CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN Cláusulas de Ejemplo

CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. Artículo 19º: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que: Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administrativos, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato. Asimismo, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas. Además, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. EL ARRENDATARIO se obliga a: (i) cumplir la normativa en materia de anticorrupción; (ii) no ofrecer o pagar ningún tipo de soborno a favor de servidor público o funcionario de cualquier Estado; y (iii) a mantener informada a RENTING COLOMBIA sobre cualquier situación que pueda
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. FORMULARIOS Y ANEXOS FORMULARIO 1 - OBRAS REALIZADAS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS. FORMULARIO 2 - OBRAS SIMILARES REALIZADAS EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS. FORMULARIO 3 - OBRAS EN EJECUCION O A EJECUTAR EN LOS PROXIMOS 24 MESES. FORMULARIO 4 – EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA A AFECTAR A LA OBRA. FORMULARIO 5 – PLAN DE TRABAJO E INVERSIONES. FORMULARIO 6 - CURVA DE INVERSION Y AVANCE FISICO. FORMULARIO 7 – PLANILLA DE COTIZACIONES. FORMULARIO 8 – ANALISIS DE COSTOS. ANEXO I - MODELO DE CARTA DE PRESENTACION ANEXO II - ASPECTOS LEGALES. XXXXX XXX – ASPECTOS TECNICOS. ANEXO IV - MODELO DE FORMULA DE LA PROPUESTA. XXXXX X – LEY Nº 269 (CONSOLIDADA POR LA LEY N° 5666) CON FORMULARIOS DE REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS ANEXO VI- MODELO DE CONTRATA ANEXO VII - PLANILLA DE ESTRUCTURA DE PONDERACION ANEXO VIII- NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA TODA CLASE DE TRABAJOS CIVILES MECANICOS Y ELECTRICOS. ANEXO IX - SEGURO AMBIENTAL DE INCIDENCIA COLECTIVA ANEXO X – CARTA MODELO INDICATIVA DE COMPROMISO BANCARIO. XXXXX XX – OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LA SUBSECRETARIA DE TRABAJO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. ANEXO XII – OFICINA Y EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES PARA LA INSPECCION DE OBRA. PLIEG-2017-17197195- -DGOINFU
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. De acuerdo al Artículo 10 del Decreto 1023/2001. ANEXO I: Sirvase a Cotizar ANEXO II: Especificaciones Técnicas ANEXO III: Datos del oferente. ANEXO IV: Constitución de domicilio. ANEXO V: Declaración jurada de Oferta Nacional. ANEXO VI: Declaración Jurada de la Balanza comercial. ANEXO VII: Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional. ANEXO VIII: Declaración jurada de elegibilidad. ANEXO IX: Declaración jurada del conocimiento de los pliegos y reglamentaciones vigentes. ANEXO X: Declaración jurada de antecedentes comerciales ANEXO XI: Certificado de Visita. ANEXO XII: Criterio de evaluación. ANEXO XIII: Planilla de aranceles. ANEXO XIV: Compre trabajo argentino. ANEXO XV: Decreto 1076/2001. XXXXX XXX: Ley 25.551 régimen de compras del estado nacional y concesionarios de servicios públicos. alcances ANEXO XVII: Declaración jurada de cumplimiento con los criterios de sustentabilidad. ANEXO I Formulario de Cotización del Canon/ Precio Derecho a Exclusividad REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO “Xxx XXXX XX SAN XXXXXX” Nombre del Organismo Contratante: Procedimiento de Selección: Licitación Publica Nro: 2016 Tipo: De etapa única nacional Clase: Sin Modalidad Modalidad: GK16-0218/5.- Expediente Nro: 85 Concesión Rubro Comercial: PRESTACION DEL SERVICIO DE LAVADERO MECANICO DE ROPA PARA EL REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO “Grl XXXX DE SAN XXXXXX” POR UN LAPSO DE VEINTICUATRO (24) MESES, CON OPCIÓN A PRORROGA POR IGUAL O MENOR PERIODO. Objeto de la Contratación: $ 0,00 Costo xxx Xxxxxx: Presentación de las Ofertas: Plazo y Xxxxxxx Xxxxx y Dirección REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO “Xxx XXXX XX SAN XXXXXX” – SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES (UOC 84-34) – XXXXX 000 (XX 0000) XXXX DE LUNES A VIERNES DE 08:00 A 12:30HS. Desde su publicación hasta UN (01) día antes de la fecha de apertura.- Acto de Apertura: Plazo y Xxxxxxx Xxxxx y Dirección REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO “Xxx XXXX XX SAN XXXXXX” – SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES (UOC 84-34) – XXXXX 000 (XX 0000) XXXX DE LUNES A VIERNES DE 08:00 A 12:30HS. 25 de Octubre de 2016, a las 09:00 Hs. Especificaciones: Rng Nro Cantidad Unidad Medida Sibys Descripción Precio Unitario Importe Total
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. 14.1.1. El Proveedor declara conocer la legislación española e internacional aplicable a las transacciones comerciales internacionales, en particular la Convención de las Naciones Unidas de 2003 contra la Corrupción, la Convención de 1997 de la OCDE para combatir el soborno de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales y las Recomendaciones del Consejo de la OCDE en materia de cohecho y la legislación anticorrupción de los países en los que opere. Asimismo, el Proveedor declara ser conocedor del Código de Conducta Empresarial de Navantia y acuerda cumplirlo y hacerlo cumplir a sus trabajadores y colaboradores.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: