene (auxiliar) por el término de 24 (veinticuatro) meses, para prestar servicios de su profesión e incumbencia, para la Dirección General xx Xxxxxx y sus distintas dependencias (Delegaciones y Receptorías), según lo siguiente:
ITEM Nº |
Meses |
Detalle |
1 |
24 |
SERVICIO PROFESIONAL MENSUAL DE LICENCIADO EN SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL PARA LA DGR. |
2 |
24 |
SERVICIO PROFESIONAL MENSUAL DE TECNICO EN SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL PARA LA DGR. |
Cantidad total de empleados de la DGR y dependencias: 709 (de los cuales 461 son profesionales universitarios).
Horas mensuales a cumplimentar (según Decreto Nacional Nº 1338/1996): 16 (dieciséis) horas mensuales durante el término de contrato.
Las prestaciones licitadas deberán efectuarse acorde a la legislación vigente (Decreto Nacional Nº 1338/1996), respetando el marco del Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios del Estado Provincial y el modelo de contrato adjunto que forma parte del presente pliego.
La adjudicación se hará por ítem, teniendo en cuenta las conveniencias económicas y de aptitud profesional para la ejecución de las tareas.
Artículo 3º: De la OFERTA ECONOMICA
La oferta económica deberá confeccionarse por duplicado, expresándose en precios unitarios (mensuales) y totales, en números y letras, y cotizada en pesos argentinos. Los precios fijados, serán considerados fijos e inamovibles.
Los oferentes deberán prever en su propuesta la inclusión de todos aquellos gastos y adicionales que sean necesarios para el correcto desempeño de sus funciones.
Todos los gastos que demande el desarrollo y cumplimiento de la actividad profesional del ADJUDICATARIO serán por su exclusiva cuenta y cargo. No se reconocerán gastos de movilidad ni viáticos.
Artículo 4º: OPORTUNIDAD Y FORMA DE PAGO
El pago será mediante “Orden de Pago”. El adjudicatario deberá, al momento de presentar su factura, indicar el número de Cuenta Corriente del Banco Tucumán – Grupo Macro - como proveedor del Estado, donde se realizará el depósito.
Se procederá a iniciar el circuito de pago correspondiente a la factura mencionada, una vez cumplimentado el servicio del mes de que se trate, con la conformidad de las áreas responsables.
Artículo 5º: LUGAR DE PRESTACION
La prestación estará destinada tanto para la Casa Central de la DGR, como para todas sus dependencias, según se detalla:
Casa central (24 de Septiembre Nº 960/970 – SMT)
Delegación Concepción (España Nº 1546/1548 - Concepción)
Delegación Xxxxx Xxxxx (Xx. Xxxxxxxxx Xx 0000 Xxx. 0 - Xxxxx Xxxxx)
Receptoría Av. Belgrano y América (Av. Belgrano Nº 3598 - SMT)
Receptoría Plazoleta Mitre (Av. Xxxxxxxxx Nº 1311 - SMT)
Sección Control Vehicular (24 de Septiembre Nº 1009 – SMT)
Depósito de bienes y archivo (San Xxxx Nº 176 – SMT)
Receptoría Hiper Libertad I (Av. Xxxxxx Xxxxxxxx Nº - SMT)
Receptoría Hiper Libertad II (Xxxxxx Xxxxxxxx y Suipacha L320 - SMT)
Receptoría Tafí Viejo (Uttinger Nº 290 Local 22 – Tafi Viejo)
Receptoría Banda del Río Salí (San Xxxxxx Nº 171 – Banda del Río Salí)
Receptoría Bella Vista (Xxxxxxx Nº 430 – Bella Vista)
Receptoría Trancas (San Xxxxxx Primera Cuadra – Trancas)
Receptoría La Cocha (San Xxxxxx Norte Nº 197 – La Cocha)
Receptoría Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx (Rivadavia Nº 549 – Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx)
Receptoría Aguilares (Av. Xxxxxxxxx Nº 813 – SMT)
Receptoría Famaillá (Av. Xxxxxxx Nº 179 – Famaillá)
Receptoría Lules (Almiante Brown Nº 106 – Lules)
Receptoría Monteros (24 de Septiembre Nº 363 – Monteros)
Receptoría Amaicha xxx Xxxxx (San Xxxxxx S/N - Amaicha)
Receptoría Xxxxxxxxxx (Calle S/N – Centro Cívico – Monteagudo)
Receptoría Simoca (Belgrano Nº 512 – Simoca)
Artículo 6º: PLAZOS DE PRESTACION
Las prestaciones deberán iniciarse una vez firmado el convenio contractual respectivo (se adjunta modelo de contrato), dentro de los plazos allí establecidos, y por el término de 24 (veinticuatro) meses.
Artículo 7º: INCUMPLIMIENTOS Y MULTAS
En caso de que el proveedor no diera cumplimiento a los plazos establecidos se hará pasible de las sanciones establecidas en la Reglamentación vigente (Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios del Estado Provincial – Anexo Dto. Acuerdo 22/1 del 23/04/2009).
Artículo 8º: MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha del acto de apertura. La obligación de mantener y garantizar la oferta se renovará automáticamente por idéntico plazo siempre y cuando el oferente no hiciere saber expresamente su decisión de desistir de la misma con por lo menos cinco (5) días hábiles de antelación al vencimiento del período determinado. El incumplimiento de mantener la oferta durante el plazo inicial y sus prórrogas consentidas, es causal de la pérdida de la garantía.
Artículo 9º: DOMICILIO
El oferente deberá constituir domicilio en la Provincia de Tucumán donde serán válidas todas las notificaciones producto de esta licitación.
Artículo 10º: RENUNCIA AL FUERO FEDERAL
Nota sometiéndose a la justicia ordinaria de la provincia de Tucumán con renuncia expresa al Fuero Federal.
Artículo 11º: CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS
Cabe aclarar que el pliego es GRATUITO, y se lo podrá retirar en la División Compras y Suministros de la Dirección General xx Xxxxxx, sito en calle 24 de Septiembre Nº 960/970 – San Xxxxxx de Tucumán - en el horario de 8:00 a 16:00, o bien bajarse desde la página oficial de la Provincia de Tucumán xxx.xxxxxxx.xxx.xx (“Sitios de Interés - Compras Públicas”).
Artículo 12º: DOCUMENTACION A PRESENTAR POR LOS OFERENTES
Además de lo detallado en el artículo Nº 1, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
Copia autenticada de título profesional habilitante, el cual acredite su condición de prestador apto para el desarrollo de los servicios que se licitan.
Matrícula Profesional (constancia).
Curriculum Vitae actualizado a la fecha de presentación, debidamente firmado.
Nota en carácter de declaración jurada donde el oferente manifieste no estar alcanzado por las causales previstas en el artículo 108 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios del Estado Provincial (Dto. 22/1 del 23/04/2009).
Nota manifestando conformidad al modelo de contrato que forma parte del presente pliego.
Copia de documento nacional de identidad.
Artículo 13º: APERTURA
La apertura se realizará el día 22 de Febrero de 2019 a hs.10:00 o el día siguiente a la misma hora si fuera decretado feriado.
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
(MODELO X/XXXXXXXXXX XXXXXXX Xx 00/00)
Xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx a los ….. días del mes de ………… del año 20 …. , entre el Sr. ……………………………………………., argentino, estado civil …………….. , Licenciado/Técnico en Higiene y Seguridad Laboral, DNI Nº …………………. , con domicilio en xxxxx ………………………. xx xx xxxxxx xx ………………………, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, en adelante el LOCADOR, por una parte y la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán, representada por la Sra. Directora General CPN Xxxxxxxx de Los Xxxxxxx Xxxxxx, argentina, DNI Nº 00.000.000, designada por Decreto Nº 80/3 (ME) del 29/10/2015, con domicilio en calle 24 de Septiembre Nº 960-970 de esta ciudad, en adelante el LOCATARIO, por la otra, se celebra el presente convenio de Locación de Servicios Profesionales, el que se regirá por las disposiciones del Código Civil, Ley 19.587 sobre Higiene y Seguridad Laboral, sus decretos reglamentarios, Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios de la Provincia de Tucumán (Dto. Acuerdo 22/1 del 23/09/2009) y por las siguientes cláusulas:
Primera: OBJETO: El LOCADOR se obliga a favor del LOCATARIO a prestar servicios propios de su profesión y de su incumbencia en materia de Higiene y Seguridad Laboral, con los auxiliares que designe (en caso de corresponder), de acuerdo a las normas y reglamentaciones vigentes, todo ello en el marco de la Licitación Pública Nº 37/18 (Expte. Nº 32344/376-D-2018), la cual fuera aprobada por Decreto Nº .... de fecha………….-
Segunda: LUGAR: El LOCADOR desarrollará su actividad, en Casa Central de la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán, ubicada en calle 24 de Septiembre Nº 960/970, de la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán. Sin perjuicio de lo mencionado, el servicio del profesional estará referido tanto a la Casa Central de la DGR, como a la totalidad de sus Delegaciones (excepto Capital Federal), Receptorías, Depósito de Bienes y cualquier otro espacio físico que pueda crearse durante el término de la prestación.
Tercera: PLAZO Y HORARIO DE PRESTACIÓN: el presente contrato tendrá una vigencia de 24 (veinticuatro) meses, a partir del día … … y hasta el día……….. La cantidad de horas mensuales a cumplimentar (s/Dto. Nacional Nº 1338/1996) asciendan a 16 (dieciséis) horas/mes durante el término del contrato.
Cuarta: HONORARIOS: El LOCATARIO abonará al LOCADOR por sus servicios la suma de pesos ……………..
Quinta: GASTOS: Todos los gastos que demande el desarrollo y cumplimiento de la actividad profesional del LOCADOR serán por su exclusiva cuenta y cargo; no se reconocerá gasto adicional alguno.
Sexta: FACTURACION: El LOCADOR deberá presentar al LOCATARIO factura/recibo de honorarios por los servicios prestados el último día de cada mes y en forma mensual y consecutiva, debiendo ser abonados por el LOCATARIO mes vencido.
Séptima: INDEPENDENCIA DEL PROFESIONAL: Queda expresamente establecido que el presente convenio no genera relación de dependencia de empleo público entre el profesional y la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, por lo que no resultan aplicables al caso las disposiciones de la Ley 5.473.
Octava: OBLIGACIONES: Del LOCADOR: a) Informar al LOCATARIO y/o Responsable del Organismo Contratante acerca de los servicios de Higiene y Seguridad, sobre todo lo relacionado con la prestación de sus servicios, recomendaciones a seguir para el cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de Higiene y Seguridad Laboral, etc. ; b) Notificar sobre todas aquellas condiciones de trabajo y/o utilización de equipos que impliquen riesgos para el personal supervisado a cargo de la empresa contratante de los servicios; c) Presentar al LOCATARIO los informes de cada visita efectuada a los sectores operativos y relacionado con el desarrollo de su actividad profesional, valuación de riesgos, estado de instalaciones, equipos, cumplimiento de las órdenes impartidas por el LOCADOR en el marco de sus obligaciones, etc.
Novena: RESPONSABILIDADES: El profesional es contratado para actuar en el sector de trabajo designado por el LOCATARIO, en su calidad de Asesor Externo en Higiene y Seguridad Laboral, teniendo únicamente funciones consultivas y no ejecutivas, siendo estas últimas de incumbencia del Encargado del Sector competente de la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán.
Décima: RESOLUCION: Cualquiera de las partes podrá dejar sin efecto el presente contrato sin invocación de justa causa, debiendo comunicar en forma fehaciente a la otra con una antelación de 30 (treinta) días de la fecha en que decidiere resolver, no teniendo ninguna de las partes nada que reclamarse mutuamente. Será obligación del LOCATARIO abonar al LOCADOR los honorarios que correspondan hasta el día de su desvinculación.
Décima Primera: COMPETENCIA: A los efectos del presente contrato las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, con renuncia a cualquier otro fuero o Jurisdicción y constituyendo domicilio a los efectos del presente: El LOCADOR en calle …………………….. , y el LOCATARIO en calle ……………………………….-
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha indicados, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, que las partes reciben en este acto.